Resulta necesario explicar qué significa y qué beneficios otorga el traspaso. Cuando hablamos del traspaso o la transferencia de la Justicia nacional a la órbita de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, nos referimos a que los conflictos cotidianos que se susciten en esta última ciudad pasen a ser resueltos por su propio Poder Judicial, por sus jueces, sus defensores, sus fiscales y sus asesores tutelares. Esto es así en todas las provincias del país. Un robo, un despido controvertido, un divorcio o la determinación del daño en un accidente de tránsito ocurridos en cualquier barrio porteño —sólo por nombrar algunos simples ejemplos— recaen actualmente en jueces nacionales muy aptos en términos de conocimiento jurídico, pero que están sobrecargados en su tarea. Incluso algunos juzgados están vacantes y deben ser subrogados. Todo esto dilata la resolución de causas que hacen a la necesidad en la vida diaria de los porteños.
Y son justamente los habitantes de la ciudad, los propios justiciables que quieren y exigen hoy más que nunca una Justicia ágil, rápida y transparente. Por eso, el traspaso es necesario. En primer lugar, hay normas constitucionales que así lo imponen, como la Constitución Nacional. Además, es un paso natural para consolidar el proceso de autonomía de la Ciudad de Buenos Aires que no perjudica a ninguno de los actores, ni va en detrimento de las otras provincias del país. Pero fundamentalmente, es necesario el traspaso para que los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tengan una Justicia a la que puedan controlar a través de las instituciones del lugar en donde viven, para exigir los más altos estándares de eficiencia y obtener resoluciones judiciales de una manera rápida, moderna y justa.
Como se dijo anteriormente, en todas las provincias de nuestra república las controversias judiciales se resuelven directamente por los jueces locales competentes, pero en la Ciudad de Buenos Aires, a más de veinte años de la creación constitucional del distrito, esto aún no sucede y va en detrimento de la autonomía y del propio vecino al cual como funcionarios tenemos la obligación de garantizarle el cumplimiento de las leyes y de poner en foco sus derechos y sus anhelos, ya que son ellos los verdaderos destinatarios de Justicia.
Con estos datos tan concretos aún existen algunas resistencias y preguntas sobre si es necesario el traspaso. Queda claro que es un paso “legal”, que además deberán convalidar el Congreso de la Nación y la Legislatura porteña, y que prioriza una Justicia más cercana y mucho más acorde a las necesidades del vecino.
El autor es presidente del Consejo de la Magistratura de CABA.
Fecha: 20 de enero de 2017
Medio: Infobae