Pliego de Condiciones Tecnicas

ANEXO II

LICITACIÓN PÚBLICA N° 20/2007
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1. GENERALIDADES

2. SERVICIO DE ACCESO A INTERNET

3. ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO

4. REPORTES

5. FORMA DE INSTALACIÓN

6. MANTENIMIENTO

7. CONDICIONES DE OPERACIÓN

8. CAPACIDAD TÉCNICA DEL OFERENTE

9. RECEPCIÓN DEL SERVICIO

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

 

1. GENERALIDADES

El adjudicatario deberá tener en cuenta todos los trabajos que en las presentes especificaciones técnicas se indiquen, incluyendo aquellos no mencionados pero que son necesarios para el correcto funcionamiento de los servicios contratados.

 

2. SERVICIO DE ACCESO A INTERNET

2.1. El adjudicatario deberá proveer el Servicio de Acceso a Internet a través de una conexión digital dedicada para las distintas dependencias del Consejo de la Magistratura, del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según el siguiente detalle:

2.2. Servicio de 4 Mbps de ancho de banda para los siguientes edificios:

I. Av. Leandro N. Alem 684;

II. Beruti 3345;

III. Combate de los Pozos 155;

IV. Av. Roque Sáenz Peña 636;

V. Av. de Mayo 761;

VI. Tacuarí 138.

2.3. Servicio de 2 Mbps de ancho de banda para los siguientes edificios: I. Almafuerte 37; II. Arias 4491; III. Tuyú 86; IV. Libertad 1046; V. Hipólito Yrigoyen 932 VI. Moreno 1808

2.4. Cada enlace deberá contar con cuatro (4) direcciones IP WAN como mínimo.

2.5. En caso de que los oferentes presenten soluciones sobre diferentes tecnologías, se priorizarán los enlaces con fibra óptica. De haber alguna sede adonde no se pueda llegar con fibra óptica, se priorizará los enlaces sobre medio.

3. ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO

3.1. La velocidad de transmisión de datos de cada vínculo será la indicada en el punto 2 o mayor. La transmisión será digital, no admitiéndose líneas analógicas.

3.2. El ancho de banda total del vínculo se deberá distribuir entre acceso Nacional e Internacional, debiendo asignarse dinámicamente de modo que pueda asegurarse un “Commited Information Rate” (CIR%) para ambos casos, según las siguientes relaciones:

;

BWTOTAL , es la velocidad de transmisión de datos del vínculo solicitado.

BWNAC(mínimo) y BWINT(mínimo) son el ancho de banda mínimo Nacional e Internacional deseados. Se entiende que la suma de ambos nunca superará el ancho de banda total (BWTOTAL).

Se deberá cumplir en todo momento:

Se deberá asegurar unCIRNAC(mínimo) (%) = 65 % y un CIRINT(mínimo) (%) = 35 %

En el caso de que el ancho de banda mínimo destinado a uso internacional no esté siendo usado por el organismo, dicho excedente deberá asignarse dinámicamente al ancho de banda de uso nacional, aumentando en consecuencia el CIRNAC(%).

3.3. Se deberán cumplir, además, las siguientes características de los servicios de telecomunicaciones:

3.3.1. La disponibilidad de cada enlace deberá ser del 99,7% medida en términos anuales y del 99,7% en términos mensuales, con una tasa de error de 1 bit errado cada 107 bit transmitidos.

3.3.2. El porcentaje de satisfacción se refiere a cada uno de los enlaces, sin desagregar por servicio TCP/UDP (DNS, HTTP, SMPT, etc).

3.3.3. El Tiempo Mínimo Medio entre Fallas (MTmBF) por mes será de 30 Horas por Mes.

3.3.4. El Tiempo Mínimo entre Fallas (TmBF) por mes será de 20 Horas por Mes.

3.3.5. El Tiempo Máximo de Restauración del Servicio (TMRS) por mes será menor a 2 Horas por Mes.

Siendo:

Tiempo Mínimo Medio entre Fallas(MTmBF): Es una constante que define el tiempo medio mínimo aceptable entre dos fallas consecutivas. Se deberá cumplir “MTBF > MTmBF “ dónde el “Tiempo Medio entre Fallas” (MTBF) se define como:

 

n = número de fallas ocurridas en el mes.

TBFi = Tiempo transcurrido entre la falla número (i) y la falla número (i-1).

TBF (Tiempo entre fallas): define el tiempo entre dos fallas consecutivas.

Debe cumplirse: TBFi > TmBF, siendo:

Tiempo Mínimo entre Fallas (TmBF): Es una constante que define el tiempo mínimo aceptable entre dos fallas consecutivas.

FTi (Tiempo de la falla): momento de ocurrencia de la falla. Puede definirse como:

Siendo Eji ( j : 1..3) alguno de los tiempos E1i, E2i ó E3i, el primero que se haya podido determinar para la falla número (i) donde E1, E2, E3 y E4son eventos medidos en año, mes, día, hora y minuto, que corresponden a:

? E1 = Determinación efectiva de falla

? E2 = Notificación al proveedor por parte del cliente

? E3 = Respuesta del proveedor

? E4 = Solución efectiva de la falla

Tiempo Máximo de Restauración del Servicio(TMRS): Es una constante que define el tiempo máximo de restauración del servicio aceptable.

4. REPORTES

A los efectos de lograr un efectivo control por parte del Consejo de la Magistratura de los niveles de calidad de servicio acordados, el adjudicatario deberá facilitar un mecanismo de reportes e informes adecuados y en tiempo real sobre:

4.1. Servicios: (gráficos de uso del servicio, tráfico).

4.2. Fallas: listado de fallas, fecha y hora de inicio, fecha y hora de finalización, servicio afectado (enlace), fecha y hora de notificación de la falla, motivo de la falla, observación.

4.3. Utilización de línea: porcentaje de uso de la línea en bps, frames, etc., tanto de tráfico entrante como saliente comparado con el ancho de banda total disponible.

4.4. Disponibilidad: Porcentaje de satisfacción desagregado por servicio.

tTS = Tiempo total de servicio

tSE = Tiempo total de servicio efectivo

tTI = tTS - tSE (Tiempo total de indisponibilidad)

5. FORMA DE INSTALACIÓN

 

5.1. Acometidas al sitio.

Se instalarán los equipos en los edificios mencionados en el Punto 2, a donde llegará(n) el(los) vínculo(s); se conectará el router al (a los) concentrador(es) Ethernet existente(s), y se dejará(n) en condiciones de funcionamiento.

Todas las acometidas a los edificios del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de esta Ciudad, tanto aéreas como las subterráneas, se ejecutarán en los lugares que expresamente autorice la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura.

Todos los costos relacionados con la instalación, como ser cableados, materiales o cualquier tipo de tareas necesarias para poner en marcha el servicio contratado, recaerán exclusivamente sobre la firma adjudicataria.

En el caso de que fuera necesario la instalación de mástiles, torres u otro elemento de soporte, estos deberán ser provistos por el adjudicatario, sin cargos adicionales.

5.2. Canalizaciones

Será responsabilidad del adjudicatario la ejecución de las canalizaciones desde el punto de acceso al edificio hasta el encuentro con las canalizaciones internas.

Para los cableados internos se utilizarán en general canalizaciones existentes cuyos recorridos se indicarán en oportunidad de la visita a los edificios.

5.3. Cableado

El adjudicatario proveerá la totalidad de cables, conectores y demás elementos accesorios necesarios para la correcta instalación y funcionamiento del servicio contratado.

Todo el cableado será identificado en cajas de pase, en bandejas verticales en cada planta, en bandejas horizontales cada 6 metros, y a la salida o llegada a cualquier punto de interconexión.

Las protecciones eléctricas y atmosféricas y la conexión a la puesta a tierra serán ejecutadas por cuenta del adjudicatario.

Los oferentes deberán detallar ampliamente el método y equipamiento propuesto para concretar la conexión requerida, el que se considerará incluido en la oferta. La misma deberá especificar explícitamente si el enlace tiene tramos aéreos externos.

El oferente deberá informar cuáles deben ser las condiciones de adecuación de las instalaciones para la operación de los equipos, indicando en detalle: las medidas, pesos, consumos, niveles de tensión y frecuencia, sus tolerancias respectivas y condiciones ambientales.

5.4. Routers

La prestación de los servicios adjudicados incluirá la provisión de los routers en modalidad de comodato. A tales efectos, junto a la oferta económica, los oferentes deberán acompañar una descripción de las características técnicas de los equipos.

6. MANTENIMIENTO

El adjudicatario deberá prestar el servicio de mantenimiento técnico preventivo y correctivo durante las 24 horas de los 365 días del año, incluyendo: 1) la provisión de repuestos; 2) mano de obra; 3) supervisión técnica, y todo otro elemento que garantice la correcta prestación del servicio a partir de su efectiva puesta en marcha y mientras dure la vigencia del contrato. Los cargos por mantenimiento técnico preventivo y correctivo estarán incluidos en el abono mensual.

El plazo para la reposición del servicio será como máximo, el especificado para el TMRS en el presente Pliego, contado a partir del momento de la notificación fehaciente de la falla producida.

Se considerará fuera de servicio cuando no se cumpla con cualquiera de las pautas de tasa de error establecidas en el presente Pliego.

Para realizar los reclamos se deberá comunicar fehacientemente el lugar, teléfono (preferentemente telefax) donde dirigirlos y el procedimiento.

El adjudicatario deberá contar con un centro de asistencia al usuario, donde puedan evacuarse consultas en forma telefónica y por correo electrónico, cuyo horario será igual al indicado para el servicio de mantenimiento.

El adjudicatario deberá designar un Responsable Comercial y un Responsable Técnico que oficien de interlocutores ante el Consejo de la Magistratura.

7. CONDICIONES DE OPERACIÓN

7.1. Conectividad

El round trip time entre una única estación conectada al router del acceso instalado en el domicilio del usuario, deberá ser menor a 300 ms contra los sitios que se indican a continuación en cualquier horario del día:

http://www.buenosaires.gov.ar

http://www.tsj.gov.ar

http://www.afip.gov.ar

7.2. Ancho de Banda

Se deberá satisfacer la siguiente prueba: La suma de las tasas de bit rate de una o más conexiones de http entre una única estación conectada al router del acceso instalado en el domicilio del usuario, y el extremo internacional del provider,y entre dicha estación y el sitio “http://www.jusbaires.gov.ar”no deberá ser menor que el 90% del ancho de banda nominal disponible en el canal instalado por el provider, transfiriendo archivos de por lo menos 7 MB.

Para el caso de aquellos oferentes que ya provean enlaces para otras dependencias del Organismo relacionado con la presente contratación, el comitente podrá realizar las pruebas de bit rate mencionadas en el párrafo anterior sobre esas líneas, a fin de determinar el cumplimiento de las especificaciones, como condición previa para la adjudicación.

 

8. CAPACIDAD TÉCNICA DEL OFERENTE

El oferente deberá describir:

· La cantidad, soporte físico, capacidad y ocupación de los enlaces con el exterior (internacionales) de su provider;

· Las características del equipamiento de su nodo Internet;

· Características de su servicio de soporte y de mantenimiento;

· Cantidad, capacidad y ocupación de sus enlaces con el provider de sus enlaces con el exterior (internacionales); y

· Listado de otros providers nacionales con cuyas redes el oferente garantiza conectividad.

El oferente deberá asegurar explícitamente el cumplimiento de las Condiciones de Operación y deberá suministrar acceso a la instalación de uno de sus usuarios que se encuentre dentro de la nómina de instalaciones ofrecidas como referencia, a fin de que se pueda verificar el cumplimiento de esas exigencias. A los efectos de realizar esta prueba se podrá aceptar diferencias de hasta 30%, o más, a criterio exclusivo del Consejo, respecto a lo esperado, para contemplar el hecho de que la máquina sobre la cual se hace el ensayo no sea la única accediendo a Internet en el sitio y en el instante de la prueba.

 

9. RECEPCIÓN DEL SERVICIO

La recepción de las instalaciones que sirven como soporte para la prestación del servicio, tendrá lugar una vez que el adjudicatario haya cumplido satisfactoriamente con:

• Instalación del enlace con todo su equipamiento;

• Provisión del(los) router(s). La delegación de la administración del (los) router(s) es absolutamente necesaria.

• Puesta en estado operativo de la totalidad de los equipos y servicios requeridos para el enlace y los routers; se deberá satisfacer la siguiente prueba: la suma de las tasas de bit rate de una o más conexiones de http entre una única estación conectada al router del acceso instalado en el domicilio del usuario, y el extremo internacional del provider y entre dicha estación y el sitio “http://www.jusbaires.gov.ar”no deberá ser menor que el 90% del ancho de banda nominal disponible en el canal instalado por el provider, transfiriendo archivos de por lo menos 7 MB.

• Para el caso de aquellos oferentes que ya provean enlaces para otras dependencias del Organismo relacionado con la presente contratación, el comitente podrá realizar las pruebas de bit rate mencionadas en el párrafo anterior sobre esas líneas, a fin de determinar el cumplimiento de las especificaciones, como condición previa para la adjudicación.

• Configuración del router y delegación de su administración al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

• Configuración del servicio de acuerdo a las necesidades del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

• Presentación de un esquema con identificación de cableado y equipos.

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