Se definieron las subrogancias en el fuero de Consumo para 2022

Las mismas corresponden a los dos períodos semestrales del año que se avecina.
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Frente a las circunstancias previstas en el reglamento de subrogancias para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Res. CM Nº 7/2013 y sus modificatorias) y con el objeto de asegurar el normal funcionamiento del servicio de administración de justicia, la Presidencia del Consejo de la Magistratura de la CABA, mediante Resolución Nº 1252/2021, estableció asignar la competencia en materia de relaciones de consumo a los pares de juzgados con las correspondientes Secretarías de la Oficina de Gestión Judicial de Relaciones de Consumo, de acuerdo con el Anexo I que forma parte integrante de la presente, a partir del 1° de enero de 2022. 

Por tal motivo, estableció que los/las titulares de los juzgados CATyRC N° 2 y 24, 5 y 11, 9 y 14, 10 y 12, 20 y 23, 21 y 22, respectivamente, serán subrogantes en forma recíproca. 

Cabe destacar, que dada las nuevas competencias asignadas al fuero Contencioso, Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, resultó adecuado dotar a los jueces de los recursos necesarios, contando con una Oficina de Gestión Judicial que contará con una Secretaría para los expedientes en trámite por ante la Cámara de Apelaciones correspondientes.

Asimismo, se estableció que solo a los efectos de la retribución las competencias asignadas serán consideradas equivalentes a las subrogancias. De esta manera, el cronograma de subrogancias para el fuero en materia de Consumo quedó conformado de la siguiente manera:

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