La Presidenta Basterra participó de las X Jornadas de Derecho Judicial

El pasado viernes, la Presidenta Marcela I. Basterra participó de las X Jornadas de Derecho Judicial organizadas por la Facultad de Derecho de la Universidad Austral. Las mismas se desarrollaron en la Sede de la Sociedad Científica Argentina, donde la autoridad máxima de la institución disertó sobre la independencia judicial y su importancia en el Estado Constitucional de Derecho.
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Junto a la titular del Consejo, el panel de expositores denominado “Precedente e Independencia Judicial”, contó con la intervención de la Presidenta de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, María Lilia Díaz Cordero, el Director de la Carrera de Maestría en Derecho Procesal de la Universidad de La Plata, Eduardo Oteiza y del Presidente de la Federación Argentina de Abogados, Eduardo Massot

Al hacer uso de la palabra, Basterra  enfatizó que en la Argentina una de las cuestiones que predominan a nivel social reside en el interrogante hacia los magistrados que investigan causas por corrupción por el tiempo que llevan las mismas: “En nuestro país las causas por corrupción demoran aproximadamente 14 años”,  indicó. Y agregó: “En muchas ocasiones las mismas prescriben y no es bueno para ninguna de las partes. El imputado no tiene derecho a defender su buen nombre y honor en caso de ser inocente y la ciudadanía no puede saber si es o no culpable en un tiempo razonable”.

La funcionaria expresó que la independencia del Poder Judicial “tiene su fundamento básico en el rol que debe tener el juzgador como ajeno al proceso”. Asimismo destacó que de este pilar fundamental surge la importancia dentro del Estado Constitucional del Derecho y argumentó que “la Constitución Nacional lo establece en el Artículo 1° en su forma de gobierno y en los Artículos 44,87 y 108, al constituir las tres funciones de los poderes del Estado con sus atribuciones y facultades correspondientes”.

Al finalizar su exposición, la titular del Consejo recalcó que “la independencia judicial no solo se refiere a la independencia de los magistrados de los demás poderes sino también en relación a sus propios pares”. Y concluyó: “De no existir esto se rompería el principio de imparcialidad y el principio de garantía de competencia propia y exclusiva que tiene  cada uno de los magistrados en el ámbito de sus funciones”.

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