Art. 1º: Aclárese el error material incurrido en el artículo 1° de la Resolución CM Nº 197/2007, agregando respecto del pago de la suma de Pesos Cincuenta y Seis Mil Setenta con Setenta y Cuatro Centavos ($56.070,74) “a favor de la Empresa Edesur S.A”.