Modifícase el artículo 1º, inciso b) del reglamento aprobado por Resolución CM 438/2008, el que quedará redactado del siguiente modo: En segundo lugar se concursarán las vacantes generadas como consecuencia de la aplicación del inciso anterior en las restantes dependencias del fuero, salvo las que pertenecieran a algún agente de planta permanente que reviste provisoriamente en otro cargo en calidad de interino, así como los cargos que a la fecha del llamado a concurso estén ocupados interinamente en todos los juzgados, salas y secretaría general de Cámara y que se encuentren en condiciones de ser concursados.
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