RES. Nº 678/2008

 

Declarar como inhábil para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, excluyendo al Tribunal Superior de Justicia, los días 12, 15 y 21 de agosto de 2008, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/1999 y sus modificatorias.

Buenos Aires, 18 de septiembre de 2008

 

RES Nº 678 /2008

 

VISTO:

Las medidas de fuerza llevadas a cabo por los empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante los días 12, 15 y 21 de agosto del corriente, y

 

CONSIDERANDO:

Que, las referidas medidas afectaron el normal funcionamiento del Poder Judicial de esta Ciudad.

 

Que las circunstancias descriptas constituyen suficiente causal para que este Consejo de la Magistratura decrete como inhábil las referidas jornadas para todo el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –excluido el Tribunal Superior de Justicia, durante los días 12, 15 y 21 de agosto de 2008 sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/1999 y sus modificatorias.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución local, la Ley N° 31, y el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/1999,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1º: Declarar como inhábil para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, excluyendo al Tribunal Superior de Justicia, los días 12, 15 y 21 de agosto de 2008, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/1999 y sus modificatorias.

 

Art. 2º:Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en las carteleras de todas las sedes del Poder Judicial de la Ciudad, en la página de Internet www.jusbaires.gov.ar, comuníquese y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION Nº 678 /2008

María Teresa del Rosario Moya conf. art. 26 Regl. Plenario

Mauricio Devoto Presidente

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