Art. 1°: Rectificar los arts. 3°, 4° y 5° de la Resolución de Presidencia N° 838/2019 reemplazando la condición resolutiva “…con carácter interino, hasta la cobertura del cargo mediante los mecanismos legales y reglamentariamente previstos” por “…con carácter interino, mientras persistan las necesidades de servicio”.