Art. 1°: Establecer que el cargo de Escribiente, que actualmente integra la estructura de la Mesa General de Entradas de la Justicia de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas, conforme lo informado en los considerandos de la presente, pase a integrar la estructura de la Oficina de Notificaciones de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas.