Art. 1º.- Rectificase el Art. 1° de la Resolución de Presidencia Nº 381/2015 reemplazando el siguiente texto: “Declarar Inhábil los días 4 y 5 de mayo de 2015, para la Defensoría de Primera Instancia en lo Penal Contravencional y de Faltas N° 8.” por “Declarar Inhábil los días 4 y 5 de mayo de 2015, para la Defensoría de Primera Instancia en lo Penal Contravencional y de Faltas N° 8, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplieren.”