Art. 1º: Dejar sin efecto, a partir del 1° de octubre de 2019 inclusive, la licencia extraordinaria sin goce de haberes por motivos particulares del agente Tomas Adrogué, Escribiente en la Dirección General de Programación y Administración Contable, concedida mediante Res. Pres. N° 48/19, y prorrogada mediante Res. Pres. 756/19.