Art. 1º.- Instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable, para que incremente la suma de $ 20.000 (pesos veinte mil) en la partida 4.5.1.0.90.1.2 (Libros, revistas y otros elementos de colección del Programa 500), $ 20.000 (pesos veinte mil) en la partida 4.5.1.0.90.1.2 (Libros, revistas y otros elementos de colección del Programa 501) y $ 40.000 (pesos cuarenta mil) en la partida 4.5.1.0.90.1.2 (Libros, revistas y otros elementos de colección del Programa 503), restando las mismas sumas ($ 80.000.- pesos ochenta mil) de la partida 3.1.4.0.90.1.2 (Teléfonos, télex y telefax del Programa 502).