Art. 1°: Crear la Secretaría Especializada Infanto-Juvenil en la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas, la que estará a cargo de un (1) funcionario con categoría de Secretario de Cámara y cuya estructura y funciones se definen en el Anexo I que forma parte inescindible de la presente.