Establecer que el régimen de subrogancias establecido mediante las Resoluciones CM nros. 752/2005, 912/2006, 201/2007 y 224/2007 no se aplicará alas sustituciones de magistrados que estaban dispuestas con anterioridad al dictado de las mismas.
Buenos Aires, 29 de abril de 2008
RES. Nº 300 /2008
VISTO:
Las Resoluciones CM nros. 752/2005, 912/2006, 201/2007 y 224/2007, y
CONDISERANDO:
Que mediante el dictado de las referidas resoluciones se modificó el sistema de subrogancias transitorias de los magistrados de Primera y Segunda Instancia del Poder Judicial, como así también de los integrantes del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que se advierte que a la fecha de la sanción de tales resoluciones, existían subrogancias previas que fueron establecidas de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 38 de la Ley 7.
Que en consecuencia la modificación sobreviniente del sistema vigente por las resoluciones antes aludidas, respecto de las designaciones que presentan esas caracteríticas, implicaría afectar el adecuado servicio de justicia, al vulnerarse la estabilidad del magistrado que se encuentra subrogando.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y la ley 31;
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1º: Establecer que el régimen de subrogancias establecido mediante las Resoluciones CM nros. 752/2005, 912/2006, 201/2007 y 224/2007 no se aplicará alas sustituciones de magistrados que estaban dispuestas con anterioridad al dictado de las mismas.
Art. 2º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en la página web del Poder Judicial y oportunamente archívese.
RESOLUCION Nº 300 /2008
Juan Pablo Mas Velez |
Carla Cavaliere |
Secretario |
Presidenta |