Artículo 1º; Modificar el artículo 3º de la Resolución CM Nº 19/2019, el que quedara redactado de la siguiente manera; "Articulo 3º; NUEVAS FUNCIONALIDADES. Todas las nuevas funcionalidades que se soliciten y los cambios que se propongan al Sistema de Gestión de Expediente Judicial Electrónico (EJE), al Portal del Litigante (PDL) y a los Servicios Informáticos Judiciales (SIJ) deberán tramitarse ante la Secretaría de Innovación la cual requerirá a la Dirección General de informática y Tecnología la valoración técnica sobre los cambios propuestos y para la puesta en marcha de cada una de las nuevas funcionalidades. De ser necesario a criterio de la Secretaría de Innovación, solicitará el análisis de los cambios propuestos al Comité de Estandarización y a la Comisión de interoperabilidad. De requerirse un cambio normativo deberá contar con dictamen favorable de la Secretaria de Innovación aconsejando la modificación respectiva.