Art. 1°: Suprimir la Oficina de Sistemas y Servicios Informáticas que forma parte de la estructura del Departamento de Arquitectura Tecnológica que depende de la Dirección de Informática y Tecnología en la órbita de la Dirección General de Informática y Tecnología. Las funciones de esa dependencia quedarán subsumidas en el Departamento de Arquitectura Tecnológica.