Art. 1º: Declarar inhábiles los días 5, 6, 9 y 10 de Junio del corriente año, para la Asesoría Tutelar de Primera Instancia ante el Fuero Penal, Contravencional y de Faltas N° 2, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplieren.
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