Art. 1º: Dejar sin efecto la licencia extraordinaria sin goce de haberes por ejercicio transitorio de otro cargo, concedida mediante Res. Pres. N° 391/16 y prorrogada mediante las Res. Pres. N° 1322/17, N° 1206/18, N° 27/20, N° 331/20 y N° 519/20, al Dr. Mariano Oteiza, Prosecretario Letrado en la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y Relaciones de Consumo, los días 13 de octubre de 2020 al 31 de diciembre de 2020 inclusive.