Art. 1º: Prorrogar la licencia excepcional sin goce de haberes, otorgada mediante Res. Pres. Nº 1355/12 y prorrogada mediante Res. Pres. 837/13, al Sr. Andrés Bralo, Secretario Privado en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2, a partir del día 1° de marzo y hasta el día 16 de marzo de 2014 inclusive, conforme lo establece el art. 87 del reglamento interno.