Art. 1º: Conceder licencia extraordinaria por motivos particulares sin goce de haberes a partir del día 03 de agosto y hasta el día 02 de octubre de 2015 inclusive, por los motivos expuestos en los considerandos, al Sr. José Fernandez Moujan, Auxiliar en la Secretaria General de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario.