Art. 1°: Rectificar el artículo 2° de la Res. Pres. N° 207/2019 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Instruir a la Dirección general de Factor humano para que a partir del 1 de marzo de 2019 realice los cálculos de retenciones por impuesto a las ganancias considerando exclusivamente como base imponible el sueldo básico, sus adicionales existentes y los que en el futuro se creen, las Subrogancias, demás Gratificaciones y Sueldo Anual Complementario, en la misma proporción al Sueldo Básico.