Art. 1º.- Instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable, para que incremente la suma de $ 2.000 (pesos dos mil) en la partida 2.3.5.0.90.1.2 (Libros, revistas y periódicos del Programa 500), $ 2.500 (pesos dos mil quinientos) en la partida 2.3.5.0.90.1.2 (Libros, revistas y periódicos del Programa 501), $ 3.000 (pesos tres mil) en la partida 2.3.5.0.90.1.2 (Libros, revistas y periódicos del Programa 502) y $ 15.000 (pesos quince mil) en la partida 2.3.5.0.90.1.2 (Libros, revistas y periódicos del Programa 503) , restando las mismas sumas ($ 22.500 pesos veintidós mil quinientos) de la partida 2.3.1.0.90.1.2 (Papel y cartón de escritorio del Programa 503).