Art. 1º.- Declarar inhábiles los días 25, 26 y 27 de marzo y 03, 04 y 05 de abril de 2013 para las Defensorías Nº 1 y 2 ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplieren.