RES. Nº 462/2008

Establecer feria judicial durante los días 28 de junio al 4 de julio de 2008, inclusive, para el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 9.

Buenos Aires, 26 de junio de 2008

 

RES. N° 462 /2008

 

 

VISTO:

Las actuaciones Nros. 14043/2008 y 14215/2008, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante actuación Nº 14043/2008, la Dra. Andrea Danas, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 9, solicita se declare feria judicial en la dependencia a su cargo, en atención a su reciente asunción como magistrada, dada la necesidad de conocer el estado del juzgado, las personas que allí se desempeñan y establecer criterios generales de trabajo.

 

Que el Plenario juzga atendibles las razones invocadas, estimando que la feria judicial deberá extenderse entre los días 27 de junio y 4 de julio.

 

Que en atención a la prolongada vacancia en la titularidad de la mencionada unidad jurisdiccional, por Resolución CM Nº 469/2007 se dispuso la ampliación temporaria de la dotación de personal del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 9, en un (1) cargo de Prosecretario Coadyuvante, un (1) cargo de Prosecretario Administrativo y un (1) cargo de Oficial.

 

Que por actuación Nº 14215/2008 la Dra. Danas solicita se extienda dicha ampliación de personal, petición que también resulta atendible a juicio del Plenario mientras subsistan las razones de servicio.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución local, la Ley N° 31, y el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/1999,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1°: Establecer feria judicial durante los días 28 de junio al 4 de julio de 2008, inclusive, para el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 9.

 

Art. 2º: Mantener la ampliación temporaria de la dotación de personal del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 9 dispuesta por el artículo 2º de la Resolución CM Nº 469/2007, mientras persistan las necesidades de servicio.

 

Art. 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, al Juzgado Nº 9 del mismo fuero, a la Dirección de Factor Humano y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN N° 462 /2008

 

 

 

 

N. Mabel Daniele Secretaria

Mauricio Devoto Presidente

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