Art. 1°: Implementar un espacio para la producción y edición de contenidos audiovisuales en el ámbito de la Presidencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que centralice los criterios de comunicación del Departamento de Información Judicial, del Departamento de Coordinación de Comunicación Judicial y del Departamento de Prensa y Difusión.