Disponer el fortalecimiento de la Oficina de Acceso a la Justicia y Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, incrementando la cantidad de mediadores que integran el cuerpo creado por Res. CM Nº 673/2006.
Buenos Aires, 10 de julio de 2008
RES. Nº 507/2008
VISTO:
El dictamen Nº 6/08 de la Comisión de Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política Judicial, y
CONSIDERANDO:
Que la puesta en funcionamiento de la Oficina de Acceso a la Justicia y Métodos Alternativos de Solución de Conflictos bajo la órbita de la Dirección de Política Judicial (según lo dispuesto en el Anexo I de la Res.CM 1022/2005) concentró en el ámbito de este Consejo de la Magistratura las actividades y responsabilidades vinculadas al acceso a la justicia de los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la mayor parte de esas actividades vinculadas a temas de acceso se encuentran establecidas en el plexo normativo que rige para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiendo al Consejo de la Magistratura -en su carácter de administrador del Poder Judicial- implementar los mecanismos necesarios para promover su efectiva vigencia.
Que el ámbito de actuación de dicha Oficina cubre un amplio espectro de necesidades vinculadas con el acercamiento de la justicia al habitante de la Ciudad, el fortalecimiento del sistema judicial y un apoyo importante a la labor de los magistrados que integran el Fuero Contravencional y de Faltas en cuanto a la búsqueda de soluciones para los conflictos que ingresan diariamente.
Que no obstante las diversas iniciativas promovidas desde esa Oficina, en forma conjunta con la Oficina de Información y la Dirección de Política Judicial para el desarrollo de programas orientados a mejorar las condiciones de acceso a la justicia de los habitantes de la Ciudad, los esfuerzos del área debieron canalizarse fundamentalmente a la realización de audiencias de mediación solicitadas por los magistrados del Fuero Contravencional y de Faltas.
Que la demanda de mediaciones se ve continuamente incrementada. La solicitud de mediaciones por parte de jueces y magistrados del Ministerio Público Fiscal pasó de un total de 187 mediaciones solicitadas en el año 2006 a 681 durante el período 2007, en tanto que en lo que va del año 2008 desde el mes de febrero hasta el mes de mayo se han solicitado un total de 903 mediaciones, es decir que en los últimos cuatro meses la demanda superó ampliamente el total de solicitudes recibidas en 2007.
Que en el mes de septiembre del año 2006 la Res. CM Nº 673/2006 dispuso la puesta en marcha de un Programa de implementación del Cuerpo de Mediadores del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para lo cual se creó una Unidad de Implementación que actuaría en forma conjunta con la Dirección de Política Judicial y la Comisión de Selección del Consejo de la Magistratura.
Que, en virtud de dicha estrategia la Oficina de Acceso a la Justicia cuenta hoy en día con una estructura integrada por la titular de la Oficina, cuatro mediadores bajo la modalidad de locación de servicio, dos que integran la planta permanente, y dos personas que cumplen tareas administrativas.
Que, en forma adicional al aumento sostenido de solicitud de mediaciones registrado a partir del último año, desde el mes de marzo del corriente la Oficina asiste a la Unidad de Orientación y Denuncia del Ministerio Público Fiscal con la asignación de mediadores durante tres días de la semana.
Que, asimismo, desde mediados del año 2007 la Oficina se encuentra participando en diversos procesos de mediación o facilitación multipartes propuestos por diversas Fiscalías, los cuales requieren la asignación casi exclusiva de un mediador para su seguimiento, a lo que debe sumarse el apoyo de más personal del área.
Que, en el mes de junio del año en curso entró en vigencia el Segundo Convenio de Transferencia Progresiva de Competencias Penales, como consecuencia del cual el Poder Judicial de la Ciudad interviene en la investigación y juzgamiento de trece delitos, muchos de los cuales requerirán instancias de solución alternativas de conflictos. Así, la demanda de mediaciones se verá impactada en el corto y mediano plazo como consecuencia de la derivación de causas penales cuyo tratamiento requiere de una carga horaria mayor que el que habitualmente se asigna a las causas contravencionales.
Que, por otro lado, tanto el Código Procesal Penal de la Ciudad, como el Régimen Penal Juvenil hacen necesario redefinir e incorporar nuevas funciones bajo su órbita, tales como el registro de acuerdos de mediación, protocolos de seguimiento de casos, incorporación de equipos interdisciplinarios, suscripción de cédulas de citación.
Que, también resulta necesario revisar la infraestructura puesta al servicio de esta instancia de resolución de conflictos, adecuando o creando espacios especiales para la realización de las audiencias de mediación, que hoy se realizan en las salas de audiencia dispuestas para los juicios orales, o incluso dentro de los despachos de los magistrados cuando las salas no están disponibles.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley 31 y sus modificatorias,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1°: Disponer el fortalecimiento de la Oficina de Acceso a la Justicia y Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, incrementando la cantidad de mediadores que integran el cuerpo creado por Res. CM Nº 673/2006.
Art. 2º: Disponer que a los efectos previstos en el art. 1º se privilegie el nombramiento de aquellos agentes pertenecientes al Poder Judicial de la CABA que acrediten su condición de mediadores y quieran ser promovidos a la Oficina de Acceso a la Justicia y Métodos Alternativos de Solución de Conflictos.
Art. 3º: Instruir a la Dirección de Infraestructura y Obras del Consejo de la Magistratura a fin de que disponga la adecuación de Salas de Audiencias especiales para llevar a cabo mediaciones en todos los edificios del Poder Judicial.
Art. 4º: Instruir a la Dirección de Tecnología e Informática del Consejo de la Magistratura para incorporar el perfil de la Oficina de Acceso a la Justicia y Métodos Alternativos de Solución de Conflictos dentro del Sistema de Gestión Judicial JusCABA y generar en ese ámbito el Registro de Único de Soluciones Alternativas de Conflictos previsto en la ley 2451.
Art. 5º: Disponer la especialización del cuerpo de Asistentes Sociales creado bajo la órbita de la Dirección de Política Judicial para que actúe brindando apoyo al área en materia de tratamiento de menores en conflicto con la ley.
Art. 6º: Regístrese, comuníquese a la Comisión de Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política Judicial, a los interesados y partes, publíquese en la página web de este organismo y, oportunamente, archívese.
RESOLUCION Nº 507/2008
N. Mabel Daniele Secretaria |
Mauricio Devoto Presidente |