Locación de Obra Intelectual - Actuación Nº 10884/11Res. OAyF Nº 128/11

Autorizar la contratación por locación de obra intelectual del Ing. Carlos A. Batillana (Mat. COPIME Nº 10.988), para realizar una auditoría técnica y reglamentaria, en los términos del art. 21 del Decreto 578/01, de los ascensores, montacargas y montavehículos de las sedes judiciales de de Alem, Lavalle, Sáenz Peña, Tacuarí, Beruti, H. Yrigoyen y Libertad,

Autorizar la contratación por locación de obra intelectual del Ing. Carlos A. Batillana (Mat. COPIME Nº 10.988), para realizar una auditoría técnica y reglamentaria, en los términos del art. 21 del Decreto 578/01, de los ascensores, montacargas y montavehículos de las sedes judiciales de de Alem, Lavalle, Sáenz Peña, Tacuarí, Beruti, H. Yrigoyen y Libertad,

Autorizar la contratación por locación de obra intelectual del Ing. Carlos A. Batillana (Mat. COPIME Nº 10.988), para realizar una auditoría técnica y reglamentaria, en los términos del art. 21 del Decreto 578/01, de los ascensores, montacargas y montavehículos de las sedes judiciales de de Alem, Lavalle, Sáenz Peña, Tacuarí, Beruti, H. Yrigoyen y Libertad,

Buenos Aires, 15 de julio de 2011

RES. OAyF Nº 128/2011

 

VISTO:

La Actuación CM Nº 10.884/2011; y

 

CONSIDERANDO:

Que estos obrados se inician con el pedido dirigido por el suscripto al Presidente del Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista -COPIME- a fin de requerirle una nómina de profesionales capacitados para llevar a cabo un examen de maquinarias (confr. fs. 1/2). Con la respuesta obtenida se solicitó por correo electrónico la cotización del servicio de auditoría técnica y reglamentaria, en los términos del art. 21 del Decreto 578/01, de los ascensores, montacargas y montavehículos del Poder Judicial (fs. 4/7).

Que a fs. 8/13, glosan tres (3) presupuestos suscriptos por ingenieros matriculados en el COPIME. Así pues, por el servicio indicado, a realizarse en las sedes de Alem, Lavalle, Sáenz Peña, Tacuarí, Beruti, H. Yrigoyen y Libertad, se cotizaron los siguientes valores; a saber: Rodolfo Fausti presupuestó la suma de ciento treinta y siete mil quinientos pesos ($137.500), sin IVA (fs. 9), Enrique Giménez hizo lo propio por ciento treinta y un mil quinientos sesenta pesos ($131.560), sin IVA (fs. 10/1) y, finalmente, Carlos A. Batillana estimó un costo de ciento veinticuatro mil trescientos pesos ($124.300), también sin IVA (fs. 12/3).

Que habiéndosele dado intervención, la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró el modelo de contrato de locación de obra agregado a fs. 17, elevado a esta Oficina de Administración y Financiera mediante nota de fecha siete del corriente mes y año (confr. fs. 16/7).

Que requerida su opinión a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, el señor Jefe de Departamento, Dictámenes y Procedimientos Administrativos consideró que debían cumplirse los requisitos exigidos por el reglamento aprobado por Res. CM Nº 1028/2004 y acreditar la existencia de partidas presupuestarias suficientes. Cumplido ello, sostuvo, “si el Sr. Administrador General así lo dispone, puede procederse a la firma del contrato respectivo” (confr. Dictamen Nº 4064/2011, fs. 21).

Que en virtud de lo apuntado, se practicó la afectación preventiva de ley, tal como se desprende de la Constancia Nº / 2011, emitida por la Dirección de Programación y Administración Contable (fs. 23), por un valor total de ciento cincuenta mil cuatrocientos tres pesos ($150.403).

Que así pues, cumplidos todos los pasos procedimentales de rigor, es menester autorizar la contratación de la locación de obra con el ingeniero Carlos A. Batillana, por el monto indicado precedentemente y en las condiciones de su oferta económica de fs. 12/3. La decisión que aquí se adopta se funda en la necesidad imperiosa de conocer con certeza el estado actual de conservación de los ascensores, montacargas y montavehículos cuyo mantenimiento es responsabilidad de este Consejo de la Magistratura. En este orden de ideas, se ha tenido en cuenta, como pauta decisoria, el menor precio ofertado por el especialista seleccionado, que resulta en un costo unitario de seis mil ochocientos treinta y seis pesos con cincuenta centavos ($6.836,50) por cada uno de los veintidós (22) equipos que se distribuyen entre las sedes judiciales listadas en estos párrafos.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas el artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389);

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorizar la contratación por locación de obra intelectual del Ing. Carlos A. Batillana (Mat. COPIME Nº 10.988), para realizar una auditoría técnica y reglamentaria, en los términos del art. 21 del Decreto 578/01, de los ascensores, montacargas y montavehículos de las sedes judiciales de de Alem, Lavalle, Sáenz Peña, Tacuarí, Beruti, H. Yrigoyen y Libertad, en los términos de la propuesta económica de fs. 10/11, en la suma total de ciento cincuenta mil cuatrocientos tres pesos ($150.403), I.V.A. incluido.

 

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que se cumplan todos los trámites estipulados en la Resolución CM Nº 1028/2004, debiendo notificarse a tal efecto al interesado. Asimismo, deberá notificar a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores lo aquí decidido.

 

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores y notifíquese al interesado. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

 

Res. OAyF Nº 128/2011

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