Contratación Menor N° 34/2014- Expediente DCC 140/14-0- Resolución OAyF N° 246/2014

Buenos Aires,  28    de julio de 2014

 

Res. OAyF Nº  246 /2014

 

VISTO:

El Expediente DCC N° 140/14-11 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Material Bibliográfico de Editorial La Ley” por el que tramita la Contratación Directa Nº 34/2014, y

 

CONSIDERANDO:

Que el presente Expediente se inició a raíz del requerimiento remitido por la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional mediante Notas N°49/2014 (fs. 1) y N°67/2014 (fs. 7), relativo a la Notas de fojas 3/5 y de fojas 8/9 del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia referidas a la adquisición de material bibliográfico para el año 2014 con destino a las distintas sedes de la Biblioteca del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluida la nueva,  dependientes de ese Departamento. En tal sentido, propuso el listado de publicaciones jurídicas -cuya edición corresponde a la Editorial La Ley S.A.E. e I. que se proponen contratar (fs. 12/17).

Que a fojas 11 obra la constancia de la consulta efectuada por la Dirección de Compras y Contrataciones acerca del estado registral de la referida firma de la que surge que se encuentra inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores con lo que queda cumplimentado el requisito estipulado en el artículo 22 de la Resolución CM Nº 1/2014, reglamentaria de la Ley 4764.

Que en este estado, la Dirección de Compras y Contrataciones entendió viable proceder a la adquisición del material bibliográfico requerido “…mediante el procedimiento de Contratación Directa, en el marco del Art. 28º Inc. 5) de la Ley N° 2095 y su modificatoria Ley 4764, reglamentada por Art. 28° del Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014” (fs. 21).

Que a su vez, la aludida Dirección glosó a fojas 24/25 la constancia de la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa N°34/2014 remitida a Editorial La Ley S.A.E. e I. mediante correo electrónico, y a fojas 26/32 el Anexo III -Pliego de Bases y Condiciones Generales- de la Resolución CM N° 1/2014-. Lo requerido fue discriminado en cuatrocientos tres (403.-) renglones según luce agregado como Listado Anexo (fs. 33/38). Al respecto, debe destacarse que en la Invitación a Cotizar cursada se especificó que “no es obligación cotizar todos los renglones. Asimismo, se admitirán cotizaciones parciales, por parte de las cantidades requeridas en cada renglón” (v. fs. 24/25).

 

Que conforme surge del Acta de Recepción de Propuesta Económica agregada a fojas 39, la Editorial La Ley S.A.E. e I. presentó una (1.-) oferta -incorporada a fojas 40/136 - por un monto total de cuatrocientos noventa y siete mil doscientos cincuenta y cinco pesos ($497.255,00), por los  siguientes renglones: 1,3, 9, 13/16, 22/24, 26, 28/31, 33/34, 41, 43, 45, 47,48, 50, 57, 62,63, 65/69, 75, 78,79, 81,82, 87, 89/95, 98, 99, 102/106, 109, 110, 118, 121,122, 128, 131, 133/138, 140, 142, 144, 145, 147, 148, 150, 153, 157, 164, 169, 172, 173, 175, 176, 178, 185, 190, 198, 200, 201, 203, 205, 207, 213, 215, 220, 224/230, 234, 235, 238, 239, 241, 250/253, 255, 257/260, 262, 265, 267/272, 274, 279, 280, 283/286, 291, 293, 294, 296/298, 300, 301, 303/305, 309, 311, 313/315, 319, 323/325, 328, 329, 332, 333, 336, 337, 340, 342, 345, 346, 352, 355/358, 361, 364, 367, 368, 370/395, 400 y 403.

Que cabe destacar, que la firma citada no ha presentado oferta por los renglones 2, 4/8, 10/12, 17/21, 25, 27, 32, 35/40, 42, 44, 46, 49, 51/56, 58/61, 64, 70/74, 76/77, 80, 83/86, 88, 96/97, 100/101, 107/108, 111/117, 119/120, 123/127, 129/130, 132, 139, 141, 143, 146, 149, 151/152, 154/156, 158/163, 165/168, 170/171, 174, 177, 179/184, 186/189, 191/197, 199, 202, 204, 206, 208/212, 214, 216/219, 221/223, 231/233, 236/237, 240, 242/249, 254, 256, 261, 263/264, 266, 273, 275/278, 281/282, 287/290, 292, 295, 299, 302, 306/308, 310, 312, 316/318, 320/322, 326/327, 330/331, 334/335, 338/339, 341, 343/344, 347/351, 353/354, 359/360, 362/363, 365/366, 369, 396/399 y 401/402 por no encontrarse dicho material en stock (v. fs. 53/76).

Que a su vez, a fojas 47 se incorporó la Declaración Jurada en la que la Editorial de marras manifiesta que “la totalidad del material bibliográfico en el expediente de referencia, es editado exclusivamente por Editorial La Ley S.A.E. I.”, cumplimentando así el punto I de la Invitación a cotizar (fs. 24/25).

Que asimismo, presentó a fojas 49 el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos conforme lo establece el artículo 7° de la Resolución CM N° 1/2014; a fojas 50 la Declaración Jurada constituyendo domicilio en la calle Tucumán 1471 de esta Ciudad; y a fojas 51/52 la Declaración Jurada de Aptitud para Contratar conforme lo dispuesto por el artículo 10° del Anexo III de la Resolución CM N° 1/2014. 

Que consultada que fuera el área técnica respectiva (Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia) ésta prestó conformidad respecto a la contratación en curso y expresó que la cotización presentada por la Editorial La Ley S.A.E e I. “se corresponde con el material requerido por la suscripta” (fs. 129/130).

Que posteriormente, se agregó la Constancia de Registración Presupuestaria N° 294/07  2014, cumplimentado de esta forma lo establecido en la Ley 70 (fs. 132/133).

Que finalmente, la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº5800 /2014 tomó su intervención de ley, y previa reseña de lo actuado, manifestó en cuanto al marco legal, que la ley 4764 modificó parcialmente la ley de compras y contrataciones “habiendo incluido dentro del art. 28 de la ley 2095referido a la contratación directa, el inciso 5) que expresamente dice “Cuando se trate de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por determinada persona o entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes”. Luego, agregó que la reglamentación de la citada ley dispone lo siguiente: “la compra de material bibliográfico se encausará en los términos del artículo 28, inciso 5 de la ley, pudiendo contratarse directamente con la editorial (Res. CM N° 1/2014)”. A continuación y para concluir, la Asesoría Letrada manifestó que “no encuentra obstáculos jurídicos para la continuidad del trámite del presente expediente” (fs. 141/142).

Que en consecuencia, encontrándose los actuados en estado de resolver, verificados todos los pasos pertinentes, de conformidad con lo requerido y manifestado por el área técnica así como lo expresado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, y con el fin de garantizar el normal y correcto funcionamiento de las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, esta Administración General entiende que corresponderá aprobar lo actuado en la Contratación Directa N° 34/2014 que tiene por objeto la adquisición de material bibliográfico para el año 2014 de la editorial La Ley S.A.E. e I. y adjudicar los renglones cotizados a dicha firma de acuerdo con la oferta económica presentada a fojas 53/76 por el monto total de cuatrocientos noventa y siete mil doscientos cincuenta y cinco pesos ($497.255,00).

Que en tanto, deberán declararse desiertos los renglones que no han sido cotizados por falta de stock, conforme surge de la oferta realizada por la contratista.

Que finalmente, corresponde señalar que la contratación en cuestión se regirá por la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764 y su reglamentación.

                 Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley 31 y sus modificatorias;  y por la Resolución de Presidencia N° 391/13;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 34/2014.

 

Artículo 2º: Adjudíquense los renglones 1,3, 9, 13/16, 22/24, 26, 28/31, 33/34, 41, 43, 45, 47,48, 50, 57, 62,63, 65/69, 75, 78,79, 81,82, 87, 89/95, 98, 99, 102/106, 109, 110, 118, 121,122, 128, 131, 133/138, 140, 142, 144, 145, 147, 148, 150, 153, 157, 164, 169, 172, 173, 175, 176, 178, 185, 190, 198, 200, 201, 203, 205, 207, 213, 215, 220, 224/230, 234, 235, 238, 239, 241, 250/253, 255, 257/260, 262, 265, 267/272, 274, 279, 280, 283/286, 291, 293, 294, 296/298, 300, 301, 303/305, 309, 311, 313/315, 319, 323/325, 328, 329, 332, 333, 336, 337, 340, 342, 345, 346, 352, 355/358, 361, 364, 367, 368, 370/395, 400 y 403 cotizados de la Contratación Directa Nº 34/2014 a la editorial La Ley S.A.E. e I., por el monto total de cuatrocientos noventa y siete mil doscientos cincuenta y cinco pesos ($497.255,00), de acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 53/76 y la Invitación a Cotizar de fojas 24/25. Ello, en función de lo expuesto en los considerandos de la presente y según lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764 y su reglamentación.

 

Artículo 3º: Declárense desiertos los renglones 2, 4/8, 10/12, 17/21, 25, 27, 32, 35/40, 42, 44, 46, 49, 51/56, 58/61, 64, 70/74, 76/77, 80, 83/86, 88, 96/97, 100/101, 107/108, 111/117, 119/120, 123/127, 129/130, 132, 139, 141, 143, 146, 149, 151/152, 154/156, 158/163, 165/168, 170/171, 174, 177, 179/184, 186/189, 191/197, 199, 202, 204, 206, 208/212, 214, 216/219, 221/223, 231/233, 236/237, 240, 242/249, 254, 256, 261, 263/264, 266, 273, 275/278, 281/282, 287/290, 292, 295, 299, 302, 306/308, 310, 312, 316/318, 320/322, 326/327, 330/331, 334/335, 338/339, 341, 343/344, 347/351, 353/354, 359/360, 362/363, 365/366, 369, 396/399 y 401/402 de la Contratación Directa N° 34/2014, por los argumentos expuestos en los considerandos de la presente.

 

Artículo 4°: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la contratación adjudicada en el artículo 2° de esta resolución, y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.

 

Artículo 5º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordena y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional y por su intermedio al Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

Res. OAyF Nº  246/2014