Buenos Aires, 17 de julio de 2015
VISTO:
El expediente DCC Nº 260/14-0 s/ Servicio de Telefonía Fija, Enlaces MPLS Principales y Complementarios, Accesos Dedicados a Internet y Fibra Oscura; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 3, 44 y 60 la Dirección General de Informática y Tecnología, remitió las Especificaciones Técnicas para la contratación de un Servicio de Telefonía Fija para las llamadas locales DDN, DDI y CPP, a través de accesos troncados digitales E1 de 2 Mb/s (30+2) canales PCM; la contratación del servicio de Enlaces MPLS Principales y Complementarios; la contratación de la instalación, provisión de equipamiento, puesta en funcionamiento y mantenimiento de un servicio de acceso dedicado a Internet; y la contratación del servicio de enlaces de fibra oscura; todo ello para los distintos edificios del Poder Judicial (área administrativa y jurisdiccional) y el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que a fs. 29/30 se encuentra la aceptación de la participación del Ministerio Publico Fiscal en la contratación de referencia.
Que a fs. 90 la Dirección General de Informática y Tecnología informó que el presupuesto estimado para la contratación, considerando un plazo de 24 meses, es de Pesos Veinticinco Millones Doscientos Mil ($25.200.000).
Que a fs. 91 la Dirección de Compras y Contrataciones entendió viable el llamado a licitación Pública de etapa única, bajo la modalidad de Compra Unificada con el Ministerio Público de la CABA, conforme lo dispuesto en los Artículos 25º,27º,31º,32º,42º, y cc de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº4764, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM Nº 01/2014.
Que a fs. 92/99 se agregó el pliego de Condiciones Generales del Anexo III de la Resolución CM Nº 1/2014, a fs. 100/128 obran los proyectos de pliego de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y el modelo de publicación en el Boletín Oficial de ésta Ciudad y en el correspondiente periódico.
Que la Dirección de Programación y Administración Contable realizó la afectación presupuestaria preventiva conforme surge de fs.130/131, tomando conocimiento del compromiso adquirido para los ejercicios 2016 (12 meses) y 2017 (12 meses).
Que a fs. 132/133 luce nota de la Dirección de Compras y Contrataciones haciendo una reseña de lo actuado, fijando el monto para la venta de los pliegos en Pesos Doce Mil Seiscientos ($ 12.600) y dejando constancia de que la presente contratación se encuentra expresamente en el Plan de Compras 2015, en la cuenta Nº 3.1.4.
Que a fs. 137/138 dictaminó la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) que “no existe obstáculo, desde el punto de vista jurídico, para que se continúe con la tramitación del presente expediente”.
Que la Dirección General de Informática y Tecnología informó que originariamente el servicio a contratar iba a ser prestado en el área jurisdiccional, en el área administrativa, en el Ministerio Público de la Defensa y el Ministerio Publico Tutelar, y que luego se incorporó a la contratación el Ministerio Público Fiscal. Menciona también que se le requirió a la Dirección que el servicio de telefonía fija se amplíe a Enlaces MPLS Principales y Complementarios para poder acceder a Internet y enlace de fibra oscura para todos los edificios del Poder Judicial de la CABA. Agregó que ello, derivo en el incremento del presupuesto oficial en la suma propiciada.
Que a fs. 142 la Oficina de Administración y Financiera elevó lo actuado sin realizar observaciones.
Que en tal estado llega el expediente a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.
Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión de ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y toda otra función que le encomiende el Plenario o que se le atribuya por ley o reglamento. Además, por el inc. 4 le compete ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección del cocontratante, de montos superiores a los establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.
Que por el art. 38 inc. 8 y 9 a la Comisión también le compete diseñar la política de informática y telecomunicaciones, organizar y mantener un sistema informático que permita el acceso a todos los usuarios y agentes del servicio de Justicia a información precisa, permanente y actualizada de acuerdo a sus competencias, y organizar y mantener la necesidad de infraestructura de los organismos que integran el servicio de Justicia de la Ciudad.
Que por lo expuesto, implicando la cuestión en debate un acto de disposición de recursos presupuestarios y una contratación que pretende satisfacer una necesidad de infraestructura y de naturaleza tecnológica, que se encuentra prevista en el plan de compras del presente ejercicio por un monto superior a los que determinan la intervención del Administrador General, éste órgano resulta competente.
Que la Dirección General de Informática y Tecnología, la dependencia técnica competente, estableció la necesidad de efectuar la contratación solicitada, por lo tanto corresponde dar curso favorable al presente trámite. Téngase presente que la Comisión ha comenzado un procedimiento de actualización tecnológica, con el fin de facilitar el servicio de justicia y simplificando la labor administrativa de las diferencias dependencia, situación que derivó en el impulso de diferentes contrataciones, como licitación – llamado recientemente aprobado por la Comisión - que tramita en el expediente nro. 144/14-0, que es la implementación de enlaces (MAN) de alta velocidad y disponibilidad, que al ser administrados exclusivamente por este organismo aumentará los anchos de banda permitiendo utilizar la totalidad de las prestaciones de video y voz (telefonía).
Que en tal sentido, se unirá el servicio de telefonía con la de enlaces.
Que la Ley 2095 estableció un sistema de normas para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, aplicable a todo el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo expresamente al Poder Judicial.
Que por Res. CM N° 1/2014 se aprobó el reglamento de la ley mencionada precedentemente, como también el Pliego de Bases y Condiciones Generales. Dicha normativa ratifica la facultad de la Comisión dispuesta por Res. CM N°344/2005, la de autorizar los llamados en contrataciones en concordancia con la normativa legal vigente.
Que por lo expuesto, resulta viable el llamado a Licitación Pública N° 4/2015 de etapa única, conforme lo dispuesto en los Artículos 25º, 27º, 31º, 32º, 42º y cc de la Ley 2095 y la Res. CM Nº 1/2014, que tiene por objeto para la contratación de un Servicio de Telefonía Fija para las llamadas locales DDN, DDI y CPP, a través de accesos troncados digitales E1 de 2 Mb/s (30+2) canales PCM; la contratación del servicio de Enlaces MPLS Principales y Complementarios; la contratación de la instalación, provisión de equipamiento, puesta en funcionamiento y mantenimiento de un servicio de acceso dedicado a Internet; y la contratación del servicio de enlaces de fibra oscura; todo ello para los distintos edificios del Poder Judicial (área administrativa y jurisdiccional) y el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que para la confección de las condiciones particulares de la contratación se tomaron en cuenta las especificaciones técnicas solicitadas por el Ministerio Público Fiscal.
Que el presupuesto oficial de la presente contratación es de Pesos Veinticinco Millones Doscientos Mil ($25.200.000).
Que el área de compras propuso un valor de Pesos Doce Mil Seiscientos ($ 12.600) para el pliego de licitación, suma que resulta razonable tomando en cuenta los precios establecidos para pliegos de licitaciones que involucran montos similares, y se ajusta a lo dispuesto en el inciso g) del art. 86 del Anexo I de la Res. CM Nº 1/2014.
Que la presente convocatoria deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en un periódico de difusión masiva nacional por el término de dos (2) días, con diez (10) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, conforme lo dispone el artículo 98 del reglamento, de acuerdo al modelo de publicación que como Anexo III forma parte de la presente resolución. A tales efectos, resulta conveniente disponer que la publicación se realice en un periódico que la Oficina de Administración y Financiera disponga.
Que de la misma manera, deberá anunciarse el llamado a contratación en la página de internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar).
Que conforme lo expuesto precedentemente, la necesidad de la contratación fue establecida por el área técnica competente, se afectaron preventivamente los recursos presupuestarios suficientes, la Dirección de Compras y Contrataciones instrumentó la documentación licitatoria, la cual recibió el aval del servicio de asesoramiento jurídico permanente, por lo tanto, corresponde autorizar el llamado.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;
Artículo 1º: Autorizar el llamado a Licitación Pública Nº 4/2015 de etapa única, para la contratación de un Servicio de Telefonía Fija para las llamadas locales DDN, DDI y CPP, a través de accesos troncados digitales E1 de 2 Mb/s (30+2) canales PCM; la contratación del servicio de Enlaces MPLS Principales y Complementarios; la contratación de la instalación, provisión de equipamiento, puesta en funcionamiento y mantenimiento de un servicio de acceso dedicado a Internet; y la contratación del servicio de enlaces de fibra oscura; todo ello para los distintos edificios del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de Pesos Veinticinco Millones Doscientos Mil ($25.200.000).
Artículo 2º: Aprobar el Pliego de Condiciones Particulares y el de Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública Nº 4/2015 que como Anexo I y II QUE respectivamente integran la presente Resolución.
Artículo 3º: Aprobar el modelo de aviso del Anexo III, para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el periódico que la Oficina de Administración Financiera disponga.
Artículo 4º: Establecer el valor de los Pliegos necesarios para presentar la oferta en Pesos Doce Mil Seiscientos ($ 12.600).
Artículo 5º: Establecer el día 28 de agosto, a las 12:00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas.
Artículo 6º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el anuncio en la página de Internet del Poder Judicial.
Artículo 7º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el periódico en el periódico que la Oficina de Administración y Financiera disponga por dos (2) días, con diez (10) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, anúnciese en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección de Compras y Contrataciones, y a la Dirección General de Informática y Tecnología, cúmplase y, oportunamente, archívese.
Res. CAGyMJ N° /2015
ANEXO I
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
1. GENERALIDADES
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
3. CONSULTA DEL PLIEGO
4. ADQUISICIÓN DE LOS PLIEGOS
5. RENGLON A COTIZAR
6. VISITAS
7. FORMA DE COTIZACION
8. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO RENGLÓN 1
9. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO RENGLÓN 2
10. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO RENGLÓN 3
11. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO RENGLÓN 4
12. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
13. DICTAMEN DE LA COMISIÓN EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACIÓN.
14. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
15. ADJUDICACIÓN
16. SEGUROS
17. RESPONSABLE TÉCNICO
18. PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
19. PENALIDADES
20. RESCISIÓN DEL CONTRATO
21. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
22. APERTURA DE LAS OFERTAS
23. COMUNICACIONES Y CONSULTAS. DENUNCIA DE DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO. CHARLA INFORMATIVA.
ANEXO A – PLANILLA DE COTIZACIÓN
ANEXO B – TABLA DE PONDERACIÓN
ANEXO C – TABLA DE PONDERACIÓN
ANEXO D – CONSTANCIA DE VISITA
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
1. GENERALIDADES
El presente Pliego de Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios (PCG) aprobado por Resolución CM Nº 01/2014, para la contratación de referencia.
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La Licitación Pública Nº 04/2015 es una licitación de etapa única bajo la modalidad de Compra Unificada y tiene por objeto la contratación del servicio de telefonía fija para llamadas locales DDN, DDI y CPP, a través de accesos troncales digitales E1 de 2 Mb/s (30+2) canales PCM; la contratación del servicio de Enlaces MPLS Principales y Complementarios; la contratación de la instalación, provisión de equipamiento, puesta en funcionamiento y mantenimiento de un servicio de acceso dedicado a Internet; y la contratación del servicio de enlaces de fibra oscura; todo ello para los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) y del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3. CONSULTA DEL PLIEGO
Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas podrán ser consultados en la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; sita en Av. Julio A. Roca 530, piso 8° de esta Ciudad, en el horario de 11:00 a 17:00 horas.
4. ADQUISICIÓN DE LOS PLIEGOS
Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas que hayan abonado, previo a la apertura de las ofertas del acto licitatorio, el arancel correspondiente al valor de los Pliegos.
Los Pliegos podrán adquirirse en la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas y hasta el día anterior a la fecha fijada para la apertura pública de las ofertas, previo depósito de la suma de Pesos Doce Mil Seiscientos ($ 12.600.-) en la Cuenta Corriente N° 358/0, a nombre del Consejo de la Magistratura, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal N° 53, sito en Av. Córdoba 675 de esta Ciudad.
El valor de los Pliegos podrá abonarse en efectivo, conforme lo indicado en el Párrafo precedente, o por transferencia bancaria realizada a la Cuenta Corriente del Consejo de la Magistratura, CBU 0290053700000000035800, CUIT 30-70175369-7.
Se deberá acompañar en forma obligatoria el comprobante de compra del Pliego licitatorio.
5. RENGLONES A COTIZAR
Renglón 1: Prestación del servicio de telefonía fija, con instalación de treinta y nueve (39) accesos troncales y pre compra de paquetes de un millón cien mil (1.100.000) minutos mensuales locales y larga distancia nacional, conforme a las especificaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Renglón 2: Servicio de Enlaces MPLS Principales y Complementarios.
Subrenglón 2.1: Prestación del servicio denominado Enlaces MPLS Principales, conforme a las especificaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Subrenglón 2.2: Prestación del servicio denominado Enlaces MPLS Complementarios, conforme a las especificaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Renglón 3: Servicio de Acceso a Internet Principal y Complementario.
Subrenglón 3.1: Prestación del servicio denominado Servicio de Acceso a Internet Principal, conforme a las especificaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Subrenglón 3.2: Prestación del servicio denominado Servicio de Acceso a Internet Complementario, conforme a las especificaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Renglón 4: Prestación del servicio de enlace de fibra oscura para unir los Centros de Cómputos Primario y Secundario del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ubicados en Julio A. Roca 530 e H. Yrigoyen 932 de esta Ciudad, conforme a las especificaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
6. VISITAS
Los oferentes deberá realizar una revisión preventiva de los inmuebles en donde se proyecta realizar la instalación y prestación de los servicios, a fin de informarse debidamente de las condiciones del lugar físico, los posibles inconvenientes que se opongan al normal desenvolvimiento de los trabajos a ejecutar y todo cuanto pudiera influir para el justiprecio ofertado.
El Consejo de la Magistratura facilitará las visitas hasta cinco (5) días antes de la fecha estipulada para la apertura de las ofertas, de modo tal que el adjudicatario no podrá alegar posterior ignorancia y/o imprevisiones en las condiciones en que ejecutará y cumplirá el contrato.
Los oferentes deberán comunicarse con la Dirección de Informática y Tecnología, de lunes a viernes de 10.30 a 12.00 horas y de 14.30 a 17.00 horas, al teléfono 4014-6175, a los efectos de coordinar el día y hora en que las visitas serán efectuadas.
La Dirección de Informática y Tecnología extenderá el correspondiente Certificado de Visita, el cual deberá acompañarse obligatoriamente con la oferta.
7. FORMA DE COTIZACION
La propuesta económica deberá ser formulada en números y en letras, por duplicado y en pesos, conforme las Planillas de Cotización que como Anexos forman parte del presente Pliego de Condiciones Particulares.
No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera, considerándose inadmisibles las ofertas así realizadas.
Los oferentes podrán presentar propuesta por algunos o la totalidad de los renglones y/o subrenglones comprendidos en el Punto 5 del presente Pliego. No se admitirán cotizaciones por parte de cada renglón y/o subrenglón.
8. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO RENGLÓN 1
La prestación del servicio solicitado en el Renglón 1 del Punto 5 de la presente contratación deberá efectuarse conforme se indica a continuación:
8.1 Modalidad de la Instalación y Comienzo de las Prestaciones:
El Consejo de la Magistratura podrá determinar que el inicio de las prestaciones sea efectuado de manera parcial. Para ello, el Consejo de la Magistratura notificará la habilitación por sitios a instalar, mediante Órdenes de Compra.
La mudanza de los accesos troncales entre edificios y/o a nuevos edificios no tendrá cargo alguno para el Consejo de la Magistratura.
8.2 Plazos de Instalación:
Respecto de los sitios habilitados en la Orden de Compra inicial, la instalación y puesta en marcha del servicio será dentro de los sesenta (60) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción de la respectiva Orden de Compra por parte del adjudicatario.
Respecto de los sitios habilitados mediante posteriores Órdenes de Compra el adjudicatario deberá realizar la correspondiente instalación y puesta en marcha del respectivo servicio, dentro de los treinta (30) días a partir de la recepción de la correspondiente Orden de Compra.
8.3 Plazo de la Contratación:
El servicio de telefonía tendrá una duración de veinticuatro (24) meses, contados a partir del día siguiente a la fecha del Parte de Recepción Definitiva de la instalación y puesta en marcha del servicio para la totalidad de los sitios habilitados en la Orden de Compra inicial.
La fecha de vencimiento producirá la extinción de la totalidad del vínculo contractual con la adjudicataria, incluyendo aquellas habilitaciones de inmuebles que se hubieran requerido con posterioridad al inicio del vínculo contractual.
8.4 Prórroga del Contrato:
El contrato aludido podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un período de hasta doce (12) meses, opción que se formalizará con una anticipación mínima de quince (15) días con anterioridad a la finalización del contrato.
La prórroga del contrato podrá rescindirse sin causa por parte del Consejo y no generará derecho a indemnización para el adjudicatario.
8.5 Forma de Pago:
En forma mensual se abonarán conforme lo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales los valores del abono mensual y de los paquetes de minutos urbanos mensuales cotizados por la firma adjudicataria en la Planilla de Cotización.
Ante eventuales consumos de minutos urbanos que excedan en el transcurso del mes la cantidad incluida en los paquetes de minutos contratados (ya sea el paquete inicial de un millón cien mil minutos, o los adicionados por eventuales ampliaciones contractuales), los mismos serán facturados mensualmente al precio de referencia del valor del minuto excedente cotizado en la Planilla de Cotización.
El monto correspondiente a la instalación de la trama se abonará en una única vez, a partir de la confección del correspondiente Parte de Recepción Definitiva, conforme lo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
8.6 Facturación Detallada:
La facturación del servicio, junto con los minutos excedentes, debe presentarse en papel original/duplicado y en soporte magnético (XLS), de manera independiente para cada una de las tramas instaladas.
La facturación correspondiente a la instalación debe ser presentada independientemente del servicio.
La Dirección de Informática y Tecnología informará a la adjudicataria los ítems que deberá contener la facturación detallada.
9. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO RENGLÓN 2
La prestación del servicio solicitado en el Renglón 2 del Punto 5 de la presente contratación deberá efectuarse conforme se indica a continuación:
9.1 Criterio de Evaluación y Selección:
Evaluación Técnica del Renglón 2.1:
Las ofertas se evaluarán utilizando la Tabla de Ponderación incluida en el Anexo B, en la que se estipulan los factores de ponderación por tecnología utilizada en el enlace y por factor de ponderación por servicio propio de última milla.
Para obtener el Puntaje Técnico de la oferta debe calcularse el puntaje por cada enlace incluido en el Renglón 2.1, el que se obtendrá sumando los valores obtenidos para el Factor de Poderación por Tecnología utilizada en el enlace y el Factor de Ponderación Servicio Propio última Milla, para luego sumarse los puntajes individuales de todos los enlaces, de modo de calcular el Puntaje Total de la Oferta. Obteniéndose el Puntaje Técnico de la oferta al dividir el Puntaje Total por el Púntaje Máximo Teórico, que en este caso será de 56 puntos que resultan de multiplicar el puntaje máximo que puede obtener un enlace, es decir 2 puntos, por 28 edificios.
Donde:
x es el Número de edificio según la Columna 1 de la Tabla de Ponderación de la Oferta
Evaluación Técnica del Renglón 2.2:
Las ofertas se evaluarán utilizando la Tabla de Ponderación incluida en el Anexo C que se adjunta, en la que se estipulan los factores de ponderación por tecnología utilizada en el enlace y por Factor de ponderación por servicio propio de última milla.
Para obtener el Puntaje Técnico de la oferta debe calcularse el puntaje por cada enlace incluido en el renglón 2.2, el que se obtendrá sumando los valores obtenidos para el “Factor de ponderación por tecnología” utilizada en el enlace y el “Factor de ponderación servicio propio última milla”, para luego sumarse los puntajes individuales de todos los enlaces, de modo de calcular el Puntaje Total de la oferta. Obteniéndose el Puntaje Técnico de la oferta al dividir el Puntaje Total por el Puntaje Máximo Teórico, que en este caso será de 32 puntos que resultan de multiplicar el puntaje máximo que puede obtener un enlace, es decir 2 puntos, por 16 edificios:
Donde:
x es el Número de edificio según la Columna 1 de la Tabla de Ponderación de la Oferta
9.2 Plazo de Instalación:
El plazo de instalación y puesta en marcha del servicio será de un máximo de cuarenta (40) días hábiles, contados a partir de la recepción de la correspondiente Orden de Compra.
9.3 Plazo de la Contratación:
Las prestaciones tendrán una duración de veinticuatro (24) meses, el que comenzará a regir a partir del día siguiente a la fecha del Parte de Recepción Definitiva de la instalación y puesta en marcha del primer sitio operativo.
El Consejo de la Magistratura podrá determinar que el inicio de las prestaciones sea efectuado de manera parcial.
El vencimiento del plazo contractual estipulado en el primer párrafo producirá la extinción de la totalidad del vínculo contractual con la adjudicataria, incluyendo aquellas instalaciones realizadas con posterioridad a la fecha del Parte de Recepción Definitiva del primer sitio operativo y/o eventuales ampliaciones contractuales.
9.4 Prórroga del Contrato:
El contrato aludido en el punto anterior podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un período de hasta doce (12) meses, opción que se formalizará con una anticipación mínima de quince (15) días con anterioridad a su finalización. La prórroga del contrato podrá rescindirse sin causa por parte del Consejo, y no generará derecho a indemnización para el Adjudicatario.
9.5 Forma de Pago:
El cargo de la instalación se pagará en función de los respectivos Partes de Recepción Definitiva de instalación y puesta en marcha por cada sitio operativo, conforme el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
La forma de pago del abono será mensual, en función de los sitios efectivamente instalados y operativos, conforme a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
10. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO RENGLÓN 3
La prestación del servicio solicitado en el Renglón 3 del Punto 5 de la presente contratación deberá efectuarse conforme se indica a continuación:
10.1 Plazo de Instalación y Puesta en Servicio:
El plazo de instalación y puesta en marcha del servicio será de un máximo de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la recepción de la correspondiente Orden de Compra.
El Consejo de la Magistratura emitirá un Parte de Recepción Definitiva por sitio instalado, y con el servicio operativo.
10.2 Plazo de la Contratación:
Las prestaciones tendrán una duración de veinticuatro (24) meses, comenzando a partir del día siguiente a la fecha del primer Parte de Recepción Definitiva de la instalación y puesta en marcha del primer sitio operativo.
El Consejo de la Magistratura podrá determinar que el inicio de las prestaciones sea efectuado de manera parcial.
El vencimiento del plazo contractual estipulado en el primer párrafo producirá la extinción de la totalidad del vínculo contractual con la adjudicataria, incluyendo aquellas instalaciones realizadas con posterioridad a la fecha del Parte de Recepción Definitiva del primer sitio operativo y/o eventuales ampliaciones contractuales.
10.3 Prórroga de la Contratación:
El contrato aludido en el punto anterior podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un período de hasta doce (12) meses, opción que se formalizará con una anticipación mínima de quince (15) días hábiles con anterioridad a su finalización. La prórroga del contrato podrá rescindirse sin causa por parte del Consejo y no generará derecho a indemnización para el adjudicatario.
10.4 Forma de Pago:
El cargo de instalación se pagará en función de los respectivos Partes de Recepción Definitiva de la instalación y puesta en marcha por cada sitio operativo, conforme el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
La forma de pago del abono será mensual, en función de los sitios efectivamente instalados y operativos, conforme a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
11. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO RENGLÓN 4
La prestación del servicio solicitado en el Renglón 4 del Punto 5 de la presente contratación deberá efectuarse conforme se indica a continuación:
11.1 Plazo de Instalación y Puesta en Servicio:
El plazo de instalación y puesta en marcha del servicio será de un máximo de veinte (20) días hábiles, contados a partir de la recepción de la correspondiente Orden de Compra.
El Consejo de la Magistratura emitirá un Parte de Recepción Definitiva por sitio instalado, y con el servicio operativo.
11.2 Plazo de la Contratación:
Las prestaciones tendrán una duración de veinticuatro (24) meses, comenzando a partir del día siguiente a la fecha del primer Parte de Recepción Definitiva de la instalación y puesta en marcha del primer sitio operativo.
El Consejo de la Magistratura podrá determinar que el inicio de las prestaciones sea efectuado de manera parcial.
El vencimiento del plazo contractual estipulado en el primer párrafo producirá la extinción de la totalidad del vínculo contractual con la adjudicataria, incluyendo aquellas instalaciones realizadas con posterioridad a la fecha del Parte de Recepción Definitiva del primer sitio operativo y/o eventuales ampliaciones contractuales.
11.3 Prórroga de la Contratación:
El contrato aludido en el punto anterior podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un período de hasta doce (12) meses, opción que se formalizará con una anticipación mínima de quince (15) días hábiles con anterioridad a su finalización. La prórroga del contrato podrá rescindirse sin causa por parte del Consejo y no generará derecho a indemnización para el adjudicatario.
11.4 Forma de Pago:
El cargo de instalación se pagará en función de los respectivos Partes de Recepción Definitiva de la instalación y puesta en marcha por cada sitio operativo, conforme el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
La forma de pago del abono será mensual, en función de los sitios efectivamente instalados y operativos, conforme a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
12. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, éste se prorrogará por sucesivos plazos de sesenta (60) días, de manera automática, salvo que el oferente se opusiera a la nueva prórroga automática, por escrito, con al menos quince (15) días de anticipación al vencimiento del plazo en que se encuentra incurso.
Si el oferente no mantuviera el plazo estipulado en el párrafo anterior, será facultad del Consejo de la Magistratura considerar o no las ofertas así formuladas, según convenga a sus propios intereses.
13. DICTAMEN DE LA COMISIÓN EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACIÓN.
El Dictamen de Evaluación de las Ofertas (Dictamen de Preadjudicación) se comunicará a todos los oferentes y se publicará en el Boletín Oficial y en la Web del Consejo de la Magistratura www.jusbaires.gov.ar
Las impugnaciones al Dictamen de Evaluación se harán conforme el Art. 99º del Anexo I de la Resolución CM Nº1/2014 y al Art. 18º del PCG.
Conforme los Arts. 106º in fine y 109º in fine del Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014 y al Art. 17º del PCG, los interesados podrán formular las impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días a contar desde la notificación del acto administrativo que concluye el procedimiento de selección.
La impugnación de los pliegos se realizarán conforme el Art. 17º in fine del PCG, estableciéndose como Garantía de Impugnación al Pliego (Art. 14º, Inc. d) del PCG) un porcentaje del tres por ciento (3%) del presupuesto oficial de la presente Licitación Pública.
14. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 107º del Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014, la Comisión de Evaluación de Ofertas solicitará información tanto al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (R.I.U.P.P.), como a la Oficina Nacional de Contrataciones, dependiente de la Secretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación (www.argentinacompra.gov.ar) y/o a cualquier otro organismo del ámbito de la Ciudad, nacional o provincial que la Comisión estime necesario, respecto de si existen antecedentes relacionados con las firmas oferentes, como asimismo si ha recaído algún tipo de sanción y/o penalidad contra las mismas.
La adjudicación se realizará a la oferta más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura. Para ello, una vez apreciado el cumplimiento de los requisitos y exigencias estipulados en la normativa vigente y en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, se considerarán el precio y la calidad de los bienes y/o servicios ofrecidos, conjuntamente con la idoneidad del oferente y demás condiciones de la propuesta.
15. ADJUDICACIÓN
Renglón 1: La adjudicación se realizará por renglón completo y recaerá en un único oferente.
Renglón 2: Teniendo en consideración que una de las funciones de los Enlaces MPLS Complementarios (Subrenglón 2.2) es reemplazar a los Enlaces MPLS Principales en caso de falla, las prestaciones no podrán ser brindadas por el mismo adjudicatario. En consecuencia, la adjudicación de ambos subrenglones no podrá recaer sobre el mismo oferente.
Renglón 3: Teniendo en consideración que una de las funciones del Acceso a Internet Complementario (Subrenglón 3.2) es reemplazar al Acceso a Internet Principal en caso de falla, las prestaciones no podrán ser brindadas por el mismo adjudicatario. En consecuencia, la adjudicación de ambos subrenglones no podrá recaer sobre el mismo oferente.
Renglón 4: La adjudicación se realizará por renglón completo y recaerá en un único oferente.
16. SEGUROS
Previo al comienzo de la ejecución de las prestaciones, la firma adjudicataria deberá contratar un seguro de responsabilidad civil, por la suma mínima comprensiva de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000,00), por los daños que, como consecuencia de la prestación del servicio que se contrata, se ocasione a personas, cosas y/o bienes de terceros y/o del Consejo de la Magistratura y/o del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En caso de que el monto del seguro contratado no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el adjudicatario. De igual manera, en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el adjudicatario deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Consejo de la Magistratura de cualquier responsabilidad al respecto.
Si el adjudicatario dejase de contratar y mantener en vigencia el seguro de responsabilidad civil, el Consejo de la Magistratura podrá -al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera ejercer- contratar dicho seguro y pagar los premios necesarios o que fueran adeudados, por el adjudicatario. El Consejo de la Magistratura deducirá los premios así desembolsados del pago de la correspondiente factura.
Será obligación del adjudicatario notificar a la aseguradora sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación. El adjudicatario será responsable por todas las pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole, originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos. También correrán por cuenta del adjudicatario los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias económicas y contractuales por la no vigencia de la Póliza de Seguro.
El Consejo de la Magistratura podrá suspender los trabajos por falta de cobertura, no siendo ello causa de prórroga del programa de trabajo.
El seguro será contratado con una aseguradora a satisfacción del Consejo de la Magistratura e incluirá a éste como beneficiario del mismo, considerándolo como tercero afectado.
La vigencia del seguro regirá durante la totalidad del período contractual.
17. RESPONSABLE TÉCNICO
La firma adjudicataria designará previo a la iniciación del servicio y mantendrá en forma permanente y durante el período del contrato, un representante con facultades de decisión, a los efectos de coordinar y asegurar el cumplimiento del mismo.
Dicha designación deberá ser notificada fehacientemente a la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El representante técnico designado deberá presentarse dentro de las 24 horas de solicitado vía telefónica, fax, email, etc.
18. PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
La adjudicataria asumirá ante el Consejo de la Magistratura la responsabilidad total en relación a la conducta y antecedentes de las personas que afecte al servicio.
Estarán a cargo del adjudicatario todas las erogaciones originadas por el empleo de su personal, tales como jornales, aportes y contribuciones, licencias, indemnizaciones, benericios sociales, otras erogaciones que surjan de las disposiciones legales, convenios colectivos individuales vigentes o a dictarse, o convenirse en el futuro y seguros.
El adjudicatario tomará a su cargo la obligación de reponer elementos o reparar daños y perjuicios que ocasione al Consejo de la Magistratura por delitos o cuasidelitos, sean estos propios o producidos por las personas bajo su dependencia, o los que pudieron valerse por la prestación de los servicios que establecen los pliegos.
El adjudicatario se hará responsable de los daños y/o perjuicios que se originen por culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia o aquellas de las que se valga para la prestación de los servicios.
Adoptará todas las medidas y precauciones necesarias para evitar daños al personal que depende de él, al personal de este Poder Judicial, a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, a las propiedades, equipos e instalaciones de esta Institución o de terceros, asi puedan provenir esos daños de la acción o inacción de su personal o elementos instalados o por causas eventuales.
19. PENALIDADES
La Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura será la encargada de controlar el grado de cumplimiento contractual por parte de la firma adjudicataria.
El incumplimiento en término de las obligaciones contractuales coloca al adjudicatario en estado de mora y, por lo tanto, sujeto a la aplicación, previo informe de la Dirección de Informática y Tecnología, de las sanciones establecidas en la normativa vigente y en los siguientes puntos:
19.1 En los casos en que la disponibilidad de algún servicio no sea la requerida en los Pliegos de la presente Licitación, se aplicará una penalidad de acuerdo al siguiente detalle:
19.2 Si no se cumplieran las métricas de restauración de servicios, en casos de fallas atribuibles al adjudicatario, se aplicará una penalidad de acuerdo a la siguiente tabla:
20. RESCISIÓN DEL CONTRATO
El Consejo de la Magistratura podrá rescindir el contrato de pleno derecho, cuando se produjera alguna de las siguientes causales:
20.1 Cuando transcurrido el plazo al que se hace referencia en los Puntos 8.2, 9.2, 10.1 y 11.1 del presente Pliego y de no mediar causa justificable, no se hubieran iniciado los trabajos objeto de la presente licitación.
20.2 En caso de interrupciones del servicio que afecten a la trama contratada, en días hábiles en el horario de 8.00 a 20.00 horas, durante más de 20 horas dentro del mismo mes calendario, o más de 40 horas en un período de seis (6) meses.
20.3 Cuando las multas aplicadas en concepto de infracciones cometidas alcanzaren en su monto el diez por ciento (10%) del importe total del contrato original.
21. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 18:00 horas y hasta las 12:00 horas del dia 20 de agosto de 2015, en sobre cerrado y conforme al Art. 102º del Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014, en la Mesa de Entradas de este Consejo, sita en Av. Julio A. Roca 530 PB de esta Ciudad, debiendo estar dirigidas a la Unidad de Evaluación de Ofertas del Consejo de la Magistratura, e indicando como referencia la leyenda “Licitación Pública Nº 04/2015 - Expediente CM Nº DCC 260/14-0”.
22. APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de los sobres será pública y tendrá lugar el día 20 de agosto de 2015 a las 12:00 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Julio A. Roca 530, piso 8°, Ciudad de Buenos Aires, fecha y hora hasta las cuales se recibirán las propuestas económicas, según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
23. COMUNICACIONES Y CONSULTAS. DENUNCIA DE DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO. CHARLA INFORMATIVA.
Complementando el Art. 6º del PCG, el oferente además de constituir domicilio legal dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá denunciar una dirección de correo electrónico en donde serán válidas todas la comunicaciones efectuadas por el Consejo de la Magistratura, de conformidad con el Art. 4º del PCG.
Las consultas relacionadas con la presente contratación deberán efectuarse conforme lo establece el Art. 8º del PCG, hasta el día 11 de agosto de 2015.
La Dirección de Compras y Contrataciones realizará el día 9 de agosto de 2015, a las 16.00 horas una reunión informativa para que participen las empresas interesadas, la cual se desarrollará en Av. Julio A. Roca 530, piso 8, de esta Ciudad.
ANEXO II
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. GENERALIDADES
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS renglón 1
3. especificaciones técnicas renglón 2
4. especificaciones técnicas renglón 3
5. especificaciones técnicas renglón 4
ANEXOS RENGLÓN 2
ANEXOS RENGLÓN 3
1. GENERALIDADES
Las presentes especificaciones técnicas fijan los requerimientos mínimos a los que deberá ajustarse el servicio solicitado en el marco de la presente Licitación Pública, admitiéndose la presentación de aquellas propuestas que propongan sistemas que mejoren dichos requerimientos.
El adjudicatario deberá tener en cuenta todos los trabajos que en las presentes especificaciones técnicas se indiquen, incluyendo aquellos no mencionados pero que son necesarios para el correcto funcionamiento del servicio contratado.
Se hace saber que no se admitirá especificar simplemente “según pliego” o “cumple” como identificación de los bienes ofertados ni de los requisitos cuya acreditación se exigen en el presente llamado. No se admitirá la transcripción del Pliego y la palabra CUMPLE, para aplicar a los requerimientos técnicos solicitados en el Pliego de Condiciones Particulares y este Pliego de Especificaciones Técnicas: se deberá acreditar el cumplimiento de los mismos indicando detalladamente para cada punto de qué forma y con qué elementos y/o equipamiento responde a lo solicitado, adjuntando la documentación técnica de respaldo correspondiente.
Deberá, asimismo, incluirse en la oferta técnica un índice temático dando cuenta de la ubicación de los folios en dónde se encuentran cumplimentados cada uno de los requisitos técnicos y en general toda otra documentación que se exija adjuntar a la propuesta técnica.
El adjudicatario proveerá todo lo necesario, ya sean elementos de infraestructura, hardware o software, para la instalación y puesta en marcha de los enlaces, aun cuando no fueran especificados en el presente Pliego.
En el caso que un oferente crea conveniente ofertar una solución de prestaciones superiores, la misma deberá cumplir en un todo con estas Especificaciones Técnicas.
2.1 RED PRIVADA DE TELEFONÍA
Las centrales telefónicas PABX de los edificios incluidos en esta Licitación Pública, conectadas a los accesos troncales conformarán una Red Privada de Telefonía, por lo que las comunicaciones entre ellas serán ilimitadas y sin cargo.
2.2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ACCESOS
2.2.1 Los Accesos Troncales Digitales, también llamados Enlaces Troncales, Tramas E1 o Tramas Digitales de Telefonía, son la vinculación entre la RED PÚBLICA y las centrales telefónicas PABX.
2.2.2 Los accesos troncales deberán instalarse según el siguiente detalle de edificios de esta Ciudad:
Edificio |
Cantidad Total de Números Integrados |
Cantidad de Accesos Troncales |
Arias 4491 Primer SS |
100 |
1x100 |
Avda. Cabildo 3067, Piso 3° |
100 |
1x100 |
Avda. Callao 25, Piso 5° |
100 |
1x100 |
Avda. de Mayo 654 |
300 |
3x100 |
Avda. Julio A. Roca 516 |
800 |
8x100 |
Avda. Roque Sáenz Peña 636 |
300 |
3x100 |
Bartolomé Mitre 1735 PB |
100 |
1x100 |
Beazley 3860 |
100 |
1x100 |
Beruti 3345 |
500 |
5x100 |
Combate de los Pozos 155 |
500 |
5x100 |
Florida 15 |
100 |
1x100 |
Hipólito Yrigoyen 932 |
200 |
2x100 |
Libertad 1046 |
100 |
1x100 |
Peru 143 Piso 10 |
200 |
2x100 |
Tacuarí 138 |
300 |
3x100 |
Tuyú 86 |
100 |
1x100 |
2.2.3 Para el diseño de la solución se podrán considerar indistintamente y según la conveniencia del caso, los siguientes tipos de vínculos:
2.2.4 En cuanto a la capacidad, cada uno deberá ser de 30 canales de voz PCM con señalización CAS/R2; y en conjunto, deberán permitir una numeración de DISCADO DIRECTO ENTRANTE de 100 números asociados.
2.2.5 Los accesos troncales deberán proveerse con una PRE-COMPRA de paquetes de 1.100.000 minutos mensuales locales y larga distancia nacional que serán asignados indistintamente a los diferentes accesos troncales según la conveniencia del organismo.
3.6 Las comunicaciones realizadas entre los accesos troncales contratados deberán ser sin cargo para el organismo.
2.3. INSTALACIÓN
2.3.1 Acometidas al sitio.
Se instalará el equipamiento en el mismo local que la central telefónica, adonde llegarán los vínculos, y se dejará en condiciones de funcionamiento.
Todas las acometidas al edificio, tanto aéreas como las subterráneas, se ejecutarán en los lugares que expresamente autorice la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura.
En el ítem Instalación de la Planilla de Cotización se considerarán incluidos todos los costos relacionados con la instalación, como ser cableados, materiales o cualquier tipo de tareas necesarias para poner en marcha el servicio contratado. En el caso de que fuera necesario la instalación de racks, mástiles, torres u otro elemento de soporte, éstos deberán ser provistos por el adjudicatario, sin cargos adicionales.
2.3.2 Canalizaciones
Será responsabilidad del adjudicatario la ejecución de las canalizaciones desde el punto de acceso al edificio hasta el encuentro con las canalizaciones internas.
Para los cableados internos se utilizarán en general canalizaciones existentes cuyos recorridos se indicarán en oportunidad de la visita a los edificios.
2.3.3 Cableado
El adjudicatario proveerá la totalidad de cables, conectores y demás elementos accesorios necesarios para la correcta instalación y funcionamiento de los servicios contratados.
Todo el cableado será identificado en cajas de pase, en bandejas verticales en cada planta, en bandejas horizontales cada 6 metros, y a la salida o llegada a cualquier punto de interconexión.
Las protecciones eléctricas y atmosféricas y la conexión a la puesta a tierra serán ejecutadas por cuenta del adjudicatario.
Los oferentes deberán detallar ampliamente el método y equipamiento propuesto para concretar la conexión requerida, el que se considerará incluido en la oferta. La misma deberá especificar explícitamente si el enlace tiene tramos aéreos externos.
El oferente deberá informar cuáles deben ser las condiciones de adecuación de las instalaciones para la operación de los equipos, indicando en detalle: las medidas, pesos, consumos, niveles de tensión y frecuencia, sus tolerancias respectivas y condiciones ambientales.
2.3.4 Toma De Energía
El adjudicatario deberá realizar la toma de alimentación primaria en forma directa e independiente, desde una toma que asegure las condiciones de carga, a través de una llave bipolar termomagnética de protección, no aceptándose conexión por medio de ficha o toma.
El equipamiento deberá asegurar como mínimo cuatro (4) horas de uso ante fallas de energía eléctrica.
2.3.5 Toma A Tierra
El adjudicatario deberá conectar su equipamiento a la toma de tierra existente, previa verificación del estado de la misma; de lo contrario, deberá construir una toma de tierra, de resistencia no mayor a 5 Ohms, a fin de proteger la totalidad de los equipos a instalar.
Para tal fin podrá adoptar el método de redes de jabalinas del tipo COOPERWELL o similar, hincadas en el terreno por percusión, en la cantidad necesaria para lograr el valor de resistencia previamente especificado de acuerdo a la resistividad del terreno.
El sistema deberá contar con una cámara de inspección en donde pueda medirse el estado de la puesta a tierra.
2.4 DISPONIBILIDAD
El adjudicatario deberá asegurar durante toda la duración del contrato, una disponibilidad total mensual (24 hs. por día, por mes calendario) del servicio, superior al 99.7% para la trama.
Para el cálculo de la Disponibilidad se utilizará la siguiente fórmula:
Siendo:
tTS = Tiempo total de servicio
tSE = Tiempo total de servicio efectivo
tTI = tTS - tSE (Tiempo total de indisponibilidad)
El servicio deberá cumplir con los siguientes parámetros:
El Tiempo Mínimo Medio entre Fallas (MTmBF) por mes será de 30 Horas por Mes.
El Tiempo Mínimo entre Fallas (TmBF) por mes será de 20 Horas por Mes.
El Tiempo Máximo de Restauración del Servicio (TMRS) por mes será menor a 2 Horas por evento.
Siendo:
Tiempo Mínimo Medio entre Fallas (MTmBF): Es una constante que define el tiempo medio mínimo aceptable entre dos fallas consecutivas.
Se deberá cumplir que:
“MTBF > MTmBF”
dónde el “Tiempo Medio entre Fallas” (MTBF) se define como:
n = número de fallas ocurridas en el mes. |
|
TBFi = Tiempo transcurrido entre la falla número (i) y la falla número (i-1). |
TBF (Tiempo entre fallas): define el tiempo entre dos fallas consecutivas.
Debe cumplirse:
TBFi > TmBF
siendo:
Tiempo Mínimo entre Fallas (TmBF): Es una constante que define el tiempo mínimo aceptable entre dos fallas consecutivas.
FTi (Tiempo de la falla): momento de ocurrencia de la falla. Puede definirse como:
Donde.
Eji ( j : 1..3) alguno de los tiempos E1i, E2i ó E3i, el primero que se haya podido determinar para la falla número (i) donde E1, E2, E3 y E4 son eventos medidos en año, mes, día, hora y minuto, que corresponden a:
E1 = Determinación efectiva de falla
E2 = Notificación al proveedor por parte del cliente
E3 = Respuesta del proveedor
E4 = Solución efectiva de la falla
Tiempo Máximo de Restauración del Servicio (TMRS): Es una constante que define el tiempo máximo de restauración del servicio aceptable.
2.5. REPORTES
A los efectos de lograr un efectivo control por parte del Consejo de la Magistratura de los niveles de calidad de servicio acordados, el adjudicatario deberá facilitar un mecanismo de reportes e informes adecuados sobre:
Servicios: (gráficos de uso del servicio, tráfico).
Fallas: listado de fallas, fecha y hora de inicio, fecha y hora de finalización, fecha y hora de notificación de la falla, motivo de la falla, observación.
Utilización de línea: porcentaje de uso de la línea.
Disponibilidad: Porcentaje de satisfacción desagregado por servicio.
2.6. MANTENIMIENTO
El adjudicatario deberá prestar el servicio de mantenimiento técnico preventivo y correctivo durante las 24 horas de los 365 días del año, incluyendo:
1) la provisión de repuestos y/o equipos de backup;
2) mano de obra;
3) supervisión técnica, y todo otro elemento que garantice la correcta prestación del servicio a partir de su efectiva puesta en marcha y mientras dure la vigencia del contrato. Los cargos por mantenimiento técnico preventivo y correctivo estarán incluidos en el abono mensual.
El plazo para la reposición del servicio será como máximo, el especificado para el TMRS en el presente Pliego, contado a partir del momento de la notificación fehaciente de la falla producida.
Se considerará fuera de servicio cuando no se cumpla con cualquiera de las pautas de tasa de error establecidas en el presente Pliego.
Para realizar los reclamos se deberá comunicar fehacientemente el lugar, teléfono, fax y dirección de correo electrónico donde dirigirlos y el procedimiento.
El adjudicatario deberá contar con un centro de asistencia al usuario, donde puedan evacuarse consultas en forma telefónica y por correo electrónico, cuyo horario será igual al indicado para el servicio de mantenimiento.
2.7. RECEPCIÓN DEL SERVICIO
La recepción de las instalaciones que sirven como soporte para la prestación del servicio, tendrá lugar una vez que el adjudicatario haya cumplido satisfactoriamente con:
• Instalación de las tramas telefónicas con todo su equipamiento por edificio.
• Puesta en estado operativo de la totalidad de los equipos y servicios requeridos para los accesos troncales por edificio.
• Ensayos, mediciones y prueba de la trama telefónica por edificio. En particular, deberá certificar la tasa de error de la instalación.
• Configuración del servicio de acuerdo a las necesidades del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
• Presentación de un esquema con identificación de cableado y equipos.
3.1 REQUERIMIENTOS GENERALES
Para el diseño de la solución, se podrán considerar indistintamente y según conveniencia de cada caso, los siguientes tipos de vínculos:
· Terrestres (fibra óptica o par de cobre).
· Aéreos (radio enlaces que operen en frecuencias autorizadas y aprobadas para operar sin interferencias en el área geográfica predeterminada).
· Y/o mixtos por combinaciones de los mencionados.
Se priorizará la utilización de vínculos por fibra óptica y la operación propia por parte del proveedor del servicio de última milla para lo que se utilizará un método de ponderación descripto los Anexos del PCP sobre PONDERACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA; entendiéndose por “operación propia por parte del proveedor del servicio de última milla” la prestación por parte del adjudicatario o a través de firmas controladas o controlantes del mismo, que no compitan con él en el mismo segmento de servicios.
No se aceptará la utilización de tecnología del tipo ADSL como solución técnica para la última milla.
Dado que una de las funciones de los enlaces complementarios es reemplazar a los enlaces principales en caso de falla, la última milla de cualquiera de los Enlaces Complementarios no podrá ser compartida con el prestatario del Servicio de Enlaces Principales.
3.2 ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO
En el caso que un oferente crea conveniente ofertar una solución de prestaciones superiores, la misma deberá cumplir en un todo con estas Especificaciones Técnicas.
Se definen cinco clases de servicio (CoS):
Tráfico de aplicaciones VoIP.
Precedencia IP: 5
Ancho de banda mínimo: 15% del ancho de banda del puerto de acceso.
Tráfico de aplicaciones de Video.
Precedencia IP: 4
Ancho de banda mínimo: 10% del ancho de banda del puerto de acceso.
Tráfico de aplicaciones críticas.
Precedencia IP: 3
Ancho de banda mínimo: 35% del ancho de banda del puerto de acceso.
Tráfico transaccional.
Precedencia IP: 2
Ancho de banda mínimo: 20% del ancho de banda del puerto de acceso.
Tráfico estándar.
Precedencia IP: 1 y 0.
Ancho de banda mínimo: 20% del ancho de banda del puerto de acceso.
Se deberán cumplir además, las siguientes características de los servicios de telecomunicaciones, para otorgar un cierto nivel de conformidad:
La disponibilidad de cada enlace deberá ser del 99,5% medida en términos anuales y del 99,5% en términos mensuales.
El porcentaje de satisfacción se refiere a cada uno de los enlaces, sin desagregar por servicio TCP/UDP (DNS, HTTP, SMPT, etc).
El Tiempo Mínimo Medio entre Fallas (MTmBF) por mes será de 30 Horas por Mes.
El Tiempo Mínimo entre Fallas (TmBF) por mes será de 20 Horas por Mes.
El Tiempo Máximo de Restauración del Servicio (TMRS) por mes será menor a 4 Horas por Mes.
Tiempo Mínimo Medio entre Fallas(MTmBF): Es una constante que define el tiempo medio mínimo aceptable entre dos fallas consecutivas. Se deberá cumplir “MTBF > MTmBF “ dónde el “Tiempo Medio entre Fallas” (MTBF) se define como:
donde:
n = número de fallas ocurridas en el mes.
TBFi = Tiempo transcurrido entre la falla número (i) y la falla número (i-1).
TBF (Tiempo entre fallas): define el tiempo entre dos fallas consecutivas.
Debe cumplirse: TBFi > TmBF, siendo:
Tiempo Mínimo entre Fallas (TmBF): Es una constante que define el tiempo mínimo aceptable entre dos fallas consecutivas.
FTi (Tiempo de la falla): momento de ocurrencia de la falla. Puede definirse como:
Siendo Eji ( j : 1..3) alguno de los tiempos E1i, E2i ó E3i, el primero que se haya podido determinar para la falla número (i) donde E1, E2, E3 y E4son eventos medidos en año, mes, día, hora y minuto, que corresponden a:
E1 = Determinación efectiva de falla
E2 = Notificación al proveedor por parte del cliente
E3 = Respuesta del proveedor
E4 = Solución efectiva de la falla
El Tiempo Máximo de Restauración del Servicio (TMRS) es una constante que define el tiempo máximo de restauración del servicio aceptable.
Deberá ser:
RTD ≤ 120 ms
Siendo:
Latencia la medida de tiempo transcurrido entre la emisión de un ping sobre un determinado enlace y el momento de recepción de la respuesta, medida en horarios no pico, a través de paquetes ICMP (ping) enviados desde el nodo origen hacia el nodo de destino, estando el enlace definido por su dirección IP de origen y su dirección IP de destino.
Debe medirse en valores promedio del tipo Round Trip Delay o RTD (tiempo que transcurre desde que el nodo emisor envía un paquete y es recibido por el nodo receptor).
Deberá ser para:
CoS5 ≤ 20 ms.
CoS4 ≤ 20 ms
CoS3 ≤ No se medirá
CoS2 ≤ No se medirá
CoS1 ≤ No se medirá
Siendo:
Jitter o Variación del Retardo la variación en el tiempo en la llegada de los paquetes, causada por congestión de red, pérdida de sincronización o por las diferentes rutas seguidas por los paquetes para llegar al destino (en términos simples es la diferencia entre el tiempo en que llega un paquete y el tiempo que se cree que llegará el paquete). Define con qué regularidad llegan los paquetes al receptor, expresado en milisegundos (ms)
Deberá ser para:
CoS5 ≤ 0,1%
CoS4 ≤ 0,1%
CoS3 ≤ 0,5%
CoS2 ≤ 0,5%
CoS1 ≤ 1%
Siendo:
“Entrega de paquetes” la confiabilidad en la entrega de un paquete de datos, de extremo a extremo, sin que exista retrasmisiones y con la condición de que el paquete de datos no sufra corrupción.
“Porcentaje de Pérdida de paquetes” (IP Packet Loss Ratio) se define como la relación porcentual máxima admitida entre paquetes perdidos y paquetes enviados, es decir que es el tanto por ciento máximo de paquetes que pueden ser descartados por la Red IP MPLS, y que por lo tanto, no son entregados al otro extremo de la comunicación.
El Consejo de la Magistratura podrá requerir al proveedor se redistribuyan los anchos de banda de dos o más enlaces componentes de su red, llegando a aumentar el mismo en alguno de sus sitios hasta un 100% del ancho de banda originalmente contratado y manteniendo el ancho de banda total de tráfico cursado en la red. Estas tareas se realizarán sin cargo adicional para el Consejo de la Magistratura.
Para dejar en claro el concepto de redistribución de los anchos de banda, se presenta el siguiente ejemplo:
Enlaces adjudicados al Proveedor
Sitio A BW acceso: 8 Mbps
Sitio B BW acceso: 4 Mbps
Sitio C BW acceso: 4 Mbps
BW total de la red: 16 Mbps
Solicitud de redistribución de ancho de banda
Sitio A BW acceso: 12 Mbps
Sitio B BW acceso: 2 Mbps
Sitio C BW acceso: 2 Mbps
BW total de la red: 16 Mbps
El oferente deberá describir el procedimiento administrativo necesario para solicitarle la redistribución de anchos de banda y establecerá el plazo en el que podrá realizar los mismos, que no deberá superar los cinco (5) días hábiles.
3.3. REPORTES
A los efectos de lograr un efectivo control por parte del Consejo de la Magistratura de los niveles de calidad de servicio acordados, el adjudicatario deberá facilitar un mecanismo de reportes e informes adecuados y en tiempo real sobre:
Servicios: (gráficos de uso del servicio, tráfico).
Fallas: listado de fallas, fecha y hora de inicio, fecha y hora de finalización, servicio afectado (enlace), fecha y hora de notificación de la falla, motivo de la falla, observación.
Utilización de línea: porcentaje de uso de la línea en bps, frames, etc., tanto de tráfico entrante como saliente comparado con el ancho de banda total disponible.
Disponibilidad: Porcentaje de satisfacción desagregado por servicio.
tTS = Tiempo total de servicio
tSE = Tiempo total de servicio efectivo
tTI = tTS - tSE (Tiempo total de indisponibilidad)
3.4. FORMA DE INSTALACIÓN
Se instalarán los equipos en los Centros de Cómputos especificados, adonde llegará(n) el(los) vínculo(s); se conectará el router al (a los) concentrador(es) Ethernet existente(s), y se dejará(n) en condiciones de funcionamiento.
Todas las acometidas a los edificios, tanto aéreas como las subterráneas, se ejecutarán en los lugares que expresamente autorice la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura.
Todos los costos relacionados con la instalación, tales como cableados, materiales, etc. o cualquier tipo de tareas necesarias para poner en marcha el servicio contratado, recaerán exclusivamente sobre la firma adjudicataria.
En el caso de que fuera necesario la instalación de mástiles, torres u otro elemento de soporte, estos deberán ser provistos por el adjudicatario, sin cargos adicionales.
Será responsabilidad del adjudicatario la ejecución de las canalizaciones desde el punto de acceso al edificio hasta el encuentro con las canalizaciones internas.
Para los cableados internos se utilizarán en general canalizaciones existentes cuyos recorridos se indicarán en oportunidad de la visita a los edificios.
El adjudicatario proveerá la totalidad de cables, conectores y demás elementos accesorios necesarios para la correcta instalación y funcionamiento de los servicios contratados.
Todo el cableado será identificado en cajas de pase, en bandejas verticales en cada planta, en bandejas horizontales cada 6 metros, y a la salida o llegada a cualquier punto de interconexión.
Las protecciones eléctricas y atmosféricas y la conexión a la puesta a tierra serán ejecutadas por cuenta del adjudicatario.
Los oferentes deberán detallar ampliamente el método y equipamiento propuesto para concretar la conexión requerida, el que se considerará incluido en la oferta. La misma deberá especificar explícitamente si el enlace tiene tramos aéreos externos.
El oferente deberá informar cuáles deben ser las condiciones de adecuación de las instalaciones para la operación de los equipos, indicando en detalle: las medidas, pesos, consumos, niveles de tensión y frecuencia, sus tolerancias respectivas y condiciones ambientales.
3.5. MANTENIMIENTO
El adjudicatario deberá prestar el servicio de mantenimiento técnico preventivo y correctivo durante las 24 horas de los 365 días del año, incluyendo: 1) la provisión de repuestos; 2) mano de obra; 3) supervisión técnica, y todo otro elemento que garantice la correcta prestación del servicio a partir de su efectiva puesta en marcha y mientras dure la vigencia del contrato. Los cargos por mantenimiento técnico preventivo y correctivo estarán incluidos en el abono mensual.
El plazo para la reposición del servicio será como máximo, el especificado para el TMRS en el presente Pliego, contado a partir del momento de la notificación fehaciente de la falla producida.
Se considerará fuera de servicio cuando no se cumpla con cualquiera de las pautas de tasa de error establecidas en el presente Pliego.
El adjudicatario deberá comunicar fehacientemente lugar, teléfono y/o correo electrónico y a los que deberá dirigir los reclamos el Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A., así como el procedimiento que deberá seguir para realizar los mismos.
El adjudicatario deberá contar con un centro de asistencia al usuario, donde puedan evacuarse consultas en forma telefónica y por correo electrónico, cuyo horario será igual al indicado para el servicio de mantenimiento.
3.6. RECEPCIÓN DEL SERVICIO
La recepción de las instalaciones que sirven como soporte para la prestación del servicio, tendrá lugar una vez que el adjudicatario haya cumplido satisfactoriamente con:
Instalación del enlace con todo su equipamiento;
Provisión del(los) router(s).
Puesta en estado operativo de la totalidad de los equipos y servicios requeridos para el enlace y los routers;
Ensayos, mediciones y prueba del enlace. En particular, deberá certificar la tasa de error de la instalación;
Configuración del servicio de acuerdo a las necesidades del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Presentación de un esquema con identificación de cableado y equipos.
4. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS RENGLÓN 3
4.1 REQUERIMIENTOS GENERALES
No se aceptará la utilización de tecnología del tipo ADSL como solución técnica para la última milla.
Dado que una de las funciones del Servicio Complementario, licitado en el Renglón 2, es reemplazar al servicio principal en caso de falla, la última milla del Servicio de Internet provisto a cualquiera de los edificios no podrá ser compartida con el prestatario del Servicio de Acceso dedicado a Internet Principal, licitado en el Renglón 1.
4.2 ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO
El ancho de banda disponible en cada vínculo será el que figura en las tabla incluidas en los Anexos I y II. La transmisión será digital, no admitiéndose líneas analógicas.
El ancho de banda total del vínculo se deberá distribuir entre acceso Nacional e Internacional, debiendo asignarse dinámicamente de modo que pueda asegurarse un “Commited Information Rate” (CIR%) para ambos casos, según las siguientes relaciones:
Donde:
BWTOTAL , es la velocidad de transmisión de datos del vínculo solicitado.
BWNAC(mínimo) y BWINT(mínimo) son los anchos de banda mínimo Nacional e Internacional deseados.
Se entiende que la suma de ambos nunca superará el ancho de banda total (BWTOTAL).
Se deberá cumplir en todo momento: CIR NAC(mínimo) (%) + CIRINT(mínimo) (%) =100%
Se deberá asegurar un CIR NAC(mínimo) (%) = 65% y un CIRINT(mínimo) (%) = 35%.
En el caso de que el ancho de banda mínimo destinado a uso internacional no esté siendo usado por el organismo, dicho excedente deberá asignarse dinámicamente al ancho de banda de uso nacional, aumentando en consecuencia el CIRNAC(%).
Se deberá incluir un servicio de hosting de DNS público, el cual deberá cumplir los mismos niveles de servicio que los solicitados para el enlace.
Los servicios deberán cumplir con las siguientes características:
La disponibilidad de cada enlace deberá ser de al menos 99,50 % medida en términos anuales y del 99,20 % en términos mensuales.
El porcentaje de satisfacción se refiere a cada uno de los enlaces, sin desagregar por servicio TCP/UDP (DNS, HTTP, SMPT, etc).
El Tiempo Mínimo Medio entre Fallas (MTmBF) por mes será de 30 horas.
El Tiempo Mínimo entre Fallas (TmBF) por mes será de 20 horas.
El Tiempo Máximo de Restauración del Servicio (TMRS) por mes será menor a 4 horas.
Tiempo Mínimo Medio entre Fallas(MTmBF): Es una constante que define el tiempo medio mínimo aceptable entre dos fallas consecutivas. Se deberá cumplir “MTBF > MTmBF “ dónde el “Tiempo Medio entre Fallas” (MTBF) se define como:
donde:
n = número de fallas ocurridas en el mes.
TBFi = Tiempo transcurrido entre la falla número (i) y la falla número (i-1).
TBF (Tiempo entre fallas): define el tiempo entre dos fallas consecutivas.
Debe cumplirse: TBFi > TmBF, siendo:
Tiempo Mínimo entre Fallas (TmBF): Es una constante que define el tiempo mínimo aceptable entre dos fallas consecutivas.
FTi (Tiempo de la falla): momento de ocurrencia de la falla. Puede definirse como:
Siendo Eji ( j : 1..3) alguno de los tiempos E1i, E2i ó E3i, el primero que se haya podido determinar para la falla número (i) donde E1, E2, E3 y E4 son eventos medidos en año, mes, día, hora y minuto, que corresponden a:
E1 = Determinación efectiva de falla
E2 = Notificación al proveedor por parte del cliente
E3 = Respuesta del proveedor
E4 = Solución efectiva de la falla
El Tiempo Máximo de Restauración del Servicio (TMRS) es una constante que define el tiempo máximo de restauración del servicio aceptable.
4.3. REPORTES
A los efectos de lograr un efectivo control por parte del Consejo de la Magistratura de los niveles de calidad de servicio acordados, el adjudicatario deberá facilitar un mecanismo de reportes e informes adecuados y en tiempo real sobre:
Servicios: (gráficos de uso del servicio, tráfico).
Fallas: listado de fallas, fecha y hora de inicio, fecha y hora de finalización, servicio afectado (enlace), fecha y hora de notificación de la falla, motivo de la falla, observación.
Utilización de línea: porcentaje de uso de la línea en bps, frames, etc., tanto de tráfico entrante como saliente comparado con el ancho de banda total disponible.
Disponibilidad: Porcentaje de satisfacción desagregado por servicio.
tTS = Tiempo total de servicio
tSE = Tiempo total de servicio efectivo
tTI = tTS - tSE (Tiempo total de indisponibilidad)
4.4. FORMA DE INSTALACIÓN
Se instalarán los equipos en los Centros de Cómputos especificados, adonde llegarán los vínculos; se conectará cada router a los concentradores Ethernet existentes, y se dejarán en condiciones de funcionamiento.
Todas las acometidas a los edificios, tanto aéreas como las subterráneas, se ejecutarán en los lugares que expresamente autorice la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura.
Todos los costos relacionados con la instalación, tales como cableados, materiales, etc. o cualquier tipo de tareas necesarias para poner en marcha el servicio contratado, recaerán exclusivamente sobre la firma adjudicataria.
En el caso de que fuera necesaria la instalación de mástiles, torres u otro elemento de soporte, estos deberán ser provistos por el adjudicatario, sin cargos adicionales.
Será responsabilidad del adjudicatario la ejecución de las canalizaciones desde el punto de acceso al edificio hasta el encuentro con las canalizaciones internas.
Para los cableados internos se utilizarán en general canalizaciones existentes.
El adjudicatario proveerá la totalidad de cables, conectores y demás elementos accesorios necesarios para la correcta instalación y funcionamiento de los servicios contratados.
Todo el cableado será identificado en cajas de pase, en bandejas verticales en cada planta, en bandejas horizontales cada 6 metros, y a la salida o llegada a cualquier punto de interconexión.
Las protecciones eléctricas y atmosféricas y la conexión a la puesta a tierra serán ejecutadas por cuenta del adjudicatario.
Los oferentes deberán detallar ampliamente el método y equipamiento propuesto para concretar la conexión requerida, el que se considerará incluido en la oferta. La misma deberá especificar explícitamente si el enlace tiene tramos aéreos externos.
El oferente deberá informar cuáles deben ser las condiciones de adecuación de las instalaciones para la operación de los equipos, indicando en detalle: las medidas, pesos, consumos, niveles de tensión y frecuencia, sus tolerancias respectivas y condiciones ambientales.
4.5. MANTENIMIENTO
El adjudicatario deberá prestar el servicio de mantenimiento técnico preventivo y correctivo durante las 24 horas de los 365 días del año, incluyendo: 1) la provisión de repuestos; 2) mano de obra; 3) supervisión técnica, y todo otro elemento que garantice la correcta prestación del servicio a partir de su efectiva puesta en marcha y mientras dure la vigencia del contrato. Los cargos por mantenimiento técnico preventivo y correctivo estarán incluidos en el abono mensual.
El plazo para la reposición del servicio será como máximo, el especificado para el TMRS en el presente Pliego, contado a partir del momento de la notificación fehaciente de la falla producida.
Se considerará fuera de servicio cuando no se cumpla con cualquiera de las pautas de tasa de error establecidas en el presente Pliego.
El adjudicatario deberá comunicar fehacientemente lugar, teléfono y/o correo electrónico y a los que deberá dirigir los reclamos el Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A., así como el procedimiento que deberá seguir para realizar los mismos.
El adjudicatario deberá contar con un centro de asistencia al usuario, donde puedan evacuarse consultas en forma telefónica y por correo electrónico, cuyo horario será igual al indicado para el servicio de mantenimiento.
4.6. RECEPCIÓN DEL SERVICIO
La recepción de las instalaciones que sirven como soporte para la prestación del servicio, tendrá lugar una vez que el adjudicatarios haya cumplido satisfactoriamente con:
Instalación de los enlaces con todo su equipamiento;
Provisión de los routers.
Puesta en estado operativo de la totalidad de los equipos y servicios requeridos para los enlaces y los routers;
Ensayos, mediciones y prueba del enlace. En particular, deberá certificar la tasa de error de la instalación;
Configuración del servicio de acuerdo a las necesidades del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Presentación de un esquema con identificación de cableado y equipos.
La fecha de vencimiento del plazo contractual iniciado en función de la orden de compra inicial producirá la extinción de la totalidad del vínculo con la adjudicataria, incluyendo aquellas habilitaciones de prestaciones que se hubieran requerido con posterioridad.
5.1 ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO
Se deberán cumplir además, las siguientes características de los servicios de telecomunicaciones, para otorgar un cierto nivel de conformidad:
La disponibilidad de cada enlace deberá ser del 99,5% medida en términos anuales y del 99,2% en términos mensuales.
El porcentaje de satisfacción se refiere a cada uno de los enlaces, sin desagregar por servicio.
5.2. REPORTES
A los efectos de lograr un efectivo control por parte del Consejo de la Magistratura de los niveles de calidad de servicio acordados, el adjudicatario deberá facilitar un mecanismo de reportes e informes adecuados y en tiempo real sobre:
Servicios: (gráficos de uso del servicio, tráfico).
Fallas: listado de fallas, fecha y hora de inicio, fecha y hora de finalización, servicio afectado (enlace), fecha y hora de notificación de la falla, motivo de la falla, observación.
Utilización de línea: porcentaje de uso de la línea en bps, frames, etc., tanto de tráfico entrante como saliente comparado con el ancho de banda total disponible.
Disponibilidad: Porcentaje de satisfacción desagregado por servicio.
tTS = Tiempo total de servicio
tSE = Tiempo total de servicio efectivo
tTI = tTS - tSE (Tiempo total de indisponibilidad)
5.3. FORMA DE INSTALACIÓN
Se instalarán los equipos en los Centros de Cómputos especificados, adonde llegarán los vínculos; se conectará cada router a los concentradores Ethernet existentes, y se dejarán en condiciones de funcionamiento.
Todas las acometidas a los edificios, tanto aéreas como las subterráneas, se ejecutarán en los lugares que expresamente autorice la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura.
Todos los costos relacionados con la instalación, tales como cableados, materiales, etc. o cualquier tipo de tareas necesarias para poner en marcha el servicio contratado, recaerán exclusivamente sobre la firma adjudicataria.
En el caso de que fuera necesaria la instalación de mástiles, torres u otro elemento de soporte, estos deberán ser provistos por el adjudicatario, sin cargos adicionales.
Será responsabilidad del adjudicatario la ejecución de las canalizaciones desde el punto de acceso al edificio hasta el encuentro con las canalizaciones internas.
Para los cableados internos se utilizarán en general canalizaciones existentes.
El adjudicatario proveerá la totalidad de cables, conectores y demás elementos accesorios necesarios para la correcta instalación y funcionamiento de los servicios contratados.
Todo el cableado será identificado en cajas de pase, en bandejas verticales en cada planta, en bandejas horizontales cada 6 metros, y a la salida o llegada a cualquier punto de interconexión.
Las protecciones eléctricas y atmosféricas y la conexión a la puesta a tierra serán ejecutadas por cuenta del adjudicatario.
Los oferentes deberán detallar ampliamente el método y equipamiento propuesto para concretar la conexión requerida, el que se considerará incluido en la oferta. La misma deberá especificar explícitamente si el enlace tiene tramos aéreos externos.
El oferente deberá informar cuáles deben ser las condiciones de adecuación de las instalaciones para la operación de los equipos, indicando en detalle: las medidas, pesos, consumos, niveles de tensión y frecuencia, sus tolerancias respectivas y condiciones ambientales.
5.4. MANTENIMIENTO
El adjudicatario deberá prestar el servicio de mantenimiento técnico preventivo y correctivo durante las 24 horas de los 365 días del año, incluyendo: 1) la provisión de repuestos; 2) mano de obra; 3) supervisión técnica, y todo otro elemento que garantice la correcta prestación del servicio a partir de su efectiva puesta en marcha y mientras dure la vigencia del contrato. Los cargos por mantenimiento técnico preventivo y correctivo estarán incluidos en el abono mensual.
El adjudicatario deberá comunicar fehacientemente lugar, teléfono y/o correo electrónico y a los que deberá dirigir los reclamos el Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A., así como el procedimiento que deberá seguir para realizar los mismos.
El adjudicatario deberá contar con un centro de asistencia al usuario, donde puedan evacuarse consultas en forma telefónica y por correo electrónico, cuyo horario será igual al indicado para el servicio de mantenimiento.
5.5. RECEPCIÓN DEL SERVICIO
La recepción de las instalaciones que sirven como soporte para la prestación del servicio, tendrá lugar una vez que el adjudicatario haya cumplido satisfactoriamente con:
Instalación de los enlaces con todo su equipamiento;
Provisión de los routers.
Puesta en estado operativo de la totalidad de los equipos y servicios requeridos para los enlaces y los routers;
Ensayos, mediciones y prueba del enlace. En particular, deberá certificar la tasa de error de la instalación;
Configuración del servicio de acuerdo a las necesidades del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Presentación de un esquema con identificación de cableado y equipos.
La fecha de vencimiento del plazo contractual iniciado en función de la orden de compra inicial producirá la extinción de la totalidad del vínculo con la adjudicataria, incluyendo aquellas habilitaciones de prestaciones que se hubieran requerido con posterioridad.
ANEXO III
MODELO DE PUBLICACIÓN
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Servicio de Telefonía Fija, Enlaces MPLS Principales y Complementarios, Accesos Dedicados a Internet y Enlace de Fibra Oscura
Expediente CM Nº DCC-260/14 -0
Licitación Pública Nº 04/2015
Objeto: Contratación del servicio de telefonía fija para llamadas locales DDN, DDI y CPP, a través de accesos troncales digitales E1 de 2 Mb/s (30+2) canales PCM; la contratación del servicio de Enlaces MPLS Principales y Complementarios; la contratación de la instalación, provisión de equipamiento, puesta en funcionamiento y mantenimiento de un servicio de acceso dedicado a Internet; y la Contratación del servicio de enlaces de fibra oscura, todo ello para los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) y del Ministerio Público de la C.A.B.A.
Consultas: Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Av. Julio A. Roca 530, Piso 8º Anexo, de esta Ciudad, de lunes a viernes de 11:00 a 17:00 horas; o al teléfono 4008-0358, o en la página web:www.jusbaires.gov.ar.
Adquisición de Pliegos: Hasta el día anterior a la fecha fijada para la apertura de las ofertas, en la Dirección de Compras y Contrataciones, de lunes a viernes, de 11.00 a 17.00 horas, previo depósito del valor de los Pliegos en la Cuenta Corriente Nº 358/0 en la sucursal 53 del Banco Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. Córdoba 675, presentando original y copia del talón de depósito para su adquisición.
Precio de los Pliegos: $ 12.600.-
Reunión Informativa: La Dirección de Compras y Contrataciones realizará una reunión informativa para que participen las empresas interesadas, el día 9 de agosto a las 16:00 hs. la cual se desarrollará en Av. Julio A. Roca 530, piso 8º de esta Ciudad.
Presentación de las Ofertas: hasta las 12:00 horas del día 20 de agosto de 2015, en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, Av. Julio A. Roca 530 PB, de esta Ciudad.
Fecha y Lugar de Apertura: 20 de agosto de 2015, a las 12:00 horas, en la sede de este Consejo, Av. Julio A. Roca 530, Piso 8º de esta Ciudad.