ANEXO I
RES. O.A.y F Nº: /2011
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 12/2011
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
1. GENERALIDADES
El presente pliego de Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Bienes y Servicios (PCG) aprobado por Resolución CM Nº 810/2010 (Anexo III), para la presente contratación.
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La licitación pública Nº 12/2011 es una licitación de etapa única y tiene por objeto la contratación del servicio de adecuación, mantenimiento y puesta a punto de los ascensores, montacoches y platos giratorios existentes en los edificios sitos en Beruti 3345, Av. Roque Sáenz Peña 636, Libertad 1042, Av. Leandro N. Alem 684, Hipólito Yrigoyen 932 y Tacuari 138 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires con trabajos complementarios y servicio de mantenimiento preventivo e integral, asistencia mecánica con atención de urgencias y reclamos, con el correspondiente trámite de habilitación y libro de inspección.
Previo a la cotización, las empresas deberán efectuar un análisis detallado de todos los elementos de las instalaciones y cotizar incluyendo todos los trabajos que entienda necesarios para asegurar el perfecto funcionamiento de los equipos elevadores, como así también la habilitación de los mismos ante el órgano de control competente, en caso de ser necesario, gestionando con el correspondiente libro periódico de inspección, y las tarjetas de Control de Seguridad.
3. ADQUISICION DEL PLIEGO
Solo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas que hayan retirado los Pliegos que rigen la presente Licitación Pública, los que serán entregados sin cargo.
Las firmas interesadas deberán concurrir de lunes a viernes de 11:00 a 17:00 horas y hasta las 12:00 horas del día 15 de junio de 2011 a la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura, sita en la Av. Leandro N Alem 684, Piso 1ero Frente de esta Ciudad, a los efectos de retirar los respectivos Pliegos.
La Dirección de Compras y Contrataciones emitirá una constancia de retiro de los respectivos Pliegos, la que se deberá acompañar en forma obligatoria junto a la oferta, conforme a lo dispuesto por el articulo 102 de la ley 2095 reglamentada por la Resolución CM Nº 810/2010.
4. RENGLONES A COTIZAR
Renglón 1: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de tres (3) ascensores instalados en el edificio de la calle Beruti 3345, tramites de habilitación ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de corresponder, gestión del libro periódico de inspección y de las tarjetas de Control de Seguridad, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales
Subrenglón 1.1: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de dos (2) ascensores instalados en el edificio de la calle Beruti 3345, tramites de habilitación ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de corresponder, gestión del libro periódico de inspección y de las tarjetas de Control de Seguridad, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales.
Subrenglón 1.2: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de un (1) ascensor instalado en el edificio de la calle Beruti 3345 con garantía en curso, tramites de habilitación ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de corresponder, gestión del libro periódico de inspección y de las tarjetas de Control de Seguridad, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales.
Renglón 2: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de dos (2) ascensores instalados en el edificio de la calle Av. Roque Sáenz Peña 636, tramites de habilitación ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de corresponder, gestión del libro periódico de inspección y de las tarjetas de Control de Seguridad, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales.
Renglón 3: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de tres (3) ascensores instalados en el edificio de la calle Tacuarí 138, tramites de habilitación ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de corresponder, gestión del libro periódico de inspección y de las tarjetas de Control de Seguridad, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales.
Renglón 4: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de dos (2) ascensores, un (1) montacoches y un (1) plato giratorio instalados en el edificio de la calle Libertad 1042, tramites de habilitación ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de corresponder, gestión del libro periódico de inspección y de las tarjetas de Control de Seguridad, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales.
Subrenglón 4.1: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de dos (2) ascensores, instalados en el edificio de la calle Libertad 1042, tramites de habilitación ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de corresponder, gestión del libro periódico de inspección y de las tarjetas de Control de Seguridad, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales.
Subrenglón 4.2: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de un (1) montacoches, instalado en el edificio de la calle Libertad 1042, tramites de habilitación ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de corresponder, gestión del libro periódico de inspección y de las tarjetas de Control de Seguridad, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales.
Subrenglón 4.3: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de un (1) plato giratorio, instalado en el edificio de la calle Libertad 1042, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales.
Renglón 5: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de dos (2) ascensores, un (1) ascensor de servicio y un (1) montacoches instalados en el edificio de la Avda. Leandro N. Alem 684, tramites de habilitación ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de corresponder, gestión del libro periódico de inspección y de las tarjetas de Control de Seguridad, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales.
Subrenglón 5.1: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de dos (2) ascensores instalados en el edificio de la Avda. Leandro N. Alem 684, tramites de habilitación ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de corresponder, gestión del libro periódico de inspección y de las tarjetas de Control de Seguridad, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales.
Subrenglón 5.2: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de un (1) ascensor de servicio instalado en el edificio de la Avda. Leandro N. Alem 684, tramites de habilitación ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de corresponder, gestión del libro periódico de inspección y de las tarjetas de Control de Seguridad, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales.
Subrenglón 5.3: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de un (1) montacoche instalado en el edificio de la Avda. Leandro N. Alem 684, tramites de habilitación ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de corresponder, gestión del libro periódico de inspección y de las tarjetas de Control de Seguridad, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales.
Renglón 6: Relevamiento inicial detallado de estado general y puesta a punto de cinco (5) ascensores instalados en el edificio de la calle Hipólito Yrigoyen 932, con garantía en curso, tramites de habilitación ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en caso de corresponder, gestión del libro periódico de inspección y de las tarjetas de Control de Seguridad, así como la conservación, mantenimiento técnico periódico y asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos, desde la firma del contrato. El pago de derechos, tasas, timbrados o cualquier otro gravamen, si correspondiere, correrá por cuenta de la empresa contratista, no admitiéndose costos adicionales.
A los fines de corroborar el estado actual y relevar los trabajos a realizar, las empresas interesadas deberán efectuar visitas obligatorias a cada uno de los edificios objeto de la presente licitación pudiendo solicitar los accesos de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula 14 de la presente.
NOTA: Quedan excluidos de los renglones 1 a 6 los recambios de repuestos o trabajos que resulte necesario efectuar con motivos de imponderables y/o imprevistos, debiendo fundamentar técnicamente su necesidad y urgencia, para los cuales se prevé un procedimiento especial en la cláusula 21 del presente pliego. Se deja constancia que no se admitirán pagos por adicionales al trabajo cotizado, motivo por el cual con la visita, la empresa oferente, deberá informarse en detalle de lo trabajos y elementos a utilizar.
5. FORMA DE COTIZACIÓN
La propuesta económica deberá ser formulada en pesos, por duplicado, expresando en números y en letras (Conf. Res. CM Nº 810/2010, ANEXO I, Art. 102.a.1):
5.1 El precio mensual por cada renglón
5.2 El precio mensual por cada subrenglón.
5.3 El precio mensual para la totalidad de los renglones cotizados.
5.4 El precio total por cada renglón, contemplando un plazo contractual de doce meses.
5.5 Monto total de la oferta económica, contemplando un plazo contractual de doce meses, para la totalidad de los renglones cotizados.
Nota: Los oferentes podrán presentar ofertas para uno o más de los renglones contenidos en la cláusula 4.
Asimismo, solo podrán formular ofertas por renglón completo, debiendo necesariamente cotizar todos los subrenglones contenidos en el mismo. En caso contrario se considerará inadmisible a la oferta presentada para dicho renglón.
No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera, considerándose inadmisible las ofertas así realizadas.
En el precio el oferente deberá considerar todos los impuestos vigentes, derechos, comisiones, movimientos dentro de los edificios, seguros, reparaciones eventuales, daño por culpa del adjudicatario, responsabilidad civil, beneficios, sueldos y jornales, cargas sociales, gastos de mano de obra auxiliar, gastos y costos indirectos, gastos y costos generales y todo otro gasto o impuesto que pueda incidir en el valor final de la prestación.
6. SERVICIO DE CONSERVACION Y MANTENIMIENTO
La adjudicataria deberá prestar un servicio de mantenimiento del tipo integral, preventivo correctivo, para las maquinas, realizando la continua puesta a punto de los ascensores, sustituyendo todo elemento mecánico, eléctrico y/o electrónico componente de los mismos, que a juicio del personal encargado de verificar los trabajos, presente fallas en su funcionamiento o no funcione, por desgaste natural u otras causas, sin que ello ocasione gasto adicional alguno. Teniendo en cuenta que si dicho elemento fallara luego de su reparación, este será reemplazado por uno nuevo equivalente de igual o calidad superior. Todos los elementos que se cambien o reemplacen serán entregados a la intendencia de cada edificio.
El servicio de conservación y mantenimiento preventivo de ascensores y montacoches, deberá poseer asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos durante las 24 horas del día, de lunes a sábados, domingos y feriados incluidos, será por el periodo de 1 (un) año a partir de la firma del contrato, y deberá cumplir los siguientes puntos fundamentales, conforme Ordenanza Nº 49.308/1995, Decreto Reglamentario Nº 578/2001.
6.1 Una vez por mes como mínimo:
- Efectuar limpieza del solado del cuarto de máquinas, selector o registrador de la parada en los pisos, regulador o limitador de velocidad, grupo generador y otros elementos instalados, tableros, controles, techo de cabina, fondo de hueco, guiadores, poleas inferiores tensoras, poleas de desvío y/o reenvío y puertas.
- Efectuar lubricación de todos los mecanismos expuestos a rotación, deslizamiento y/o articulaciones componentes del equipo.
- Verificar el correcto funcionamiento de los contactos eléctricos en general y muy especialmente de cerraduras de puertas, interruptores de seguridad, sistemas de alarma, parada de emergencia, freno, regulador o limitador de velocidad, poleas y guiadores de cabina y contrapeso.
- Constatar el estado de tensión de los cables de tracción o accionamiento así como de sus amarres, control de maniobra y de sus elementos componentes, paragolpes hidráulicos y operadores de puertas.
- Constatar la existencia de la conexión de la puesta a tierra de protección en las partes metálicas de la instalación, no sometidas a tensión eléctrica.
- Controlar que las cerraduras de las puertas exteriores, operando en el primer gancho de seguridad, no permitan la apertura de la misma, no hallándose la cabina en el piso y que no cierren el circuito eléctrico, que el segundo gancho de seguridad no permita la apertura de la puerta no hallándose la cabina en el piso y que no se abra el circuito eléctrico.
- Efectuar un (1) servicio mensual de engrase, un (1) servicio de ajuste, calibración general de cada ascensor y cuatro (4) servicios de inspección de estado del ascensor. Estos trabajos incluyen también la obligación de mantener limpia la sala de máquina y sus elementos, pasadizos, pozos, sobre recorridos y cabinas (techos, bajo piso y paredes exteriores), como así también mantener en buenas condiciones de funcionamiento las puertas de piso, de cabinas e instalación eléctrica de las mismas. se deberá verificar el estado de funcionamiento de los contactores, de los contactos auxiliares y la firmeza de los fusibles de los tableros, ajustándolos o reemplazándolos. Se deberá observar la regulación en forma periódica, recorrido, parada y nivelación del ascensor, ajustándolos en caso de así requerirlo. Se deberá regularizar de forma inmediata el funcionamiento en caso de haber ruidos de cables, cadenas guiadoras, rodamientos o vibraciones en cabina. Será obligación del conservador, la provisión sin cargo de los trapos y estopas que sean necesarios para cumplir con los trabajos de limpieza de las inmediaciones de la maquina de tracción o toda otra maquinaria que este en la sala de máquinas, como así en general el piso, paredes y ventanas. Estando totalmente prohibido la presencia de aceite o grasa en el suelo o sobre las maquinas en forma incorrecta, procurando que no haya perdidas de aceite o lubricante en estas.
6.2 Una vez por semestre como mínimo:
- Constatar el estado de desgaste de los cables de tracción y accionamiento del cable del regulador o limitador de velocidad, del cable o cinta del selector o registrador de las paradas en los pisos y del cable de maniobra, particularmente su aislación y amarre.
- Limpieza de guías.
- Controlar el accionamiento de las llaves de límites finales que interrumpe el circuito de maniobra y el circuito de fuerza motriz y que el mismo se produzca a la distancia correspondiente en cada caso, cuando la cabina rebasa los niveles de los pisos extremos.
- Efectuar las pruebas correspondientes en el aparato de seguridad de la cabina y del contrapeso, cuando éste lo posee.
6.3 Servicio a demanda. Atención de urgencias y reclamos.
Deberán atenderse los días lunes a viernes dentro del horario de 8.00 a 20.00 horas y el día sábado de 8.00 a 13.00 horas, debiendo acudir dentro de las dos (2) horas de formulado el reclamo por fallas, por inconvenientes y/o irregularidades en el funcionamiento o el rendimiento de los equipos y/o instalaciones.
Se deberá atender en forma inmediata cualquier reclamo que se realice, por urgencias o irregularidades en el funcionamiento de los equipos elevadores. A estos efectos el adjudicatario deberá tener un servicio de urgencias durante las 24 horas del día incluso sábados, domingos y feriados, para lo cual deberá disponer por lo menos de un número telefónico con el que se pueda comunicar permanentemente durante todo el día, el cual será proveído a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores y a las intendencias de cada uno de los edificios. Ante llamada de emergencia por persona atrapada en cabina y/o peligro de accidente, el servicio de auxilio se operará inmediatamente después de recibido el llamado no pudiendo demorar más de 30 minutos.
En todos los casos el adjudicatario deberá informar las causas del desperfecto verificado y las tareas de corrección efectuadas o a efectuar para la puesta en servicio del ascensor o montacoche afectado.
6.4 Servicio de mantenimiento a demanda de plato giratorio.
El servicio de mantenimiento deberá atenderse de lunes a viernes dentro del horario de 8 a 20 horas y sábados de 8 a 13, con servicios de guardias permanentes las 24 horas del día incluyendo inhábiles y feriados en caso de peligro de accidente.
Una vez por mes como mínimo se deberán efectuar los siguientes servicios:
- Lubricación y limpieza de todos los mecanismos expuestos a rotación, deslizamiento y/o articulaciones componentes del equipo.
- Verificar el correcto funcionamiento de los contactos eléctricos en general y de todos sus componentes.
NOTA: La prestación a brindar incluye la provisión e instalación sin cargo de materiales de reposición menores, así como el reemplazo de todos los elementos que se encuentren defectuosos o que, producto del desgaste natural requieran ser cambiados; entre ellos pueden citarse los siguientes: aceite especial para maquina de tracción, aceite para bujes, elementos de limpieza (kerosene, contamatic, WD 40, estopa), grasa para rodamientos, grasa especial para guía de cabinas y contrapeso, colgadores de puertas exteriores y de cabinas, correas de operador de puertas, componentes internos de botonera exteriores y de cabinas, lámparas de indicadores de dirección, indicadores de posición, llaves de accionamiento de sub panel, ferodos de frenos, caja de manual sobre cabina, cerraduras de puertas exteriores, contactos eléctricos de puertas de cabina y sistema de paracaídas, limites de seguridad inferiores y superiores, sensor de lectura de posición sobre cabina, patín retractil, colizas de guías de cabina y contrapeso, fusibles, etc. Todos los repuestos y accesorios que se utilizan deberán cumplir con las normas IRAM.
7. PLAZO DE CONTRATACIÓN
El servicio requerido tendrá una duración de doce (12) meses, a partir del primer día del mes siguiente a la recepción de la correspondiente Orden de Compra.
El Consejo de la Magistratura de la Ciudad podrá determinar que el inicio de las prestaciones sea efectuado de manera parcial, comunicando en tal caso la fecha en que comenzarán a efectuarse y autorizarse el pago de las tareas para cada renglón/subrenglón.
En el caso de los edificios que se encuentren desagregados por subrenglones, el Consejo de la Magistratura comunicará la fecha en que comenzaran a efectuarse y autorizarse el pago de las tareas comprendidas en los mismos.
Respecto a los inmuebles que poseen garantía del constructor, el comienzo de las prestaciones tendrá fecha posterior a la inicial para el resto de los inmuebles, la que oportuna y eventualmente será comunicada por el Consejo de la Magistratura con una antelación de al menos 15 días.
La fecha de vencimiento producirá la extinción de la totalidad del vinculo contractual con la adjudicataria, salvo la prorroga dispuesta en la cláusula 8.
8. PRORROGA DEL CONTRATO
El contrato aludido en la cláusula anterior podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo, por un periodo de hasta seis (6) meses; opción que se formalizará con una anticipación minima de quince (15) días hábiles con anterioridad a la finalización del contrato.
9. CLAUSULA DE RESCISIÓN
En cualquier momento el Consejo de la Magistratura podrá rescindir sin causa la prorroga del contrato, lo cual no generará derecho a indemnización alguna a favor del adjudicatario. Dicha circunstancia le será notificada fehacientemente al prestador, con una anticipación de quince (15) días.
10. REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL ADJUDICATARIO.
Será obligación del oferente presentar conjuntamente con su oferta, la constancia de inscripción en el registro de empresas conservadoras de ascensores del Gobierno de la Ciudad de Bs As., apellido y nombres de el / los representantes técnicos y número de matricula profesional otorgada por el respectivo consejo profesional que los habilite a tal fin. La empresa conservadora deberá cumplir con lo indicado en la ordenanza Nº 49.308, Decreto 578/CABA/01 y el Código de Edificación de la ciudad Autónoma de Bs. As. en su sección 8, capitulo 10, art. 8.10.3 y toda otra norma aplicable al caso.
La Empresa adjudicataria actuará como CONSERVADOR de la instalación y su función será el cumplimiento de las normas técnicas de conservación que se establecen en la Ordenanza 49.308 y complementarias.
11. CONDICIONES DE TRABAJO
El adjudicatario empleará únicamente personal propio capacitado e idóneo para ejecutar cada una de las tareas objeto de la presente contratación, debiendo poseer un número de operarios suficientes para la ejecución de las tareas, proporcional a la extensión, naturaleza y al plazo de ejecución del trabajo a realizar.
12. NOMINA DEL PERSONAL
Previo a iniciar los servicios, deberá presentar en la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores la nomina del personal que efectuará la prestación consignando los siguientes datos: nombre y apellido, DNI, domicilio actualizado y función que desempeña.
13. EL PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA.
Obligaciones y Responsabilidades.
La adjudicataria asumirá ante el Consejo de la Magistratura la responsabilidad total en relación a la conducta de antecedentes de las personas que afecte el servicio.
Estarán a cargo del adjudicatario todas las erogaciones originadas por el empleo de su personal, tales como jornales, aportes jubilatorios, licencias, indemnizaciones, beneficios sociales, otras erogaciones que surjan de las disposiciones legales, convenios colectivos individuales vigentes o a dictarse o convenirse en el futuro y seguros.
El adjudicatario tomará a su cargo la obligación de reponer elementos o reparar daños y perjuicios que ocasionen al Consejo de la Magistratura por delitos o cuasidelitos, sean estos propios o producidos por las personas bajo su dependencia, o los que pudieron valerse por la prestación de los servicios que establece el pliego. El incumplimiento de lo establecido en esta cláusula dará motivo a la rescisión del contrato.
El adjudicatario, se hará responsable de los daños y/o perjuicios que se originen por culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia o aquellas de las que se valga para la prestación de los servicios.
El adjudicatario adoptará todas las medidas y precauciones necesarias para evitar daños al personal que depende de él, al personal del Consejo de la Magistratura, del Poder Judicial y del Ministerio Público, a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, a las propiedades, equipos e instalaciones de esta Institución o de terceros, así puedan provenir esos daños de la acción o inacción de su personal o elementos instalados o por causas eventuales.
14. CONSTANCIA DE VISITA
Será requisito ineludible acreditar la visita a los edificios. El Consejo de la Magistratura, a través de la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores facilitará las visitas, de modo tal que el adjudicatario no podrá alegar posterior ignorancia y/o imprevisiones en las condiciones en que ejecutará y cumplirá el contrato.
Adquiridos los pliegos, la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores extenderá el Certificado de Visita a los edificios donde deberán realizarse las prestaciones. Con dicha constancia se acreditará haber concurrido a los edificios y verificado las condiciones incluidas en el pliego para la prestación del servicio. El mencionado certificado deberá adjuntarse obligatoriamente con la oferta.
El día y hora de visita deberá ser previamente convenido con la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, comunicándose de lunes a viernes de 12.00 a 16.00 horas al teléfono 4014-6700 interno 076741.
15. CAPACIDAD ECONOMICO FINANCIERA.
A los efectos de acreditar su capacidad económico-financiera, los oferentes deberán presentar junto con la oferta, la siguiente documentación:
15.1 Referencias comerciales y/o industriales y/o bancarias. El oferente deberá acompañar por lo menos tres (3) notas de entidades financieras y/o comerciales y/o industriales, en las que dichas entidades suministren informes del concepto y antecedentes que les merece el oferente.
16. CAPACIDAD TECNICA.
a) Los oferentes deberán ser empresas dedicadas a la fabricación o provisión, distribución, comercialización, mantenimiento, conservación reparación y/o toda otra actividad relacionada con los equipos a mantener e insumos afines, con una cartera de clientes que avalen su trayectoria y acrediten a juicio del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires suficiente capacidad empresaria y técnica.
b) También deberán contar con: 1) talleres propios habilitados para la tarea de que se trata, provistos de maquinarias y herramientas adecuadas, acordes con el servicio a prestar, 2) teléfono fijo y celulares habilitados permanentemente, 3) personal suficiente para desarrollar la tarea que se trata.
17. ANTECEDENTES COMERCIALES
Los oferentes deberán haber ejercido sus actividades en el rubro objeto de la presente contratación con una antigüedad minima de tres (3) años, como prueba de idoneidad y capacidad técnica.
Los oferentes deberán contar como mínimo con dos (2) certificaciones de servicios de similares características a las que se licita, en establecimientos públicos y/o privados, suscriptas por autoridades de dichos establecimientos o en su defecto un listado de los mismos, en las que consten los siguientes datos:
- Denominación del organismo o empresa
- Domicilio y teléfono de la misma.
- Tipo del servicio prestado
- Periodo del servicio, el que no deberá superar los dos años de antigüedad de grado de cumplimiento.
18. PROGRAMA DE SEGURIDAD
Se deberá presentar junto a la oferta el Programa de Seguridad (tareas no repetitivas de corta duración) rubricado por profesional en Seguridad e Higiene en el Trabajo (SHT) y presentando en la ART correspondiente, las constancias de capacitación de su personal y las constancias de entrega de Elementos de Protección Personal (EPP) para el personal que desarrollará las tareas.
19. SEGUROS
19.1 Presentar las pólizas de los seguros obligatorios de vida y por accidentes de trabajo de todo el personal que afecte a esta prestación, acreditándolos con la correspondiente inscripción en la aseguradora correspondiente (ART).
19.2 El adjudicatario deberá presentar, una vez adjudicado el contrato, y en un plazo de 10 (diez) días hábiles, las pólizas correspondientes a los seguros de responsabilidad civil por potenciales daños a terceros emergentes por el uso de los equipos elevadores y a favor del Consejo de la Magistratura CUIT Nº 30-70175369-7 en un todo de acuerdo a lo ordenado en el Parágrafo 8.10.3.1 Inc. b) del Código de la Edificación y sus correspondientes Decretos Reglamentarios. El monto de la cobertura será de pesos quinientos mil ($ 500.000,00). El costo de tramitación de esta póliza estará a total cargo de la contratista. Las mismas tendrán una vigencia de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos. En caso de cumplirse la cláusula Nº 8 del presente pliego deberá presentarse prorroga del seguro o nuevo seguro por ciento ochenta (180) días corridos por igual monto, dentro de los 10 días hábiles de formalizada la prorroga.
En caso de que el monto del seguro contratado no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el adjudicatario. De igual manera, en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el adjudicatario deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Consejo de la Magistratura de cualquier responsabilidad al respecto. Si el adjudicatario dejase de contratar y mantener en vigor los seguros especificados en el presente Pliego, el Consejo de la Magistratura podrá en tales casos al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera ejercer contratar y mantener en vigor dichos seguros y pagar las primas necesarias que fueran adeudadas por el adjudicatario. El Consejo de la Magistratura deducirá las primas así desembolsadas del primer certificado y/o factura presentado por el Adjudicatario.
Dado que este seguro cubre riesgos o responsabilidades respecto a los cuales el adjudicatario es responsable de acuerdo con estos documentos contractuales, será obligación del adjudicatario notificar a los aseguradores sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación de acuerdo con las cláusulas aplicables de las pólizas correspondientes. El adjudicatario será responsable por todas las perdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos.
Correrán por cuenta del adjudicatario los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias económicas y contractuales por la no vigencia de la Póliza de Seguro.
El Consejo de la Magistratura podrá suspender los trabajos por falta de cobertura, no siendo ello causa de prorroga del programa de trabajo.
Los seguros serán contratados con una aseguradora a satisfacción del Consejo de la Magistratura, e incluirá a éste como beneficiario de los mismos y considerándolo como tercero afectado en el apartado 19.2.
20. PENALIDADES
La Dirección de Servicios Generales y Obras Menores ejercerá el contralor de la prestación de los servicios adjudicados.
a) El incumplimiento de las tareas previstas para el servicio de mantenimiento, dará lugar, en cada caso, a la aplicación de una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto del abono mensual.
b) El incumplimiento del servicio de auxilio de emergencias (con personas atrapadas) en el plazo previsto para su cumplimiento, dará lugar, en cada caso, a la aplicación de una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de seis abonos mensuales.
La aplicación de multas será registrada y considerada como antecedente desfavorable para el adjudicatario en el caso de presentarse a nuevas licitaciones.
21. TRABAJOS IMPREVISTOS
El adjudicatario informará de inmediato a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores los recambios de repuestos o trabajos que resulte necesario efectuar con motivo de imponderables y/o imprevistos, fundamentando técnicamente su necesidad y urgencia. Una vez tomado conocimiento del mismo, el Consejo de la Magistratura efectuará las evaluaciones técnicas y económicas, reservándose la facultad de autorizar y aprobar los presupuestos que se le requieran al adjudicatario, o bien habilitando sobre la base de los montos presupuestados los procedimientos administrativos que imponen normativa vigente. Estos, solo si no se trata de materiales de reposición menores, cuya provisión e instalación esta incluida en el monto presupuestado del servicio de mantenimiento.
22. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONOMICA
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Al vencimiento de los plazos fijados para el mantenimiento de las ofertas, estas se prorrogan automáticamente por igual plazo.
Si el oferente no mantuviera el plazo estipulado en el párrafo anterior, será facultad del Consejo de la Magistratura considerar o no las ofertas así formuladas, según convenga a sus propios intereses.
23. DICTAMEN DE LA COMISION EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACION.
El Dictamen de Evaluación de Ofertas (Dictamen de Preadjudicación) se comunicará en forma fehaciente a todos los oferentes y se anunciará en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones, ubicada en la Avda. Av. Leandro N. Alem 684, piso 1º, de esta Ciudad, conforme el art. 106, inc. e) del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010. Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial y en la Web del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A. (www.jusbaires.gov.ar)
Las impugnaciones al Dictamen de Evaluación se harán conforme el Art. 99 del Anexo I de la Res. CM Nº 810/2010 y al articulo 18 del PCG.
Conforme los Arts. 106 in fine y 109 in fine del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010 y al Art. 17 del PCG, los interesados podrán formular las impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días a contar desde la notificación del acto administrativo que concluye el procedimiento de selección.
La impugnación de los pliegos se realizarán conforme el Art. 17 in fine del PCG, estableciéndose como Garantía de Impugnación al Pliego (Art. 14, Inc e) del PCG) un porcentaje del tres (3) por ciento del presupuesto oficial de la presente Licitación Pública.
24. CRITERIO DE EVALUACION Y SELECCIÓN DE OFERTAS.
La adjudicación se realizará a la oferta más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura. Para ello, una vez apreciado el cumplimiento de los requisitos y exigencias estipulados en la normativa vigente y en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y de Condiciones Particulares, se considerarán el precio, calidad de servicio y la capacidad de respuesta, conjuntamente con la idoneidad y demás condiciones de la propuesta.
25. ADJUDICACIÓN
La adjudicación de la presente contratación recaera en forma particular sobre cada uno de los renglones, motivo por el cual no es obligación de los oferentes la cotización de la totalidad de los mismos.
Asimismo, la adjudicación será por renglón completo, motivo por el cual es obligatoria la presentación de propuestas por la totalidad de los subrenglones contenidos en cada uno de los renglones.
26. FORMA DE PAGO.
El pago de la presente contratación se hará conforme a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales (Res. CM Nº 810/2010, Anexo III, art. 23 y ss.)
27. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas de lunes a viernes en el horario de 10 a 18 horas y hasta las 15 horas del día 15 de julio de 2011, en sobre cerrado y conforme al articulo 102 del anexo I de la Res. CM Nº 810/2010, en la Mesa de Entradas de este Consejo, sita en la Av. Leandro N Alem 684, entre piso de esta Ciudad, debiendo estar dirigidas a la Secretaría de Coordinación del Consejo de la Magistratura, e indicando como referencia la leyenda Licitación Publica Nº 12/2011 Expediente CM Nº DCC-167/10-0
28. APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de los sobres será pública y tendrá ligar el día 15 de julio de 2011 a las 15 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Leandro N. Alem 684, piso 7mo frente, Ciudad de Buenos Aires, fecha y hora hasta las cuales se recibirán las propuestas económicas.
29. COMUNICACIONES Y CONSULTAS. DENUNCIA DE DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRONICO.
Complementando el art. 6to del PCG, el oferente además de constituir domicilio legal dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá denunciar una dirección de correo electrónico en donde serán validas todas las comunicaciones efectuadas por el Consejo de la Magistratura, de conformidad con el art. 4to del PCG.
Las consultas relacionadas con la presente contratación deberán efectuarse conforme lo establece el articulo 8vo del PCG, hasta las 12 horas del día 08 de julio de 2011.