Contratación Directa Nº 17/2012- Expediente CM Nº DCC 296/12-0- Resolución OAyF Nº 210/2012

 

Buenos Aires,  6     de Septiembre  de 2012

Res. OAyF Nº  210 /2012

 

VISTO:

            el Expediente DCC-296/12-0 s/ “Adquisición de licencias de software Tango” y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Res. OAyF Nº 180/2012 se declara desierta la Contratación Menor Nº 05/2012 tendiente a la adquisición y actualización de las licencias de Software Tango para su utilización por la Dirección de Programación y Administración Contable de este Consejo de la Magistratura, por no haberse presentado oferta alguna y se instruye a la Dirección de Compras y Contrataciones a impulsar una nueva contratación a los mismos fines (foja 1).

Que la Dirección de Compras y Contrataciones se contacta con las empresas encargadas de la distribución de los servicios de Software Tango en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, obtenidas del listado existente en la página web oficial de la firma Axoft Argentina S.A. -desarrollador de dichas soluciones informáticas-, las cuales manifestaron su intención de participar en el procedimiento. Asimismo, consulta el estado registral de dichas empresas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), de lo cual resulta que las firmas Grupo Informático Tesys S.R.L., Viconex, Mindsoft, Conta Shopper S.R.L. y The Eagle Group S.R.L. se encuentran en condiciones de ser invitadas a participar de la presente contratación (fs. 5/20), conforme surge de lo manifestado por dicha Dirección a foja 25.

Que la precitada Dirección solicita presupuestos estimativos a distintas firmas (fs. 21/23) y elabora un Cuadro Presupuesto, del que surge que el presupuesto estimado para la presente contratación asciende a pesos cincuenta y ocho mil novecientos cincuenta y seis con 70/100 ($ 58.956,70) IVA incluido (foja 24).

Que en este estado, la Dirección de Compras y Contrataciones entiende viable el llamado a Contratación Directa para la adquisición y actualización de licencias de software tango, conforme lo dispuesto en el inciso c) del artículo 28º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, reglamentaria del inciso 2 del artículo 28º de la Ley Nº 2095 (foja 25) y eleva el Proyecto de Pliego de Condiciones Particulares de la Contratación Directa Nº 17/2012 (fs. 32/33). Asimismo, entiende que corresponde tomar como referencia para la realización del presente procedimiento el Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por el Anexo III de la Resolución CM Nº 810/2010 y sus modificatorias Resolución CM Nº 967/2010 y CM Nº 1041/2010, que glosa a fs. 26/31.

Que a fs. 34/51 obra el Listado de Empresas a Invitar en la presente contratación, conforme el listado de firmas inscriptas en el Registro Único y Permanente de Proveedores del G.C.B.A., para los rubros Nº 401 y 402. Por último se deja sentado, que también se comunicará el llamado a la Unión Argentina de Proveedores del Estado, a la Cámara Argentina de Comercio y a la Guía General de Licitaciones y Presupuestos.

Que a fin de dar cumplimiento con las disposiciones de la Ley 70 la Dirección de Programación y Administración Contable realiza la registración preventiva del presente gasto. En tal sentido a fs. 52/53, luce la Constancia de Registración Nº 521/08 2012, dando cuenta de la existencia de partida presupuestaria suficiente.

Que en virtud de lo dispuesto en el inciso a) del artículo 28º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, reglamentario del artículo 28º de la Ley 2095, en la modalidad de Contratación Directa, el Pliego de Bases y Condiciones será gratuito y se entregará a los interesados junto con la invitación a participar en el procedimiento de contratación.

            Que mediante Dictamen Nº 4697/2012, toma intervención el Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, y luego de referenciar las etapas del expediente concluye que “En virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta el informe de fs. 54, este Departamento no encuentra reparos a la prosecución del trámite de la presente contratación, en la medida que se cumpla con los requisitos establecidos en la normativa vigente respecto a la expresión fundada de los motivos por los que no se realiza un nuevo llamado a licitación” (foja 58).

            Que en virtud del Dictamen previamente citado se da intervención a la Dirección de Compras y Contrataciones a fin de que fundamente la elección del modo de contratación propuesto y ésta informa que “(…) a fojas 69 del Expediente CM Nº DCC-197/12-0, en el marco de la frustrada Contratación Menor Nº 5/2012 se cursaron invitaciones a siete (7) firmas del rubro, todas ellas inscriptas en el R.I.U.P.P., tras haberse comunicado telefónicamente con treinta y ocho (38) firmas inscriptas (Nota Nº 438-DCC-2012); lo que evidencia la complejidad del rubro en el que se pretenden adquirir los bienes en cuestión (…)” y agrega que “(…) abocados a encaminar un nuevo proceso de selección tendiente a intentar adquirir dichas licencias, esta Dirección se ha comunicado con la Dirección de Informática y Tecnología (a los efectos de ratificar las especificaciones técnicas estipuladas) y tanto con las firmas oportunamente invitadas, como con aquellas obtenidas del listado de la página web oficial de la firma Axoft Argentina S.A., conforme se informara a fs. 25 de los presentes actuados (…)”. Así, esgrime que “(…) mostrando relativo interés tan solo algunas de las firmas consultadas y teniendo en especial consideración que el proceso de selección anterior, cuya declaración de desierto origina esta nueva contratación, se trató de una Contratación Menor, esta Dirección de Compras y Contrataciones consideró importante encuadrar el nuevo proceso de selección en el marco del procedimiento de contratación directa y no en uno de licitación pública, en aras de agilizar el mecanismo licitatorio que prevé la normativa, intentando con ello la concurrencia a cotizar de firmas interesadas (…)”

            Que a mayor abundamiento, la Dirección de Compras y Contrataciones explica que se encuadró la adquisición de las licencias en el marco del proceso de contratación directa conforme lo dispuesto en el inciso c) del artículo 28º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, reglamentaria del inciso 2 del artículo 28º de la Ley Nº 2095 que resulta ser el mismo procedimiento que se llevó a cabo en las Contrataciones Directas Nº 1/2012 y Nº 14/2012, entre otras “(…) sin haber existido reparos al respecto por parte del área de asesoramiento jurídico permanente de este Consejo (…)” y concluye que “(…) a fojas 25 se sugiere invitar a cotizar en el marco de la contratación directa Nº 17/2012 a cinco (5) firmas interesadas, lo que desde ya permite dar cumplimiento tanto a lo normado por Art. 28º Incisos c) y b) apart. 1, como por Art. 93º Inc. a) del Anexo I de la Resol. CM Nº 810/2010, reglamentaria de la Ley Nº 2095” (fs. 62/63).  

            Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos entiende que “(…) habiéndose cumplido a fs. 62/63, con el requisito establecido en el art. 28 de la Ley 2095, esta Dirección General entiende que puede proseguirse con el trámite del presente expediente” (foja 67).

Que en tal inteligencia se entiende cumplimentado lo requerido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y en el estado de los presentes actuados, no resta mas que autorizar el llamado a Contratación Directa Nº 17/2012 y aprobar el Pliego de Condiciones Particulares que en cumplimiento del artículo 98º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010 deberá publicarse por un (1) día en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página web del Poder Judicial de la CABA (www.jusbaires.gov.ar). Finalmente se estipula que en virtud de lo dispuesto en el inciso a) del artículo 28º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, reglamentario del artículo 28º de la Ley 2095 -en la modalidad de Contratación Directa- el Pliego de Bases y Condiciones será gratuito y se entregará a los interesados junto con la invitación a participar en el procedimiento de contratación y deberá remitirse invitaciones a no menos de cinco (5) posibles oferentes, a la Cámara Argentina de Comercio, Unión Argentina de Proveedores del Estado y Guía General de Licitaciones y Presupuestos.

            Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988 (modificado por la Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorizar el llamado a Contratación Directa Nº 17/2012 que tiene por tiene por objeto la adquisición y actualización de licencias de software Tango, para su utilización por la Dirección de Programación y Administración Contable del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de pesos cincuenta y ocho mil novecientos cincuenta y seis con 70/100 ($ 58.956,70) IVA incluido.

 

Artículo 2º: Aprobar el Pliego de  Condiciones Particulares de la Contratación Directa Nº 17/2012 que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

 

Artículo 3º: Establecer la entrega sin cargo de los pliegos necesarios para ofertar en la Contratación Directa Nº 17/2012 y disponer que se entregue a los interesados junto con la invitación a participar en el procedimiento de contratación (conforme inciso a) del artículo 28º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, reglamentario del artículo 28º de la Ley 2095).

 

Artículo 4º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a remitir invitaciones a no menos de cinco (5) posibles oferentes y a la Cámara Argentina de Comercio, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la Guía General de Licitaciones y Presupuestos.

 

Artículo 5º: Establecer el 18 de septiembre de 2012 12.00 horas como fecha límite para recibir consultas relacionadas con la presente contratación.

 

Artículo 6º: Establecer que las ofertas podrán ser presentadas de lunes a viernes en el horario de 10.00 a 18.00 horas y hasta las 12.00 horas del 26 de septiembre de 2012 conforme lo términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares adjunto como Anexo I.

 

Artículo 7º: Establecer el 26 de septiembre de 2012 a las 12.00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas.

 

Artículo 8º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar la publicación por un (1) día en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Consejo de la Magistratura de la CABA y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también, las comunicaciones a los funcionarios interesados.

 

Artículo 9º: Regístrese y publíquese como se ordenara. A ese fin, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase.

 

Res. OAyF Nº   210 /2012

ANEXO I

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 17/2012 (RES. OAyF Nº         /2012)

SOFTWARE TANGO

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

 

1. GENERALIDADES

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

3. PLIEGOS

4. RENGLONES A COTIZAR

5. FORMA DE COTIZACIÓN

6. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

7. DICTAMEN DE LA COMISIÓN EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACIÓN

8. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS

9. PLAZO DE ENTREGA

10. FORMA DE PAGO

11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

12. APERTURA DE LAS OFERTAS

13. COMUNICACIONES Y CONSULTAS. DENUNCIA DE DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

 

1. GENERALIDADES

El presente Pliego de Condiciones Particulares tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios (PCG) aprobado por Resolución CM Nº 810/2010, para la presente contratación.

 

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

La Contratación Directa Nº 17/2012 tiene por objeto la adquisición y actualización de licencias de software Tango, para su utilización por la Dirección de Programación y Administración Contable del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

3. PLIEGOS

Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y de Condiciones Particulares, que rigen la Contratación Directa Nº 17/2011, son remitidos sin cargo, conjuntamente con la invitación a cotizar en la presente contratación y por la misma vía.

 

4. RENGLONES A COTIZAR

Renglón 1: Sistema Tango: Actualización y convenio de reposición anual de la Llave del módulo Contabilidad, Nº 020132/001, para un (1) puesto. (Versión Monousuario)

 

Renglón 2: Sistema Tango: Actualización y convenio de reposición anual de la Llave del módulo Fondos y Proveedores, Nº 021005/001, para tres (3) puestos.

 

Renglón 3: Sistema Tango: Adquisición de once (11) puestos adicionales de la Llave del módulo Fondos y Proveedores, Nº 021005/001. Deberá incluir actualización y convenio de reposición anual.

 

Se deberá contar con la asistencia técnica correspondiente en la instalación y configuración de los módulos ofertados.

La actualización del software Tango deberá ser a su última versión, incluyendo toda versión y/o actualización que anualmente lance al mercado la empresa Axoft.

 

5. FORMA DE COTIZACIÓN

Las propuestas económicas deberán ser formuladas en pesos, indicando en números y en letras lo siguiente:

5.1 Precio unitario y total de cada renglón

5.2 Monto total de la propuesta económica, considerando la totalidad de los renglones.

 No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera, considerándose inadmisibles las ofertas así realizadas.

No se admitirán cotizaciones por parte de cada renglón.

 

6. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, éste se prorrogará por sucesivos plazos de treinta (30) días, de manera automática, salvo que el oferente se opusiera a una nueva prórroga automática, por escrito, con al menos quince días de anticipación al vencimiento del plazo en el que se encuentra incurso.

Si el oferente no mantuviera el plazo estipulado en el párrafo anterior, será facultad de este Consejo de la Magistratura considerar o no las ofertas así formuladas, según convenga a sus propios intereses.

 

 

7. DICTAMEN DE LA COMISIÓN EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACIÓN

El Dictamen de Evaluación de las Ofertas (Dictamen de Preadjudicación) se comunicará en forma fehaciente a todos los oferentes y se anunciará en la Cartelera del Consejo de la Magistratura, ubicada en Av. Leandro N. Alem 684, piso 1º, de esta Ciudad, conforme el Art. 106º, Inc. e) del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010. Asimismo, se publicará en la Web del Consejo de la Magistratura www.jusbaires.gov.ar.

Las impugnaciones al Dictamen de Evaluación se harán conforme el Art. 99º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010 y al Art. 18º del PCG.

Conforme los Arts. 106º in fine y 109º in fine del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010 y al Art. 17º del PCG, los interesados podrán formular las impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días a contar desde la notificación del acto administrativo que concluye el procedimiento de selección.

La impugnación de los pliegos se realizarán conforme el Art. 17º in fine del PCG, estableciéndose como Garantía de Impugnación al Pliego (Art. 14º, Inc. e) del PCG) un porcentaje del tres por ciento (3%) del presupuesto oficial de la presente Contratación Directa.

 

8. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS

La adjudicación se realizará a la oferta más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura. Para ello, una vez apreciado el cumplimiento de los requisitos y exigencias estipulados en la normativa vigente y en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y de Condiciones Particulares, se considerarán el precio y la calidad de los bienes y/o servicios ofrecidos, conjuntamente con la idoneidad del oferente y demás condiciones de la propuesta.

 

9. PLAZO DE ENTREGA

Las actualizaciones y licencias serán entregadas dentro de los quince (15) días corridos contados a partir de la recepción de la correspondiente Orden de Compra.

 

10. FORMA DE PAGO

El pago de lo solicitado se hará conforme a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.

 

11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán ser presentadas de lunes a viernes en el horario de 10.00 a 18.00 horas y hasta las 12.00 horas del 26 de septiembre de 2012, en sobre cerrado y conforme al Art. 102º del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, en la Mesa de Entradas de este Consejo, sita en Av. Leandro N. Alem 684, entrepiso de esta Ciudad, debiendo estar dirigidas a la Secretaría de Coordinación del Consejo de la Magistratura, e indicando como referencia la leyenda “Contratación Directa Nº 17/2012, Expediente DCC Nº 296/12-0”.

 

12. APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura de los sobres será pública y tendrá lugar el 26 de septiembre de 2012 a las 12.00 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Leandro N. Alem 684, piso 7º frente, Ciudad de Buenos Aires, fecha y hora hasta las cuales se recibirán las propuestas económicas, según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales.

 

13. COMUNICACIONES Y CONSULTAS. DENUNCIA DE DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO

Complementando el Art. 6º del PCG, el oferente además de constituir domicilio legal dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá denunciar una dirección de correo electrónico en donde serán válidas todas la comunicaciones efectuadas por el Consejo de la Magistratura, de conformidad con el Art. 4º del PCG.

Las consultas relacionadas con la presente contratación deberán efectuarse conforme lo establece el Art. 8º del PCG, hasta las 12.00 horas del 18 de septiembre de 2012.

 

 

Ir al contenido