Resolución OAyF 190/2014 s/ Adquisición de Material Bibliográfico de Editorial Legis

Buenos Aires,  14   de junio  de 2014

 

Res. OAyF Nº 190 /2014

 

VISTO:

        el Expediente DCC-140/14-14 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Material Bibliográfico de Editorial Legis” por el que tramita la Contratación Directa Nº 42/2014, y

 

CONSIDERANDO:

Que la presente contratación se inició a raíz del requerimiento remitido por el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia mediante Nota N° 14/2014 a través de la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional (fs. 1/9) para la adquisición anual de material bibliográfico para el año 2014 con destino a las sedes de la Biblioteca del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependientes de ese Departamento. A tal fin, remitió un listado de las publicaciones jurídicas de la firma “Legis Argentina S.A.” que se proponen contratar (fs. 12).

Que a fojas 11 obra la constancia de la consulta efectuada por la Dirección de Compras y Contrataciones acerca del estado registral de la referida firma de la que surge que se encuentra inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores con lo que queda cumplimentado el requisito estipulado en el artículo 22 de la Resolución CM Nº 1/2014, reglamentaria de la Ley 4764.

Que en este estado, la Dirección de Compras y Contrataciones entendió viable la adquisición de material bibliográfico a la firma Legis Argentina S.A. “…mediante el procedimiento de Contratación Directa, en el marco del Art. 28º Inc. 5) de la Ley N° 2095 y su modificatoria Ley 4764, reglamentada por Art. 28° del Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014” (fs. 16).

Que a su vez, la aludida Dirección glosó a fojas 17/18 y 26/28 la constancia de la Invitación a Cotizar en la Contratación Directa N° 42/2014 remitida a Legis Argentina S.A. mediante correo electrónico, y a fojas 19/25 el Anexo III de la Resolución CM N° 1/2014 –Pliego de Bases y Condiciones Generales-. Lo requerido fue discriminado en veintidós (22.-) renglones según luce agregado como Anexo A (fs. 28).

Que conforme surge del Acta de Recepción de Propuesta Económica agregada a fojas 29, la firma Legis Argentina S.A. presentó una oferta –incorporada a fojas 30/31 - por un total de once mil seiscientos diez pesos ($ 11.610,00), en la que señaló que no poseen stock para el renglón 4 en virtud de las restricciones al ingreso de material desde el exterior y que los renglones 9 y 10 se reemplazan por la segunda edición.

Que se agregó la Constancia de Registración Presupuestaria N° 1129/05 2014, cumplimentado de esta forma lo establecido en la Ley 70 (fs. 32/33).

Que solicitada que fuera al efecto por la Dirección de Compras y Contrataciones (fs. 36), la editorial Legis Argentina S.A. acompañó la Declaración Jurada de aptitud para contratar (fs. 38) y la declaración jurada en la que manifiesta que “todo el material bibliográfico cotizado en la contratación directa de referencia son editados por nuestra editorial” (fs. 41).

Que consultada que fuera el área técnica respectiva (Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia) ésta prestó conformidad, expresando que “la adquisición de material bibliográfico de Editorial Legis que tramita por Expediente CM N° DCC 140/14-14 se corresponde con el material requerido por la suscripta” (fs. 44).

Que se incorporaron las constancias de los Certificados del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (fs. 45/50).

Que finalmente la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 5722/2014 tomó su intervención de ley, y previa reseña de lo actuado, manifestó en cuanto al marco legal que: “…la ley 4764 modificó parcialmente la Ley 2095, habiendo incluido dentro del artículo 28 referido a la contratación directa, el inciso 5) que expresamente dice:Cuando se trate de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por determinada persona o entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes”. Asimismo señaló que “…su reglamentación a su vez dispone: ‘La compra de material bibliográfico se encausará en los términos del artículo 28 inciso 5 de la ley, pudendo contratarse directamente con la editorial (Res. CM N° 1/2014)”. Finalmente, luego de hacer una breve mención de la normativa reglamentaria de la norma precitada, concluyó que “… teniendo en cuenta lo manifestado por la Dirección de Compras y Contrataciones a fs. 51 y la normativa legal vigente, esta Dirección General no encuentra  obstáculos jurídicos, para la continuidad del trámite del presente expediente” (fs. 55/56).

Que encontrándose los actuados en estado de resolver, de acuerdo a los antecedentes obrantes en autos, verificados todos los pasos pertinentes, de conformidad con lo requerido y manifestado por el área técnica así como por el área de Asesoramiento Jurídico Permanente de este Consejo, y con el fin de garantizar el normal y correcto funcionamiento de las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponderá aprobar lo actuado y adjudicar la Contratación Directa Nº 42/2014 tendiente a la adquisición de material bibliográfico a la firma Legis Argentina S.A. para el año 2014 detallado en los renglones 1 a 3 y 5 a 22 del Anexo A de la invitación a cotizar que obra a fojas 26/28, por el monto total de once mil seiscientos diez pesos ($ 11.610,00) y de acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 30/31 con la salvedad allí efectuada en relación a la edición de los renglones 9 y 10.  

Que finalmente, corresponde señalar que la contratación en cuestión se regirá por la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764 y su reglamentación.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley 31 y sus modificatorias,

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 42/2014.

 

Artículo 2º: Adjudíquense los Renglones 1 a 3 y 5 a 22 de la Contratación Directa Nº 42/2014 a la firma Legis Argentina S.A. por el monto total de once mil seiscientos diez pesos ($ 11.610,00) de acuerdo con la propuesta económica presentada a fojas 30/31 con la salvedad allí efectuada en relación a la edición de los renglones 9 y 10 y según la Invitación a Cotizar obrante a fojas 26/28. Ello, en función de lo expuesto en los considerandos de la presente y según lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764 y su reglamentación.

 

Artículo 3°: Declárese desierto el Renglón 4 de la Contratación Directa Nº 42/2014 dado que no se ha recibido oferta para el mismo.

 

Articulo 4º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso a la contratación adjudicada en el artículo 2° de esta resolución, y a realizar las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97.

 

Artículo 5º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordena y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Secretaría de Apoyo Administrativo Jurisdiccional y por su intermedio al Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

 

Res. OAyF Nº 190 /2014