Licitación Pública Nº 44/2010- Expediente CM Nº OAyF 135/10-0- Resolución OAyF Nº 84/2011

Declara fracasado el llamado a Licitación Pública Nº 44/2010, tendiente a la adquisición de herramientas.

Declara fracasado el llamado a Licitación Pública Nº 44/2010, tendiente a la adquisición de herramientas.

Declara fracasado el llamado a Licitación Pública Nº 44/2010, tendiente a la adquisición de herramientas.

Buenos Aires, 16 de mayo de 2011.

 

RES. OAyF Nº 84 /2011

VISTO:

el Expediente O.A.yF. Nº 135/10-0 por el que tramita la Licitación Pública Nº 44/2010; y;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 88/94 luce la Resolución OAyF Nº 02/2011 mediante la cual se autorizó el llamado a Licitación Pública de Etapa Única Nº 44/2010, encuadrada en las disposiciones de los Artículos Nº 25º, 27, 31º, 32 y ccdates. de la Ley 2095, cuyo objeto es la adquisición de herramientas para su utilización en el área de mantenimiento del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de ciento diecisies mil ciento sesenta y cuatro pesos con 15/100 ($ 116.164,15.-), IVA incluido.

Que conforme surge de las constancias obrantes en las actuaciones, se ha dado cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial (fs. 140/142), en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones (fs. 125) y en la portal de internet del Poder Judicial (fs. 96). Asimismo, se dio noticia a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 100) y se han remitido comunicaciones electrónicas a diferentes firmas del rubro (fs. 104/124), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado, a la Cámara Argentina de Comercio y a la Guía de Licitaciones y Presupuesto, invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 101/103).

Que a fs. 144 luce el Listado de retiro de Pliegos de Bases y Condiciones y a fs. 145/153 las constancias suscriptas por cada una de las firmas que retiraron tal documento.

Que con fecha 14 de febrero de 2011 se realizó el acto de apertura de ofertas, labrándose el Acta de Apertura Nº 05/2011 (fs. 156), dejándose constancia de la presentación de tres (3) sobres ante la Mesa de Entradas, los que se individualizan en el ANEXO I (fs. 157) como pertenecientes a las siguientes firmas “Thecnofer S.A.”, CUIT Nº 30-79824350-3; “Comercialización y Producción Mayorista S.R.L.”, CUIT Nº 33-71034337-9 y “Benedetti SAIC”, CUIT Nº 30-54433919-9. A fs. 158/328 se agregan las ofertas y documentación presentada por cada oferente.

Que cabe destacar que a fs. 337/341 se agrega el Informe Técnico producido por la Oficina de Asistencia Técnica y Coordinación de la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, en el que se señala que: “...Cabe destacar que analizadas las ofertas con personal idóneo, se advirtió la falta de especificaciones requeridas en el Pliego de Condiciones Particulares, motivo por el cual mediante correo electrónico se requirió a las oferentes hicieran llegar las aclaraciones respectivas. Señalo que solo dos (2) de las tres (3) empresas que se presentaron, completaron la información solicitada. En relación a la empresa que nada contestó, a saber la firma Comercialización y Producción Mayorista SRL, se ha informado en todos los casos que no completó las explicaciones pedidas que “NO CUMPLIO” por no haber especificado lo pedido. Dejo constancia que atento la falta de respuestas a los correos electrónicos cursados me comuniqué al celular ... y un empleado ... me informó que no enviarían las aclaraciones porque algunos productos estaban discontinuados y otros fuera de valor, a lo que le solicité me informara ello por correo electrónico sin que hasta la fecha lo haya realizado. En cuanto a las otras empresas y tal como lo solicita la Comisión de Preadjudicaciones se ha indicado expresamente el motivo por el cual no cumple su oferta en la planilla Excell indicando renglón por renglón el grado de cumplimiento de ofertas de las distintas empresas”.

Que a fs. 352/357 luce el Dictamen de Evaluación de Ofertas, en el cual la Comisión de Preadjudicaciones, analizadas las ofertas presentadas como así también en orden al Informe Técnico ya citado, entiende que corresponde declara fracasada la Licitación Pública Nº 44/2010, atento que las tres ofertas presentadas no son admisibles(conforme constancias Dictamen de cita).

Que a fs. 359/361 se agregan las cédulas de notificación del Dictamen a todos los oferentes, a fs. 364 se acredita la publicación del dictamen en la página web del Poder Judicial, y a fs. 369/370 luce la constancia de publicación de la conclusión del dictamen en el Boletín Oficial.

Que el Jefe de Departamento de Mesa de Entradas informa que, habiéndose cumplido el plazo de impugnación al Dictamen de Evaluación de Ofertas, hasta el 29 de abril de 2011, inclusive, no ingresaron por esa dependencia actuaciones relacionadas con la publicación del mismo, tal como se extrae de fs. 371.

Quela Dirección General de Asuntos Jurídicos, ha tomado la intervención que le compete, de tal manera y mediante Dictamen Nº 3969/2011, luego de reseñar los antecedentes de estos obrados, manifiesta que: “... nada tiene que observar, desde el punto de vista jurídico, respecto al dictamen de evaluación de ofertas”.

Que en consecuencia, encontrándose cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso de selección, de acuerdo a la recomendación de la Comisión Evaluadora de Ofertas cuanto Dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, se estará por declarar el fracaso del presente procedimiento, por no haberse presentado ofertas admisibles que se ajusten a las condiciones exigidas por el pliego de condiciones particulares (de acuerdo al informe técnico) como así tampoco se ajustan a las condiciones exigidas por el Pliego de Condiciones Generales (dictamen de evaluación de ofertas).

Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389),

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Declarar fracasado el llamado a Licitación Pública Nº 44/2010 en virtud de los fundamentos dados en los considerandos de la presente.

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también, las comunicaciones a los oferentes.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese como se ordena. A ese fin pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y cúmplase.

RES. OAyF Nº 84 /2011

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