Buenos Aires, 24 de Octubre de 2006
Ref: Expediente DCC Nº 092/06-0 s/ Licitación Pública Nº 03/2006 Adquisición de mobiliario para distintas dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Llega este expediente a conocimiento de la Comisión de Preadjudicaciones, a fin de dictaminar en la Licitación Pública 03/2006, referida a la adquisición de mobiliario para distintas dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial estimado, de acuerdo a fs. 3, en pesos un millón seiscientos cincuenta y seis mil trescientos veinte ($ 1.656.320,00).
A fs. 72 la Dirección de Infraestructura y Obras, mediante memorando del 09/05/06, manifiesta la necesidad de proveer mobiliario a todas la dependencias del Poder Judicial. Asimismo, se ha tenido en cuenta la incorporación del edificio de Roque S. Peña como futura sede del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario.
A fs. 77 y a fin de dar cumplimiento con las disposiciones de la Ley 70, la Dirección de Infraestructura y Obras, informa que el 85% del monto total de la contratación corresponde al mobiliario que se destinará al Fuero Contencioso Administrativo y Tributario, el 10% al Fuero Contravencional y de Faltas, el 3% para el Consejo de la Magistratura y el 2%, a las dependencias del Ministerio Público.
A fs. 79/93 obra el proyecto de Pliego de Condiciones Particulares con sus Anexos A y B, elevado por la Dirección de Compras y Contrataciones, que se complementa con los Anexos C, D y E de fs. 69/71.
A fs. 94/99 luce el modelo de invitación, el de publicación y el listado de empresas e instituciones a invitar, también elaborados por la Dirección de Compras y Contrataciones.
A fs. 100/101 se encuentra agregada la Constancia de Registración Preventiva N° 2006-06000159.
A fojas 106, ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos, sin formular observaciones al presente procedimiento.
A fs. 109 la Secretaria de la Comisión Auxiliar de Infraestructura Judicial ratifica la conveniencia de la adquisición de que tratan las presentes.
De fs. 121/141 surge la Resolución C.A. y F. Nº 2/2006, autorizando el llamado a la presente Licitación Pública. El valor para la adquisición de pliegos se fija en pesos ochocientos veintiocho ($ 828,00) y se establece el momento de la apertura para el día 18/09/06 a las 14.00 horas.
A fs. 144/148 y 174/5 se informa acerca de las publicaciones efectuadas.
a fs. 149 se designa al funcionario que asistirá al Jefe del Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones en el acto de apertura, a los miembros de la Comisión de Preadjudicaciones y al responsable técnico de la Comisión de Recepción.
A fs. 150/173 se incorporaron las invitaciones cursadas, incluyendo un informe de las respectivas recepciones.
De fs. 176/181, 183/201 y 776/779 surgen las actuaciones vinculadas con las Circulares sin Consulta Nº 1, 2 y 3, correspondientes a esta licitación.
A fs. 202 obra el acta correspondiente a la reunión informativa efectuada por la Dirección de Compras y Contrataciones con fecha 05/09/06.
De fs. 203 a fs. 210 se acompañan las constancias de la venta de pliegos realizada.
A fs. 774/75 obra el Acta de Apertura de sobres, que da cuenta de la realización de dicho acto con la presencia los Dres. Federico Carballo y Adrián H. Costantino. Se registran 5 ofertas presentadas en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura.
A fs. 781/784 se agrega la solicitud al R.U.P.P. del estado registral y de los certificados de habilitación de oferta, cuya respuesta fue agregada a fs. 821/835.
A fs. 798 luce el pedido cursado por esta Comisión a la Dirección de Infraestructura y Obras, requiriendo su asesoramiento para la evaluación de los aspectos técnicos.
De fs. 800/808 y 956/961 surge, en respuesta a lo solicitado a fs. 798, el informe técnico y un informe aclaratorio, respectivamente.
A fs. 809/819 obran copias de las notas enviadas por esta Comisión a los distintos oferentes, mediante las cuales se les solicitan datos aclaratorios y documentación adicional a la presentada.
A fs. 962/966 se agregan copias de las notas enviadas a los oferentes solicitando precisiones acerca de puntos surgidos del informe técnico.
OFERTAS:
1. SIRO CONTE de Leandro J. CONTE:
Número de CUIT: 20-07828740-4
A fs. 217/8 presenta la propuesta económica, que se ajusta a lo estipulado en los pliegos en cuanto a plazo y lugar de entrega, así como en la condición de pago.
Dicha propuesta asciende a pesos un millón quinientos ochenta y dos mil cuatrocientos ochenta y cinco ($ 1.582.485,00), e incluye el ofrecimiento de un descuento del 5% sobre ese total ofertado, para el caso de que le sean adjudicados los dos renglones presupuestados.
Asimismo, en la mencionada oferta el proveedor incluye, para el caso de resultar adjudicado, la solicitud del adelanto del 30% (treinta por ciento) a que hace referencia la cláusula 13 del Pliego de Condiciones Particulares.
Conforme lo dispuesto en el art. 61 Decreto Ley 23.354/56 reglamentado por el inc. 33 y 34 del Decreto 5720/72, constituyó garantía de su oferta con póliza de seguro de caución de Aseguradora de Cauciones S.A. Compañía de Seguros, hasta la suma de $ 83.000,00 (pesos ochenta y tres mil), reservándose el original en la caja fuerte del Consejo y obrando su copia a fs. 219/221.
De fs. 223 surge el domicilio fijado en la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 224 manifiesta que el plazo de mantenimiento de la oferta se ajusta a lo requerido por el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios, en su cláusula 15.
A fs. 233 obra fotocopia del DNI Nº 7.828.740 perteneciente al titular de la firma oferente, Sr. Leandro José Conte, quien también es el firmante de la presentación.
A fs. 234 luce la constancia de inscripción ante la AFIP.
De fs. 235/7, 238/9 y 240, surge la documentación requerida en el punto 9.3 del PCP, referida a I.V.A., Impuesto sobre los ingresos Brutos e Impuesto a las Ganancias, en este último caso en forma parcial.
A fs. 241 se presenta el Certificado Nº 9517, emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, vigente a la fecha de la apertura.
A fs. 242 presenta copia del Certificado para Contratar 025 Nº 0140528 emitido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura.
A fs. 243/4 obra Certificado Fiscal para Contratar emitido por la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires Nº 2841, que se encuentra vencido, y copia de la solicitud para una nueva certificación, presentada con fecha 21/08/06.
De fs. 245/253 surgen diversas notas de referencias comerciales y/o bancarias.
A fs. 254/5 se verifica el cumplimiento del Decreto (GCABA) 737/97 y de la declaración jurada referida a juicios pendientes con el CMCABA.
De fs. 257 surge el certificado de visita correspondiente.
A fs. 258 se acompaña constancia de adquisición del pliego.
A fs. 809/811 puede apreciarse la nota enviada por esta Comisión al oferente, en la que se le solicita el cumplimiento de puntos no cubiertos en su presentación.
De fs. 830/831 surge la respuesta girada por el R.U.P.P. en la que se acompaña el Certificado de Habilitación de Presentación de Oferta Nº 71243 emitido por ese registro con fecha 25/09/2006.
A fs. 867 el oferente agrega la declaración jurada manifestando que toda su presentación es veraz.
A fs. 868 presenta el Certificado Fiscal Nº 4343, emitido por la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires con fecha 21/09/06.
A fs. 872/874 la firma completa lo requerido en el punto 9.3 del PCP, en lo referente al Impuesto a las Ganancias.
De fs. 875 surge la aclaración vinculada al período de garantía ofrecido para los productos, el cual es de doce (12) meses a partir de la entrega de éstos.
A fs. 876/884 surgen fotocopias de un Estado Patrimonial del oferente al 30/06/2006 con su correspondiente Dictamen del Auditor, certificadas por Escribano Público, que se toma como base para la evaluación de la capacidad económico financiera a que se hace referencia más abajo.
A fs. 966 se agrega nota enviada al oferente para la aclaración de puntos que se desprenden del informe técnico aclaratorio de fs. 956/961. La respuesta a dicho requerimiento obra a fs. 984/986.
Finalmente, el análisis de la capacidad económico financiera del oferente, cuyo resumen puede apreciarse en el Anexo I que se adjunta y forma parte de este dictamen, no merece observaciones por parte de esta Comisión. En idéntica línea se encuentran los informes comerciales y/o bancarios acompañados con la oferta.
Este oferente incumple en su presentación con los siguientes puntos exigidos en el PBCG y/o en el PCP:
· Certificado Fiscal para Contratar, emitido por la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires: El oferente acompaña en su presentación original, una solicitud del certificado presentada ante DGR-GCABA el 21/08/06. Con posterioridad y a pedido de esta comisión, la empresa presentó el certificado que obra a fs 868 emitido el 21/09/06, es decir con posterioridad al momento de la apertura de sobres llevada a cabo el 18/09/06.
Del análisis efectuado y de acuerdo con lo aquí expresado, esta Comisión estima que la presente oferta no reúne condiciones suficientes de elegibilidad por lo que la misma debe ser considerada oferta no admisible.
2. TRAZZO S.A.
Número de CUIT: 30-70702742-4
A fs. 314/7 presenta la propuesta económica, que se ajusta al PCG en cuanto al plazo de entrega y condiciones de pago, y que asciende a pesos un millón doscientos noventa y nueve mil novecientos ochenta y uno con 50/100 ($ 1.299.981,50). Asimismo, el proveedor incluye, para el caso de resultar adjudicado, la solicitud del adelanto del 30% (treinta por ciento) a que hace referencia la cláusula 13 del Pliego de Condiciones Particulares.
Conforme lo dispuesto en el art. 61 Decreto Ley 23.354/56 reglamentado por el inc. 33 y 34 del Decreto 5720/72, constituyó garantía de su oferta con póliza de seguro de caución Nº 57.218 de Fianzas y Créditos S.A. Compañía de Seguros hasta la suma de $ 65.000,00 (pesos sesenta y cinco mil), reservándose el original en la caja fuerte del Consejo y obrando su copia a fs. 309/312.
A fs. 313 se acompaña la Declaración Jurada donde se manifiesta que toda la información adjunta a la oferta resulta veraz.
A fs. 317 manifiesta que el plazo de mantenimiento de la oferta se ajusta a lo requerido por el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios, en su cláusula 15.
A fs. 318 se acompaña constancia de adquisición del pliego.
A fs. 321/3 el oferente agrega sus remitos Nº 0001-00002950/1/2 que acreditan la entrega de muestras con fecha 15/09/06.
De fs. 324 surge el certificado de visita correspondiente.
De fs. 392 surge el domicilio fijado en la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 390 y 400/404 surgen diversas notas de referencias comerciales y/o bancarias.
A fs. 391 se verifica el cumplimiento del Decreto (GCABA) 737/97 y de la declaración jurada referida a juicios pendientes con el CMCABA.
A fs. 378/9 y 408 se agregan los últimos Estados Contables de la firma, al 31/12/05, y copia del acta de Asamblea aprobatoria de dichos estados, respectivamente. Dicha acta contiene además, la última designación de autoridades
De la mencionada foja 408 y de fs. 413/419 surgen los instrumentos que otorgan poder al firmante.
De fs. 409/410 surge la constancia de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Convenio Multilateral).
A fs. 411 luce la constancia de inscripción ante la AFIP.
A fs. 412 presenta copia del Certificado para Contratar 020 Nº 0281214 emitido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura.
De fs. 413/9 surge copia del Contrato Societario y su constancia de Inscripción ante la Inspección General de Justicia.
A fs. 794/797 se encuentra agregado el Certificado emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos Nº 11255, vigente a la fecha de la apertura de ofertas.
A fs. 812/3puede apreciarse la nota enviada por esta Comisión al oferente, en la que se le solicita el cumplimiento de puntos no cubiertos en su presentación.
De fs. 834/835 surge la respuesta girada por el R.U.P.P. de la que surge que la firma se encuentra inscripta en ese registro, pero contando con documentación desactualizada. Dicha documentación se encuentra cubierta por la presentada en el presente expediente.
De fs. 842 surge la aclaración vinculada al período de garantía ofrecido para los productos, el cual es de un (1) año a partir de la entrega de éstos.
A fs. 848 presenta fotocopia de solicitud del Certificado Fiscal para Contratar, presentado ante la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires con fecha 22/09/06.
De fs. 849/864, surge la documentación agregada por el oferente, cumplimentando lo previsto en el punto 9.3 del PCP, referida a I.V.A., Impuesto sobre los ingresos Brutos e Impuesto a las Ganancias.
A fs. 962 se agrega nota enviada al oferente para la aclaración de puntos que se desprenden del informe técnico aclaratorio de fs. 956/961. La respuesta a dicho requerimiento obra a fs. 977/983.
Finalmente, el análisis de la capacidad económico financiera del oferente, cuyo resumen puede apreciarse en el Anexo I que se adjunta y forma parte de este dictamen, no merece observaciones por parte de esta Comisión. En idéntica línea se encuentran los informes comerciales y/o bancarios acompañados con la oferta.
Este oferente incumple en su presentación con los siguientes puntos exigidos en el PBCG y/o en el PCP:
· Certificado Fiscal para Contratar, emitido por la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires: el oferente no acompaña el mismo en su presentación original. Con posterioridad y a pedido de esta comisión, la empresa presentó una solicitud de dicho certificado presentada ante DGR-GCABA el 22/09/06, es decir con posterioridad al momento de la apertura de sobres llevada a cabo el 18/09/06.
Por lo expuesto, esta Comisión estima que la presente oferta no reúne condiciones suficientes de elegibilidad por lo que la misma debe ser considerada oferta no admisible.
3. CONTRACT RENT S.A.:
Número de CUIT: 30-69115033-6
A fs. 426/7presenta la propuesta económica que asciende a pesos un millón trescientos ochenta y tres mil ochocientos setenta y cinco con 85/100 ($ 1.383.875,85). No obstante, al recalcular cantidades por precios unitarios, surge una pequeña diferencia de pesos dos con 99/100 ($ 2,99), que coloca la oferta total en pesos un millón trescientos ochenta y tres mil ochocientos setenta y ocho con 84/100 ($ 1.383.878,84). En virtud de lo normado por el inciso 68 del Decreto 5720/72 reglamentario del art. 61 del Decreto Ley 23354/56, se considerará como valores cotizados los precios unitarios, y como total de la oferta, el último indicado.
En la misma oferta, el proveedor manifiesta que el plazo de entrega será de 50 días e incluye, para el caso de resultar adjudicado, la solicitud de un adelanto del 20% (veinte por ciento) que se encuadra dentro de lo previsto en la cláusula 13 del Pliego de Condiciones Particulares.
Conforme lo dispuesto en el art. 61 Decreto Ley 23.354/56 reglamentado por el inc. 33 y 34 del Decreto 5720/72, constituyó garantía de su oferta mediante póliza de seguro de caución Nº 543.630 de Chubb Argentina de Seguros S.A. hasta la suma de $ 8.281,60 (pesos treinta y siete mil), reservándose el original en la caja fuerte del Consejo y obrando su copia a fs. 486.
Con fecha 22/09/06 (fs. 792/793), la firma efectuó una presentación adicional en la que desarrolla una explicación acerca del error en el que incurriera con respecto al monto de la garantía, acompaña una nota de la firma Chubb Argentina de Seguros S.A. y adjunta una nueva póliza (fs.787/791) con el mismo número y de la misma aseguradora que la anterior, cuya cobertura alcanza a pesos sesenta y nueve mil ciento noventa y tres con 79/100 ($ 69.193,79).
Dicho monto cubre, aunque de manera extemporánea, el 5% del total de la oferta presentada. No obstante, como ya se dijo más arriba, fue necesario efectuar el recálculo de la misma en base a los precios unitarios, lo que lleva a que la garantía sea aún insuficiente en pesos cero con quince centavos ($ 0,15). En este caso esta comisión entiende que no es de aplicación lo previsto en el inciso 66 del Decreto Nº 5.720/PEN/72, reglamentario del artículo 61 del Decreto Ley Nº 23.354/56, por no haber sido incluida la garantía en la presentación original.
A fs. 427 manifiesta que el plazo de mantenimiento de la oferta es de 30 (treinta) días, no haciendo mención a que dicho plazo sea renovable o prorrogable.
A fs. 428 se acompaña constancia de adquisición del pliego.
A fs. 472/4 lucen los instrumentos que otorgan poder a los firmantes, coincidentes con lo que surge del Anexo del certificado de habilitación de oferta emitido por el RUPP (fs. 484).
A fs. 475/6 se verifica el cumplimiento de la declaración jurada referida a juicios pendientes con el CMCABA., y del Decreto (GCABA) 737/97, respectivamente.
A fs. 477 presenta copia del Certificado para Contratar 023 Nº 108394, emitido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura.
A fs. 478/481 obra Certificado Fiscal para Contratar Nº 2179 emitido por la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires, que se encuentra vencido en Noviembre de 2005, y copia de la solicitud para una nueva certificación, presentada con fecha 12/09/06. La presentación incluye una nota explicativa.
De esas mismas fojas surge el domicilio fijado en la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 483/4 obra el certificado de habilitación de presentación de oferta Nº 70960 del RUP a la fecha de la apertura y su correspondiente Anexo. Del mismo surge que se encuentra vigente el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos; no así los certificados fiscales que emiten la AFIP y la DGR-GCBA.
A fs. 485 se acompaña la Declaración Jurada donde se manifiesta que toda la información adjunta a la oferta resulta veraz.
A fs. 491/3 y 530/3 surgen diversas notas de referencias comerciales y/o bancarias.
A fs. 494/516 se agregan los últimos Estados Contables de la firma, al 31/10/05, y copia del acta de Asamblea aprobatoria de dichos estados.
A fs. 517 luce la constancia de inscripción ante la AFIP.
De fs. 518/521, 522/3 y 526/529, surge la documentación requerida en el punto 9.3 del PCP, referida a I.V.A., Impuesto a las Ganancias e Impuesto sobre los ingresos Brutos.
A fs. 534/5 el oferente agrega remitos que acreditan la entrega de muestras con fecha 15/09/06.
De fs. 536 surge el certificado de visita correspondiente.
A fs. 814/5 puede apreciarse la nota enviada por esta Comisión al oferente, en la que se le solicita el cumplimiento de puntos no cubiertos en su presentación.
A fs. 890/1 obra nota de la oferente adjuntando reclamo efectuado ante la D.G.R.-C.A.B.A. para la obtención del Certificado Fiscal para contratar solicitado con fecha 12/09/06.
De fs. 895 surge la aclaración vinculada al período de garantía ofrecido para los productos, el cual es de trescientos sesenta y cinco (365) días a partir de la entrega de éstos.
A fs. 898 luce nota del oferente en la que aclara que el plazo de mantenimiento de oferta incluido en su presentación, podrá prorrogarse por otro igual (ver fs.427).
A fs. 951 se agrega el Certificado Fiscal para contratar Nº 4408 emitido por la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires con fecha 09/10/06. El mismo fue remitido por la firma de manera extemporánea.
A fs. 953/955 se incluye una presentación efectuada por el oferente con fecha 11/10/06 en la que básicamente, declara bajo juramento que su (...) propuesta cumple fielmente con los requerimientos estipulados en el pliego de especificaciones técnicas.
A fs. 963 se agrega nota enviada al oferente para la aclaración de puntos que se desprenden del informe técnico aclaratorio de fs. 956/961. La respuesta a dicho requerimiento obra a fs. 972.
Finalmente, el análisis de la capacidad económico financiera del oferente, cuyo resumen puede apreciarse en el Anexo I que se adjunta y forma parte de este dictamen, no merece observaciones por parte de esta Comisión. En idéntica línea se encuentran los informes comerciales y/o bancarios acompañados con la oferta.
Este oferente incumple en su presentación con los siguientes puntos exigidos en el PBCG y/o en el PCP:
· La constitución de la garantía de oferta (ver tercer párrafo de este mismo apartado 3).
· Certificado Fiscal para Contratar, emitido por la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires: El oferente acompaña en su presentación original, una solicitud del certificado presentada ante DGR-GCABA el 12/09/06. Con fecha 10/10/06, a pedido de esta Comisión y ya vencidos los plazos otorgados, presenta el Certificado Fiscal Nº 4408 emitido el 09/10/06, es decir con posterioridad al momento de la apertura de sobres llevada a cabo el 18/09/06.
Por lo expuesto, esta Comisión estima que la presente oferta no reúne condiciones suficientes de elegibilidad por lo que la misma debe ser considerada oferta no admisible.
4. KHREARTS de Ricardo Oscar KUNTZ:
Número de CUIT: 20-17589088-3
A fs. 544/5presenta la propuesta económica, exclusivamente para el renglón 2, que asciende a pesos doscientos veinticinco mil cuatrocientos ochenta ($ 225.480,00). No obstante, al recalcular cantidades por precios unitarios, surge una diferencia de pesos cincuenta ($ 50,00), que coloca la oferta total en pesos doscientos veinticinco mil cuatrocientos treinta ($ 225.430,00). En virtud de lo normado por el inciso 68 del Decreto 5720/72 reglamentario del art. 61 del Decreto Ley 23354/56, se considerará como valores cotizados los precios unitarios, y como total de la oferta, el último indicado.
El oferente incluye una variante optativa para el subrenglón 2.H.7. que reduce el total de la oferta a pesos doscientos veintiún mil seiscientos cinco ($ 221.605,00).
El proveedor manifiesta que el plazo de entrega será de acuerdo a pliego e incluye, para el caso de resultar adjudicado, la solicitud de un adelanto del 30% (treinta por ciento) que se encuadra dentro de lo previsto en la cláusula 13 del Pliego de Condiciones Particulares.
Conforme lo dispuesto en el art. 61 Decreto Ley 23.354/56 reglamentado por el inc. 33 y 34 del Decreto 5720/72, constituyó garantía de su oferta mediante póliza de seguro de caución Nº 1.575.256 de La Mercantil Andina S.A. hasta la suma de $ 12.500,00 (pesos doce mil quinientos), reservándose el original en la caja fuerte del Consejo y obrando su copia a fs. 546/7.
De fs. 544 surge el domicilio fijado en la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 545 manifiesta que el plazo de mantenimiento de la oferta es de 30 (treinta) días, no haciendo mención a que dicho plazo sea renovable o prorrogable. Asimismo, ofrece una garantía de un (1) año para los productos incluidos en su oferta.
A fs. 548 se acompaña la Declaración Jurada donde se manifiesta que toda la información adjunta a la oferta resulta veraz.
A fs. 549 se verifica el cumplimiento de la declaración jurada referida a juicios pendientes con el CMCABA. y del Decreto (GCABA) 737/97, respectivamente.
A fs. 552 obra el certificado de habilitación de presentación de oferta Nº 71073 del RUP. Del mismo surge que se encuentran vigentes el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos y el certificado fiscal para contratar emitido por la AFIP.
A fs. 554 obra Certificado para Contratar emitido por la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires Nº 3362, vigente a la fecha de la apertura de ofertas.
A fs. 556 luce la constancia de inscripción ante la AFIP.
De fs. 560/1, surge la documentación requerida en el punto 9.3 del PCP, referida al Impuesto sobre los ingresos Brutos. A fs. 557, la información vinculada al impuesto a las ganancias se halla incompleta. No incluye información correspondiente al Impuesto al Valor Agregado.
A fs. 558 el presentante agrega el F762/A, Declaración Jurada correspondiente al Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al año 2005 aunque de manera incompleta.
De fs. 541 surge el certificado de visita correspondiente.
A fs. 543 el oferente agrega su remito Nº 0001-00000344, que acredita la entrega de muestras con fecha 13/09/06.
A fs. 816/7 puede apreciarse la nota enviada por esta Comisión al oferente, en la que se le solicita el cumplimiento de puntos no cubiertos en su presentación.
A fs. 901 luce nota del oferente en la que aclara que el plazo de mantenimiento de oferta incluido en su presentación, podrá prorrogarse por otro igual.
A fs. 905/906 se agrega fotocopia de la constancia de adquisición del pliego.
A fs. 907 obra fotocopia del DNI Nº 17.589.088 perteneciente al titular de la firma oferente, Sr. Ricardo O. Kuntz, quien también es el firmante de la presentación.
De fs. 910, surge la documentación requerida en el punto 9.3 del PCP, referida al I.V.A.
De fs. 911/912, surge la documentación requerida en el punto 9.3 del PCP, referida al Impuesto a las Ganancias.
Con respecto a la Declaración Jurada (F762/A) correspondiente al Impuesto sobre los Bienes Personales, la presentación efectuada por el oferente a fs. 913/914 es inconsistente, dado que el Nº verificador del acuse de recibo no coincide con el del formulario. No obstante, tal circunstancia no será considerada a los efectos de la admisibilidad de la oferta, puesto que dicha Declaración Jurada no era exigida en los pliegos sino que se requiere para evaluar la situación económica y financiera del proveedor, existiendo otros elementos de juicio suficientes.
A fs. 908/909, se agrega un detalle de bienes del titular al 31/08/05 con su correspondiente certificación de Contador Público.
A fs. 915/917, obran 3 (tres) informes comerciales remitidos por el oferente que se agregan a los presentados originalmente y que se hallan a fs. 542 y 550/1.
A fs. 964 se agrega nota enviada al oferente para la aclaración de puntos que se desprenden del informe técnico aclaratorio de fs. 956/961. La respuesta a dicho requerimiento obra a fs. 976.
Del Anexo I que se adjunta y forma parte de este dictamen, surge de manera explícita que la situación económico financiera y el volumen operativo de este oferente, arrojan dudas acerca de la capacidad del mismo para afrontar la presente contratación. De igual forma, es difícil aseverar que esta firma, que solicita se le otorgue un anticipo de pesos sesenta y siete mil seiscientos cuarenta y cuatro ($ 67.644,00), se halle en condiciones de constituir la contragarantía correspondiente a dicho adelanto, de manera conjunta con la garantía de adjudicación que ascendería a pesos treinta y tres mil ochocientos veintidós ($ 33.822,00). No obstante, esta Comisión entiende que dicha circunstancia no es motivo suficiente para declarar la inadmisibilidad de la oferta aunque deberán tomarse los recaudos previos necesarios en caso de resultar este proveedor el adjudicatario del renglón 2.
De acuerdo al análisis efectuado y con las limitaciones manifestadas en el párrafo anterior, esta Comisión estima que la presente debe ser consideradaoferta admisible, exclusivamente respecto del renglón 2.
5. ROLIC S.A.
Número de CUIT: 30-50553837-0
A fs. 621 presenta la propuesta económica, exclusivamente para el renglón 2, que asciende a pesos doscientos cuarenta y un mil seiscientos diez ($ 241.610,00) y que incluye una alternativa para uno de sus subrenglones que llevaría el total a pesos doscientos treinta y tres mil seiscientos noventa ($ 233.690,00). El proveedor no hace mención alguna a la solicitud del adelanto del 30% (treinta por ciento) a que hace referencia la cláusula 13 del Pliego de Condiciones Particulares.
Conforme lo dispuesto en el art. 61 Decreto Ley 23.354/56 reglamentado por el inc. 33 y 34 del Decreto 5720/72, constituyó garantía de su oferta con póliza de seguro de caución Nº 14.560 de Provincia Seguros S.A. hasta la suma de $ 13.000,00 (pesos trece mil), reservándose el original en la caja fuerte del Consejo y obrando su copia a fs. 622.
A fs. 621 manifiesta que el plazo de mantenimiento de la oferta se ajusta a lo requerido por el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios, en su cláusula 15. Asimismo, ofrece una garantía de veinticuatro (24) meses para los productos incluidos en su oferta.
A fs. 649 se acompaña constancia de adquisición del pliego.
A fs. 623 el oferente agrega sus remitos Nº 0001-00042387 y 42424 que acreditan la entrega de muestras con fecha 14/09/06.
De fs. 689 surge el certificado de visita correspondiente.
De fs. 635 surge el domicilio fijado en la Ciudad de Buenos Aires.
A fs. 631 y 633 se verifica el cumplimiento del Decreto (GCABA) 737/97 y de la declaración jurada referida a juicios pendientes con el CMCABA, respectivamente.
A fs. 728/765 se agregan los Estados Contables de la firma, al 31/12/03, 31/12/04 y 31/12/05.
A fs. 618/9 obra la constancia de inscripción de la firma ante el R.U.P.P.
A fs. 619 y 722/724 lucen los instrumentos que otorgan poder al firmante.
A fs. 640 se agrega un certificado, a modo de referencia comercial, emitido por la Procuración General de la Nación en Octubre de 2003.
De fs. 767 surge la constancia de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Convenio Multilateral).
A fs. 766 luce la constancia de inscripción ante la AFIP.
A fs. 771 presenta copia del Certificado para Contratar 021 Nº 0161697 emitido por la AFIP, vigente a la fecha de apertura.
De fs. 703/721 surgen copias del Contrato Societario y de escrituras de transformación social y aumento de capital; todas acompañadas de sus constancias de inscripción ante la Inspección General de Justicia.
De fs. 769, surge la documentación requerida en el punto 9.3 del PCP, referida a Impuesto sobre los ingresos Brutos.
A fs. 770 se presenta el Certificado Nº 11088, emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, vigente a la fecha de la apertura.
A fs. 818/9 puede apreciarse la nota enviada por esta Comisión al oferente, en la que se le solicita el cumplimiento de puntos no cubiertos en su presentación.
A fs. 920 el oferente agrega la declaración jurada manifestando que toda su presentación es veraz.
De fs. 922/926, surge la documentación requerida en el punto 9.3 del PCP, referida al Impuesto a las Ganancias.
A fs. 927/929, luce la documentación requerida en el punto 9.3 del PCP, referida al I.V.A.
A fs. 930/931, obran 2 (dos) informes bancarios agregados por el oferente.
A fs. 932 presenta fotocopia de solicitud del Certificado Fiscal para Contratar, presentado ante la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires con fecha 02/10/06.
De fs. 933/937 surge copia autenticada del acta de Asamblea General Ordinaria aprobatoria de los Estados Contables al 31/12/05
A fs. 965 se agrega nota enviada al oferente para la aclaración de puntos que se desprenden del informe técnico aclaratorio de fs. 956/961. La respuesta a dicho requerimiento obra a fs. 969.
Finalmente, el análisis de la capacidad económico financiera del oferente, cuyo resumen puede apreciarse en el Anexo I que se adjunta y forma parte de este dictamen, no merece observaciones por parte de esta Comisión. En idéntica línea se encuentran los informes comerciales y/o bancarios acompañados con la oferta.
:: Licitacion Pública Nº003/2006: Anexo I
Este oferente incumple en su presentación con los siguientes puntos exigidos en el PBCG y/o en el PCP:
· Certificado Fiscal para Contratar, emitido por la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires: el oferente acompaña, a pedido de esta Comisión, solicitud de dicho certificado presentada ante DGR-GCABA el 02/10/06, es decir con posterioridad al momento de la apertura de sobres llevada a cabo el 18/09/06
· Acta de Asamblea de fs. 933/937: su presentación fue efectuada en forma extemporánea.
Por lo expuesto, esta Comisión estima que la presente oferta no reúne condiciones suficientes de elegibilidad por lo que la misma debe ser considerada oferta no admisible.
CONCLUSION
Del análisis practicado sobre la documentación contenida en los sobres presentados en esta Licitación Pública, la información complementaria presentada por los oferentes y el informe técnico respectivo, resulta que las firmas SIRO CONTE de Leandro J. CONTE, TRAZZO S.A., CONTRACT RENT S.A. y ROLIC S.A. han presentado ofertas que por no reunir condiciones suficientes deben ser consideradas no admisibles.
Entre tanto, la firma KRHEARTS de Ricardo O. KUNTZ ha presentado una oferta admisible, ofertando exclusivamente para el renglón 2.
El renglón 1 no cuenta con ofertas admisibles.
Para una mejor comprensión, como Anexo II y formando parte del presente Dictamen, se agrega un Cuadro Informativo de Ofertas Presentadas en el que se detallan los aspectos más salientes de las mismas y su calificación en esta instancia.
:: Licitacion Pública Nº003/2006: Anexo II
En virtud de todo lo hasta aquí expuesto, esta Comisión de Preadjudicaciones entiende que corresponde DECLARAR DESIERTO el RENGLON 1 por no haberse presentado ofertas admisibles para su adjudicación.
Paralelamente, esta Comisión opina que corresponde PREADJUDICAR el RENGLON 2 a la firma KRHEARTS DE RICARDO O. KUNTZ por la suma total de pesos doscientos veinticinco mil cuatrocientos treinta ($ 225.430,00), de acuerdo al siguiente detalle:
Plazo de mantenimiento de la oferta: 30 días, prorrogable por otros 30; anticipo solicitado: 30%; plazo de entrega: según pliego; pago del saldo: según pliego; garantía de productos: un año.
NOTA: en función de lo ya señalado en el apartado 4), in fine, previo a la adjudicación y/o contratación de este Proveedor, deberá obtenerse del mismo la certeza de que se encontrará en condiciones de respaldar la garantía de adjudicación y la contragarantía del anticipo solicitado
Federico Carballo Adrián H. Costantino Teresa De Filpo