Buenos Aires, 30 de agosto de 2012
VISTO:
El Expediente SCA Nº 326/12-0 s/ Ascensores y Montante Sanitaria en Libertad 1042; y
CONSIDERANDO:
Que el objeto de la obra cuya ejecución se propicia es el desmontaje y desguace de los ascensores de Libertad 1042, la instalación de dos nuevos ascensores, y el desmonte, demolición y rearmado de la montante sanitaria, que resulta esencial para la normal prestación del servicio de justicia en dicha sede (fs. 33).
Que el Departamento de Asistencia Técnica y Coordinación Administrativa informó que inicialmente se proyectó la obra en el Expediente DCC Nº 169/12, en el cual se hicieron observaciones y luego se propició la intervención del Departamento Técnico de Obras Menores, para armonizar los pliegos con el replanteo del proyecto original.
Que con el propósito de economizar recursos y acelerar los tiempos de ejecución sin descuidar el normal funcionamiento de la sede, se proyectó la contratación bajo la modalidad especial de contratación prevista en el art. 22 inc. b) 3 de la ley 31, que fue exitosamente utilizada para las readecuaciones de Beruti 3345 y Tacuarí 124, que tramitaron en los Expedientes Nº 226/11 y 216/12.
Que la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores adhirió a las conclusiones y propuestas reseñadas precedentemente, estimó el presupuesto en la suma de Pesos Dos Millones Doscientos Mil ($ 2.200.000), estableciendo el plazo de ejecución en 190 días corridos y elevó el trámite a la Oficina de Administración y Financiera.
Que en la reunión de la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones (CAFITIT) realizada el 13 de agosto del año en curso, el Administrador General informó que esta obra fue prevista en el plan de compras del presente ejercicio, que existen antiguos reclamos de los magistrados que prestan funciones en el edificio de Libertad 1042 respecto de las deficientes condiciones de las instalaciones sanitarias, y que a pesar de las reparaciones realizadas, su solución definitiva depende de la obra bajo análisis.
Que la CAFITIT solicitó a la Dirección de Programación y Administración Contable la afectación presupuestaria preventiva, que fue instrumentada mediante la constancia nro. 476/08-2012 y dispuso la intervención del servicio de asesoramiento jurídico permanente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dictaminó respecto de la viabilidad de aplicar el trámite del art. 22 inc. b) 3 por razones de oportunidad, mérito y conveniencia: “puede proseguirse con las presentes actuaciones utilizando el sistema de “libre elección” previsto en el art. 22 inc. b) punto 3 de la Ley 31, en atención a la oportunidad, mérito y conveniencia de la obra que se propone, debiendo contar con un quórum de siete (7) miembros y una mayoría especial de dos tercios del total de sus componentes para la aprobación del negocio jurídico a realizarse.”
Que a propuesta de la CAFITIT el Plenario aprobó la modalidad prevista en el artículo 22 inc. b) 3 de la Ley Nº 31, para la obra de desmontaje y desguace de los ascensores de Libertad 1042, la instalación de dos nuevos ascensores, y el desmonte, demolición y rearmado de la montante sanitaria (Res. CM Nº 430/2012).
Que en tal estado llega el expediente a la Comisión de Administración Financiera Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones.
Que el Plenario ya se expidió sobre la necesidad de la contratación al autorizar el procedimiento especial del art. 22 inc. b) 3 de la ley 31, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia. Corresponde ahora impulsar el trámite de la contratación con celeridad, sin descuidar la transparencia, la publicidad y el control de los actos que en su transcurso se dicten, estableciendo el marco normativo aplicable, el cronograma de acciones y aprobando los pliegos.
Que el presupuesto oficial de la contratación es Pesos Dos Millones Doscientos Mil ($ 2.200.000), y el plazo de ejecución en 190 días corridos.
Que sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas que hayan recibido los pliegos por invitación directa del Consejo de la Magistratura.
Que ante la falta de reglamento para este procedimiento especial de contratación, corresponde establecer áreas que intervendrán y el modo en que lo harán para evitar demoras en la adjudicación de la obra
Que resulta conveniente que el Director General de Control de Gestión y Auditoría Interna presencie el acto de apertura de ofertas, para realizar el control concomitante del proceso. A tal efecto, se lo deberá notificar con una antelación no menor a tres (3) días de la fecha de apertura.
Que la presente resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día, con cinco (5) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas.
Que de la misma manera, deberá anunciarse el llamado a contratación en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones ubicada en Leandro N. Alem 684 1º piso de ésta Ciudad y en la página de internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar).
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria, y la Resolución CM Nº 344/2005,
Artículo 1°: Autorizar el llamado de la contratación para el desmontaje y desguase de los ascensores de Libertad 1042, la instalación de dos nuevos ascensores, y el desmonte, demolición y rearmado de la montante sanitaria, con un presupuesto oficial de Pesos Dos Millones Doscientos Mil ($ 2.200.000.-), IVA incluido.
Artículo 2°: Aprobar el Cronograma respectivo, el Pliego Básico de Condiciones y el Pliego de Especificaciones Técnicas para la contratación aprobada en el Artículo 1º que como Anexos I, II y III integran la presente Resolución.
Artículo 3º: Aprobar los planos obrantes a fs. 57/58 que forman parte del Pliego de Especificaciones Técnicas.
Artículo 4°: Los Pliegos necesarios para presentar la oferta podrán ser retirados de lunes a viernes de 11:00 hs. a 17:00 hs. en la Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Av. Leandro N. Alem 684 1º piso – Frente – de esta Ciudad.
Artículo 5°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que remita invitaciones por correo electrónico a cinco (5) empresas del rubro que serán informadas por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores a más tardar el día 31 de agosto de 2012.
Artículo 6°: Establecer el día 27 de septiembre de 2012, a las 12:00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas.
Artículo 7º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el anuncio en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial.
Artículo 8º: La Dirección de Compras y Contrataciones designará a dos miembros titulares y dos suplentes, junto al responsable del Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones que participarán en la Comisión de Evaluación de Ofertas y asistirán al acto de apertura pública de ofertas.
Artículo 9º: El informe técnico de las ofertas será realizado por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores dentro del término de dos días de recibidas.
Artículo 10: La Comisión Evaluadora de Ofertas emite su dictamen dentro del tercer día de recibidas las actuaciones en estado de resolver, lo comunica a todos los oferentes, lo anuncia en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones por un día, y lo remite a la Dirección General de Asuntos Jurídicos que deberá expedirse en dos días y elevarlo a la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones para su correspondiente dictamen.
Artículo 11°: Delegar en el Administrador General la facultad de evacuar las consulta que los eventuales oferentes realicen por escrito.
Artículo 12º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un (1) día, con cinco (5) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, anúnciese en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones (Av. Leandro N. Alem 684 – 1º piso) y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Secretaría de Innovación, a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, a la Dirección General de Infraestructura y Obras y a la Dirección de Compras y Contrataciones, al Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.
ANEXO I - Cronograma -
El Expediente SCA Nº 326/12-0 s/ Ascensores y Montante Sanitaria en Libertad 1042.
Objeto: Obra de Ascensores y montante sanitaria para el edificio de Libertad 1042.
Visitas al inmueble: Se podrá visitar el inmueble a partir del día 3 de Septiembre y hasta el día 7 de Septiembre, de 9:00 hs a 17:00 hs., previo aviso a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, sita en Tacuarí 138 PB, de esta Ciudad; o al teléfono 4014-6800.
Consultas: Se podrán efectuar consultas, por escrito en el horario de 8:00 a 18:00 hs., dirigidas a la Oficina de Administración y Financiera, por ante la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, sita en Av. Leandro N. Alem 684, entrepiso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 17 de Septiembre de 2012.
Presentación de las Ofertas: Se aceptarán ofertas, hasta las 12:00 hs. del día 27 de Septiembre de 2012, en la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura, sita en Av. Leandro N. Alem 684, Entrepiso contrafrente, de esta Ciudad.
Fecha y Lugar de Apertura: 27 de Septiembre de 2012, a las 12:00 hs., en la sede de este Consejo, Av. Leandro N. Alem 684, Piso 7º Frente, Ciudad de Buenos Aires.
Anexo II
INDICE DE PLIEGO BÁSICO DE CONDICIONES
OBRA: ASCENSORES Y MONTANTE SANITARIA EN LIBERTAD 1042
1. GENERALIDADES
2. TERMINOLOGÍA
3. MARCO NORMATIVO
4. OBJETO
5. PRESUPUESTO OFICIAL
6. PLAZO DE EJECUCIÓN
7. CONSULTA DE PLIEGO
8. CONOCIMIENTO DE ANTECEDENTES
9. ENTREGA DE PLIEGOS
10. CONSULTAS Y ACLARACIONES
11. CONFORMIDAD CON LA DOCUMENTACIÓN
12. ORDEN DE PRELACIÓN
13. OFERENTES
14. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
15. APERTURA DE LAS OFERTAS
16. CERTIFICADO DE VISITA
17. MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA
18. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
19. RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN Y MONEDA DE COTIZACIÓN
20. CAUSALES DE DESESTIMACIÓN DE LA OFERTA
21. GARANTÍA DE LA OFERTA
22. DESISTIMIENTO DE LA OFERTA
23. ANTICIPO FINANCIERO
24. AMPLIACIÓN DE INFORMES
25. EVALUACIÓN DE LA OFERTA
26. DICTAMEN DE EVALUACIÓN
27. DE LA ADJUDICACIÓN
28. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA
29. GARANTÍA DE LA ADJUDICACIÓN
30. FIRMA DE LA CONTRATA. PLAN DE TRABAJO DEFINITIVO
31. OTROS CONTRATISTAS
32. SUBCONTRATOS DISPUESTOS POR EL CONSEJO.
33. CAMBIO DE DOMICILIO
34. DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO
35. DOCUMENTOS INCORPORADOS
36. TRÁMITES
37. ORDEN DE EJECUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA OBRA
38. CUMPLIMIENTO DE REGIMENES LEGALES
39. INSPECCIÓN
40. PROFESIONAL RESPONSABLE Y REPRESENTANTE DE OBRA
41. LIBRO DE NOTAS DE PEDIDO
42. LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO
43. LIBRO DE PARTES DIARIOS
44. CARTEL DE OBRA
45. INTERPRETACIÓN DE PLANOS Y ESPECIFICACIONES
46. REPLANTEO DE LAS OBRAS
47. CONTROL DE TRABAJOS
48. MODIFICACIONES DE OBRA
49. PRECIOS NUEVOS
50. REAJUSTE DE GARANTÍA
51. TRABAJOS Y PROVISIONES A CARGO DEL CONTRATISTA
52. TRABAJOS CERCA O SOBRE INSTALACIONES EN SERVICIO
53. DEPOSITO DE LOS MATERIALES EN OBRA
54. VIGILANCIA DE LA OBRA
55. ENERGÍA ELÉCTRICA
56. ALUMBRADO
57. CERRAMIENTO
58. LIMPIEZA DE OBRA
59. ENSAYOS DE MATERIALES Y/O EQUIPOS
60. CALIDAD DE LOS MATERIALES Y TRABAJOS
61. VICIOS DE LOS MATERIALES Y OBRAS
62. EXISTENCIA DE MATERIALES
63. CALIDAD DE LOS EQUIPOS
64. TRABAJOS RECHAZADOS
65. PERSONAL. SALARIOS
66. HORARIO DE TRABAJO
67. TRABAJO EN HORAS EXTRAS
68. IDONEIDAD
69. SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
70. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
71. REGISTRO FOTOGRÁFICO
72. ASUNCIÓN DEL CASO FORTUITO
73. RESPONSABILIDAD
74. INCUMPLIMIENTOS
75. SANCIONES
76. RESCISIÓN
77. TOMA DE POSESIÓN DE LA OBRA
78. INVENTARIO
79. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
80. GASTOS IMPRODUCTIVOS
81. CÓDIGO CIVIL
82. CERTIFICACIÓN
83. RECEPCIÓN PROVISORIA
84. RECEPCIÓN DEFINITIVA
85. PLAZO DE GARANTÍA
86. DESOCUPACIÓN DEL INMUEBLE
87. MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE UN EVENTUAL INCENDIO
88. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
89. LAGUNAS
90. COMPETENCIA JUDICIAL
PLIEGO BÁSICO DE CONDICIONES
1. GENERALIDADES
El presente Pliego Básico de Condiciones, en adelante PBC, tiene por objeto definir los derechos y obligaciones de las partes en la relación contractual.
2. TERMINOLOGÍA
PBC: Pliego Básico de Condiciones
PET: Pliego de Especificaciones Técnicas
Comitente/Consejo: Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Contratista: Adjudicatario después que ha firmado la Contrata.
Inspección de Obra: Representante del Comitente que verifica/aprueba la correcta provisión de materiales y equipos, la ejecución de los trabajos y la prestación de los servicios contratados con el Contratista y ante quien debe dirigirse éste por cualquier tramitación relacionada con las obras.
3. MARCO NORMATIVO
Todo cuanto no esté previsto en el presente pliego será resuelto de acuerdo con las disposiciones de las siguientes normas, sus modificatorias y complementarias aplicables: Ordenanza 43.311 del 19/01/89, Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y sus modificatorias, decreto reglamentario 1724/93 (Publicada en el B.O. el 23/08/93), Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del Art. 61° del Decreto Ley N° 23.354/56, adoptado por la Ordenanza N° 31.655 (B.M. 15.193), y sus modificatorios, 825/PEN/88, 826/PEN788 827/PEN/88, Ordenanza N° 35.718 (B.M. 16.264), Decretos Nº 6.927/80 (B.M. 16.414), Nº 1.711/94 (F. M. 19.868), 737/97 (BOCBA N° 227), 977/GCBA/97 (BOCBA N° 266), la Ley 590 con las modificaciones de la Ley Nro. 595, la Ley Nro. 269 (BOCBA 852 del 5/1/2000) y su modificatoria Ley Nro. 510 (BOCBA 1073 del 20/11/2000), el Decreto 1510/97 de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 310), Res. AFIP Nro. 135/98 y su modificatoria Res. AFIP 370/99, Ordenanza Nº 33.440 (B.M. 15.493), Resolución General DGI Nro. 4052 /95 y sus modificatorias, Ley 22.250, Ley 25.345, Ley 24.557 y su reglamentario Decreto 911/96, resoluciones Nros. 231/96, 51/97, 35/98 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Decreto 225/96 y los principios generales del Derecho Administrativo.
La mención precedente no es taxativa y no implica orden de prelación de las normas.
4. OBJETO
La presente obra tiene por objeto el desmontaje y desguase de ascensores existentes, la provisión e instalación de dos (2) ascensores nuevos y el desmonte, demolición y rearmado de la montante sanitaria a la derecha de los ascensores en el inmueble sito en la calle Libertad N° 1042 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprendiendo todos los trabajos descriptos en planilla de cotización bajo los ítems de trabajos generales, carpinterías, obra gruesa, instalaciones, terminaciones, protecciones y demolición, como así también la asistencia técnica (mantenimiento y conservación) incluidas en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
5. PRESUPUESTO OFICIAL
El Presupuesto Oficial asciende a la suma de Pesos Dos Millones doscientos mil ($2.200.000.-).
6. PLAZO DE EJECUCIÓN
Se estipula un plazo de obra de ciento noventa (190) días corridos contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio. El contratista realizará totalmente los trabajos dentro del plazo estipulado y las prórrogas que hubieren sido otorgadas, de acuerdo con el último reajuste del plan de trabajo definitivo.
Todo plazo de ejecución se entiende contado a partir de la fecha de la recepción de la Orden de ejecución o del acta de iniciación de los trabajos, según corresponda. El contratista será responsable de toda demora en la ejecución de las obras, quien deberá probar la existencia de caso fortuito, fuerza mayor o culpa del comitente.
A pedido del contratista y por causas debidamente justificadas podrán acordarse prórrogas de plazo. El pedido deberá ser presentado dentro de los cinco (5) días de producido el hecho en que se funda.
7. CONSULTA DEL PLIEGO
Los Pliegos y toda la documentación podrán ser consultados en la Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Av. Leandro N. Alem 684, piso 1º frente de esta Ciudad, en el horario de 11:00 a 17:00 horas.
8. CONOCIMIENTO DE ANTECEDENTES
El sólo hecho de ofertar implica el perfecto conocimiento y comprensión de las cláusulas de los pliegos y documentación técnica y complementaria que forman parte de los mismos. Asimismo, el contratista declara conocer y aceptar las normas aplicables y las condiciones fácticas referidas a la obra a ejecutar.
El contratista no podrá alegar desconocimiento o mala interpretación de las condiciones particulares y especificaciones adicionales para la obra, de los planos y demás documentos componentes del expediente aprobado de obra, de ninguna ley, reglamento o norma inherente a obras públicas o relacionadas con éstas.
9. ENTREGA DE PLIEGOS
Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas que hayan recibido los pliegos por invitación directa del Consejo de la Magistratura de la CABA. Ninguna otra oferta será considerada.
10. CONSULTAS Y ACLARACIONES
Durante el plazo para la presentación de las ofertas y hasta el día 17 de septiembre, los interesados podrán formular consultas por escrito en el horario de 8.00 a 18.00 horas, dirigidas a la Oficina de Administración y Financiera, por ante la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, sita en Av. Leandro N. Alem 684, entrepiso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Las respuestas correspondientes serán comunicadas por correo electrónico a las firmas invitadas, publicada en la Web y en la cartelera del CONSEJO, sirviendo dichas publicaciones de notificación para todos los interesados.
El CONSEJO, si lo considera conveniente, podrá formular aclaraciones de oficio. Todas las aclaraciones llevarán numeración correlativa y pasarán a formar parte del pliego.
11. CONFORMIDAD CON LA DOCUMENTACIÓN
La presentación de la oferta implica que el oferente acepta todas y cada una de las obligaciones que surgen de la documentación licitatoria. Donde existan cómputos y presupuestos oficiales, éstos tendrán carácter ilustrativo, por lo que no comprometen al CONSEJO y corresponde al oferente su verificación.
La documentación licitatoria está constituida por el presente pliego, por los planos, las especificaciones técnicas, el presupuesto oficial y todo otro elemento indicativo o de consulta que se le agregue.
12. ORDEN DE PRELACIÓN
En caso de aparecer discrepancias o contradicciones entre las diferentes partes del contrato, los documentos primarán en el siguiente orden:
1) Pliego Básico de Condiciones y Circulares aclaratorias de todo tipo.
2) Pliego de Especificaciones Técnicas
3) Planos Generales y Planillas.
4) Planos de detalle
5) Contrata
6) Oferta
En caso de discrepancias en planos entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras o letras, prevalecerá esta última.
13. OFERENTES
Los Oferentes deberán tener capacidad legal para obligarse y deberán denunciar su domicilio real y su correo electrónico, y constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En su primera presentación ante el CONSEJO, deberán adjuntar la siguiente documentación:
a) Copia del contrato social o estatutos y modificaciones posteriores efectuadas a los mismos, con constancia de sus inscripciones en el Registro Público de Comercio (Inspección General de Justicia) correspondientes al tipo de persona jurídica;
b) Copia del acta de asamblea u órgano de administración que corresponda, donde se dispone la designación de los directores, consejeros, socios gerentes u otros representantes con facultad expresa para obligar a la sociedad, según el tipo de persona jurídica de que se trate; asimismo en su caso, deberá adjuntarse copia del acta de directorio donde se dispuso la distribución y aceptación de los cargos.
Los oferentes quedarán EXENTOS de presentar esta documentación si declaran bajo juramento que ella fue presentada íntegramente en el último procedimiento licitatorio en el que hubieren participado y que ninguna situación jurídica se ha modificado.
14. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La presentación de las propuestas se realizará hasta el día 27 de septiembre de 2012, a las 12:00 hs., en sobre cerrado, en la Mesa de Entrada de este Consejo, sita en Av. Leandro N. Alem 684, entrepiso, de debiendo estar dirigidas a la Secretaría de Coordinación e indicando como referencia la leyenda: “Expediente SAC Nº 326/12-0 s/ Ascensores y Montante Sanitaria en Libertad 1042”.
15. APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de los sobres será pública y se realizará el 27 de septiembre de 2012 a las 12:00 hs., en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Leandro N. Alem 684, piso 7º frente, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El acto se llevará a cabo en presencia de los funcionarios del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y de aquellos que desearan asistir. Las ofertas presentadas serán exhibidas a los asistentes al acto que así lo soliciten. No se aceptarán ofertas que se presenten con posterioridad a la hora fijada para la apertura del acto, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado.
15.1. Se verificará el estado de los lacres de los sobres.
15.2.- Se abrirán los sobres y se verificará el contenido de los mismos.
15.3.- De todo lo actuado se procederá a labrar un acta en la que se consignará día y hora, nombre del o de los oferentes, así como también se indicará tanto la documentación presentada como la no presentada por cada oferente y el monto total de la propuesta económica.
15.4.- Se invitará a todos los presentes a examinar la documentación y si alguno formulara observaciones y pidiera su constancia en Acta, así se hará; en caso contrario, se dejará asentada la ausencia de observaciones.
15.5.- El acta será firmada por los funcionarios intervinientes, por quienes hayan formulado observaciones y por los asistentes que deseen hacerlo.
15.6.- Los duplicados de las ofertas quedarán a disposición de los interesados que deseen tomar nota de las mismas.
16. CERTIFICADO DE VISITA.
Es requisito ineludible la visita al inmueble objeto de la presente contratación. El Consejo de la Magistratura a través de la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, facilitará las visitas desde el día 3 de septiembre hasta el 7 del mismo mes de 9:00 hs. a 17:00 hs. de modo tal que el adjudicatario no podrá alegar su posterior ignorancia o imprevisiones en las condiciones en que ejecutará los trabajos, debiendo cumplir el contrato según lo estipulado en el presente pliego.
Efectuada la visita a obra, la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores extenderá el correspondiente certificado de visita. Dicha constancia será la única acreditación válida respecto de la concurrencia al edificio y la consecuente verificación de las condiciones incluidas en los pliegos. Este certificado deberá acompañarse en la presentación de la oferta.
Los oferentes podrán contactarse con la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, sita en la calle en Tacuarí 138, P.B., teléfono 4014-6700, interno 076644, para coordinar la visita a obra.
17. MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA:
Los proponentes están obligados a mantener la oferta por el plazo de cuarenta y cinco (45) días corridos contados a partir del día inmediato siguiente a la fecha de apertura de las ofertas. Sin embargo, el plazo de mantenimiento quedará prorrogado de pleno derecho, por el mismo plazo y sucesivamente hasta el momento de la adjudicación, a menos que los proponentes manifiesten su voluntad en contrario, la cual tendrá efecto a partir de la notificación fehaciente de esa manifestación cinco (5) días antes de su vencimiento.
18. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas que hayan recibido los pliegos por invitación directa del Consejo de la Magistratura de la CABA. Ninguna otra oferta será considerada.
Las ofertas estarán contenidas en sobre cerrado y lacrado. Se presentarán por duplicado, contendrá un índice y foliatura correlativa y estará firmada en todas sus hojas por el oferente o su representante legal o su apoderado.
18.1.- El sobre estará perfectamente cerrado y lacrado, identificado con la siguiente leyenda:
18.1.1.- Designación de la obra;
18.1.2.- Número de actuación,
18.1.3.- Día y hora fijados para la apertura de las ofertas.
18.1.4.- Nombre del oferente.
Contenido del sobre:
18.2.1.- Integración de la garantía de la oferta.
18.2.2.- Constitución de domicilio en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y denuncia del domicilio real.
18.2.3.- Indicación de teléfono, fax y dirección de correo electrónico.
18.2.4.- Los apoderados deberán acreditar su mandato; a ese fin, acompañarán fotocopia del poder, donde conste la facultad de contratar y obligar en nombre de su mandante, o podrán remitirse a las constancias que hubieren presentado con anterioridad ante el Consejo de la Magistratura.
18.2.5.- Propuesta del Representante Técnico: Antecedentes y conformidad expresa de la aceptación del mismo
18.2.6.- Manifestación, con carácter de declaración jurada, sobre si tiene deudas o créditos contra el CONSEJO de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
18.2.7.- Certificado de visita de obra.
18.2.8.- Documentación adicional, incluidos planos, croquis, folletos, instructivos, etc.
18.2.9.- Declaración jurada sobre la vigencia del Certificado Fiscal para Contratar, expedido por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, que ya fue presentado por el oferente ante el Consejo de la Magistratura en licitaciones anteriores. De no conservar su vigencia, deberá presentar uno nuevo o constancia de su tramitación.
18.2.10.- Declaración jurada sobre la vigencia de su Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.)
18.2.11- Propuesta económica, indicando monto expresado en pesos, firmada por el oferente o su representante legal. En razón que el CONSEJO se encuentra registrado ante la Dirección General Impositiva, como EXENTO en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), bajo el número de C.U.I.T 30-70175369-7, las cotizaciones deberán incluir pero no discriminar el precitado gravamen.
18.2.11. Planilla de análisis de precios. Por cada uno de los rubros o ítems que se coticen se deberá indicar cantidad, unidad, precios unitarios, precios por ítem y precio total.
18.2.12. Plan de trabajo y curva de inversión.
18.2.13. Planilla de Cómputo y Presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total, cuando corresponda. Los análisis de precios de cada uno de los ítems desagregados en todos sus componentes, incluidas las cargas sociales y tributarias.
a-Materiales |
$ |
b-Equipos |
$ |
c-Jornales |
$ |
d-Cargas Sociales |
$ |
e-Total Mano de Obra (c + d ) |
$ |
f-Costo directo ( a + b + e ) |
$ |
g-Gastos generales de Empresas e indirectos de obra X % de (f) |
$ |
h-Subtotal (f + g) |
$ |
i)Gastos financieros: Y % de (h) |
$ |
j)Beneficio: 10% de (h + i) |
$ |
k)Costo total trabajo (h + i + j) |
$ |
l)Impuesto (IVA): Z% de (k) |
$ |
m) PRECIO UNITARIO DE APLICACIÓN (k + l) |
$ |
REFERENCIAS:
a - Detalle de los materiales que se requieren, con los precios al por mayor al pie de la obra, incluidos los desperdicios normales, en los casos que corresponda.
g - X % = 15
El Consejo reconocerá hasta el DIEZ POR CIENTO (10%) de beneficio. Si el oferente propusiera un porcentaje mayor se le intimará para que readecue la planilla ajustando el beneficio. Esta modificación no podrá alterar el precio ofertado.
i - Y % tasa básica de interés mensual Banco Nación, para descuentos de certificados, correspondiente a diez (10) días anteriores a la fecha de apertura de las ofertas, para el lapso previsto para el pago según contrato, más quince (15) días corridos.
l - Z %, únicamente según alícuota I.V.A.
Análisis de Precios: el esquema de presentación del análisis de precios deberá ajustarse a la estructura contemplada precedentemente; deberán contener el detalle de la mano de obra (rendimiento y costos) y de los materiales (rendimiento y costos) intervinientes referidos a la unidad del ítem respectivo y los porcentajes de incidencia de los restantes elementos que componen el costo total del ítem, incluyendo el costo financiero.
De no presentarse los análisis de los precios que componen los ítems del presupuesto, la oferta no será considerada.
El CONSEJO entregará constancia de la recepción de los sobres. Sólo será admitida la entrega hasta el día y la hora fijados en el llamado.
Toda enmienda o raspadura en las partes esenciales deberá estar salvada. La firma debe estar aclarada, indicando el carácter del firmante.
19. RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN Y MONEDA DE COTIZACIÓN
A los efectos de la determinación del precio, la contratación de los trabajos se hará por el sistema de ajuste alzado.
La construcción, trabajos y/o servicios de industria que se contraten según el presente están sometidos al régimen previsto por la Ley Nº 13.064, sus modificatorias y complementarias.
Se define como Moneda de Cotización y Moneda de Pago de la obra, el Peso.
Al ser el sistema de contratación por Ajuste Alzado se considerarán incluidos todos los servicios, ingeniería de detalle, mano de obra, honorarios profesionales, aranceles, materiales, equipos, certificaciones técnicas, mantenimiento y conservación de los equipos que se deban reacondicionar y/o proveer con instalación, para llevar a cabo todos los trabajos de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas para el conjunto de las tareas del ítem.
Por consiguiente el precio por un trabajo comprenderá todos los gastos, desembolsos, patentes, pérdidas, utilidades y cualquier otra retribución como contraprestación por la ejecución total de los mismos.
La Obra deberá ejecutarse conforme las Especificaciones Técnicas, los planos y los plazos contractuales, de modo que resulte completa y responda a su fin, siendo a cargo del Contratista la ejecución y/o provisión de todos los trabajos que aunque no estén indicados específicamente, resulten indispensables para que la Obra responda a su fin y sea realizada en el tiempo y la forma previstos.
El oferente será responsable de obtener toda la información necesaria y disponible sobre la existencia de instalaciones o interferencias que puedan afectar el desarrollo de las obras, para lo cual deberá efectuar, con la urgencia y anticipación necesaria, las gestiones y consultas pertinentes. También estarán a su cargo todos los gastos que impliquen las diligencias aludidas.
Por ende, el oferente deberá cotizar la totalidad de los trabajos, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas, considerando que la Obra debe quedar completamente terminada y operativa. No se considerará como adicional, ni se aceptará variación del costo de la Obra por supuestos trabajos imprevistos que sean necesarios para satisfacer el Contrato. Por lo tanto, el Contratista tomará a su cargo los riesgos propios de este tipo de obra.
Modificaciones de Obra:
De acuerdo con lo previsto por el artículo 30 de la Ley Nº 13.064, las alteraciones del proyecto que produzcan aumentos o reducciones de costos o trabajos contratados serán obligatorias para el contratista, abonándose, en el primer caso, el importe del aumento, sin que tenga derecho en el segundo a reclamar ninguna indemnización por los beneficios que hubiera dejado de percibir por la parte reducida, suprimida o modificada. Si el contratista justificase haber acopiado o contratado materiales o equipos para las obras reducidas o suprimidas, se hará un justiprecio del perjuicio que haya sufrido por dicha causa, el que le será certificado y abonado.
La obligación por parte del contratista de aceptar las modificaciones a que se refiere el presente artículo, queda limitada de acuerdo con lo que establece el artículo 53 de la Ley Nº 13.064.
En los casos que fuera necesario ejecutar trabajos imprevistos, bajo el concepto de adicionales, el Consejo de la Magistratura se reserva la facultad de efectuarlos, ya sea acordando el precio con el contratista sobre la base de los precios unitarios del presente contrato o instrumentando, en caso de no llegar a un acuerdo con el contratista, el o los procedimientos previstos por la normativa vigente para encomendarlos a otro contratista o realizarlo con personal propio.
Cuando se encomienden modificaciones que impliquen aumento del contrato, el contratista deberá ampliar la garantía de adjudicación en un cinco por ciento (5%) de tal aumento.
El oferente deberá cotizar de acuerdo a la Planilla de Cotizaciones obrante en la documentación.
20. CAUSALES DE DESESTIMACIÓN DE LA OFERTA
Se desestimarán las ofertas que no se ajusten a los requerimientos del presente pliego y del Pliego Básico de Condiciones Generales. El CONSEJO se reserva el derecho de desestimar o rechazar todas o cada una de las ofertas que se formulen, por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, sin derecho a reclamo o indemnización alguna.
21. GARANTÍA DE LA OFERTA
El monto de la garantía de la oferta ascenderá al uno por ciento (1%) del Presupuesto Oficial, y será constituida en efectivo, títulos o bonos nacionales o del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, o con una póliza de caución. En caso de integrar la Garantía de la Oferta en efectivo, la suma deberá ser depositada en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal 53, sita en Av. Córdoba 675 de esta Ciudad, Cuenta Corriente Nº 769/8, a la orden del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La garantía deberá ser mantenida por el plazo de vigencia de la oferta.
22. DESISTIMIENTO DE LA OFERTA
Si el oferente, antes de vencido el plazo de mantenimiento de la oferta y de confeccionada el acta de apertura, desiste de su propuesta, perderá el valor de la garantía de oferta.
Si el desistimiento fuese posterior a la publicación de la preadjudicación perderá el valor de la garantía de la oferta y se le aplicará además una multa del 5% (cinco por ciento) sobre el valor de lo preadjudicado.
En todas las situaciones anteriores el oferente que incurra en desistimiento quedará sujeto:
22.1.- A la comunicación del desistimiento efectuado a los registros correspondientes, o a la dependencia donde se indique.
22.2.- A la iniciación de acciones judiciales, si correspondiere.
23. ANTICIPO FINANCIERO
El oferente percibirá un adelanto financiero del cincuenta (50%) por ciento del monto de su oferta, el que se percibirá de la siguiente manera: un 20 % al suscribir la contrata y el otro restante 30 % con el acta de inicio de obras. La suma que perciba por este concepto se descontará en forma proporcional de cada certificado de avance de obra. El certificado de anticipo no será afectado por las retenciones de Fondo de Reparo. El adjudicatario deberá presentar como garantía un seguro de caución a favor del Consejo de la Magistratura equivalente a la totalidad del monto que reciba como anticipo. La tramitación que demande la obtención del anticipo aludido, será de exclusiva responsabilidad de la contratista y no dará motivo a dilaciones o atrasos en el comienzo de la obra.
El porcentaje abonado en forma proporcional en cada ítem no estará sujeto a redeterminación de precios a partir de la fecha de su efectivo pago, de conformidad con el artículo 3 del Decreto Nº 1312/2008 y sus modificatorios reglamentarios de la Ley 2809.
24. AMPLIACIÓN DE INFORMES
El personal que determine el Consejo de la Magistratura podrá visitar las oficinas, depósitos, equipos, obras realizadas, etcétera, que los oferentes declaren en su propuesta a efectos de comprobar "in situ" su capacidad técnico - financiera.
25. EVALUACIÓN DE LA OFERTA
En oportunidad de analizar el contenido de la presentación efectuada por los oferentes, la Comisión de Preadjudicaciones podrá requerir a los proponentes información aclaratoria que no implique la alteración de las propuestas presentadas, ni quebrantamiento al principio de igualdad; también podrá intimar a la subsanación de errores formales, bajo apercibimiento de declarar inadmisible la propuesta, todo ello dentro de los plazos que dicha Comisión fije.
26. DICTAMEN DE EVALUACIÓN
La Comisión de Preadjudicaciones emitirá un dictamen de evaluación que contendrá el examen de los aspectos formales y la evaluación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente y por este documento. Respecto de las ofertas que resulten admisibles y convenientes, deberán considerar los factores previstos para la comparación de las ofertas y la determinación de un orden de mérito. El dictamen será anunciado en la Cartelera, en la Web del CONSEJO, comunicado a los proponentes a sus correos electrónicos, y publicado por un día (1) en el Boletín Oficial.
27. DE LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación compete exclusivamente al CONSEJO que determinará a su sólo juicio cual es la oferta más conveniente tomando en cuenta la propuesta económica, los antecedentes y cualquier otra información tendiente a asegurar las mejores condiciones para la ejecución de las obras.
El CONSEJO podrá rechazar todas las ofertas, sin que ello otorgue derecho alguno a reclamo por parte de los oferentes.
Los interesados podrán formular impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días, contados desde la notificación del acto que concluye el procedimiento de selección. La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas, previo dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
28. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA
Las garantías de oferta serán devueltas a quienes que no resultaren adjudicatarios, transcurridos los (5) cinco días de firmada la contrata o después de vencido el plazo de validez de la oferta.
29. GARANTÍA DE LA ADJUDICACIÓN
La garantía de adjudicación deberá integrarse al momento de la firma de la contrata, por un importe equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de la oferta aceptada, mediante alguno de los siguientes instrumentos:
28.1. Certificado de depósito en efectivo efectuado en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden del CONSEJO.
28.2. Fianza bancaria, en la que conste que la entidad bancaria se constituye en fiadora, codeudora solidaria, lisa y llana, y principal pagadora, con expresa renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del art. 2013 del Código Civil.
28.3. Póliza de seguro de caución por medio de la cual la aseguradora se obliga en carácter de codeudora solidaria, lisa y llana, y directa pagadora, con expresa renuncia a los beneficios de división y excusión previa del obligado.
28.4. Títulos o Bonos de la deuda pública.
No se aceptarán cheques ni letras de cambio, facturas ni ningún otro título circulatorio que no esté expresamente indicado en el presente como depósito de garantía.
30. FIRMA DE LA CONTRATA. PLAN DE TRABAJO DEFINITIVO
El adjudicatario deberá presentarse a firmar la contrata y su documentación complementaria. Si no lo hiciera, el CONSEJO podrá ejecutar la garantía correspondiente y adjudicar la contratación al oferente que le sigue en orden de conveniencia. El contrato no podrá ser cedido en todo o en parte. Toda incorporación o modificación en la designación de subcontratistas deberá estar sujeta a aprobación previa del CONSEJO.
El CONSEJO podrá denegar la conformidad a la subcontratación, sin necesidad de invocar causa o fundamento alguno y sin que tal negativa otorgue algún tipo de derecho a la contratista ni justifique atrasos en el plan de la obra.
Una vez firmada la Contrata a través de la Inspección de Obra se solicitarán al adjudicatario, si así correspondiere, las adecuaciones que correspondan al Plan de Trabajo, la Planilla de Cómputo y Presupuesto detallado, al Análisis de Precios, y a los Precios de Referencia, sin alterar el importe y el plazo total para llevar a cabo los trabajos, y los presentará a la inspección de obra para su aprobación, como plan de obra definitivo.
31. OTROS CONTRATISTAS
El Contratista está obligado a permitir la ejecución de los trabajos, ajenos a su contrato, que el CONSEJO encomiende a otros contratistas y acatará las órdenes que dé la Inspección para evitar interferencias.
32. SUBCONTRATOS DISPUESTOS POR EL CONSEJO
El CONSEJO podrá disponer que, además de los trabajos a su cargo, el contratista subcontrate trabajos especiales complementarios en las condiciones indicadas por el mismo.
33. CAMBIO DE DOMICILIO
El contratista está obligado a comunicar sin demora, en forma fehaciente, al CONSEJO el cambio de su domicilio constituido, como así también el de su subcontratista, si lo hubiere.
34. DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO
Integrarán el contrato: la contrata y toda la documentación, las aclaraciones, la oferta, el plan de trabajo y el de inversiones, el detalle de los principales elementos de trabajo o bienes de uso y la resolución de adjudicación. Dichos documentos serán firmados en dos ejemplares, uno para el CONSEJO y otra para el Contratista. El CONSEJO entregará al Contratista una copia fiel de toda la documentación contractual para tenerla permanentemente en la obra.
35. DOCUMENTOS INCORPORADOS
Se consideran incorporados al contrato posteriormente y harán fe en caso de discrepancias los planos complementarios y de detalle que, durante la ejecución de la obra, se entreguen al Contratista y los que, confeccionados por éste fueran aprobados por el CONSEJO, las Ordenes de Servicio dadas por escrito por la inspección de obra, la orden de comienzo y el acta de iniciación de los trabajos. Todos estos documentos se extenderán y firmarán en triplicado, entregándose dos ejemplares al Contratista, uno de ellos para ser agregado a la documentación contractual a mantener en obra.
36. TRÁMITES
Todos los trámites por realizar ante organismos estatales o privados, necesarios para la normal realización de la obra, serán realizados por el Contratista, incluyendo la preparación de todos los planos y demás documentación necesaria al efecto, quien toma a su cargo el pago de los aranceles que correspondan. El contratista deberá efectuar los trámites necesarios para solicitar el correspondiente "aviso de obra o permiso de obra”, según correspondiere y todo otro que imponga la normativa vigente.
El contratista se obliga a entregar al CONSEJO la documentación que pudiere ser registrada en soporte magnético
37. ORDEN DE EJECUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA OBRA
Una vez suscripta la contrata, el CONSEJO emitirá la orden de ejecución, que será comunicada al contratista en forma fehaciente. El original de este documento será agregado al expediente respectivo. El duplicado quedará en poder del contratista.
El CONSEJO podrá disponer, por razones operativas, la postergación de la fecha de comienzo de las obras, lo cual podrá extenderse por un término no mayor de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de recepción de la orden de comienzo.
La toma de esta decisión no dará derecho a reclamos de ninguna naturaleza por parte del contratista.
a) Emitida la orden de ejecución el contratista tiene un plazo máximo de cinco (5) días, salvo que el Consejo estipule otra fecha para la iniciación de los trabajos, para comenzar efectivamente la ejecución de la obra. Vencido el plazo establecido precedentemente, si el Contratista no hubiera iniciado los trabajos y no hubiera demostrado que la imposibilidad de comenzarlos es ajena a su voluntad y responsabilidad, el CONSEJO podrá resolver el Contrato por culpa del Contratista, quien en dicho caso perderá la garantía de adjudicación y responderá por los daños y perjuicios consiguientes. Al momento de iniciarse los trabajos se labrará el Acta de Inicio correspondiente, que deberá estar firmada por el Director de Servicios Generales y Obras Menores, la Inspección de Obra y el Representante Técnico de la Contratista.
También en dicha oportunidad se suscribirán los libros de órdenes de servicios y comunicaciones (o notas de pedidos) y el inventario de los bienes e instalaciones existentes en las áreas en que se intervendrá.
El contratista deberá proveer dentro de los quince (15) días corridos de iniciada la obra, las muestras que exija el pliego y los planos de taller y montaje.
b) Errores de replanteo: El Contratista es responsable del replanteo de las obras, debiendo corregirlo si a juicio del Comitente fuera posible. En caso contrario será demolido y/o retirado de la obra y reconstruido en el momento en que se advierta el error, cualquiera sea el estado de la obra.
c) Documentación en obra: Es obligación del Contratista tener permanentemente en obra y en perfecto estado, un ejemplar completo de la documentación de contrato firmada por el Representante Técnico de la Empresa y el Consejo, al que se irán agregando los complementos que correspondan.
d) Errores en la documentación suministrada por el Comitente: El Contratista deberá advertir los errores u omisiones de la documentación técnica, y tendrá la obligación de señalarlo a la Inspección de Obra, con la antelación necesaria, para que sean corregidos si correspondiera. Si el Contratista no los señalara oportunamente, serán a su cargo los trabajos que fuera necesario ejecutar, para corregir las fallas y esos trabajos no podrán justificar ampliaciones de plazo.
El Contratista será responsable por cualquier tipo de vicio o ruina en la obra o cualquiera de sus partes, causado por error u omisión en planos y demás documentación técnica o cálculos entregados por la Inspección de Obra respecto de los cuales el Contratista no hubiere informado de acuerdo con lo prescripto en el artículo presente.
e) Responsabilidad del Contratista sobre planos conforme a obra: El Contratista será responsable frente al Comitente por cualquier daño, defecto, vicio o ruina que sufra la obra, causado por cualquier error u omisión en la documentación técnica a su cargo o por cualquier desviación u omisión con respecto a la documentación del proyecto.
La responsabilidad del Contratista no cesa ni se atenúa ni se entenderá que se comparte con el Comitente ni con la Inspección de Obra, por el hecho de que esta última haya ejercido su facultad de aprobar, observar o rechazar, ni tampoco porque haya omitido hacerlo.
f) Otorgamiento de permisos y trámites: El Contratista confeccionará toda la documentación requerida por las autoridades y/o empresas prestadoras de servicios públicos, ya sea con carácter previo y/o durante la ejecución de las obras y para su habilitación y conexión de servicios.
Todas las tareas y trámites a realizar para el cumplimiento de lo mencionado precedentemente serán hechos por el Contratista a su costa, y no interrumpirán ni suspenderán los plazos de la obra excepto que las demoras no sean imputables al contratista.
g) Responsabilidad por infracciones a las leyes: El Contratista y su personal deberán cumplir estrictamente las leyes, ordenanzas, decretos, reglamentos y disposiciones vigentes en el lugar de ejecución de las obras que puedan afectar de cualquier manera a las personas empleadas en ella, a los equipos o materiales utilizados en su ejecución y a la forma de llevarla a cabo, no pudiendo alegar desconocimiento de las mismas.
Será por cuenta del Contratista el pago de las multas y el resarcimiento de los daños y perjuicios si él, sus subcontratistas y/o proveedores así como el personal de ellos dependientes, cometieran cualquier infracción a dichas disposiciones, ordenanzas o reglamentos.
h) Responsabilidad como Constructor: El Contratista asumirá el carácter de constructor de la obra, con todas las obligaciones, responsabilidades y derechos que tal condición implica. El Contratista será responsable ante el Comitente y los terceros por la correcta realización de la obra en un todo de acuerdo con la documentación contractual. El Contratista asume la total responsabilidad por la ejecución de la Obra, no pudiendo excusar sus defectos o incumplimientos ni entenderse que su responsabilidad es compartida, por el hecho que la Inspección de Obra haya aprobado u observado y/o dado instrucciones respecto de la documentación técnica o los trabajos. El Contratista mantendrá indemne e indemnizará plenamente al Comitente y a la Inspección de Obra por los reclamos, demandas y daños y perjuicios que estos últimos sufrieron por razón de o con motivo de la realización de la obra por el Contratista, sus empleados, proveedores o Subcontratistas.
i) Letreros: No se podrá colocar en la obra ningún letrero sin la previa conformidad de la Inspección de Obra.
j) Limpieza: A la terminación de la obra, esta deberá entregarse perfectamente limpia en todas sus partes, sin excepciones, comprendiendo revestimientos, vidrios, artefactos, equipos, broncerías, pisos y toda otra parte componente de las obras. La limpieza final se ejecutará para cada parte componente con los elementos y medios idóneos según sea el caso.
k) Vigilancia de la obra: Según lo establecido en este documento.
38. CUMPLIMIENTO DE REGIMENES LEGALES
Durante el desarrollo de la relación contractual, el contratista deberá cumplir estrictamente los regímenes legales de carácter tributario, laboral, y de higiene y seguridad laboral y acreditar su cumplimiento a requerimiento del CONSEJO.
El contratista deberá presentar ante la Inspección de Obras, con un mínimo de cuarenta y ocho (48) horas de antelación al inicio de las obras, constancias originales que acrediten el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a) Memoria descriptiva de las tareas a realizar.
b) Presentación del Programa de Seguridad e Higiene a implementar (Plan de Contingencia) según los trabajos a realizar, aprobado por la ART que corresponda y conforme el Decreto 911/96, Res. SRT 231/96 - 51/97 y sus modificatorios.
c) Nombre y matrícula del responsable de seguridad de la empresa adjudicataria.
d) Contrato de cobertura con la ART vigente, con cláusula de "NO" repetición que accione a favor del Consejo de la Magistratura.
e) Presentación del listado de personal que intervenga en la obra, con certificado de cobertura del personal emitido por la ART, identificando la obra para el cual fue emitido.
f) Constancias de capacitación del personal y registro de entrega de elementos de protección personal para los trabajadores afectados a la obra.
g) Presentación del aviso de inicio de obra correspondiente.
h) Presentación y rúbrica de la ART correspondiente con fecha actualizada.
i) El subcontratista que intervenga en la obra deberá cumplimentar en tiempo y forma estipulados la documentación indicada en los ítem a, b y e exclusivamente de la presente cláusula.
39. INSPECCIÓN
La inspección de obra estará a cargo del/de los funcionario/s que designe la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, quien comunicará por nota al contratista la nómina de personas autorizadas para visitar la obra en cualquier momento sin previo aviso ni permiso especial para ello y la nómina de persona/s autorizada/s para dar órdenes escritas con carácter de Inspección y exigir el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad laboral.
40. PROFESIONAL RESPONSABLE Y REPRESENTANTE DE OBRA
El contratista deberá tener en la obra un Responsable directo, Técnico o Profesional, capaz de dirigir los trabajos y de realizar el correcto seguimiento de éstos, que deberá designarse en su primera presentación mediante nota asentada en el Libro de Comunicaciones. El servicio podrá ser prestado por quien asuma la responsabilidad técnica, o por otro profesional o técnico idóneo que sea aprobado por la inspección, de acuerdo a la naturaleza de la obra.
Éste será el responsable de los términos que establezca la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos en lo que al Contratista se refiere. Será, además, el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en los pliegos de la contratación y todos aquellos que le sean requeridos para la mejor marcha de las tareas.
Deberá concurrir a diario al lugar en que se realice la obra así como a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Profesional Responsable no concurriese.
Las citaciones al Profesional responsable se harán con un (1) día hábil de anticipación, mediante Orden de Servicio. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes, o la incomparecencia reiterada a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a solicitar al contratista, la remoción del Profesional Responsable.
En caso de producirse la remoción del Profesional Responsable, por decisión del Contratista o a solicitud del Consejo, el Contratista deberá proponer su reemplazante dentro del plazo de dos (2) días corridos de producida la vacante. La Inspección de Obra podrá aceptar o rechazar al Profesional propuesto. En el último caso, el Contratista, deberá proponer otro.
El Contratista tendrá en forma permanente en obra un representante cuyas funciones, facultades y obligaciones serán las que determina este PBC. Toda justificación de inasistencia del Representante o del Contratista en la Obra deberá hacerse por escrito ante la Inspección de Obra, la que podrá aceptar o rechazar las causales, mediante su asiento en el Libro de Ordenes de Servicio. En ausencia de aquel, quedará siempre en obra un técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel en forma de que no resienta la marcha en la obra. En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección, todo lo cual será exclusivo del Contratista o de su Representante en Obra.
Toda ausencia del Contratista o su Representante que no obedezca a razones justificadas a juicio de la Inspección dará motivo a la aplicación de una multa igual al incumplimiento de una Orden de Servicio.
41. LIBRO DE NOTAS DE PEDIDO
El contratista proveerá un libro foliado, con hojas por triplicado, para asentar comunicaciones recíprocas, atinentes a los trabajos.
42. LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO
El Libro de Ordenes de Servicio será un libro foliado que tendrá hojas numeradas por triplicado. En este libro se redactarán las Órdenes de Servicio impartidas por la Inspección de Obra, que serán firmadas por el Inspector de Obra y por el Profesional Responsable de la Empresa como constancia de haber tomado conocimiento. Toda orden de servicio no observada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de extendida se dará por aceptada y pasará a formar parte del contrato sin que esto implique retribución adicional.
También se anotarán en el Libro, los resultados de los ensayos de materiales que se efectúen, como toda otra novedad que se registre durante la marcha de las obras.
La Inspección de Obra la llevará a cabo un profesional designado por el Consejo de la Magistratura, quien emitirá las Órdenes de Servicio.
En lo concerniente a Seguridad e Higiene en el Trabajo (SHT) e Informática y Tecnología, el Inspector de Obra dará a conocer a la Empresa los responsables de dicha área mediante Orden de Servicio, estos tendrán la responsabilidad de hacer cumplir la parte del contrato de su especialidad. Así mismo se aclara que, por si solos no podrán utilizar el único Libro de Ordenes de Servicio, sino que todo escrito emitido y firmado estará suscripto por el Inspector de Obra, ya que sin su firma carece de validez.
43. LIBRO DE PARTES DIARIOS
El Contratista anotará en el Libro de Partes Diarios, los trabajos realizados en forma diaria, el detalle de todo el personal afectado a las tareas, ubicación de los trabajos, estado del tiempo, etcétera, y toda otra novedad que no deba ser indicada expresamente en los libros restantes. El libro deberá tener hojas numeradas por triplicado.
44. CARTEL DE OBRA
Se ejecutará un Cartel de Obra con todas las especificaciones de la Caratula del Expediente y el Numero del Aviso o Permiso de Obra, que se instalará conforme las indicaciones de la Inspección de Obra.
45. INTERPRETACIÓN DE PLANOS Y ESPECIFICACIONES
El contratista es responsable de la correcta interpretación de los planos para la realización de la obra y responderá por los defectos que puedan producirse durante la ejecución o el plazo de conservación de la misma, hasta la recepción definitiva. Cualquier deficiencia o error que comprobare en el proyecto o en los planos, debe comunicarlo antes de iniciar los trabajos.
46. REPLANTEO DE LAS OBRAS
El replanteo total o parcial será efectuado en forma conjunta. Debe ser realizado una vez perfeccionado el contrato. Es obligación del contratista participar en las operaciones de replanteo y en caso que no lo hiciera, se lo dará expresamente como conforme con las actuaciones de la Inspección, no admitiéndose sobre el particular, reclamo alguno que interpusiera posteriormente. Las operaciones de replanteo serán efectuadas estableciendo marcas, mojones o puntos de referencias, que el contratista, está obligado a conservar a su cargo y bajo su exclusiva responsabilidad. Al terminar las operaciones de replanteo total o parcial, se labrará acta. Todos los gastos que origine el replanteo, tanto de personal como de materiales, útiles u otros, será por exclusivo cargo del contratista. El contratista deberá presentar a la Inspección el plan de trabajo definitivo dentro del plazo estipulado por el Inspector de Obra.
47. CONTROL DE TRABAJOS
El contratista deberá dar aviso escrito con una anticipación mínima de cuarenta y ocho (48) horas del comienzo de todo trabajo cuya correcta ejecución no pudiera ser verificada después de ejecutado. Si el contratista omitiere este requisito, serán por su cuenta los gastos que se originaren para verificar la corrección de su ejecución.
48. MODIFICACIONES DE OBRA
Las modificaciones de obra pueden consistir en: 1º) aumento o disminución en la cantidad de cualquier trabajo para el cual exista un precio unitario de contrato; 2º) ejecución de trabajos no previstos en el contrato. En el primer caso el Contratista está obligado a aceptar, sin ninguna clase de compensación, variaciones en más o menos de hasta el 20% (veinte por ciento) en cualquier ítem, liquidándose al precio de contrato la cantidad realmente ejecutada.
En el segundo caso y en el de disminuciones que excedan de 20%(veinte por ciento) se establecerán de común acuerdo precios nuevos para el total por ejecutar. La supresión total de un ítem solo dará derecho al Contratista a resolver el contrato si dicho ítem representara un valor mayor del 20%(veinte por ciento) del monto total del contrato. En el caso de aumentos que excedan del 20%(veinte por ciento) se liquidará la cantidad contratada al precio de contrato y se convendrá precio nuevo para el excedente de ese porcentaje.
49. PRECIOS NUEVOS
Los precios nuevos se establecerán, en lo posible, por analogía con los de trabajos contratados y, siempre a precios básicos para incluirlos en una nueva actualización del plan de trabajo y del de inversiones.
En caso de no llegarse a un acuerdo de precios para modificaciones en los casos que corresponda, el CONSEJO podrá optar por cualesquiera de las siguientes soluciones: 1º) encomendar los trabajos a otro contratista; 2º) efectuarlos con personal propio; 3º) encomendarlo al Contratista por el sistema de coste y costas con aprobación previa por el CONSEJO de las compras requeridas y reconociendo un recargo del 15% (quince por ciento) de gastos generales y beneficios.
50. REAJUSTE DE GARANTÍA
Cuando se encomienden modificaciones que impliquen aumento del contrato, el contratista deberá ampliar en el cinco por ciento (5%) de tal aumento, la garantía de adjudicación. A pedido del Contratista, esta ampliación de garantía podrá ser descontada del primer certificado de obra que se extienda.
51. TRABAJOS Y PROVISIONES A CARGO DEL CONTRATISTA
El Contratista tendrá a su cargo la provisión, transporte y colocación en Obra de todos los materiales, como así también la mano de obra y todo el personal necesario para la realización correcta, completa y en plazo de la Obra contratada. Será además a su costa el empleo de todos los implementos, planteles y equipos para la ejecución de los trabajos, para el mantenimiento de los servicios, el alejamiento del material sobrante de las excavaciones, relleno, y cualquier otra provisión, trabajo o servicio detallado en la documentación contractual o que, sin estar expresamente indicado en la misma, sea necesario efectuar para que las obras queden total y correctamente terminadas, de acuerdo con su fin y con todas las reglas del arte del buen construir.
52. TRABAJOS CERCA O SOBRE INSTALACIONES EN SERVICIO
El Contratista a los fines de la cotización y posterior ejecución de los trabajos, deberá tener en cuenta si la naturaleza de las obras objeto de esta contratación, exige trabajar sobre o próximo a instalaciones en servicio, por lo que deberá programar y coordinar el ritmo y secuencia de los trabajos a los efectos de entorpecer lo mínimo posible la normal y eficaz prestación de los servicios. Los cortes de servicios que indefectiblemente se deban efectuar, se programarán previamente con la Inspección y deberán estar autorizados por ésta. El Contratista no podrá efectuar cortes por su cuenta y si pese a esta prohibición los hiciera, el CONSEJO le derivará todo reclamo que se formule, incluso pérdidas o lucro cesante, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponderle.
53. DEPOSITO DE LOS MATERIALES EN OBRA
El Contratista proveerá los depósitos necesarios para el acopio de los materiales que a juicio de la Inspección requieran estar al abrigo de los agentes climáticos y asumirá los gastos de traslado y acarreo de dichos materiales, si así se lo requiere.
54. VIGILANCIA DE LA OBRA
El contratista deberá mantener vigilancia diurna y nocturna en todos los lugares de entrada a la obra. Antes de disponerse el inicio de la obra, el contratista coordinará el horario y la autorización de ingreso del personal con el Consejo.
55. ENERGÍA ELÉCTRICA
En el caso que el Contratista prevea utilizar equipos de construcción accionados eléctricamente, deberán verificar sobre la posibilidad de obtener la energía eléctrica en los lugares donde se requiera, ya que si ello no resultara posible, deberán contar con los equipos propios para su generación. La energía eléctrica necesaria para el consumo del obrador será provista por el CONSEJO, cuando este suministro sea posible de acuerdo a la capacidad de las instalaciones en servicio. Las instalaciones y conexiones que deban ejecutarse para obtener el servicio de energía eléctrica para la Obra estarán a cargo del contratista.
56. ALUMBRADO
El contratista deberá instalar en todo el recinto de la obra alumbrado suficiente para permitir una vigilancia nocturna eficiente y colocará las luces de peligro reglamentarias, estando a su cargo el consumo de energía eléctrica o combustible de toda esta instalación.
57. CERRAMIENTO
El contratista deberá efectuar el cerramiento de los lugares de trabajo ajustándose a las disposiciones legales vigentes. El cerco será de propiedad del contratista y deberá ser retirado cuando lo disponga la Inspección.
58. LIMPIEZA DE OBRA
El contratista deberá mantener la obra y en su caso, el obrador, en perfecto estado de limpieza, quedando a su cargo los insumos necesarios para la realización de dicha tarea.
59. ENSAYOS DE MATERIALES Y/O EQUIPOS
El CONSEJO tendrá derecho a inspeccionar y ensayar los materiales y equipos a proveer por el Contratista. Los gastos de ensayo de los materiales quedarán a cargo del contratista. El rechazo de los materiales y/o equipos no dará derecho al Contratista a prórrogas en los períodos de acopio y/o ejecución.
60. CALIDAD DE LOS MATERIALES Y TRABAJOS
Todos los materiales, artefactos y accesorios serán de la mejor calidad existente en plaza entre los de su clase y los trabajos ejecutados con ellos ajustados a las mejores reglas del arte. El Contratista deberá presentar muestras de los elementos por adquirir y requerir la previa aprobación del CONSEJO. Para los elementos que requieran elaboración previa en taller, el CONSEJO podrá inspeccionarlos en los talleres donde se ejecuten y, si éstos se encontraran a más de 60 (sesenta) km. de la Capital, el Contratista deberá cubrir los gastos de traslado y estadía del personal de inspección.
61. VICIOS DE LOS MATERIALES Y OBRAS
La Inspección podrá ordenar la demolición, desarme o desmontaje y las reconstrucciones necesarias, ante la sospecha de vicios ocultos de materiales u obras.
Si los defectos fueren comprobados, los gastos originados estarán a cargo del Contratista.
Si los defectos no fueren comprobados, y el contratista hubiere dado el aviso que prevé el artículo 41, el CONSEJO abonará los gastos originados, con más un quince por ciento (15%) por gastos generales y beneficios. En tal caso, se acordará la ampliación de plazo que el ensayo y la corrección pudieren justificar.
Si los vicios se manifiestan en el transcurso del plazo de garantía el Contratista deberá reparar o reemplazar las obras defectuosas, en el término que se señale. Transcurrido el mismo, dichos trabajos podrán ser ejecutados por el CONSEJO. a costa de aquél, formulándole el cargo correspondiente.-
62. EXISTENCIA DE MATERIALES
El Contratista tendrá siempre en obra una existencia suficiente de todos los materiales necesarios, para asegurar la marcha normal de los trabajos y, en todo caso, como mínimo, la necesaria para quince días de trabajo.
63. CALIDAD DE LOS EQUIPOS
El Contratista usará equipo de calidad apropiada a los trabajos por ejecutar y el CONSEJO podrá exigir cambio o refuerzo de equipo cuando el provisto, ya sea por su estado o características, no permita la ejecución de un trabajo correcto y al ritmo previsto.
64. TRABAJOS RECHAZADOS
La Inspección rechazará todos los trabajos que no se adecuen a los Pliegos y planos respectivos. El contratista deberá demoler todo trabajo rechazado y reconstruirlo de acuerdo a lo dispuesto en la documentación contractual, por su exclusiva cuenta y costo, sin derecho a reclamo alguno ni a prórroga del plazo. Ello, sin perjuicio de las sanciones que le pudieren corresponder.
65. PERSONAL. SALARIOS
El Contratista será el único responsable ante el Consejo por el pago del personal que hubiere trabajado para la ejecución de la obra sin excepción alguna. Además, responderá por los daños y perjuicios en los casos de posibles reclamos judiciales o extrajudiciales que el incumplimiento de lo anterior ocasionase al Consejo.
El Contratista será el responsable de cualquier accidente que ocurra al personal que emplee para la obra, correspondiéndole en consecuencia el cumplimiento de las obligaciones que establece la legislación pertinente.
66. HORARIO DE TRABAJO
En el Acta de Iniciación de los trabajos se dejará constancia del horario en que el Contratista desarrollará sus tareas. Sí deseare modificar el horario establecido, deberá solicitarlo por intermedio del Libro de Ordenes de Servicio exponiendo las razones y demás argumentos que crea conveniente.
67. TRABAJO EN HORAS EXTRAS
Si el Contratista deseara hacer trabajar al personal afectado en horas extras o en días feriados no laborables pagos, deberá requerir con 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación la previa autorización del CONSEJO. El Contratista pagará a su personal los recargos de ley y se hará cargo de los que el CONSEJO deba abonar a su personal de supervisión.
Los importes que por esos conceptos corresponda reintegrar al CONSEJO serán descontados del primer certificado por pagar.
68. IDONEIDAD
El personal deberá ser competente y suficiente para las tareas por ejecutar y la Inspección podrá exigir la eliminación de todo personal afectado que considere incompetente o su asignación a otra tarea. Así mismo podrá exigir la sustitución de todo personal del Contratista que provocara desórdenes o indisciplina y la ampliación del personal cuando éste resultare insuficiente.
69. SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
El Contratista será responsable por todos los daños que pudieran ocurrir a los materiales, equipos, instrumentos o accesorios durante la ejecución de la obra, causados por robos, incendios, negligencia del personal, u otras causas.
Además el Contratista estará obligado a señalar y proteger convenientemente el lugar de los trabajos a fin de evitar daños o accidentes a personas u objetos.
El personal del Contratista está obligado a usar en todo momento los elementos de protección adecuados.
70. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
Contratista deberá contratar además por su cuenta y cargo los seguros que se establecen a continuación:
a. Antes de iniciar la obra, el contratista deberá presentar su autoseguro o en su caso, certificado emitido por una Aseguradora de Riesgos de Trabajo, donde se detalle la nómina completa del personal empleado en la obra, sea este administrativo, obrero o técnico, con carácter permanente, eventual o temporario, debiendo acreditar el cumplimiento de lo exigido anteriormente, respecto de los subcontratistas.
b. Deberá contar con los seguros exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal con relación de dependencia propia y asignado por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores y/o por la Inspección de Obra.
El contratista deberá asegurar al personal designado por el CONSEJO para cumplir la inspección de obra u otro personal de Dirección, contra todo riesgo que corresponda a accidentes personales, incluyendo cobertura total para asistencia médica y farmacéutica.
c. Deberá asegurar contra incendio y explosión las obras ya ejecutadas, con una póliza de valor progresivo que, en todo momento, cubra el total certificado, y con vigencia hasta la Recepción Definitiva; por daños a terceros y sus pertenencias, por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los trabajos contratados, no inferior a PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000).
d. Antes de la iniciación de la ejecución del contrato, el Contratista deberá asegurar la Obra y todos los trabajos, materiales y equipos destinados a ser incorporados a la misma con motivo de la ejecución del contrato. Este seguro deberá cubrir toda pérdida o daño total o parcial de edificios, instalaciones, equipamientos y elementos afectados al servicio, etcétera y en forma tal que el Consejo quede cubierto durante el período de construcción de la Obra y hasta la Recepción provisoria de la Obra. El Seguro de Obra deberá ser contratado por el Contratista en forma tal que permita ampliaciones a partir del momento en que el Consejo lo disponga y por el período, ítem y valores deducibles.
Deberá contratar un seguro de robo y hurto de acopio de material de la obra, que dure durante el montaje hasta su Recepción Provisoria que comprenda la totalidad de las instalaciones y los elementos en el edificio en el que se ejecutará la obra objeto de esta contratación por un monto mínimo de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000).
e. Responsabilidad Civil: Por daños a terceros y sus pertenencias, por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los trabajos contratados, no inferior a PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000).
f. Los seguros establecerán específicamente que la cobertura otorgada permanecerá vigente durante todo el período de construcción y hasta la recepción provisoria de la obra. En lo que se refiere a los bienes asegurados por dichos seguros, la cobertura debe comenzar en el momento de la llegada de dichos bienes al área de la Obra o al comenzar cualquier trabajo relacionado con la misma, excluyendo pérdidas o daños que ocurran con anterioridad a la fecha de comienzo de la vigencia del seguro o de la ampliación pactada para cubrir determinados bienes.
En caso de que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el Contratista. De igual manera, en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el Contratista deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Consejo de cualquier responsabilidad al respecto.
Si el Contratista dejase de contratar y mantener en vigor los seguros especificados, el Consejo podrá en tales casos -al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera ejercer- contratar y mantener en vigor dichos seguros y pagar las primas necesarias que fueran debitadas por el Contratista. El CONSEJO deducirá las primas así desembolsadas del primer certificado presentado por el Contratista. Las pólizas deberán establecer expresamente que los aseguradores no podrán suspender la cobertura en razón de premios no pagados por el Contratista, sin dar preavisos por escrito al Consejo de su intención de suspender la cobertura, con al menos quince (15) días de anticipación.
Dado que estos seguros cubren riesgos o responsabilidades respecto a los cuales el Contratista es responsable de acuerdo con estos documentos contractuales, será obligación del Contratista notificar a los aseguradores sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación de acuerdo con las cláusulas aplicables de las pólizas correspondientes. El Contratista será responsable por todas las pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos.
Correrán por cuenta del Contratista los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias económicas y contractuales por la no vigencia de las Pólizas de Seguro.
El Consejo podrá suspender los trabajos por falta de cobertura, no siendo ello causa de prórroga del programa de trabajo. En caso de que el plazo real de ejecución del contrato supere el plazo contractual original más las eventuales ampliaciones de plazo concedidas por el Consejo, los costos de los seguros por todo dicho tiempo excedente serán de exclusiva cuenta y cargo del Contratista.
Los seguros serán contratados por el término del plazo de obra y sus prórrogas, con una aseguradora a satisfacción del CONSEJO, e incluirá a éste como beneficiario de los mismos.
g. Estos seguros deberán ser contratados en compañías a satisfacción del CONSEJO, que actúen bajo el control de la Superintendencia de Seguros de la Nación. El CONSEJO, a su criterio, podrá requerir el cambio de aseguradora, que deberá efectuarse en el plazo de setenta y dos (72) horas de notificada la resolución. En caso de no cumplimentarse con lo requerido en el plazo citado, se aplicarán las sanciones correspondientes. Los gastos que originen la contratación de los seguros mencionados, serán a cargo del Contratista.
No podrá modificarse y/o cancelarse ninguna póliza de seguro sin previa autorización escrita del CONSEJO. Todas las pólizas que correspondan deberán ser exhibidas en original, entregándose una fotocopia a la Inspección con anterioridad a la iniciación de la tarea o cobertura amparada por la misma.
No se liquidará ningún certificado de obra, mientras no se hayan presentado todas las pólizas de seguros citadas en esta cláusula.
71. REGISTRO FOTOGRÁFICO
El Contratista deberá llevar en obra un registro fotográfico de todas las secuencias de los trabajos, que a juicio de la Inspección de Obra resulten significativos. Para tal fin se buscarán en las obras los lugares de toma fotográfica que mejor demuestren el tenor de la intervención y serán los mismos para repetir las secuencias de avance en un todo de acuerdo con lo que requiera la inspección de obra.
72. ASUNCIÓN DEL CASO FORTUITO
El Contratista asume los riegos y eventuales daños que pudieren derivar de la existencia de un caso fortuito o de fuerza mayor conforme al artículo 513º del Código Civil. En consecuencia, deberá afrontar frente al Consejo la indemnización pertinente.
73. RESPONSABILIDAD
El contratista será exclusivamente responsable por todo daño derivado de las obras a su cargo, en ocasión de la ejecución de las mismas. Asimismo, el contratista será responsable ante el CONSEJO por todo incumplimiento contractual o extracontractual del o de los subcontratistas.
74. INCUMPLIMIENTOS
El CONSEJO podrá efectuar por terceros o con su propio personal los trabajos no ejecutados por el Contratista, o su subcontratista, en su oportunidad y facturará su costo con un recargo del quince por ciento (15%).
El Contratista y el Profesional responsable, según la gravedad de la falta, serán pasibles de las sanciones de llamado de atención o apercibimiento. El CONSEJO podrá requerir al contratista la sustitución del profesional responsable o personal a su cargo, o del subcontratista, que hubiere incurrido en alguna conducta reprochable.-
75. SANCIONES
El Consejo de la Magistratura a través de la Inspección de Obra, podrá imponer las siguientes sanciones y penalidades al Contratista y/o Profesional Responsable y/o su Representante en Obra en caso de incumplimiento de las condiciones contractuales:
1. Al Contratista
1.1. Multas.
1.2. Descuentos por trabajos mal ejecutados.
1.3. Reconstrucción de las obras.
1.4. Solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas.
2. Al Profesional Responsable y/o Representante en Obra
2.1. Llamado de atención.
2.2. Apercibimiento.
2.3. Suspensión.
2.4. Sustitución.
3. Penalidades:
Las penalidades serán aplicables en los siguientes casos:
3.1. Al Contratista:
3.1.1. Multa: Cuando el Contratista no cumpliera con el Plan de Trabajo aprobado por la Inspección de Obra, o por mora en el cumplimiento de una Orden de Servicio o de Trabajo.
3.1.2. Descuentos por trabajos mal ejecutados: En los casos en que se compruebe la deficiencia en cualquier lugar de la obra de los materiales exigidos, resistencia, espesores o calidades. Este descuento es de carácter penal y no será necesariamente proporcional al valor económico del material o elemento ausente sino al de la disminución de la calidad de resistencia o durabilidad que ese hecho sea susceptible de producir. Su aplicación estará regulada por lo que establezcan las respectivas especificaciones técnicas y sus complementarias.
3.1.3. Reconstrucción de las Obras:
3.1.3.1. Cuando se compruebe fehacientemente que el Contratista ha realizado actos dolosos con el objeto de beneficiarse ilícitamente (empleo de materiales prohibidos, elaboración de mezclas sin debidas proporciones, empleo de materiales que no cumplan con lo especificado, etcétera).
3.1.3.2. Cuando las instalaciones ejecutadas no respondan a las condiciones establecidas en las correspondientes especificaciones técnicas.
3.2. Al Representante en Obra y/o Profesional Responsable:
3.2.1. Llamado de atención:
3.2.1.1. Por no concurrir a citación debidamente efectuada
3.2.1.2. Por desobediencia en ejecutar trabajos no autorizados sujetos a inspección
3.2.1.3. Apercibimiento: Cuando se produzca un segundo motivo para llamado de atención se aplicará apercibimiento.
3.2.3. Suspensión:
3.2.3.1. Al cumplirse dos apercibimientos corresponderá suspensión automática de un (1) mes.
3.2.4. Sustitución:
3.2.4.1. Cuando por reiteración de hechos punibles se haga pasible de nueva suspensión.
3.2.4.2. Por faltas graves o comprobación de dolo.
4. Multas
El monto de las multas surgirá en cada caso de la suma de las multas diarias aplicadas hasta el momento de subsanarse el incumplimiento origen de las mismas o hasta sumar el monto máximo a aplicar. (multa diaria 1/1000).
4.1. Incumplimiento de Ordenes de Servicio
Toda orden de servicio, emitida por la Inspección, deberá ser firmada por el Contratista dentro de los tres días de suscripta. Su negativa lo hará pasible de una multa diaria igual al 1/1000 del monto contractual.
El incumplimiento por el Contratista de una orden de servicio, que observada en tiempo y forma hubiera sido reiterada por la Inspección, lo hará pasible de una multa del 1/1000 del monto contractual
4.2. Incumplimiento de plazo final
Si las obras contratadas no se terminarán dentro del plazo contractual por causas no justificadas a juicio de la Inspección de Obra, la Contratista se hará pasible de una multa que será del 2/1000 diario del monto contractual
5. Incumplimiento por falta de asistencia técnica durante el mantenimiento y conservación del ascensor.
Se aplicará una multa diaria igual al 1/1000 del monto contractual
76. RESCISIÓN
Cuando el importe de las multas por cualquier concepto alcanzare al diez por ciento (10%) del monto del contrato, el CONSEJO podrá optar por su rescisión por culpa del contratista.
La rescisión por culpa del contratista implicará la pérdida del depósito de garantía en la parte no cumplida, quedando retenido el remanente y los otros créditos pendientes para responder por los mayores costos que resulten por la terminación de los trabajos, sin perjuicio de las demás sanciones que correspondieren.
Si las sumas retenidas no bastaren para cubrir los mayores desembolsos y perjuicios que la rescisión irrogue al CONSEJO, el contratista deberá abonar el saldo que por ese concepto resulte de la liquidación que se practique.
77. TOMA DE POSESIÓN DE LA OBRA
Producida la rescisión, el CONSEJO tendrá derecho a tomar posesión inmediata de la obra en el estado en que se encuentre, a cuyo efecto se hará inventario y avalúo de los trabajos, materiales y equipos. Podrá también ordenar la prosecución de la obra en las condiciones que estime más convenientes, respondiendo el Contratista por los perjuicios que sufra el CONSEJO cuando la rescisión haya sido declarada por culpa de aquél.
78. INVENTARIO
El inventario se realizará con un representante de cada parte, sin interrupciones dilatorias y procurando en lo posible, que los trabajos de la obra no se paralicen. Si el Contratista, previamente citado al efecto, no concurriese o no estuviera representado en el acto del inventario, el CONSEJO estará de todas maneras habilitado para realizarlo, en cuyo caso enviará al Contratista, bajo constancia, una copia de aquél y en tal caso se estará a lo hecho por el CONSEJO.
79. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
Será de aplicación al presente proceso el de la ley 2809 y su decreto reglamentario 1312/08, sus modificatorias y la Resolución 4271/GCABA/08.
El porcentaje abonado en concepto de anticipo financiero no estará sujeto –proporcionalmente a cada ítem- la redeterminación de precios a partir de la fecha del efectivo pago del mismo. (Conforme el artículo 3º de la reglamentación de la ley 2809, aprobada por decreto Nº 1312/08).
Conforme con la metodología prevista en la normativa precitada (artículo 9 Ley 2809, 7 y 8 del Decreto 1312/08), la estructura presupuestaria y metodología de análisis de precios establecidos en las cláusulas 14.20 y 14.22 del presente pliego, será de aplicación la estructura de ponderación que se representa en el cuadro siguiente:
.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN.-
DieESTRUCTURA DE PONDERACION RUBROS PRINCIPALES –
LEY 2809 Y DECRETOS REGLAMENTARIOS
RUBRO |
INCIDENCIA |
CODIGO |
Máquinas y Equipos |
0,2950 |
Cuadro 3.2-3.1 |
Instalación eléctrica fuertes y débiles |
0,1620 |
Cuadro 1,5 Instalación Eléctrica |
Mano de Obra asalariada |
0,2820 |
Cuadro 1,4 capítulo Mano de Obra |
Gastos Generales |
0,1800 |
Cuadro 1,4 Gastos Generales |
Albañilería |
0,0810 |
Cuadro 1,5 Instalación Albañilería |
|
|
|
Fuente: INDEC INFORMA - Anexo - Información para la actualización de los precios de contratos de obra pública |
80. GASTOS IMPRODUCTIVOS
Si se diera el caso de paralizar totalmente los trabajos por disposición del CONSEJO y por motivos que le sean imputables a éste, se reconocerá, como gastos improductivos y por todo concepto un porcentaje del valor de los trabajos que, de acuerdo con el plan de trabajos deberían haberse realizado durante la paralización.
Para el reconocimiento de gastos improductivos el contratista deberá acreditar documentadamente cada extremo que invoca.-
En ningún caso, incluyendo la revocación por oportunidad, mérito y conveniencia, se reconocerá suma alguna en concepto de lucro cesante.
81. CÓDIGO CIVIL
El Contratista quedará sujeto a las responsabilidades que determina el Código Civil, aún después de la Recepción Definitiva.
82. CERTIFICACIÓN
Periódicamente se harán mediciones de la obra ejecutada y se presentarán los certificados respectivos, en cuadruplicado, los que serán conformados por la repartición técnica interviniente del CONSEJO dentro de los diez (10) días hábiles, siempre que no den lugar a observaciones. En este caso el cómputo del plazo comenzará desde el momento en que el contratista presente la documentación con las correcciones.
La medición estará a cargo de la Inspección de Obra y el Contratista. El Contratista preparará de acuerdo a sus resultados, el certificado mensual de avance de obra, según el formulario aprobado por la Inspección de Obra, en el que se liquidarán los trabajos de acuerdo al Cómputo y Presupuestos aprobados.
El primer certificado comprenderá los trabajos realizados entre la fecha del acta de inicio y el último día del mes. Los siguientes comprenderán los trabajos realizados en el mes completo.
Cada certificado de avance de obra deberá ser acumulativo, es decir, que comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición, y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior. Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiera, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.
Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para el pago a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y liquidación final y ésta sea aprobada por la autoridad competente del Consejo, al momento de la Recepción Definitiva.
El Contratista deberá elevar a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores del Consejo de la Magistratura, dentro de los primeros cinco (5) días del mes siguiente al que correspondan los trabajos, el certificado por él confeccionado, para su conformidad, posterior aprobación o no, y pago del mismo.
El pago de los certificados se hará dentro de los 30 (treinta) días hábiles a partir de la fecha de conformación por la repartición técnica interviniente del CONSEJO.
Si el CONSEJO se demorare en el pago de los certificados aprobados por razones no imputables al contratista, éste podrá reclamar los intereses que resulten de la aplicación de la tasa pasiva del Banco Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.
Para tramitar los certificados, será requisito indispensable el presentar la fotocopia debidamente autenticada por funcionario del comprobante de pago correspondiente al último vencimiento del impuesto sobre los ingresos brutos y fotocopia del comprobante de pago de las pólizas de seguro y acreditación del cumplimiento de las normas laborales y previsionales vigentes, especialmente acreditación del pago de jornales o sueldos y cargas sociales.
Del importe de cada certificado se retendrá un 5% (cinco por ciento) en concepto de Fondo de Reparo, el que será devuelto juntamente con el instrumento de garantía de adjudicación, una vez producida la recepción definitiva. Dicho Fondo podrá ser sustituido por una póliza de seguro de caución.
83. RECEPCIÓN PROVISORIA
Se efectuará conforme lo establecido en la cláusula 84 del PCG, una vez terminados satisfactoriamente los trabajos contratados y presentada la constancia de trámite de habilitación de los ascensores según lo indicado en el artículo 016 del P.E.T. y establecido la normativa vigente. A partir de la suscripción del Acta de recepción provisoria, la contratista comenzará a prestar asistencia técnica mensual (mantenimiento y conservación de los equipos instalados) hasta el momento en que se concrete la recepción definitiva.
Cuando se encuentren concluidos todos los trabajos se labrará el Acta de Recepción Provisoria. Esta acta será refrendada por los señores titulares de la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, la Inspección de Obra, el contratista y su Representante Técnico. Estos últimos serán notificados por orden de servicio o invitados a tal fin por escrito y mediante cualquier medio hábil, con antelación de tres (3) días, y si a pesar de ello estuviesen ausentes o se negasen a suscribir el acta, la Inspección de Obra la formulará igualmente con el concurso de autoridades locales o testigos requeridos al efecto, dejando constancia de la ausencia o negativa del contratista o sus representantes. Cumplido el plazo de garantía previsto se realizará el Acta de Recepción Definitiva.
Documentación para la recepción provisional:
Cuando los trabajos han sido terminados el Contratista presentará una nota a la Inspección de Obra indicando:
1. Que los Documentos del Contrato han sido revisados.
2. Que los trabajos han sido inspeccionados siguiendo los Documentos del Contrato.
3. Que los trabajos han sido ejecutados de acuerdo con los Documentos del Contrato.
4. Que los trabajos se encuentran terminados y listos para la verificación final.
Además deberá hacer entregar de la documentación conforme a obra de instalaciones, arquitectura y estructura, asimismo, en caso de corresponder, las habilitaciones correspondientes de todas las instalaciones intervinientes de la obra, ascensores, incendio, etcétera.
Si la Inspección de Obra considera que los trabajos están incompletos o defectuosos, procederá a notificar al contratista por escrito la lista de trabajos que se consideran incompletos o defectuosos.
El contratista iniciará acciones inmediatas para subsanar o corregir las observaciones efectuadas y remitirá una segunda nota a la Inspección de Obra indicando que los trabajos han concluido.
La Inspección de Obra verificará que se encuentran cumplidas las observaciones de la Recepción Provisoria.
El contratista será responsable por las verificaciones adicionales que resulten necesarias.
Las Actas que se formalicen por Recepciones Provisionales de obras que se encuentren terminadas de acuerdo al contrato, serán suscriptas por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores.
84. RECEPCIÓN DEFINITIVA
Se realizará conforme lo dispuesto en la cláusula 87 del PCG.
Transcurrido el plazo de garantía se efectuará una inspección para realizar la Recepción Definitiva. Si se comprobare el buen estado de la obra y el correcto funcionamiento de las instalaciones, la obra quedará recibida definitivamente, dejándose constancia en acta, que será suscriptas por las partes. El original acompañará el certificado de devolución y el duplicado se entregará al contratista.
Dentro de los quince (15) días previos a la expedición del Acta de Recepción Definitiva, el contratista entregará a la Inspección de Obra un Documento de Solicitud de Recepción Definitiva donde consten los prerrequisitos para la Recepción Definitiva de los trabajos.
Cuando los trabajos correctivos han sido terminados, el Contratista presentará una nota a la Inspección de Obra indicando:
1. Que los Documentos del Contrato han sido revisados.
2. Que los trabajos han sido inspeccionados siguiendo los Documentos del Contrato.
3. Que los trabajos han sido ejecutados de acuerdo con los Documentos del Contrato.
4. Que los trabajos se encuentran terminados.
5. Que toda la documentación requerida ha sido entregada.
La Inspección de Obra procederá a realizar la verificación del estado de las obras con diligencia luego de recibida la nota y dentro del plazo de diez (10) días.
Si la Inspección de Obra considera que los trabajos indicados en las observaciones de la Recepción Provisoria están incompletos o defectuosos procederá a notificar al contratista por escrito la lista de trabajos que se consideran incompletos o defectuosos.
El contratista iniciará acciones inmediatas para subsanar o corregir las observaciones efectuadas y remitirá una segunda nota a la Inspección de Obra indicando que los trabajos han concluido.
La Inspección de Obra verificará que los trabajos se encuentran aptos para la Recepción Definitiva.
El contratista será responsable por las verificaciones adicionales que resulten necesarias.
Al mismo tiempo, el contratista presentará para su aprobación los Certificados de Liquidación Final de las Obras, lo cual será condición previa para la devolución de los Depósitos de Garantía.
El Acta de Recepción Definitiva será suscripta por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores.
85. PLAZO DE GARANTÍA
A partir de la fecha de la recepción provisoria de las obras comenzará a regir el plazo de garantía, que será de doce (12) meses, durante el cual el contratista corregirá sin cargo alguno, cualquier defecto producido por deficiencias en la ejecución de los trabajos o por mala calidad de los materiales empleados, respondiendo a ello con el fondo de reparos.
También durante ese lapso la contratista asumirá los atributos de conservador según la normativa vigente.
Además, se deberán presentar las garantías de fabricación y de funcionamiento por (1) año de los equipos, materiales y accesorios a emplear.
86. DESOCUPACIÓN DEL INMUEBLE
Cuando se suscitaren divergencias de cualquier índole que a juicio del Comitente impidiesen la continuación de la obra, aunque no se halla producido la rescisión del contrato, el Comitente podrá intimar la desocupación de los sectores del inmueble ocupados por el Contratista, bajo apercibimiento de tomar posesión inmediata de la obra en el estado en que se encuentre, a cuyo efecto se hará inventario y avalúo de los trabajos, materiales y equipos.
87. MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE UN EVENTUAL INCENDIO
El Contratista deberá extremar las medidas de precaución para evitar incendio en las obras durante el período de ejecución, debiendo a tal fin disponer de los elementos apropiados, según la naturaleza de las obras o trabajos.
Será responsabilidad del Contratista y por su exclusiva cuenta tanto los perjuicios ocasionados a la obra, como los que pudieran ocasionarse al Consejo o a terceros en caso de incendio.
88. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la contratación o de la rescisión de pleno derecho del contrato dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin que:
- Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a esta contratación hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
- O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
- Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.-
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.
89. LAGUNAS
En todo lo que no esté previsto en el presente, se aplicará supletoriamente el PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES DE INSTANCIA ÚNICA PARA LA LICITACIÓN, CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS PÚBLICAS MAYORES DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, según texto aprobado por Res. CM Nº 720/2005, modificado por Res. CM Nº 109/2009 y Nº 133/2010.
90. COMPETENCIA JUDICIAL
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Art. 49º, Ley Nº 7 B.O.C.B.A. 405), renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
Modelo de declaración jurada de la empresa
Declaro bajo juramento que la empresa -------------------------------------------------
( Nombre de la firma )
a) No se encuentra comprendida en algún causal de incompatibilidad para contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
b) No se encuentra inhabilitada por condena judicial.
c) No se halla en situación de quiebra.
d) No se le ha rescindido ningún contrato por su culpa, con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal, durante los últimos 5 años.
d) No es evasora ni deudora impositiva y previsional.
e) No se encuentra suspendida por decisión del Registro de Constructores de Obras Públicas.
-----------------------------------------------------
(Apoderado - Representante Legal)
Modelo de declaración jurada de CADA director, sindico, socio gerente y representante legal de la sociedad
Yo -------------------------------, en carácter de ---------------------------------------------
( nombre del declarante) (función en la empresa)
de la empresa ---------------------------------------------------, declaro bajo juramento que:
(nombre de la empresa)
a) No me encuentro comprendido en algún causal de incompatibilidad para contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
b) No me encuentro inhabilitado por condena judicial.
c) No me encuentro en situación de quiebra.
d) No soy evasor ni deudor impositivo o previsional.
------------------------------------------------
(declarante)
(original y tres copias)
(Lugar y Fecha)
________________________________________
La Firma…………………… luego de estudiar cuidadosamente los documentos del llamado, manifiesta no tener dudas sobre la interpretación de los mismos y demás condiciones, propone ejecutar todos los trabajos que en ellos se especifican para la ejecución de la obra en Libertad 1042, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que comprenden la provisión de materiales, equipos, herramientas, andamios y mano de obra necesarios para la ejecución completa de la obra, de estricto acuerdo con el objeto y significado de la documentación contractual y con la finalidad que deberá cumplir la obra una vez terminada y puesta en funcionamiento, dentro del plazo de Ciento Noventa Días corridos, por un monto total de .......................... .................................................... ..................... con impuestos incluidos.
_____________________________ ______________________________
Firma y aclaración del proponente Firma y aclaración del Representante
y/o su representante Legal Técnico propuesto
Por la presente, se deja constancia de que el/la Sr./Sra...................................................................... en su carácter de ...................................................................... de la Empresa .................................................... ha efectuado la visita obligatoria al edificio detallado a continuación:
SEDE |
FECHA |
FIRMA. ACLARACION CONTACTO |
Libertad 1042
|
|
|
ANEXO SEGURIDAD E HIGIENE
I) Objeto: Establecer las reglas y pautas que deben cumplir los contratistas que realicen trabajos en el ámbito del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
II) Legislación vigente:
· Ley 19587 “Seguridad e Higiene en el Trabajo”, decreto 351/79.
· Ley 24557 “Riesgos del Trabajo”.
· Decreto 911/96 “Seguridad e Higiene en la construcción”.
· Leyes, Decretos, Resoluciones y Ordenanzas vigentes en materia de “Seguridad e Higiene en el Trabajo” y en la “Construcción” de la República Argentina y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
III) Documentación a solicitar a contratistas y subcontratistas:
1. Memoria técnica de las tareas a realizar por contratistas y subcontratistas (qué se va a hacer, cómo y con qué medios). Memoria descriptiva de todos los trabajos a realizar.
2. Nota nombrando al responsable de “Seguridad e Higiene en el Trabajo” de la obra, diciendo que el Sr./a………………………Nº de matrícula…………….., es el que supervisará las medidas de “S.H.T.” en el transcurso de los trabajos en el edificio sito en la calle Libertad 1042 de esta ciudad.
3. – 3.1 Si el personal es propio de la Empresa:
Solicitar:
a. Certificado de cobertura de ART de cada uno de los trabajadores.
b. Certificado de cobertura con cláusula de no repetición que accione a favor del Consejo de la Magistratura de la CABA.
c. Constancia de capacitación de los trabajadores.
d. Constancias de entrega de elementos de protección personal a los trabajadores.
e. Aviso de inicio de obra ante la ART
3.2 - Si el personal es contratado y/o monotributista:
Solicitar:
a. Constancia del CUIT de cada uno de los trabajadores.
b. Seguro de accidente personal de cada trabajador por una suma no inferior a Pesos Trescientos Mil ($300.000).
c. Nota de puño y letra de cada uno de los trabajadores manifestando si poseen algún sistema de prepago médico o centro de atención médica para que en caso de accidentarse o sufrir un inconveniente se sepa adonde derivarlo dejando teléfonos y nombres para avisar en casos de emergencias y además que deslinden al Consejo de la Magistratura de la CABA de responsabilidades en caso de sufrir accidentes y/otra situación comprometedora para el Consejo.
d. Constancias de capacitación de cada uno de los trabajadores.
e. Constancias de entrega de elementos de protección personal a cada uno de los trabajadores.
4. Plan de Seguridad de la Empresa adjudicataria por las tareas que se van a realizar conforme a las normativas vigentes en la materia. En caso de poseer ART se lo presentará y esperará su aprobación. En el caso de ser monotributista el plan de seguridad estará firmado por un responsable en “Seguridad e Higiene”.
5. Seguro de responsabilidad civil de la empresa por un monto no menor a Pesos Quinientos Mil ($500.000,00). Deberá incluirse en la póliza al Consejo de la Magistratura de la CABA como asegurado adicional por la obra que se va a realizar.
IV) Antes de comenzar los trabajos
“No” se podrán comenzar los trabajos si no se presentan las documentaciones solicitadas, las que serán observadas por el asesor en Seguridad e Higiene del Trabajo del Consejo de la Magistratura, que será quien las apruebe e informe al Inspector de Obra sobre su conformidad.
V) Durante los trabajos
Se habilitará un “Libro de Seguridad e Higiene” donde además de llevar copias de la documentación solicitada, se llevarán las novedades y/o observaciones realizadas en la obra referidas a “Seguridad e Higiene”. El mismo se encontrará en la Dirección de Obra del edificio y estará a disposición de inspecciones de ART, Superintendencia de Riesgos de Trabajo, G.C.B.A., Responsables de Seguridad e Higiene del Trabajo de contratistas y asesor en Seguridad e Higiene del Trabajo del Consejo de la Magistratura.
Serán responsables cada uno de los responsables de Seguridad e Higiene del Trabajo de los contratistas y/o subcontratistas del cumplimiento de las normas de Seguridad e Higiene del Trabajo en la obra y de mantener actualizados los documentos presentados con fechas de vencimientos (coberturas de ART, cláusulas de no repetición, avisos de inicio de obra, etc.) los que deberán agregarse al “Libro de Seguridad e Higiene” respectivo.
VI) Incumplimientos
En caso que el asesor en Seguridad e Higiene del Trabajo del Consejo de la Magistratura verifique el incumplimiento del presente anexo, el mismo estará autorizado a paralizar la obra en forma parcial o total hasta que el contratista tome las acciones que correspondan para solucionar la anomalía detectada no siendo imputable el Consejo por los atrasos y/o costos causados a la obra.
El Consejo podrá prohibir el ingreso o retirar de la obra personal, materiales o equipos que no cumplan con las normas vigentes en la materia.
La mora o falta de cumplimiento de las normas facultara al Consejo para sancionar al contratista con medidas que puedan llegar a la rescisión unilateral del contrato según la gravedad de la falta sin indemnización obligatoria alguna.
VII) Trabajos de riesgo
Todo trabajo de riesgo (soldadura, altura, traslado de materiales pesados, etc.) además de estar incorporados al “Programa de Seguridad” respectivo deberá informarse como mínimo con 48 horas de anticipación al asesor de Seguridad e Higiene del Trabajo del Consejo de la Magistratura para coordinar en forma conjunta la implementación de Medidas de Seguridad correspondientes.
ANEXO III
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
MEMORIA DESCRIPTIVA
# OBJETO DEL CONTRATO:
# CARACTERÍSTICAS DE LA OBRA
# HORARIOS DE TRABAJO
# DESARROLLO DE LAS TAREAS
# MATERIALES Y MUESTRAS
# CONSIDERACIONES DE SEGURIDAD
# RIESGO DE INCENDIO
# PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO
0 TRABAJOS GENERALES
01 PLANOS Y GESTIONES ANTE EL GCBA
02 PLANOS CONFORME A OBRA
010 CERCOS Y ANDAMIOS
011 SEGUROS
012 PLANOS PROYECTO, TALLER Y MONTAJE
013 AYUDA DE GREMIOS
014 BAÑOS QUIMICOS
015 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DEL ASCENSOR
016 HABILITACION
017 OFICINA DE LA INSPECCION DE OBRA
SECCION 1 ASCENSORES
A DEMOLICION
B CARPINTERÍAS
B1 PUERTAS Y VENTANAS
B2 ESPEJOS
C OBRA GRUESA
C1 DESMONTE DE 18 PUERTAS DE PISO
C2 BASES PARA EQUIPOS
D INSTALACIONES
D1 INSTALACION ELECTRICA
D2 INSTALACION ELECTROMECANICA
E TERMINACIONES
E1 SOLADOS
E2 ZOCALOS
E3 REVOQUES
E4 REVESTIMIENTOS.
E5 CIELORRASOS
E6 PINTURA
F PROTECCIONES
SECCION 2 MONTANTE SANITARIA
A DEMOLICION
B CARPINTERIAS
C OBRA GRUESA
D INSTALACIONES
D1 CLOACAL
D2 INSTALACION SANITARIA
E TERMINACIONES
E2 ZOCALOS
E3 REVOQUES
E4 REVESTIMIENTO
E5 CIELORRASO
E6 PINTURA
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
MEMORIA DESCRIPTIVA
# OBJETO DEL CONTRATO:
El presente llamado tiene por objeto:
1°- El desmonte y desguace de los ascensores existentes a excepción de sus guías y la provisión e instalación de dos ascensores nuevos.
La obra se llevará a cabo en dos etapas, primero un ascensor y luego el otro ya que el edificio se encuentra en funcionamiento.
2° Realizar las tareas de acceso a montante cloacal (desarme de toilettes, cocina y rotura de muro para acceso a montante) a efectos del recambio de cañerías principales de hierro fundido de 4” desde el piso dos (2), hasta el 1° subsuelo, incluido tramo horizontal, con todos los conexionados de instalación secundaria que se tomen en este trayecto, reparando y reconstruyendo nuevamente la zona afectada, en el inmueble sito en la calle Libertad 1042 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y comprende todos los trabajos descriptos en planilla de cotización, como así también la asistencia técnica (mantenimiento y conservación) incluidas en el pliego de especificaciones Técnicas.
# CARACTERÍSTICAS DE LA OBRA: La Contratista tendrá a su cargo todas las tareas enunciadas en el presente pliego de especificaciones técnicas, planos, planillas y anexos consistiendo las mismas en trabajos generales para la readecuación de dicho edificio a fin de lograr los espacios necesarios para tales fines, entre otros: tareas de desmonte , retiros y demolición de áreas definidas en la presente documentación, provisión y colocación de carpinterías, provisión e instalación de ascensor, desmonte de cañerías, retiros de escombros y sobrantes, provisión y colocación de artefactos de iluminación ,provisión y colocación de membrana en techo sala de máquinas y terminaciones.
El Pliego de Especificaciones Técnicas tiene como finalidad dar el lineamiento de las especificaciones de aplicación para la construcción y/o tareas que integren las obras a realizarse, motivo de la presente licitación, completando las indicaciones del Pliego de Condiciones Generales para Licitaciones Públicas y las Condiciones básicas a ese mismo pliego.
El detalle de los artículos del presente Pliego de Especificaciones Técnicas que más adelante se suministran y que son de aplicación en esta obra, es indicativo y durante el proceso de Licitación, el articulado de aplicación podrá ser ampliado, corregido y/o modificado según las consultas de los oferentes.
Queda por lo tanto totalmente aclarado que el detalle aquí suministrado tiene por objeto facilitar la lectura e interpretación del mismo, a los efectos de la presentación de la oferta y la posterior ejecución de la obra, y no dará lugar a reclamo de ningún tipo en concepto de adicionales por omisión y/o divergencia de interpretación.
Se estipulan las condiciones y relación en que debe desenvolverse el Contratista en lo que se refiere a la realización y marcha de los trabajos que aquí se especifican y a las instrucciones, supervisión y /o aprobación que deba requerir a la Inspección de Obra para su correcta ejecución.
El Pliego de Especificaciones Técnicas Generales del Ministerio de Obras Públicas y la Ley de Obras Publicas (Ley N° 13.064), los Reglamentos y Normativas que a continuación se detallan, regirán para la presente documentación y la ejecución de las obras.
Se remite a la interpretación de los mismos para aclaración de dudas y/o insuficiencias de las Especificaciones, que pudieran originarse en la aplicación de la documentación técnica, de proyectos o las normas de ejecución propiamente dichas.
Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires.
Leyes de discapacidad vigentes.
Reglamento para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas del Ente Nacional de Regulación Eléctrica y Código de Edificación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Disposiciones vigentes de las empresas prestatarias del servicio.
# HORARIOS DE TRABAJO: Encontrándose el área a intervenir ocupada, la Contratista podrá realizar los trabajos a su cargo en los siguientes horarios:
De lunes a viernes: de 06:00 a 20:00 hs.
Sábados, Domingos y feriados: dentro del mismo horario (respetando las reglamentaciones municipales respectivas).
Las actividades fuera de los horarios normales no implican el reconocimiento por parte del Consejo de la Magistratura de adicionales por estos conceptos. Cualquier otro horario de trabajo que la Contratista quiera proponer para cumplir con los plazos contractuales deberá ser notificado a la Inspección de Obra y contar con la aprobación del Consejo.
Durante el desarrollo de las obras, las entradas y/o salidas de los materiales, herramientas, etc., podrán llevarse a cabo exclusivamente en los horarios que establece la reglamentación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; debiendo además, respetar las instrucciones que sobre el particular imparta la Inspección de Obras los Funcionarios y el personal de seguridad del Consejo allí destacados.
# DESARROLLO DE LAS TAREAS: Durante el transcurso de la obra, al finalizar la jornada de labor la Contratista realizará la limpieza del área de trabajo y de las zonas afectadas por las obras, zonas de paso, palieres, ascensores, halles, etc.
# PLANOS Y PLANILLAS: Forman parte de la documentación contractual los planos, planillas particulares de obra, los planos tipo y de detalles, como así también los planos que oportunamente fuera necesario confeccionar por la Contratista a pedido de la Inspección de Obra.
# MATERIALES Y MUESTRAS: La indicación de determinadas marcas, tiene por objeto establecer un nivel mínimo de calidad, pudiendo ser utilizados materiales de características equivalentes o superiores.
La Contratista deberá presentar para la aprobación de la Inspección de Obra, las muestras, folletos, catálogos, etc., decidiendo a su solo juicio sobre el particular.
Se solicitarán muestras de: Carpinterías, Granitos, Tipo y calidad de pintura, Artefactos de iluminación.
Conjuntamente con la Oferta, se deberá presentar folletería del modelo cotizado de ascensor.
Cabe aclarar que el nivel exigido para el ascensor será de primera marca y calidad.
# CONSIDERACIONES DE SEGURIDAD: La Contratista deberá tomar los recaudos necesarios a fin que cuando se realicen los trabajos, la obra cuente con la mayor seguridad, en función de las actividades específicas que desarrolla. A tales efectos, estará obligado a aceptar las instrucciones que imparta la Inspección de Obra. La Contratista se obliga a cumplimentar las Normas de Higiene y Seguridad en el trabajo, conforme a la legislación Nacional y Provincial vigente incluidas en el Anexo de Seguridad e Higiene que forma parte del presente pliego.
# RIESGO DE INCENDIO: Cuando se realicen trabajos donde se empleen soldaduras o cualquier otro elemento que implique riesgo de incendio, deberá preverse la existencia en el lugar donde se desarrollan las tareas, de matafuegos en cantidad y clase acorde a los trabajos que se realicen.
# PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO: Como criterio general el Contratista deberá dar cumplimiento a todas las pruebas y ensayos que fijan los Reglamentos, Códigos y Normas citadas precedentemente como así también todas aquellas que solicite la Inspección de Obra.
Al finalizar las obras y para su recepción, la Contratista efectuará las pruebas finales de todas las instalaciones en que intervino para verificar su correcto funcionamiento según indique la Inspección de Obras y realizará la limpieza total a fondo del sector del edificio afectado a la presente Licitación, dejando en perfectas condiciones los locales (pisos, paredes, cielorrasos, carpinterías, artefactos, vidrios, etc.)
El contratista tendrá a su cargo la verificación final del correcto funcionamiento de la instalación del ascensor.
0 TRABAJOS GENERALES
01 PLANOS Y GESTIONES ANTE EL GCBA:
Antes de la iniciación de la obra, la Contratista efectuará los trámites correspondientes para el AVISO O PERMISO DE OBRA según correspondiere ante el organismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondiente, debiendo acreditar la tramitación con las constancias pertinentes. Asimismo gestionará ante los distintos entes, y compañías proveedoras de servicios públicos, y todo otro organismo o empresas que requiera la realización de algún tipo de tramitación para llevar a cabo las obras. En tal sentido deberá acreditar la tramitación con las constancias pertinentes.
La Contratista tendrá a su cargo los costos de planos, trámites y gestiones ante los organismos competentes.
El Consejo de la Magistratura tendrá a cargo los pagos de los sellados, derechos e impuestos que pudieran corresponder.
La Inspección de Obra, exigirá la presentación de planos aprobados y certificados de permiso o habilitación antes de proceder a autorizar la ejecución de trabajos o a practicar la recepción definitiva de los mismos, según corresponda.
02 PLANOS CONFORME A OBRA
Antes de solicitar la recepción provisoria, la Contratista entregará al Consejo de la Magistratura los planos conforme a obra definitivos de acuerdo al siguiente detalle:
Planos de Sala de Máquinas, Cabina de ascensor, Instalación eléctrica, donde se reflejen claramente las modificaciones realizadas. Para ello deberá efectuar un relevamiento de las instalaciones existentes, a fin de determinar lo más claramente posible el tendido de las mismas, destacando con exactitud los elementos nuevos incorporados y los reparados y/o modificados con relación a los existentes. Se exige que los mencionados planos se realicen en AUTOCAD R2006, entregando los respectivos soportes magnéticos a la Inspección de Obra.
Dicha documentación se presentará independientemente de lo eventualmente requerido en el transcurso de la obra por las distintas reparticiones oficiales. Todas las erogaciones que su confección y presentación requieran serán costeadas por la Contratista, por lo que la misma deberá preverlo en su propuesta.
Los mismos serán realizados en escala 1:50.
El Contratista colocará, proveerá y conservará en el edificio, 1(un) cartel de obra de 1.50 m. de largo por 1.50 m. de alto de acuerdo con las indicaciones y normas del modelo de cartel que será entregado oportunamente por la Inspección de Obra. Dicho cartel, se instalará dentro de los 10 (diez) días corridos de la firma de la Contrata y se mantendrá por igual período de días 10 (diez) una vez realizada la recepción provisoria de obra. Serán a cargo del Contratista las reparaciones motivadas por su retiro.
El cartel se realizará en chapa de hierro B.W.G. Nº 24 sobre bastidor de madera de pino Paraná de 25mm x 50mm, con refuerzos especiales. En la parte anterior estará pintado con una mano de fondo sintético y tres manos de esmalte sintético brillante color blanco.
En la parte posterior estará pintado con una mano de anti óxido sintético al cromato de zinc, una mano de fondo sintético y cinco manos de esmalte sintético semimate, previo a la colocación sobre el bastidor de madera.
El cartel de obra se fijará a la fachada u otro lugar que indique la Inspección de Obra, mediante grampas especiales para clavar, de hierro cadmiado de sección cuadrada de 12,5 mm x 12,5 mm con largo adecuado de tal forma que quede asegurado el correcto sostén del mismo.
Luego de concluidos los trabajos de desmonte y demolición, y retiro del producido por el mismo de obra, el Contratista efectuará el replanteo el cual deberá ser verificado por la Inspección de Obra antes de dar comienzo a los trabajos y dentro de los 10 (diez) días siguientes.
La demora en la ejecución del mismo o su inexistencia, y cualquier trabajo mal ubicado por errores de aquel, cualquiera sea su origen, será corregido. Cuando fuese imposible su reparación, será demolido y reconstruido, cualquiera sea el estado de la obra, todo ello por cuenta del Contratista. La decisión de la Inspección de Obra será inapelable.
Toda la documentación adjunta reviste el carácter de proyecto, siendo su uso no solo para elaborar la oferta, sino también para realizar los trabajos indicados en el presente pliego, previo el desarrollo de los planos de taller y montaje, que se deberán presentar a la inspección de obra.
Las tareas de replanteo de ángulos, medidas y altimetría deberán reiterarse antes del inicio de cada etapa de obra que se establezca en el Plan de Trabajos que resulte aprobado.
El replanteo y la nivelación serán verificados por la Inspección de Obra antes de dar comienzo a los trabajos.
Será responsabilidad del Contratista la exactitud y precisión de los replanteos y la protección de los puntos de referencia mencionados, los serán presentados para la aprobación por parte de la Inspección de Obra.
El Contratista deberá organizar su trabajo de modo que los residuos provenientes de todas las tareas correspondientes a su contrato y de las de los subcontratos, sean retirados inmediatamente del área de las obras, para evitar perturbaciones en la marcha de los trabajos.
Estará terminantemente prohibido arrojar residuos desde el recinto de la obra al exterior, ya sea directamente o por medio de mangas. Los residuos deberán bajarse por medios mecánicos o embolsarse y bajarse con cuidado por las escaleras
No se permitirá quemar materiales combustibles en ningún lugar de la obra o del terreno.
Se pondrá especial cuidado en el movimiento de la obra y en el estacionamiento de los camiones a efectos de no entorpecer el tránsito ni los accesos en las zonas aledañas. Los materiales cargados en camiones, deberán cubrirse completamente con lonas o folios plásticos a efectos de impedir la caída de materiales durante el transporte.
Se deberá tomar el mayor cuidado para proteger y limpiar todas las carpinterías, removiendo el material de colocación excedente y los residuos provenientes de la ejecución de las obras a realizar.
Asimismo se efectuará la limpieza, rasqueteo y barrido de materiales sueltos e incrustaciones en contrapisos, carpetas y pisos existentes, los cuales deberán ser debidamente protegidos durante la ejecución de cada uno de los trabajos.
Las protecciones que deban efectuarse para evitar daños en pisos, escaleras, mesadas, artefactos, etc. serán retiradas al efectuar la limpieza final.
Al completar los trabajos inherentes a su contrato, el Contratista retirará todos sus desperdicios y desechos del lugar de la obra y el entorno de la misma. Asimismo retirará todas sus herramientas, maquinarias, equipos, enseres y material sobrante, dejando la obra limpia "a escoba" o su equivalente.
a) El Contratista deberá entregar la obra en perfectas condiciones de habitabilidad.
b) Los locales se limpiarán íntegramente. Las manchas de pintura se quitarán con espátula y el diluyente correspondiente cuidando los detalles y emprolijando la terminación de los trabajos ejecutados.
c) Deberá procederse al retiro de cada máquina utilizada durante la construcción y el acarreo de los sobrantes de obra y limpieza, hasta el destino que la Inspección de Obra disponga, exigiendo similares tareas a los Subcontratistas de existir.
d) Todos los trabajos se realizarán por cuenta del Contratista, quien también proveerá las herramientas y materiales que se consideren para la correcta ejecución de las citadas tareas.
e) El Contratista será responsable por las roturas de vidrios o por la pérdida de cualquier elemento, artefacto o accesorio, que se produjera durante la realización de los trabajos como asimismo por toda falta y/o negligencia que a juicio de la Inspección de Obra se hubiera incurrido.
Todos los locales se limpiarán de acuerdo con las siguientes instrucciones:
1) Los vidrios serán limpiados con jabón y trapos de rejilla, debiendo quedar las superficies limpias y transparentes. La pintura u otro material adhesivo a los mismos, se quitarán con espátula u hoja de afeitar sin rayarlos y sin abrasivos.
2) Los revestimientos interiores y paramentos exteriores serán repasados con cepillo de cerda gruesa para eliminar el polvo o cualquier material extraño al paramento. En caso de presentar manchas, se lavarán siguiendo las indicaciones aconsejadas por el fabricante del revestimiento.
3) Los pisos serán repasados con un trapo húmedo para eliminar el polvo, y se removerán las manchas de pintura, residuos de mortero, etc. Las manchas de esmalte sintético se quitarán con espátula y aguarrás, cuidando no rayar las superficies.
4) Los artefactos de iluminación serán limpiados de la misma manera indicada precedentemente.
5) Las carpinterías en general y particularmente las de aluminio se limpiarán evitando el uso de productos abrasivos.
6) Se realizará la limpieza de todas las cañerías no embutidas, en especial la cara superior de los caños en sus tramos horizontales.
7) Se limpiarán especialmente los selladores de juntas, los selladores de vidrios y los herrajes, piezas de acero inoxidable.
El local para el obrador será cedido por el Consejo, cuyo lugar será indicado por la Inspección de Obra.
En el obrador se instalarán oficinas, depósitos y vestuarios para obreros y empleados.
Queda entendido que el costo del tendido, remoción y/o desplazamiento de las instalaciones para el servicio de obrador, está incluido en los precios unitarios y totales de los trabajos y a exclusivo cargo del Contratista.
La totalidad de los espacio para el obrador, a la terminación de la obra y previa autorización de la Inspección de Obras, será desmontado y retirado por el Contratista a su exclusivo costo y cargo antes de la recepción provisional de los trabajos. El Contratista deberá entregar los mencionados espacios en las condiciones en que los ha recibido.
El obrador cumplirá con la Ley 19.587 de Higiene y Seguridad de Trabajo y sus correspondientes reglamentaciones.
Antes de solicitar la recepción Provisoria, el contratista deberá entregar los manuales de operación y mantenimiento de la instalación electromecánica.
Asimismo procederá a instruir al personal que el Consejo designe en el manejo y control de la instalación mencionada.
Se acompañará de archivo fotográfico.
El local para el depósito de materiales inflamables será cedido por el Consejo, cuyo lugar será indicado por la Inspección de Obra.
La totalidad del espacio para el depósito, a la terminación de la obra y previa autorización de la Inspección de Obras, será desmontado y retirado por el Contratista a su exclusivo costo y cargo antes de la recepción provisional de los trabajos. El Contratista deberá entregar los mencionados espacios en las condiciones en que los ha recibido.
Las inmediaciones donde se emplacen estos materiales se proveerán de los elementos contra incendio que exigen las disposiciones vigentes y en caso de no existir éstas se suministrarán estos elementos en la medida que lo exija la Inspección de Obra.
010 CERCOS Y ANDAMIOS
El Contratista deberá ejecutar los cercos y defensas de obra necesarios, a los efectos de delimitar el sector de uso exclusivo de la Empresa, así como delimitar los espacios internos dentro del Edificio, definiendo en cada piso el área de trabajo del espacio de circulación de uso público, debiendo garantizar en todo momento no solo la seguridad sino el libre tránsito de personas, habida cuenta que el edificio se encuentra en funcionamiento.
Los cercos que se ejecuten en el interior del edificio deberán realizarse hasta el cielorraso de cada piso, con puertas de acceso con cerradura/candado para evitar el ingreso de personal ajeno al Contratista. En caso de los ascensores, se debe trabajar primero en un ascensor dejando libre el segundo.
El Contratista deberá efectuar la provisión, armado y desarmado de andamios, quedando el traslado de los andamios y caballetes a cargo del Contratista
011 SEGUROS
El Contratista tendrá a su cargo la cobertura de seguros según lo especificado en el Articulo Nº 39 “Responsabilidad del Contratista” del PBC.
012 PLANOS PROYECTO, TALLER Y MONTAJE
Adjudicados los trabajos, el Contratista deberá presentar dentro de los 15 días los planos de proyecto de la instalación de acuerdo con: Reglamentaciones del GCBA vigentes, y según normas y directivas de la Inspección de Obra y acondicionados a las características de las tareas a realizar.
Los planos a presentar por el Contratista, luego de los correspondientes replanteos y plomados para su aprobación, serán los siguientes:
El Contratista no podrá iniciar ninguna tarea sin tener la aprobación previa por escrito por parte de la Inspección de Obra.
Los planos de proyecto realizados por el Contratista deberán llevar la firma del profesional que ocupe el cargo de Representante Técnico y del Titular de la Firma Adjudicataria de los trabajos a los efectos de dejar claro las responsabilidades que asumen en la presente obra.
El Comitente podrá solicitar, sin que ello implique adicional de precio, la ejecución de planos parciales de detalle, sobre puntos del proyecto que a su juicio no resultaren claros para la correcta evaluación de los trabajos.
Los planos de proyecto y toda la ingeniería provista se presentarán en CD, para todo el proyecto en archivos de extensión .DWG (AutoCAD 2006), además de un juego de originales ploteados.
Dentro de la documentación requerida se debe incorporar un relevamiento fotográfico digital inicial, de todos aquellos elementos que merezcan quedar documentados a juicio de la Inspección de Obra, para poder ser comparados con el estado final de los mismos a la entrega de la obra.
Asimismo deberá presentar los planos de taller y montaje de las carpinterías (puertas, ventanas, frentes de acero inox., cabina. etc.) indicadas en el capitulo C, en escala 1:25.
El Contratista no podrá iniciar ninguna respecto a la fabricación de las carpinterías sin tener la aprobación previa por escrito por parte de la Inspección de Obra.
013 AYUDA DE GREMIOS
El contratista tendrá a su cargo la ayuda de gremios a aquellos que si bien no están desarrollando tareas bajo su orbita así lo requieran.
Asistirá a los subcontratistas de instalaciones en sus trabajos nuevos y de readecuación.
Facilitará los medios mecánicos de transporte que dispone la obra, para el traslado de materiales y colaboración para descarga y traslado
Tendrá a su cargo la apertura de canaletas y trabajos de albañilería que se requieran para los trabajos encomendados, tales como amurado de guías, colocación de grampas e insertos, tacos, etc.
Proveerá morteros y hormigones para amurado de cajas y cañerías que así lo requieran.
014 BAÑOS QUIMICOS
La totalidad del espacio para los baños, a la terminación de la obra y previa autorización de la Inspección de Obras, será desmontada y retirada por el Contratista a su exclusivo costo y cargo antes de la recepción provisional de los trabajos. El Contratista deberá entregar los mencionados espacios en las condiciones en que los ha recibido.
015 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LOS ASCENSORES
El Contratista realizará los controles necesarios para su correcto mantenimiento y conservación de los ascensores durante el periodo de garantía de la obra.
El servicio incluirá todos los aspectos que enumeran la Ordenanza 49.308/95 y su Decreto Reglamentario Nº 220, 578 y modificaciones que establece las siguientes características del servicio a prestar por parte de la Contratista:
a) SERVICIO CONTROL SEMANAL
Serán de lunes a viernes dentro del horario de 8 a 20 Hs., sábados de 8 a 13 Hs., y con servicio de guardias permanentes las 24 Hs. del día incluyendo inhábiles y feriados en caso de personas encerradas o peligro de accidente.
b) SERVICIO CONTROL MENSUAL
· Efectuar la limpieza del solado de cuarto de máquinas, selector de paradas de pisos, regulador de velocidad, grupo generador y otros elementos instalados, controles de maniobra, techo de cabina, fondo de hueco, guiadores, poleas inferiores tensoras, de desvío y/o renvío y guía superiores de puertas.
· Efectuar lubricación de todos los mecanismos expuestos a rotación, deslizamiento y/o articulaciones componentes del equipo, como máquina de tracción, poleas de envío y/o reenvío, guías de coche y contrapeso, guías superiores de puertas, polea del regulador de velocidad, etc.
· Verificar el correcto funcionamiento de los contactos eléctricos en general y muy especialmente de cerraduras de puertas, interruptores de seguridad, sistemas de alarma, parada de emergencia, sistema de freno, regulador de velocidad, poleas y guiadores de cabina y contrapeso.
· Constatar el estado de tensión de los cables de tracción o accionamiento así como de sus amarres, control de maniobra y de sus elementos componentes, paragolpes y operadores de puertas.
· Constatar la existencia de la conexión de la puesta a tierra de protección en las partes metálicas de la instalación, no sometidas a tensión eléctrica.
· Controlar que las cerraduras de las puertas exteriores, operando en el primer gancho de seguridad, no permitan la apertura de la puerta no hallándose la cabina en el piso y que no se abra el circuito eléctrico.
c) SERVICIO CONTROL SEMESTRAL
· Constatar el estado de desgaste de los cables de tracción y accionamiento, del cable del regulador de velocidad, del cable o cinta del selector o registrador de las paradas en los pisos y del cable de maniobra, particularmente su aislación y amarre.
· Limpieza de guías.
· Controlar el accionamiento de las llaves de límites finales que interrumpe el circuito de fuerza motriz, y que el mismo se produzca a la distancia correspondiente en cada caso, cuando la cabina rebasa los niveles de los pisos externos.
· Efectuar las pruebas correspondientes y verificar el estado de todo el sistema de seguridad, regulador, cuñas, varillaje de cabina y contrapeso cuando este lo posea.
La prestación a brindar incluye la provisión e instalación de materiales de reposición menores; entre ellos pueden citarse los siguientes: aceite especial para máquina de tracción, aceite para bujes, elementos de limpieza (Kerosene, contamatic, WD 40, estopa), grasa para rodamientos, grasa especial para guía de cabinas y contrapeso, patines inferiores de puertas, cuchillas de puertas cabina, colgadores de puertas exteriores y de cabinas, correas de operador de puertas, componentes internos de botoneras exteriores y de cabinas, lámparas de indicadores de dirección, indicadores de posición, llaves de accionamiento de sub-panel, ferodos de frenos, caja de manual sobre cabina, cerraduras de puertas exteriores, contactos eléctricos de puertas de cabina y sistema de paracaídas, límites de seguridad inferiores y superiores, sensor de lectura de posición sobre cabinas, patín retráctil, colizas de guías de cabina y contrapeso, fusibles, etc.
El Contratista deberá atender durante las 24 horas, incluyendo sábados, domingos y feriados los reclamos por fallas, por inconvenientes y/o irregularidades en el funcionamiento o el rendimiento de los equipos y/o las instalaciones, debiendo acudir dentro de las (2) horas de formulado.
Para el caso en que ante un desperfecto queden personas atrapadas dentro de los mismos, el adjudicatario deberá tener un servicio de auxilio de emergencia permanente y urgente. A tal efecto deberá disponer de números telefónicos, quedando dichos números a disposición del Departamento Técnico de Obras Menores de la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores.
Ante una llamada de emergencia, por personas atrapadas en cabina, etc., el servicio de auxilio se operará dentro de los treinta (30) minutos de recibido el llamado.
El adjudicatario informará las causas del desperfecto verificado y las tareas de corrección efectuadas o a efectuar para la puesta en servicio del coche afectado.
016 HABILITACION
Simultáneamente con la recepción provisoria de cada ascensor, el Contratista gestionará ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la habilitación de los equipos. El certificado de habilitación final deberá ser presentado dentro de los 6 (seis) meses posteriores a la fecha del Acta de Recepción Provisoria.
017 OFICINA DE LA INSPECCION DE OBRA
La oficina de la inspección de obra funcionará en la intendencia del edificio.
Equipamiento: La empresa proveerá a la inspección de una computadora de última generación
Sistema Operativo: Windows 7 Professional (64 bits) con procesador Marca Intel modelo Core i7, Memoria RAM 8GB. Tipo DDR3, Pantalla tipo Leed tamaño 13” ultraliviana, Disco rígido tamaño 750 GB, Software sistema. Operativo Windows 7, Provisto de herramientas de Office, AutoCAD 2012, antivirus etc. Se entregará con comprobante de garantía extendida por tres años. Dispositivo de almacenamiento extraíble de 200GB (Estos equipos serán provistas de manera definitiva. Los mismos se entregarán durante la primera semana de iniciada la obra).
Teléfono tipo Nextel con 400 minutos mensuales y radio sin límite, Impresora láser e internet banda ancha inalámbrica. Estos elementos serán restituidos a la empresa con la recepción definitiva de la obra y serán provistos durante la primera semana de inicio de obra.
SECCION 1 ASCENSORES
A DEMOLICION
A1 Demoliciones y desmontes
Generalidades
El Contratista tendrá a su cargo la demolición de los sectores afectados, el desmonte de todos los elementos indicados, y el retiro de los mismos indicados a fin de materializar los trabajos correspondientes a la obra a ejecutar, debiendo retirar dichos elementos y el producto de estos trabajos dentro de las 24 horas de la obra.
Los trabajos especificados en este capítulo comprenden todas las demoliciones necesarias a tal fin, teniendo en cuenta que se desmontará y montará primero un ascensor y luego el otro a efectos de dejar siempre un ascensor funcionando.
Además de estas indicaciones, deberán ejecutarse todas las demoliciones que no estén indicadas y sean necesarias por razones constructivas pese a que no se enumeren en el Listado de tareas. Esta circunstancia no le da derecho al Contratista para el reclamo de pagos adicionales quedando expresamente indicado que en este rubro se encuentran comprendidas todas las demoliciones, desmontes y retiro de materiales necesarios de acuerdo al objeto final de los trabajos. Además está incluido el retiro de la obra de todos los materiales producto de estas tareas.
El Contratista efectuará las demoliciones previstas dando estricto cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Código de la Edificación de la Ciudad de Buenos Aires ya sea en el orden administrativo como en el técnico.
El Contratista pondrá especial cuidado que el derribo de las partes existentes y que los mismos sean realizados con el empleo de herramientas apropiadas y no por derrumbe. Se prohíbe expresamente el volteo de piezas. Los escombros provenientes de la demolición deberán volcarse hacia el interior prohibiéndose arrojar cualquier material desde alturas superiores a un metro. El riego de escombros es obligatorio a fin de evitar el levantamiento de polvo.
Todos los materiales provenientes de la demolición se retirarán de la obra en el horario que establezcan al respecto las ordenanzas municipales. Se tomará especial cuidado en el estacionamiento de camiones a fin de no entorpecer el tránsito ni los accesos a sectores linderos y se deberá respetar el horario y peso de los mismos a fin de cumplir la reglamentación especial de la zona de ubicación de la Obra.
Ningún material producto del desmonte o de las demoliciones, podrá emplearse en las obras objeto de la presente documentación.
Los materiales cargados sobre camiones deberán cubrirse completamente con lonas o folios plásticos a fin de impedir la caída o desparramo de escombros y de polvo durante su transporte.
A1-1 Desmonte de dos (2) ascensor existente (cabina, puertas, guías, etc.)
Los trabajos especificados en este capítulo comprenden el desmonte, en toda su extensión, de los dos ascensores existentes: cabina, guías, guías de contrapeso.
Los presentes trabajos de desmonte tienen por objeto liberar los pasadizos del mencionado ascensor para instalar en ellos los nuevos.
Se incluye también la totalidad de tensores, cables, contrapeso, paracaídas etc.,
Esta lista puede omitir desmontes y/o demoliciones que estén indicadas o no, y que sean necesarias por razones constructivas o técnicas. Esta circunstancia no da derecho alguno al Contratista a reclamo de pagos adicionales y queda explicitado que este rubro abarca toda demolición y desmonte que sean necesarios de acuerdo con el objeto final de los trabajos.
A1-2 Desmonte elementos palieres de piso (puertas, linternas, llamadores de piso, etc.)
Los presentes trabajos de desmonte tienen por objeto por desmontar los frentes, puertas linternas y llamadores de piso de los palieres de cada piso.
Esta lista puede omitir desmontes y/o demoliciones que estén indicadas o no, y que sean necesarias por razones constructivas o técnicas. Esta circunstancia no da derecho alguno al Contratista a reclamo de pagos adicionales y queda explicitado que este rubro abarca toda demolición y desmonte que sean necesarios de acuerdo con el objeto final de los trabajos.
A1-3 Desmonte elementos sala de máquinas (motores, equipos, tableros, etc.)
Los presentes trabajos de desmonte tienen por objeto por desmontar el equipamiento de sala de máquinas en forma integra y la demolición de bases, plataformas de los mencionados equipos y aquellas que se requieran.
Esta lista puede omitir desmontes y/o demoliciones que estén indicadas o no, y que sean necesarias por razones constructivas o técnicas. Esta circunstancia no da derecho alguno al Contratista a reclamo de pagos adicionales y queda explicitado que este rubro abarca toda demolición y desmonte que sean necesarios de acuerdo con el objeto final de los trabajos.
A1-4 Desmonte instalaciones existentes ascensor
Los presentes trabajos de desmonte tienen por objeto desmontar todas las instalaciones existentes que se encuentran dentro del pasadizo del ascensor.
Esta lista puede omitir desmontes y/o demoliciones que estén indicadas o no, y que sean necesarias por razones constructivas o técnicas. Esta circunstancia no da derecho alguno al Contratista a reclamo de pagos adicionales y queda explicitado que este rubro abarca toda demolición y desmonte que sean necesarios de acuerdo con el objeto final de los trabajos.
A1-5 Demolición sector pared para colocar extractor.
Los presentes trabajos de demolición tienen por objeto la demolición de losa y/o pared para colocar extractor en la sala de máquinas.
Esta lista puede omitir demoliciones que estén indicadas o no, y que sean necesarias por razones constructivas o técnicas. Esta circunstancia no da derecho alguno al Contratista a reclamo de pagos adicionales y queda explicitado que este rubro abarca toda demolición y desmonte que sean necesarios de acuerdo con el objeto final de los trabajos.
A1-6 Desmonte membrana terraza sala de máquinas
El presente trabajo de demolición tiene por objeto desmontar la membrana existente sobre la sala de máquinas del ascensor ubicada en la terraza.
Esta lista puede omitir demoliciones que estén indicadas o no, y que sean necesarias por razones constructivas o técnicas. Esta circunstancia no da derecho alguno al Contratista a reclamo de pagos adicionales y queda explicitado que este rubro abarca toda demolición y desmonte que sean necesarios de acuerdo con el objeto final de los trabajos
B CARPINTERÍAS
Estos trabajos comprenden la provisión y colocación de todas las carpinterías metálicas de la obra, según tipos, cantidades y especificaciones particulares que se indican en el presente.
Se consideran comprendidos dentro de esta contratación todos los elementos específicamente indicados o no; conducentes a la perfecta funcionalidad de los distintos cerramientos así por ejemplo:
Refuerzos estructurales, elementos de unión entre perfiles, todos los selladores y/o burletes necesarios para asegurar la perfecta estanqueidad del conjunto, elementos de anclaje, cenefas de revestimientos y/o ajuste, ajuste de cierra puertas existentes, sistemas de comando de ventanas y/o ventilaciones, así como cerrajerías, tornillerías, grampas, etc.
Será obligación del Contratista, la verificación de dimensiones en obra, para la ejecución de los planos finales de fabricación.
Se considerará comprendida dentro de la contratación la entrega a pie de obra de los distintos cerramientos.
B1 PUERTAS Y VENTANAS
B1-1 Tipo 1 – Puerta acceso sala de máquinas
Arreglo de la carpintería existente siempre que esta cumpla con la forma de abrir reglamentaria y el ancho mínimo, caso contrario la empresa deberá realizar la extracción y recambio. Se deberá comprobar durante la visita a obra e incluir en el presupuesto. No dará lugar a adicional
B1-2 Tipo 2 –Rejilla sala de máquinas
Se adaptará la rejilla de sala de máquinas, incorporando un extractor con sensor de temperatura de manera que garantice las renovaciones necesarias.
B1-3 Frentes de acero inoxidable - Puertas automáticas de piso (pb-1º-2º-3º-4º-5º-6°) en ambos ascensores
DESCRIPCION
Las puertas serán de embutir de apertura automática mientras el ascensor está nivelado y cerrarán después de la operación a partir de un lapso de tiempo predeterminado. Podrá también si se deseara detener y reabrir las puertas, o mantenerlas abiertas mediante la presión de un botón ubicado en el panel de comando del coche. Si las puertas no operasen por fallas en el operador automático o por falta de corriente, deberá ser posible abrirlas manualmente desde el interior de la cabina. Las puertas del ascensor llevarán un sistema de seguridad a rayos infrarrojos electrónicos continuos en toda su altura. Si las puertas han iniciado su movimiento de cierre y un pasajero interrumpe la barrera protectora, las puertas volverán a abrirse y se cerrarán nuevamente sólo después que el pasajero haya entrado o salido del coche del ascensor.
PUERTAS AUTOMATICAS EXTERIORES.
Se proveerán puertas corredizas a izquierda y derecha, de operación automáticas que surjan del proyecto a acompañar con la oferta las que serán accionadas por el operador de la puerta de cabina.
Las hojas serán construidas en chapa de hierro doble decapado forrado de acero inoxidable AISI 304 satinado espesor 0.9 mm.
Se proveerán trabadores del tipo roller realese. Tendrá gancho reglamentario con posibilidad de accionamiento manual con herramienta especial (service-seguridad). Tendrá contactos blindados de máxima seguridad y confiabilidad que actúan solo con la traba mecánica ya establecida. Tendrá caja de máxima resistencia. La totalidad de las puertas de pasillo contarán con cerraduras e interruptores de seguridad para que no funcione el ascensor ante fallas de la traba mecánica. En caso de producirse esta circunstancia se accionará una alarma en la puerta de pasillo correspondiente y dará aviso al Comando General de Control y Supervisión.
B1-4 PUERTAS DE SUBSUELOS
Serán de chapa doble decapado de 1.5 mm para pintar, con idénticas características que las de acero. Cantidad 4 puertas (dos por piso).
B1-5 PUERTAS DE CABINA (cantidad dos)-
Tendrá operador de puerta automática electrónico, con motor de frecuencia y voltaje variables (VVVF) garantizando mínimo tiempo de accionamiento y operación suave y silenciosa. Se ajustará a las Normas de Seguridad ANSI. Tendrá cuchilla de puerta tipo retráctil para permitir el accionamiento y arrastre de las puertas. Se proveerán hojas construidas en chapa de hierro doble decapado forrado de acero inoxidable AISI 304 satinado espesor 0.9 mm.
B2 ESPEJOS
B2-0 Generalidades
Estos trabajos comprenden la provisión y colocación de espejos en las cabinas de los ascensores, cuyas dimensiones serán replanteadas en obra. Se colocaran en todo su perímetro superior, separado por un tubo de acero o chapa de acero doblada de 18mm x 60 mm, a modo de zócalo a media altura a efectos de separa del acero inferior. En este tubo se fijaran en dos de sus lados pasamano de acero de 40mm de diámetro.
Todos los vidrios, cristales o espejos a proveer, deberán ser entregados cortados en sus exactas medidas.
Se destaca especialmente que el Contratista será el único responsable de la exactitud prescrita, debiendo por su cuenta y costo, practicar la verificación de las medidas en obra.
B2-1 Espejo esp. 4 más 4 mm biselado
Cada ascensor tendrá espejos reglamentarios 4 más 4 mm con lámina plástica interior desde su parte media de cabina hacia arriba.
C OBRA GRUESA
C1 DESMONTE DE 18 PUERTAS DE PISO Y COLOCACION DE NUEVAS
Se retirarán las puertas y guías inferior y superior y se amurarán las puertas nuevas, para ello y a efectos de arrimar las mismas a los granitos de piso que conforman el frente, se deberá realizar el picado y desgaste de mampostería a efectos de colocar las nuevas correctamente.
Colocación de puertas y se dejará el pasadizo correctamente revocado.
C2 BASES PARA EQUIPOS
Se ejecutarán en la sala de máquinas de ascensor para los elementos que así lo requieran (regulador de velocidad, tablero de comando, máquina de tracción, etc.).
D INSTALACIONES
D1 INSTALACION ELECTRICA
D1-1 Alimentación eléctrica Gral. Ascensor (tableros M y F.M, extractor, iluminación, etc.)
La contratista deberá realizar los trabajos necesarios para proveer de energía a un tablero seccional que deberá conectarse en el circuito de barras del tablero general ubicado en subsuelo sector frente.
Dicho tablero deberá contar con todos los elementos reglamentarios según las normativas vigentes y contarán con todos los recaudos de protección requeridos. De la misma manera deberán cubrirse los recaudos enunciados con toda prolongación o derivación que requieran los trabajos.
Los costos de lo enunciado correrán por cuenta del Contratista.
El oferente incluirá en su propuesta el suministro y la instalación de todos los elementos necesario para el conexionados de los equipos.
Toda la instalación cumplirá con las normas establecidas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Todos los conductores deberán ser normalizados con propiedades antillama de primera calidad PIRELLI o equivalente, de sección acorde al consumo.
Los cables de mando normalizados con propiedades antillamas del tipo plano con doble vaina de primera calidad. Los mismos serán instalados en forma directa y sin empalmes desde el panel de control de la cabina al tablero de maniobras ubicado en la sala de máquinas con los correspondientes soportes y roldanas montados en la cabina y en el pasadizo.
Provisión y montaje de una caja de inspección en el techo de cada cabina las cuales estarán provistas de: una llave de accionamiento de seguridad y pulsadores SUBIR-BAJAR –EMERGENCIA, desactivando el comando manual desde la cabina o la sala de máquinas al ser accionada la llave de seguridad.
Se instalarán límites y soportes. Se utilizarán interruptores blindados de seguridad de máxima calidad.
D1-2 Provisión y colocación artefactos iluminación (pasadizo y sala maq) y extractor
Se deberá proveer un sistema de iluminación por medio de tortugas industriales en el pasadizo debiendo considerarse como mínimo un artefacto de iluminación cada 4 m de altura considerando que la primera se colocará a una distancia de 1,80 m del piso del bajo recorrido y la ultima a 1m del techo del pasadizo. Se proveerá en subsuelo, dentro del pasadizo, una llave de encendido para las luminarias. Se proveerá de un interruptor en la sala de máquinas.
En la sala de máquinas, se deberán colocar 4 artefactos de iluminación ídem pasadizos donde lo indique la Inspección de Obras.
Asimismo, la Contratista deberá proveer e instalar en la sala de máquinas:
D2 INSTALACION ELECTROMECANICA
ASCENSORES N°1 y N°2
DATOS PRINCIPALES
Cantidad: |
Dos (2). |
Carga útil: |
500 kilos |
Velocidad: |
60 mpm |
N° de paradas: |
(9) Ocho |
Cantidad de personas: |
(5) cinco |
Servicio: |
Pasajeros |
CABINA
Dimensiones nominales (AxFxH): |
Enchapada en acero inoxidable y espejos. |
Terminación interior: |
Chapa de acero inoxidable calidad 304 pulido mate 0.9mm |
Techo e iluminación: |
Cielorraso suspendido, en chapa de acero inox. Calidad 304 pulido mate, con difusor acrílico e iluminación fluorescente. |
Piso: |
Granito negro Uruguayo esp. 25mm.
|
Puerta de cabina |
|
Cantidad: |
Dos (2) |
Dimensiones (AxH): |
800x2000 mm. |
Tipo: |
Automáticas centrales de dos (2) hojas |
Acabado: |
Chapa de hierro revestida en acero inoxidable calidad AISI 304 pulido mate. F60 |
Operador: |
Accionado por frecuencia variable de alto trafico. |
Seguridad: |
Mediante rayos infrarrojos del tipo multihaz. |
Iluminación de emergencia: |
Si, de funcionamiento automático, 2 hs. tiempo de encendido |
Intercomunicador: |
Sí, del tipo manos libres conectado a la sala de guardia. |
Accesorios: |
Extractor de aire, cámaras (una por cabina), intercomunicador Y alarma.
|
MÁQUINARIA
Tipo: |
Electromecánica con engranajes. |
Alimentación: |
3 x 380 V – 50 Hz. |
Regulación: |
Tracción regulada por variación de tensión y frecuencia vectorial – ACVVVF |
Situación de la máquina: |
Arriba, sobre pasadizo vertical. |
PUERTAS DE PISO
Tipo: |
Automáticas centrales de dos (2) hojas |
Dimensiones (AxH): |
800x2000 mm. |
Acabado: |
Chapa de hierro, revestida en acero inoxidable calidad AISI 304 pulido mate espesor 0.9mm |
Marcos y guías de puertas |
Ajuste y colocación de guías nuevas. Chapa de acero inoxidable calidad AISI 304. |
HUECO
Contrapeso: |
Pesas existente acondicionadas. |
Paracaídas de coche: |
Progresivo nuevos. |
Amortiguadores: |
A resorte. |
SEÑALIZACION Y MANDO
En cabina: |
· Pulsadores electrónicos de micromovimiento con registro luminoso de llamadas y grabado Braille. · Indicador de dirección lumínico y sonoro · Pulsador de alarma. · Pulsador abrir puertas. · Pulsador cerrar puertas. · Interruptor de Stop. · Interruptor de luz. · Interruptor de ventilador · Intercomunicador del tipo manos libres · Indicador de sobrecarga · Indicador sonoro de piso |
En todas plantas: |
Botonera dotada de: · Pulsadores electrónicos de micromovimiento con registro luminoso de llamadas y grabado Braille. · Posicional electrónico. |
MANIOBRA
Características: |
TABLEROS DE MANIOBRAS ELECTRONICO COMPUTARIZADO CON MICROPROCESADOR. Selectiva colectiva descendente y ascendente |
DIMENSIONES BÁSICAS OBRA CIVIL
Hueco (AxF): |
|
Recorrido: |
29 mts. Aprox |
Sobrerrecorrido (Última parada): |
2650 mm, desde dintel del 6° piso. |
Bajorrecorrido (Foso): |
1500 mm verificar medidas existentes |
Servicio de bomberos
Mediante el accionamiento de un interruptor localizado en una caja en PB se producirá:
- Cancelación de todas las llamadas registradas en el coche.
- Viaje automático a planta baja sin parar.
- Si el ascensor está viajando en sentido opuesto a planta baja será obligado a revertir su dirección dirigirse a ésta.
- Finalizada la situación de emergencia y repuesto los interruptores en su posición original se normalizará el servicio.
BOTONERA DE CABINA
El frente del panel de control será de acero inoxidable AISI 304 satinado en un solo panel que abarca desde el piso hasta el techo de la cabina.
Los botones del panel de comando deberán ubicarse en una zona comprendida entre 0,80m a 1,30m de altura medida desde el nivel del piso de la cabina y a 0,50m de las esquinas. Por otra parte el comando de emergencia y el teléfono se colocarán en la parte inferior del panel de comando de la cabina. Las botoneras de cabina deberán contar con señalización braille para no videntes y deberán ser montadas según las alturas reglamentarias para discapacitados.
SISTEMA DE SEGURIDAD
La cabina contará con sistema de paracaídas del tipo progresivo Q 750 P + Q 1,6 m. /seg.
GUIADORES
Los guiadores de la cabina serán del tipo autoalineables con colisas de PVC.
E TERMINACIONES
E1 Solados
E1-1 Tipo S1 Granito: se proveerá granito negro uruguayo en ambas cabinas espesor 25 Mm.
E2 ZOCALOS
E2-1 En cabinas
Realizados en acero inox. de 7 cm de ancho y 2 cm de espesor y banda divisoria entre espejos y acero inferior similar a zócalo.
E3 REVOQUES
Tipo R1 – Retoques de revoques
La contratista deberá realizar las terminaciones con revoque correspondiente en los sectores en los cuales tenga intervención (demoliciones, colocación de carpinterías, desmonte de carpinterías, bases, etc.)
E4 CIELORRASOS
Tipo C1 Acero inoxidable aisi 304 esp. 1,5mm rebatible, con separación perimetral de 2cm y calado para alojar acrílico en dos franjas de 20cm (con dos artefactos fluorescentes de 2 tubos c/uno) por el largo dejando entre 10 y 20 cm de borde. Hacer detalle contemplando larg de luminarias y estética del techo de acero inoxidable.
E5 PINTURA
E5-1 látex acrílico
La contratista procederá a la ejecución de los trabajos de pintura en el área de sala de máquinas y en pasadizo de ascensor.
Una vez terminadas las tareas de pintura, la Contratista procederá a una estricta limpieza de los sectores tratados, retirando todo vestigio de pintura sobrante, enmascarado y/o todo elemento que no se corresponda con una perfecta terminación de los trabajos.
E5-2-1 Tipo P1- Esmalte sintético
Tipo P2 - Esmalte sintético brillante sobre marcos y hojas
Se efectuará el retoque del tratamiento antióxido efectuado en taller que como se especifica en el rubro Carpintería (Metálica) consiste en tres manos de antióxido.
Se masillará con masilla al aguarrás, en capas delgadas donde fuere menester. Luego se aplicará fondo antióxido sobre las partes masilladas, lijando adecuadamente.
A continuación se efectuarán las manos necesarias de esmalte sintético puro con un intervalo mínimo de 10 horas entre cada una de ellas, sujetas a la aprobación de la Inspección de Obra, en cuanto a cubrimiento y terminación superficial.
F PROTECCIONES
F1 Impermeabilización sobre terraza sala de máquinas
Una vez desmontada la membrana de aislación existente, se nivelará la carpeta hidrófuga.
Posteriormente se aplicará una pintura asfáltica en dos manos cruzadas como barrera de vapor, sobre la cual se colocará una membrana tipo Ormiflex o similar de 4mm con terminación de aluminio.
SECCION 2 MONTANTE SANITARIA
Generalidades: Los trabajos tienen por objeto remplazar la montante sanitaria, ubicada a derecha de los ascensores, en virtud que la misma repite pese a reparaciones sucesivas desbordes de líquidos cloacales en el 2°piso. 1°piso, PB y subsuelo, por lo que se realizará el recambio en este tramo de la instalación con las demoliciones, desmontes y desguaces de cañería y rehacer y reconstruir nuevamente la montante y los sanitarios.
Para ello se deberá demoler el muro de ladrillo hueco que separa la montante del baño, único acceso ya que los otros tres lados son de tabique de hormigón armado.
A DEMOLICION
A.1- Demolición y desmonte
A1.1- Desmonte de artefactos sanitarios, griferías en baños cocinas sector montante sanitaria en 2°piso, 1° piso, demolición de muro en planta baja y cielorraso sobre PB.
A1.2 – Demolición de ladrillo hueco con revestimiento cerámico en sanitarios para el acceso a montante.
A1.3- Desmonte de cañería de hierro fundido de 4” más todas las derivaciones secundarias y plomo, que comunican ésta con inodoro, piletas de piso con sifón, piletas de cocina, bidet, etc.
Este se realizará desoldando uniones, no admitiendo empalmes que no respondan a la tecnología usada, esto es caños hierro fundido calafateado con plomo, piezas de bronce y plomo etc.
A1.4- Descripto en punto anterior.
A1.5- Demolición en 2° piso de cerámicos, carpeta y contrapiso para acceder a la cañería secundaria y proceder a su retiro.
A1.6- Demolición de cielorraso en 1°piso y planta baja.
A efectos de acceder al total de la instalación completa a desmontar se preverá la demolición de cielorrasos y/o pisos descubriendo así el total de la instalación, descubriendo posibles vicios de la instalación y reparando los mismos.
A1.7- Desmonte de rejillas en muro a demoler.
A1.8- Desmonte de válvulas de inodoro y llaves de paso.
A1.9- Limpieza y retiro de escombros.
B CARPINTERIAS
B1 Puertas y ventanas
B1.1- Tipo 0 Existentes
Todas las puertas del área sanitaria se deberán descolgar a efectos de que no se dañen y previo al montaje se reacondicionarán colocando todo faltante.
B1.2- Tipo A Bocas de acceso a montante.
Se proveerán bocas de acceso metálicas a efectos de poder registrar posibles inconvenientes, las medidas dependerán de el espacio no ocupado por cañerías.
B1.3- Boca de acceso en cielorraso de planta baja.
En planta baja sobre cielorraso, la montante realiza un desvío horizontal, la misma deberá desmontarse hasta el punto en que la cañería vuelve a la vertical. En este sector, se colocará una boca de inspección.
B1.4- Recambio de rejilla de extracción de aire.
Visto que la reconstrucción se realizará con tabique de placa de roca de yeso tipo durlock, se deberá recolocar las rejillas de ventilación o remplazo de no adaptarse o salir en mal estado.
C OBRA GRUESA
C1- Armado de tabique tipo durlock.
En remplazo al muro para acceso a montante, se remplazará por tabiquería de placas verdes tipo Durlock.
C2- Provisión y colocación de cerámicos o porcelanatos.
En el total del muro que da al montante, el que se remplazara por tabique, se colocará cerámicos ídem existentes y de no existir en mercado, se remplazará por porcelanato 50x50 que contraste con lo existente.
C3- Colocación de Bocas de acceso, válvulas de inodoro etc.
Se recolocarán todos los elementos hoy existentes más bocas de acceso.
C4- Arreglo de contrapisos / C5- Arreglo de carpetas/ C6 Colocación de pisos cerámicos
Se deberán arreglar ya sea las roturas en piso o cielorraso luego del acceso para el recambio de las cañerías o principal o secundaria.
Luego del remplazo de las instalaciones (piletas de piso, cañerías y todo elemento en mal estado), se procederá a la reconstrucción de los sectores dañados. De no contar con cerámicas Para reposición (ídem existente) se procederá al cambio total del revestimiento del sanitario.
D INSTALACIONES
D1 CLOACAL
D1-1 Recambio de cañería cloacal de hierro fundido.
Se realizará el total de la cañería cloacal con caño de fundición calafateado y engrampado a tabiquería de hormigón para evitar presión sobre la horizontal y movimientos.
Se desguazará desde el 2° piso hasta el 1° subsuelo, debiendo asegurarse que la cañería horizontal a línea municipal este en óptimas condiciones, caso contrario se realizará el recambio hasta la acometida en línea municipal.
D1-2 Cañería Secundaria
Se trata del recambio de toda cañería ya sea de fundición de 2” o plomo con piletas y accesorios más las cañerías de agua de ser necesario. Todos los materiales serán provistos por el contratista previo la entrega de muestras.
Se utilizará la misma tecnología existente, calidad de materiales y mano de obra apropiada.
La mano de obra será calificada y se deberá presentar detalles de montaje, así como la supervisión de los mismos por matriculado presente en obra.
D2 INSTALACION SANITARIA
D2-1 Colocación de artefactos sanitarios.
Se procederá de encontrarse en buen estado los mismos artefactos sanitarios caso contrario se remplazarán por artefactos nuevos.
D2-2 Colocación del total de elementos sanitarios prexistentes, remplazando todo lo dañado o falto como tapa de inodoro, repuestos tipo rejillas, sopapas.
D2-3 recambio de griferías y espejos
Todos lo elementos que componen tanto las cocinas de intervenirse o los baños deberán quedar en perfecto estado de funcionamiento y aspecto, debiendo cambiar y arreglar todos los desperfectos incluso los artefactos lumínicos.
E TERMINACIONES
E1 Solados
E1-1 Cerámicos piso local sanitario
Se realizará la reposición de los cerámicos de piso en caso de contar con un cerámico idéntico, no siendo así, se procederá al recambio total del piso del local y antecámaras.
E2 ZOCALOS
E2-1 Reposición de Zócalos
Los mismos tendrá que ser acordes al piso existente o a su remplazo.
E3 REVOQUES
E3-1 Retoques
Arreglos de todos los revoques dañados, ya sean muros o cielorraso, el que se deberá reparar con el mismo material.
E4 REVESTIMIENTO
E4-1 Porcelanato 50 x 50 cm.
El cerámico removido para acceder al montante se deberá remplazar de no conseguir el mismo exactamente por un porcelanato tipo travertino contrastante con el resto, solo en el total del muro que da a dicha montante.
E5 CIELORRASO
Arreglos de durlock o yeso
Según corresponda se procederá a su reparación.
E6- PINTURA
E6-1 Pintura látex acrílico interior en muros y cielorrasos.
E6-2 Pintura sintética en puertas, rejillas y todo elemento que requiera pintura en el sector sanitario, previo la aplicación de anti óxido o convertidor.