Licitación Pública Nº 27/2015- Expediente CM Nº DCC 226/15-0- Resolución CAGyMJ Nº 96/2015

    Buenos Aires,  14 de diciembre de 2015

 

RESOLUCIÓN CAGyMJ N°    96      / 2015

 

VISTO:

 

El Expediente CM. Nº D.C.C 226/15-0 s/ Adquisición de un Sistema de Gestión de Recursos Humanos; y

 

CONSIDERANDO:

          

                                   Que a fs. 78/112 la Resolución CAGyMJ N° 83/2015 autorizó el llamado a licitación pública Nº 27/2015 de etapa única, bajo modalidad de llave en mano, para el desarrollo del sistema informático de Gestión de Recursos Humanos y Liquidación de Haberes del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de Pesos Trece Millones ($13.000.000) IVA incluido, fijándose la apertura pública de ofertas el día 19 de noviembre de 2015.

 

Que el llamado a licitación fue anunciado en la página de internet del Poder Judicial de la Ciudad (fs. 123), publicado en el Boletín Oficial (fs. 139/140) y en el Diario Página 12 (fs.158/159). Además se cursaron invitaciones mediante correo electrónico a empresas del rubro y cámaras del sector (fs. 125/138).

 

Que a fs. 160 se dejó constancia de la reunión informativa realizada el 9 de noviembre 2015.

 

Que a fs. 161/163, mediante la actuación 29268/15, Datastar Argentina SA formuló una consulta que fue contestada a fs. 164 por la Dirección General de Informática y Tecnología.

 

Que en consecuencia se dictó la Resolución CAGyMJ N° 93/2015 mediante la cual se aprobó la circular con consulta Nº 1 de la Licitación Pública Nº 27/2015 (fs. 170/172). Dicho acto administrativo fue anunciado en la página de internet del Poder Judicial (fs. 180), se notificó a las cámaras del sector y  a los adquirentes de los pliegos (fs. 181/188).

 

Que a fs. 189 consta la adquisición de los pliegos por parte de dos (2) empresas interesadas. A fs. 199/200 luce el acta de apertura de ofertas nro.  23/2015 registrando la presentación de un sobre ante la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, correspondiente a Datastar Argentina SA.

Que a la Oficina Nacional de Contrataciones (fs. 364/365) y el R.I.U.P.P. (fs. 366/369) informan que la oferente no tiene antecedentes por sanciones, y está inscripta en sus registros.

 

Que a fs. 370 la Comisión Evaluadora de Ofertas (CEO) solicitó a la Dirección General de Informática y Tecnología el análisis de la presentación efectuada por Datastar Argentina SA, a efectos de informar si dicho oferente y los servicios ofrecidos reúnen los requerimientos técnicos que se exigen en la presente contratación.

 

Que a fs. 372 la Dirección General de Informática y Tecnología informó que “no tiene objeciones que formular a la oferta presentada por la firma  Datastar S.A., por lo que considera que la misma cumple con lo especificado en los pliegos correspondientes.”

 

Que a fs. 374 la CEO requirió a la oferente, bajo apercibimiento de desestimar la oferta oportunamente presentada, la información solicitada en los artículos 7.1 y 9 del Pliego de Condiciones Particulares.

 

Que en consecuencia, mediante la Actuación N° 31394/15, se presentó la respuesta (fs. 378/381).

 

Que a fs. 382/386 la CEO. luego de realizar un análisis de la oferta presentada, la consideró admisible y propone “preadjudicar el renglón 1 a la empresa Datastar Argentina S.A. por un monto total de pesos doce millones novecientos noventa y nueve mil ($ 12.999.000) iva incluido”.

 

Que dicho dictamen fue notificado por correo electrónico a la oferente conforme surge a fs. 387/392. Asimismo, fue anunciado en la página de internet del Poder Judicial (fs. 394/395) y publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs.400/403).

 

                                   Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante  Dictamen Nro. 6672/2015 de fs. 404/405 expresó que: “esta Dirección General opina que no existe obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga el trámite de las presentes actuaciones.”

 

Que en tal estado el expediente llega a la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial.

 

Que la Ley 4890 modificó la redacción de la Ley 31, manteniendo en su art. 38 la competencia de la Comisión de ejecutar el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y toda otra función que le encomiende el Plenario o que se le atribuya por ley o reglamento. Además, por el inc. 4 le compete ejecutar los procedimientos de licitación, concurso y demás procedimientos de selección del cocontratante, de montos superiores a los establecidos en esta ley con relación a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el Plenario en el Plan de Compras y Plan de Acción para la Jurisdicción, disponiendo la adjudicación correspondiente.

 

Que por el art. 38 inc. 8 y 9 a la Comisión también le compete diseñar la política de informática y telecomunicaciones, organizar y mantener un sistema informático que permita el acceso a todos los usuarios y agentes del servicio de Justicia a información precisa, permanente y actualizada de acuerdo a sus competencias, organizar y mantener la necesidad de infraestructura de los organismos que integran el servicio de Justicia de la Ciudad.

 

Que implicando la cuestión en debate un acto de disposición de recursos presupuestarios en una contratación que pretende satisfacer una necesidad de infraestructura tecnológica, éste órgano resulta competente.

 

Que en tal sentido cabe destacar que, atento a lo informado, a fs. 77 por la Dirección General de Compras y Contrataciones la presente contratación se encuentra contemplada en el proyecto de Plan de Compras 2016, específicamente en la cuenta 4.8.1.

 

Que la oferta en análisis se encuentra dentro del presupuesto oficial aprobado para la presente contratación, y se requirió el anticipo financiero en concordancia con lo previsto en el punto 16 del Pliego de Condiciones Particulares.

 

Que atento a lo relatado, en el presente procedimiento intervino el área técnica para fundar la necesidad y el cumplimiento de los requisitos específicos de la contratación, la Unidad Operativa de Adquisiciones propuso el encuadre del procedimiento, la Comisión Evaluadora de Ofertas verificó el cumplimiento de los recaudos documentales dispuestos para la adquisición, mientras que el servicio de asesoramiento jurídico permanente no planteó observación alguna al dictamen de preadjudicación. Por todo ello, existiendo recursos presupuestarios suficientes, corresponde dar curso favorable al presente trámite.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria 4890;

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN

Y MODERNIZACIÓN JUDICIAL

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Aprobar lo actuado en la Licitación Pública N° 27/2015.

 

Artículo 2°: Adjudicar el Renglón 1 de la Licitación Pública N° 27/2015 a Datastar Argentina SA, por la suma total de Pesos Doce Millones Novecientos Noventa y Nueve Mil ($ 12.999.000) IVA incluido.

 

Artículo 3°: Instruir a la Dirección General de Compras y Contrataciones a notificar a Datastar Argentina SA la presente resolución y a efectuar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar; notifíquese al oferente, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección General de Informática y Tecnología, a la Dirección General de Compras y Contrataciones y a la Dirección General de Programación y Administración Contable, y oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION  CAGyMJ N°   96     /2015

 

 

 

 

 

 

 

Alejandro Fernández         Ricardo Baldomar            Juan Pablo Godoy Vélez

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