Contratación Menor N° 01/2018 Resolución OAyF N° 050/2018 DGCC 239/17-0 s/ Adquisición de Talones de Recepción para el Departam

                                                                         Buenos Aires,    20 de marzo de 2018

 

RES. OAYF Nº   050/2018

 

VISTO:

El Expediente DGCC N° 239/17-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Adquisición de Talones de Recepción para el Departamento Mesa de Entradas del CMCABA y Bolígrafos” RECARATULADO; y

 

CONSIDERANDO:

Que por Resolución OAyF N° 020/2018 se autorizó el llamado a Contratación Menor N° 1/2018 que tiene por objeto la adquisición de talonarios de recepción y bolígrafos, en la forma, características y demás condiciones detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra esa Resolución, con un presupuesto oficial de ciento siete mil quinientos cincuenta y cinco pesos ($107.555,00) IVA incluido (fs. 50/58).

Que, en particular, la mentada Contratación Menor comprende la provisión de treinta y cinco mil (35.000.-) talones de recepción por duplicados y pre-numerados (Renglón 1) y cuatro mil quinientos (4.500.-) bolígrafos tipo congreso (Renglón 2).

Que la Dirección General de Compras y Contrataciones puso en conocimiento del dictado de la Resolución OAyF N° 020/2018 a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 60/61) y dio cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la página web de este Poder Judicial (fs. 62).

Que asimismo, esa Dirección General remitió comunicaciones electrónicas a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 63/64), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 65/66) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a participar en la presente contratación (fs. 67/72). 

Que conforme se desprende del Acta de Ofertas Recibidas que luce a fojas 73, tal como fuera previsto, el 9 de febrero del corriente se realizó la apertura pública de ofertas y se dejó constancia de la recepción de una (1.-) oferta presentada por la firma “Dispape” de Rinaldi Rosana María Nuncia -incorporada a fojas 74/75- que cotizó los renglones requeridos por el monto total de ciento veintisiete mil setecientos pesos ($127.700,00).

Que la oferta mencionada supera el veinte por ciento (20%) del presupuesto oficial en el monto cotizado para el Renglón 1, razón por la cual la Dirección General de Compras y Contrataciones solicitó a la oferente que mejore la referida oferta, en virtud de lo estipulado en el punto 19 del Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación de marras (v. fs. 76/77) que concuerda con el artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y por analogía con lo dispuesto en el artículo 108 último párrafo de la Resolución CM N° 1/2014, reglamentaria de la Ley 2095. Al respecto, resulta relevante remarcar que dicha prerrogativa se fundamenta en la búsqueda de concluir exitosamente el procedimiento de selección y poder responder a las necesidades para garantizar el correcto funcionamiento del Organismo. En consecuencia la empresa “Dispape” remitió una nueva propuesta -incorporada a fojas 79/80- por el monto total de ciento veinticinco mil cuatrocientos noventa y cinco pesos ($125.495,00) y la mentada Dirección General elaboró el Acta de Ofertas Recibidas pertinente que luce agregada a fojas 78.    

Que a fojas 84/86 consta la Declaración Jurada de Aptitud para Contratar y a fojas 89/90 se incorporó la constancia de inscripción en el registro Buenos Aires Compra (BAC) de la empresa “Dispape”, de donde surge el estado “Inscripto” en ese Registro y “No Deudor” del Registro de Deudores Alimentarios Morosos de su apoderada. Asimismo a fojas 93 obra agregado el comprobante de la Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP-, del que no surgen deudas de la mentada empresa a la fecha de consulta.

Que luego, la Dirección General de Compras y Contrataciones requirió asistencia técnica al Departamento de Mesa de Entradas -en lo referente al Reglón 1- y al Departamento de Ceremonial y Protocolo -en relación al Renglón 2- para la evaluación de las ofertas presentadas en el marco de la contratación en cuestión, en calidad de áreas requirentes y técnicas competentes. En tal sentido, el Departamento de Ceremonial y Protocolo prestó conformidad sobre la oferta de la firma “Dispape” e indicó que los bolígrafos deben tener impreso el isologo del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires- Consejo de la Magistratura y no el de Editorial Jusbaires que no fueron requeridos por ese Departamento. Por su parte, el Departamento de Mesa de Entradas señaló que la propuesta presentada cumple con las características solicitadas por esa dependencia  (v. correos electrónicos de fs. 96 y 97 respectivamente).

Que a fojas 98/99 se incorporó la Constancia de Afectación N° 503/02 2018 emitida por la Dirección General de Programación y Administración Contable, correspondiente a la diferencia entre la oferta recibida y el presupuesto oficial.

Que posteriormente, la Dirección General de Compras y Contrataciones elaboró el Cuadro Comparativo de Precios con su respectivo Anexo (Cuadro de Documentación), correspondiente a la oferta remitida (fs. 99/100).

Que requerida que fuera al efecto, la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y emitió el Dictamen Nº 8123/2018. Allí, luego de realizar una breve reseña de lo actuado así como el análisis jurídico correspondiente concluyó: “(…) teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones, lo manifestado por la Dirección General de Compras y Contrataciones, la conformidad expresada por las Áreas requirentes de los insumos objeto de la contratación, y la normativa aplicable, esta Dirección General no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, para la prosecución del trámite de las presentes actuaciones” (fs. 106/107).

Que puesto a resolver, en consideración de lo actuado por la Dirección General de Compras y Contrataciones, a lo manifestado por las áreas requirentes y técnicas competentes y de acuerdo a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, corresponderá aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor N° 01/2018.

Que la oferta presentada por la firma “Dispape” de Rinaldi Rosana María Nuncia reúne todos los requerimientos formales y resulta admisible técnicamente en relación a los productos cotizados. Asimismo, ni el monto de los renglones ni el total de la oferta supera el veinte por ciento (20%) del presupuesto oficial, por lo que resulta conveniente a los intereses económicos de este Consejo de la Magistratura. 

Que en consonancia con lo antedicho, corresponderá adjudicar los Renglones 1 y 2 de la Contratación Menor Nº 01/2018 a la firma “Dispape" de Rinaldi Rosana María Nuncia por la suma total de ciento veinticinco mil cuatrocientos noventa y cinco pesos ($125.495,00) IVA incluido, de acuerdo a la oferta obrante a fojas 79/80 y según el Pliego de Bases y Condiciones de la contratación de marras.

Que en consecuencia se instruirá a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. 

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, la Resolución Pres. Nº 1203/2015 y la Resolución CM Nº 222/2015;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor N° 01/2018 que tiene por objeto la adquisición de talonarios de recepción y bolígrafos, en la forma, características y demás condiciones detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 20/2018.

 

Artículo 2º: Adjudíquense los Renglones 1 y 2 de la Contratación Menor N° 01/2018 a la firma Dispape de Rinaldi Rosana María Nuncia por la suma total de ciento veinticinco mil cuatrocientos noventa y cinco pesos ($125.495,00) IVA incluido, de acuerdo a la oferta obrante a fojas 79/80 y según el Pliego de Bases y Condiciones de la contratación de marras. Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente resolución.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá notificar a la firma que resultó adjudicataria.

 

Artículo 4: Regístrese, publíquese y notifíquese como se ordenara. Comuníquese al Departamento de Ceremonial y Protocolo, al Departamento de Mesa de Entradas y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

 

RES. OAYF Nº  050/2018

 

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