Contratación Menor Nº 03/2015- Expediente CM Nº DCC 288/14-0- Resolución OAyF Nº 070/2015

                                                                         Buenos Aires,     12   de marzo de 2015

 

RES. OAYF Nº    70    /2015

 

VISTO:

El Expediente DCC N° 288/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Contratación del Servicio de Reciclado de Toner”; y

 

CONSIDERANDO:

Que los presentes actuados se iniciaron mediante Memo N° 519 por el que la Dirección de Informática y Tecnología remite las especificaciones técnicas para la contratación de un servicio de reciclado de cartuchos de tóner para impresoras de dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –área administrativa y jurisdiccional- e informa que el presupuesto oficial estimado es de cuatrocientos noventa y un mil trescientos noventa y cuatro pesos ($491.394,00) (fs. 1/5).

Que la Dirección de Compras y Contrataciones elabora entonces el ante proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares agregado a fojas 9/15, lo remite a la Dirección General de Informática y Tecnología y esta última dependencia presta su conformidad al mismo (fs. 18).

Que luego, la Dirección de Compras y Contrataciones adjunta el cuadro del presupuesto para la contratación del servicio de reciclado de tóner, que asciende a la suma de cuatrocientos noventa y un mil trescientos cincuenta y cuatro pesos ($491.354,00) (fs. 20), manifiesta que entiende viable el llamado a Contratación Menor N° 3/2015, conforme lo dispuesto en el artículo 38 y concordantes de la Ley 2095, y su modificatoria, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014 (fs. 21) y agrega el proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado para proceder a la contratación por el plazo de doce (12.-) meses, bajo la modalidad de compra abierta, de un servicio de reciclado de cartuchos de tóner para impresoras de dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – áreas administrativa y jurisdiccional- (fs. 22/27).

Que a fin de dar cumplimiento con las disposiciones de la Ley 70, la Dirección de Programación y Administración Contable deja constancia del compromiso preventivo asumido por (4.-) meses del año 2016 para afrontar el presente gasto, y agrega la constancia de afectación N° 720/02 2015, efectuada por los meses de mayo a diciembre 2015 (fs. 28/30).

Que en tal estado, la Dirección de Compras y Contrataciones eleva lo actuado a consideración de esta Oficina de Administración y Financiera. Asimismo, informa que en virtud de lo dispuesto en el inciso a) del artículo 38° del Anexo I de la Resolución CM N° 1/2014, reglamentario del Artículo 38° de la Ley N° 2095 y su modificatoria la Ley N° 4764, el Pliego de Bases y Condiciones de la contratación de marras será gratuito y se entregará al interesado junto con la invitación a participar en el procedimiento (v. Nota N° 124-DCC-15 de fojas 31).

Que requerida que fuera al efecto, mediante Dictamen N° 6133/2015 toma intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Allí, luego de realizar una breve reseña de lo actuado y el análisis jurídico correspondiente, manifiesta que “(…) la presente Contratación Menor se regirá por las disposiciones de la ley 2095 y su modificatoria ley N° 4764, reglamentada por el Anexo I de la Res. CM N° 1/2014” y destaca lo dispuesto en los artículos 38 y 40 de la Ley 2095 y su modificatoria la Ley 4764 y en el artículo 38 del Anexo I de la Resolución CM N° 01/2014, respecto de las contrataciones directas que se efectúan bajo el régimen de contratación menor y con orden de compra abierta. Finalmente, concluye lo siguiente: “(…) teniendo en cuenta lo manifestado por el área técnica, la normativa legal aplicable (…), es opinión de esta Dirección General que no existe obstáculo desde el punto de vista jurídico para continuar con el trámite del presente expediente (39/40).

Que posteriormente, otorga conformidad al proyecto de Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor N° 3/2015 la Dirección General de Informática y Tecnología (fs. 46).

Que entonces, puesto a resolver, en atención a los antecedentes mencionados, corresponderá autorizar el llamado a la Contratación Menor Nº 03/2015, con orden de compra abierta, que tiene por objeto la contratación del servicio de reciclado de cartuchos de tóner para impresoras del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integrará la presente Resolución, con un presupuesto oficial cuatrocientos noventa y un mil trescientos noventa y cuatro pesos ($491.394,00), IVA incluido.

Que a su vez, habrá de aprobarse el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor N° 03/2015.

Que finalmente, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso al llamado a Contratación Menor N° 03/2015 y para que realice las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley N° 2095, su modificatoria la Ley N° 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorícese el llamado a la Contratación Menor Nº 03/2015 que tiene por objeto la contratación del servicio de reciclado de cartuchos de tóner para impresoras del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características, y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la presente Resolución, con un presupuesto oficial cuatrocientos noventa y un mil trescientos noventa y cuatro pesos ($491.394,00), IVA incluido.

 

Artículo 2º: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Contratación Menor Nº 03/2015 que como Anexo I integra la presente Resolución.

 

Artículo 3º: Establézcase el 25 de marzo de 2015 a las 16:00 horas como fecha límite para recibir consultas relacionadas con la presente contratación y el 31 de marzo de 2015 a las 16:00 horas, como fecha límite para la presentación de ofertas.

 

Artículo 4º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas correspondientes para dar curso al llamado a Contratación Menor N° 03/2015 y para que realice las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley N° 2095, su modificatoria la Ley N° 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014  y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

 

Artículo 5º: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese a la Dirección General de Informática y Tecnología y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.

 

 

RES. OAYF Nº     70    /2015


 

ANEXO I

CONTRATACIÓN MENOR N° 3/2015 (RES. OA y F Nº ***/2015)

 

 

CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE RECICLADO DE TONER

 

 

                                    PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

 

 

1. NORMATIVA APLICABLE

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

3. PLIEGO

4. RENGLONES A COTIZAR

5. MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN

6. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD

7. GARANTÍA TÉCNICA

8. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO

9. DENUNCIA DE CORREO ELECTRÓNICO. CONSULTAS

10. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

11. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

12. FORMA DE COTIZACIÓN

13. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

14. EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS

15. CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS:

16. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR EMITIDO POR LA AFIP O CONSTANCIA DE SOLICITUD DEL MISMO 

17. DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR

18. CIERRE POR VACACIONES 

19. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS

20. PLAZO DE CONTRATACIÓN

21. PLAZO DE ENTREGA

22. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO

23. PERSONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA

24. DECLARACIÓN JURADA DE PRINCIPALES CLIENTES

25. PRERROGATIVA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

26. DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO

27. CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS

28. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA FACTURA 

29. FORMA DE PAGO

30. MORA

31. CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.

32. ADJUDICACIÓN

33. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN

34. COMPETENCIA JUDICIAL

35. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

 ANEXO A

 

                                       PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

 

 

1. NORMATIVA APLICABLE

 

El presente llamado a Contratación Menor se regirá por las disposiciones de la Ley N° 2.095, y su modificatoria a la Ley 4764, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014 y las disposiciones contenidas en el presente Pliego.

 

2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

La Contratación Menor Nº 3/2015, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, tiene por objeto la Contratación de un Servicio de Reciclado de Cartuchos de Tóner para impresoras del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

3. PLIEGO

El Pliego que rige la Contratación Menor Nº 3/2015 es remitido sin cargo, conjuntamente con la invitación a cotizar en la presente contratación y por la misma vía.

 

4. RENGLONES A COTIZAR

Renglón 1:      Servicio de reciclado de hasta doscientos treinta (230) cartuchos de tóner T650A11L, original para impresora Lexmark T652.

Renglón 2: Servicio de reciclado de hasta cuatro (4) juegos de cartuchos de tóner para impresora HP Cp1025nw, cada uno compuesto por: un (1) cartucho de tóner modelo Ce310a color negro, un (1) cartucho de tóner modelo Ce311a color cian, un (1) cartucho de tóner modelo Ce312a color amarillo y un (1) cartucho de tóner modelo Ce313a color magenta.

Renglón 3: Servicio de reciclado para un (1) juego de cartuchos de tóner para impresora HP cp2025n, cada uno compuesto por: un (1) cartucho de tóner modelo CC530A color negro, un (1) cartucho de tóner modelo CC531A color cian, un (1) cartucho de tóner modelo CC532A color amarillo y un (1) cartucho de tóner modelo CC533A color magenta.

Renglón 4: Servicio de reciclado de hasta quince (15) cartuchos de tóner modelo Kyocera TK142 para impresora Kyocera FS-1100.

Renglón 5: Servicio de reciclado de hasta seis (6) cartuchos de tóner modelo 106R01149 para impresora Xerox 3500.

Renglón 6: Servicio de reciclado de hasta dos (2) cartuchos de tóner modelo 106R01372 para impresora Xerox 3600

Los reciclados de los cartuchos e tóner se irán realizando a solicitud del Consejo de la Magistratura.

 

5. MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN

La contratación del servicio requerido se hará bajo la modalidad “Orden de Compra Abierta”, conforme las disposiciones del Artículo 40 de la Ley Nº 2095. De esta manera, durante el plazo contractual el adjudicatario prestará los servicios de reciclado de tóner, al precio unitario adjudicado, hasta eventualmente alcanzar el límite máximo de servicios durante el plazo contractual de doce (12) meses.

 

6. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO

No debe entenderse como reciclado la mera recarga de tóner. Se entenderá por servicio de reciclado de cartuchos de tóner al procedimiento consistente en: retirar de la Dirección de Informática y Tecnología el cartucho provisto por el Consejo de la Magistratura, limpiarlo, reemplazarlo con un kit de repuestos que contenga: un cilindro de OPC, rodillo de carga (PCR), peines de tóner, escobillas y engranajes, cargarlo de tóner en igual cantidad, calidad similar al original y devolverlo a la dependencia de donde fue retirado. En caso que la firma oferente utilice un procedimiento técnico, similar o superior al estipulado, ésta deberá precisarlo detalladamente, para que el mismo sea evaluado por el Consejo de la Magistratura.

 

6. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD

Los interesados en participar en la presente contratación deberán haber iniciado el trámite de inscripción mediante la plataforma “Buenos Aires Compra” (BAC) en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y  Contrataciones del Ministerio de Hacienda (RIUPP).

La inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación.

La inscripción debe realizarse por el interesado a través del sitio de Internet, en la página www.buenosaires.gov.ar/rup, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado RIUPP.

Para más datos, podrá concurrir a Av. Roque Sáenz Peña 547, Piso 8º de esta Ciudad, de lunes a viernes en el horario de 10,00 a 15,00 horas, o comunicándose a los teléfonos 4342-5052 Internos 100, 134 y 135 o el que oportunamente se determine.

 

7. GARANTÍA TÉCNICA

Los bienes provistos deberán contar con garantía técnica de doce (12) meses como mínimo, a partir del  Parte de Recepción Definitiva, extendida en componentes y mano de obra

 

8. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO

El oferente deberá constituir domicilio legal dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Si ello se omitiera, se tendrá como domicilio constituido el declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

9. DENUNCIA DE CORREO ELECTRÓNICO. CONSULTAS

El oferente deberá denunciar una dirección de correo electrónico en donde serán válidas todas la comunicaciones efectuadas por el Consejo de la Magistratura, de conformidad con el Art. 79º de la Ley Nº 2095, reglamentada por el Anexo I de la Resolución CM Nº 1/2014.

Las consultas relacionadas con la presente contratación se realizan ante la Dirección de Compras y Contrataciones, que funge como Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) mediante correo electrónico a comprasycontrataciones@jusbaires.gov.ar, teléfono fax 4008-0358, o por escrito, hasta las 16:00 horas del día 25 de marzo de 2015.

 

10. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTA

10.1. La oferta podrá ser presentada por escrito, o ser remitida por fax al 4008-0358 o correo electrónico a comprasycontrataciones@jusbaires.gov.ar, hasta las 16:00 horas del día 31 de marzo de 2015.

10.1.1. De optar por la presentación por escrito, la oferta deberá integrarse en sobre o paquete cerrado, por duplicado, firmada por el oferente o su representante legal. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante, debiéndose presentar la documentación que acredite el carácter invocado.

La presentación deberá hacerse de lunes a viernes en el horario de 8.00 a 18.00 horas en la Mesa de Entrada de este Consejo sita en Julio A Roca 530 PB debiendo estar dirigidas a la Dirección de Compras y Contrataciones , acompañando los requisitos y/o documentación –cuando correspondiere- estipulados en los Puntos  9,17,18 y 19 del presente Pliego.

10.1.2. En caso de optar por la cotización vía fax o correo electrónico, los requisitos y/o la documentación requerida en los Puntos 7, 14, 15 y 16 del presente Pliego podrán ser presentados –cuando correspondiere- por la misma vía.

La documentación y/o requisitos mencionados en los puntos precedentes que se omitieren enviar, deberán ser integrados dentro del plazo para presentación de ofertas, sin perjuicio de que el organismo licitante haga uso o no de la facultad de intimar a su presentación

 

11. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación del Pliego de Bases y Condiciones con la oferta.

 

12. FORMA DE COTIZACIÓN

Las propuestas económicas deberán ser formuladas conforme la planilla de cotización que obra adjunta al presente como Anexo A.

No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera, considerándose inadmisibles las ofertas así realizadas. Asimismo, junto a la propuesta económica cada oferente deberá necesariamente expresar para cada renglón, el origen de la totalidad de los insumos utilizados en el servicio de reciclado de cartuchos de tóner.

 

13. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, éste se prorrogará por sucesivos plazos de treinta (30) días, de manera automática, salvo que el oferente se opusiera a una nueva prórroga automática, por escrito, con al menos quince días de anticipación al vencimiento del plazo en el que se encuentra incurso.

Si el oferente no mantuviera el plazo estipulado en el párrafo anterior, será facultad de este Consejo de la Magistratura considerar o no las ofertas así formuladas, según convenga a sus propios intereses.

 

14. EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS

Conforme el Artículo 101º, Incisos a) y b) de la Ley Nº 2.095, y su modificatoria Ley 4764,  no será necesario constituir garantías de mantenimiento de oferta, ni de cumplimiento de contrato cuando el monto de la oferta o de la Orden de Compra no superen las cien mil (100.000) unidades de compra.

 

15. CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS:

El oferente deberá presentar, en el RIUPP al momento de la inscripción, el “Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos” expedido por el organismo competente dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, del que resulta que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del organismo de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

De no contar con dicho certificado actualizado, el oferente podrá presentarlo con posterioridad en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ante el R.I.U.P.P., o podrá ser solicitado por el Consejo de la Magistratura, previo a la evaluación de su oferta.

Como alternativa a las exigencias aquí establecidas, se podrá acompañar en el actuado licitatorio la impresión que surja de la consulta vía Internet a través de la siguiente página: http://www.buenosaires.gov.ar/apps/rdam/

 

16. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR EMITIDO POR LA AFIP O CONSTANCIA DE SOLICITUD DEL MISMO 

Por aplicación de la Resolución Nº 1814/AFIP/05 (B.O. Nº 30.569 de fecha 13/01/2005), en las contrataciones, licitaciones y/o concursos, cuando la propuesta económica supere los Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000), las empresas deberán contar con el “Certificado Fiscal para Contratar”, con vigencia actualizada a la fecha de la apertura de ofertas.

De no contarse con el Certificado Fiscal mencionado en vigencia, el Consejo de la Magistratura, previo a la adjudicación intimará a su presentación en un plazo de setenta y dos (72) horas en la Mesa de Entradas.

En caso de que la empresa contara con la solicitud de ese Certificado, sin necesidad de requerimiento posterior de ninguna especie, dentro del plazo máximo de veinte  (20) días hábiles, computados a partir de la fecha de recepción de la solicitud ante el Organismo emisor del respectivo certificado, los oferentes que no lo hubieran hecho, deberán entregar el Certificado Fiscal aludido.

Durante el plazo mencionado anteriormente, el Consejo de la Magistratura no se pronunciará sobre el resultado del procedimiento licitatorio, salvo que surja el descarte de la respectiva oferta por otros motivos o la misma resultare no conveniente para la Administración.

Se descartará la oferta de aquel proveedor que no dé cumplimiento a la intimación aludida en el párrafo 2º o a lo indicado en el párrafo 3º.

Como alternativa a las exigencias aquí establecidas se podrá acompañar en el actuado licitatorio la impresión que surja de la consulta vía Internet a través de la siguiente página: http://www.afip.gov.ar

 

17. DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR

Los proponentes deberán presentar una declaración jurada de la que resulte que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del órgano de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por los Arts. 95º y 96º la Ley Nº 2095.

El Consejo de la Magistratura podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.

 

18. CIERRE POR VACACIONES  

No serán tenidas en cuenta para la adjudicación, aquellas cláusulas impuestas por las firmas oferentes referidas al cierre por vacaciones, debiéndose recibir la correspondiente Orden de Compra en los términos reglamentarios y efectuar las entregas a las que se hubieran obligado, dentro de  los plazos requeridos.

 

19. CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS

La adjudicación se realizará a la oferta más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura. Para ello, una vez apreciado el cumplimiento de los requisitos y exigencias estipulados en la normativa vigente y en los Pliegos de Bases y Condiciones, se considerarán el precio y la calidad de los bienes y/o servicios ofrecidos, conjuntamente con la idoneidad del oferente y demás condiciones de la propuesta.

 

20. PLAZO DE CONTRATACIÓN

El plazo de contratación será de doce (12) meses contados a partir de la recepción de la correspondiente Orden de Compra.

 

21. PLAZO DE ENTREGA

El plazo máximo de entrega de los bienes adjudicados será de siete (7) días, contados a partir del retiro del cartucho del Consejo de la Magistratura.

Los cartuchos de tóner deberán ir embalados en cajas adecuadas con el inserto antigolpes, para transporte y manipuleo de bultos y su envase final deberá contar con identificación visible del tipo de cartucho.

Todos los cartuchos una vez remanufacturados, llevarán una etiqueta personalizada donde figure el número de rotación, fecha de remanufacturado y fecha de vigencia del producto.

 

Los cartuchos de tóner deberán cumplir con las siguientes condiciones:

-Calidad de impresión (definición de plenos)

-Rendimiento (Idéntico o Similar hasta 90 % al original)

-Vida útil del cartucho (cantidad de reciclados).

 

Si el cartucho en cuestión no cumpliera con los ítems mencionados precedentemente, o si el mismo tuviera alguna falla, deberá ser cambiado sin cargo, por otro en óptimas condiciones, dentro de los tres (3) días hábiles de haber sido requerido.

Si por el uso de éstos insumos las impresoras tuvieran algún desperfecto técnico, la empresa proveedora del tóner reciclado deberá hacerse cargo de la reparación correspondiente.

El servicio deberá ser prestado en forma directa por la adjudicataria, no pudiendo ser transferido a terceros por ninguna causa.

La provisión deberá ser efectuada en la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura de esta Ciudad

Tanto el flete y la descarga correrán por cuenta del adjudicatario, resultando sin cargo para este Consejo de la Magistratura.

 

22. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO

El adjudicatario será exclusivamente responsable por todos los daños que se produzcan a su personal, al personal del Consejo de la Magistratura o del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o a los bienes bajo la administración del Consejo de la Magistratura y/o terceros, como consecuencia de la actividad objeto de la presente.

 

Cuando el Consejo de la Magistratura lo solicite, el adjudicatario deberá presentar:

- Libros con los manifiestos del retiro de los residuos peligrosos; - Constancias de la destrucción de residuos peligrosos por parte del operador respectivo; - Constancia de inscripción en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos, o del organismo que resulte competente; - Constancia de utilización de transportistas de residuos peligrosos inscriptos;- Acreditar la disposición final de los residuos a través de empresas habilitadas al efecto.

Asimismo, el proveedor deberá cumplir con todas las disposiciones legales relativas al servicio que presta, siendo el único responsable de su cumplimiento; como así también del pago de los cargos, impuestos, multas y/o de cualquier otra suma que por tales circunstancias correspondan, manteniendo indemne al Consejo de la Magistratura de cualquier consecuencia que pueda derivar de su contratación. Además responderá ante cualquier reclamo judicial o extrajudicial, dirigido al Consejo de la Magistratura, respecto del incumplimiento de obligaciones o responsabilidades que el proveedor asume.

 

23. PERSONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA

Será de exclusiva responsabilidad del adjudicatario cualquier contingencia o reclamo directa o indirectamente derivado de hechos producidos por su personal, incluso todo lo relativo al cumplimiento de leyes laborales, ART, aportes al sistema de la Seguridad Social, etc.

 

24. DECLARACIÓN JURADA DE PRINCIPALES CLIENTES

Los oferentes deberán presentar junto a la oferta económica, un listado con carácter de declaración jurada, de los principales clientes del sector público y/o privado, en el que consten los siguientes datos: Denominación del organismo o empresa; Domicilio y teléfono de la misma; Tipo del servicio prestado; Período del servicio.

 

25. PRERROGATIVA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo podrá solicitarse al oferente mejor calificado una mejora en el precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura, por aplicación de los principios de eficiencia y eficacia y economía previstos en la Ley.

 

26. DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO

El Consejo de la Magistratura se reserva el derecho de dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.

 

27. CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS

Las facturas deberán ser confeccionadas conformes los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, sita en la Julio A Roca 530 PB, entrepiso, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del horario de 8:00 a 18:00 horas.

La Dirección de Programación y Administración Contable, no recibirá ninguna factura que no esté acompañada del Parte de Recepción Definitiva debidamente suscripto por la Comisión de Recepción.

 

28. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA FACTURA 

Junto con la presentación de facturas, deberá acompañarse, obligatoriamente, una fotocopia debidamente autenticada del comprobante de pago correspondiente al último vencimiento operado al momento de presentar la factura en la Dirección de Programación y Administración Contable, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Artículo 1º de la Ordenanza Nº 33.588 (B.M. 15.541), conforme lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 33.440 (B.M. 15.493) AD 350.29).

En cada una de las facturas que se presenten, deberá consignarse, indefectiblemente, el número de inscripción, debidamente actualizado del impuesto de que se trata, que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos le haya acordado oportunamente a la firma presentante, conforme al Artículo 8° del Decreto N° 2.241/85 (B.M. 17.498), a los efectos de la retención establecida por la Ordenanza N° 40.434 (B.M. 17.460) y el Decreto N° 706/GCBA/07 (B.O.C.B.A. N° 2.689).

 

29. FORMA DE PAGO

Se abonarán los servicios de reciclado efectivamente realizados, los que serán facturados en forma mensual conforme lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales

 

30. MORA

En caso de producirse la mora en el pago, será de aplicación la tasa pasiva del Banco de la Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.

La nota de débito por intereses debe ser presentada hasta treinta (30) días posteriores de efectuada la acreditación en la cuenta bancaria. Vencido dicho plazo pierde todo derecho a reclamo.

 

31. CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.

A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado, se comunica que este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reviste la condición de Exento. En consecuencia, en las ofertas no deberá discriminarse el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.

El número de CUIT correspondiente al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el 30-70175369-7.

 

32. ADJUDICACIÓN

La Dirección de Compras y Contrataciones mantendrá en estricta reserva las propuestas económicas que vaya recibiendo, asignándoles una numeración según el orden de su recepción.

Al momento de la finalización del plazo de presentación de ofertas la Dirección de Compras y Contrataciones, ante los interesados que estuvieren presentes, labrará un acta de estilo que detallará la cantidad de ofertas recibidas, el orden y la vía de su presentación, el nombre de las firmas oferentes y toda otra eventualidad que considere oportuna, incorporando las propuestas a las respectivas actuaciones.

Posteriormente, previa verificación de la inscripción de los oferentes al R.I.U.P.P. y de su estado registral, elaborará el cuadro comparativo,  de corresponder otorgara intervención al área requirente a los efectos de la confección del informe técnico de las ofertas recibidas y elevará las actuaciones a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para su intervención.

 

33. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN

De comprobarse la falta de veracidad de la información requerida por el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para participar en las contrataciones que se realizan dentro de su órbita, ya sea con carácter de declaración jurada y/o documentación aportada, acarreará para el oferente y/o adjudicatario el descarte de la oferta, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder.

 

34. COMPETENCIA JUDICIAL

Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia del fuero en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Artículo 48, Ley Nº 7, B.O.C.B.A. N° 405), renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.

 

35. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la contratación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que:

a) Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a esta contratación hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones,

b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones,

c) Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.

Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista, directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.

Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.

 

 

 

Renglón

Cant. A reciclar

Descripción

Precio Unitario

Total

 

1

230

Cartuchos de Tóner T650A11L,original para impresora Lexmark T652

 

 

 

2

4

Cartuchos de Tóner modelo CE310a color negro para impresora HP Cp1025nw

 

 

 

4

Cartuchos de Tóner modelo CE311a color cian para impresora HP Cp1025nw

 

 

 

4

Cartuchos de Tóner modelo CE312a color amarillo para impresora HP Cp1025nw

 

 

 

4

Cartuchos de Tóner modelo CE313a color magenta para impresora HP Cp1025nw

 

 

 

3

1

Cartuchos de Tóner modelo CC530A color negro para impresora HP Cp2025n

 

 

 

1

Cartuchos de Tóner modelo CC531A color cian para impresora HP Cp2025n

 

 

 

1

Cartuchos de Tóner modelo CC532A color amarillo para impresora HP Cp2025n

 

 

 

1

Cartuchos de Tóner modelo CC533A color magenta para impresora HP Cp2025n

 

 

 

4

15

Cartuchos de Tóner Kyocera TK142 para impresora Kyocera FS-1100

 

 

 

5

6

Cartuchos de Tóner modelo 106R01149 para impresora Xerox 3500

 

 

 

6

2

Cartuchos de Tóner modelo 106R01372 para impresora Xerox 3600

 

 

 
 

 

OFERTA TOTAL:

 

 

 
           

 

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