Licitación Pública Nº 21/2012- Expediente CM Nº DCC 111/12-0- Resolución OAyF Nº 280/2012

 

                                                                                          Buenos Aires,  4   de diciembre  de 2012

Res. OAyF Nº  280 /2012

 

VISTO:

el Expediente DCC-111/12-0 caratulado “D.C.C. s/ Contratación del Servicio de Control de Plagas e Higiene Ambiental” y;

                                                

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución OAyF Nº 192/2012 se autoriza el llamado a Licitación Pública de etapa única Nº 21/2012, que tiene por objeto la contratación del servicio de control de plagas e higiene ambiental para los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de pesos trescientos sesenta y dos mil setenta y seis ($362.076,00) IVA incluido, para un plazo de doce (12) meses (fs. 105/111).

Que se da cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 117), en el Boletín Oficial (fs. 151/152 y 154) y en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones (fs. 155). Asimismo, se remiten comunicaciones electrónicas a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 122), a la Guía General de Licitaciones y Presupuesto (fs. 123), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 125) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 127/150).

Que a fojas 156 obra el Listado de Entrega de Pliegos de Bases y Condiciones, y a fojas 157/163 lucen las constancias suscriptas por cada una de las firmas que se hicieron del documento en cuestión.

Que el 3 de septiembre de 2012 se realiza el acto de apertura de ofertas, labrándose el Acta de Apertura Nº 27/2012 (fs. 166/168) en la que se hace constar la presentación de seis (6) sobres ante la Mesa de Entradas de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Realizan presentaciones las siguientes firmas: Compañía Desin S.R.L. -agregada a fs. 171/292- cuya oferta asciende a pesos doscientos ochenta y nueve mil novecientos sesenta y ocho ($ 289.968,00), Coplama S.A. -glosada a fs. 295/520- cuya propuesta es por pesos doscientos ochenta y ocho mil trescientos ($ 288.300,00), Servicios del Río de la Plata S.R.L. -obrante a fs. 523/645- con una oferta por pesos ciento ochenta mil ciento veintidós con 40/100 ($ 180.122,40), Agus Fumigaciones S.R.L. -agregada a fs. 648/830- cuya oferta asciende a pesos doscientos noventa mil doscientos ochenta ($ 290.280,00), Empresa Fumigadora Italo Argentina S.R.L. -glosada a fs. 833/906- con una propuesta de pesos ciento cuarenta y ocho mil ochocientos ($ 148.800,00) y Servicios de Limpieza y Mantenimiento S.A. –obrante a fs. 909/1095-, cuya propuesta es de pesos trecientos cinco mil cuatrocientos ($ 305.400,00), en todos los casos IVA incluido.

Que la Comisión de Preadjudicaciones agrega las consultas sobre el estado registral de los oferentes, efectuadas al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la fecha de apertura de ofertas (fs. 1096/1115). Asimismo, deja constancia de la remisión, al Director de Compras y Contrataciones, de las pólizas de seguro de caución de Compañía Desin S.R.L., Coplama S.A., Servicios del Río de la Plata S.R.L., Agus Fumigaciones S.R.L. y Servicios de Limpieza y Mantenimiento S.A., y de un pagaré de la Empresa Fumigadora Italo Argentina S.R.L. (fs. 1116).

Que conforme surge de fojas 1118 y 1120/1122, la precitada Comisión requiere a las distintas firmas que, en un plazo de 72 hs., presenten documentación faltante en las ofertas. Tal requerimiento fue cumplido, según surge de las constancias agregadas a fojas 1123/1131, 1135/1139, 1144/1164.

Que luego, la Comisión de Preadjudicaciones, “a los efectos de concretar adecuadamente el análisis de las ofertas presentadas”, requiere asistencia técnica especializada a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores para que “ proceda a realizar un informe de la oferta presentada por las firmas Compañía Desin S.R.L., Coplama S.A., Servicios del Río de la Plata S.R.L., Agus Fumigaciones S.R.L., Empresa Fumigadora Italo Argentina S.R.L. y Servicios de Limpieza y Mantenimiento S.A., informando a esta Comisión si las mismas resultan admisibles, sí reúnen los requerimientos técnicos que los pliegos regulatorios exigen y, en particular, si da cumplimiento a lo solicitado en los puntos 7, 10 y 11 del Pliego de Condiciones Particulares que rige la presente contratación” (fs. 1165).

Que en respuesta al citado requerimiento técnico, el Director de Servicios Generales y Obras Menores emite el Memorándum DSGyOM Nº 1026/12 (fs. 1167/1168), del cual surge que las empresas Compañía Design S.R.L., Coplama S.A., Servicios del Río de la Plata S.R.L. y Agus Fumigaciones S.R.L. cumplen con los puntos 7, 10 y 11 del Pliego de Condiciones Particulares. Asimismo, dictamina que la firma Empresa Fumigadora Italo Argentina S.R.L. cumple con los puntos 7 y 11, debiendo requerírsele que informe si “se adapta a un todo” a lo requerido en el Punto 10 de dicho Pliego. Por otro lado, informa que la Empresa Servicios de Mantenimiento y Limpieza S.R.L cumple con los requerimientos previstos en los puntos 10 y 11 PCG y, asimismo, solicita que se la intime a informar si “se adapta a un todo” a lo requerido en el punto 7 de aquel Pliego.

Que la Comisión de Preadjudicaciones solicita a la empresa Servicios de Limpieza y Mantenimiento S.A. que “informe si el servicio ofrecido cumple con la totalidad de lo requerido por la cláusula 7 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares” (fs. 1170). Tal requerimiento fue cumplido por dicha compañía, conforme surge de fojas 1176/1177.

Que por su parte, la empresa Fumigadora Italo Argentina S.R.L. presentó, con fecha 10 de octubre de 2012, el certificado fiscal para contratar emitido por la AFIP (fs. 1183/1184) y expresó que “el servicio ofrecido cumple con la totalidad de lo requerido en la cláusula 7 del Pliego de Condiciones Particulares”.

Que en el Dictamen de Evaluación de Ofertas de la Comisión de Preadjudicaciones, se analiza la documentación presentada por las seis (6) oferentes (fs. 1185/1203). Respecto de la propuesta de la Empresa Fumigadora Italo Argentina S.R.L., la precitada Comisión opinó que esa oferta no resulta admisible, en tanto no dio “…acabado cumplimiento a la exigencia de constituir una garantía de mantenimiento de oferta en los términos del art. 14 del Pliego de Bases y Condiciones Generales”. Por otro lado, destaca que tampoco resulta admisible la oferta de la empresa Servicios de Limpieza y Mantenimiento S.A., por cuanto no cumplió con el requisito de presentación del Certificado Fiscal para contratar emitido por la AFIP, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 Pliego de Condiciones Generales. Finalmente, en base a la documentación presentada por las restantes compañías “…como parte de su oferta y de lo manifestado en el informe técnico confeccionado por la dependencia idónea”, estima que las ofertas “presentadas por las empresas Compañía Desin S.R.L., Coplama S.A., Servicios del Río de la Plata S.R.L. y Agus Fumigaciones S.R.L. resultan admisibles”.

Que luego del comentado análisis, la Comisión de Preadjudicaciones concluye que “…en base al temperamento adoptado, las conclusiones detalladas y el análisis del cuadro de ofertas que figura como Anexo I de la presente,(…) corresponde: 1. Preadjudicar a la empresa Servicios del Río de la Plata S.R.L., los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8 por la suma total de pesos ciento cuarenta y cinco mil doscientos sesenta ($ 145.260) (…) 2. Preadjudicar a la empresa Agus Fumigaciones S.R.L. el renglón 6 por un total de pesos treinta y tres mil cuatrocientos ochenta ($ 33.480)”.

Que a fojas 1204 se agrega la constancia de notificación -por vía electrónica- del referido dictamen, y a fojas 1209 y 1231/1236 obran las constancias de su publicación en la página web de este Consejo y en el Boletín Oficial Nº 4020 del 23 de octubre de 2012.

Que las empresas Coplama S.A. (fojas 1224/1225) y Agus Fumigaciones S.R.L. (1228/1229) impugnan los renglones preadjudicados a la firma Servicios del Río de la Plata S.R.L. Aducen, en síntesis, que el Certificado de Inscripción emitido por la Dirección de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Turismo de la Nación, y la constancia de Reinscripción en trámite ante la Dirección General de Control del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, presentados por la empresa Servicios del Río de la Plata S.R.L., se encontraban emitidos en favor de una compañía denominada Servicios Ambientales Río de la Plata.

Que a fojas 1237/1239 la Dirección General de Asuntos Jurídicos produjo el dictamen Nº 4832/2012 y, luego de realizar una breve reseña de estos actuados, opinó que “(…) deben desestimarse en esta oportunidad las observaciones expuestas mediante notas presentadas por las empresas COPLAMA S.A. y AGUS FUMIGACIONES S.R.L., en virtud a lo dispuesto por el art. 106 del Anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010;” (…) y que “previa acreditación de la restante publicación del dictamen de preadjudicaciones, no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se proceda a la preadjudicación de la presente Licitación Pública Nº 21/2012 conforme lo sugiere la Comisión de Preadjudicaciones en su dictamen de fs. 1185/1203”.

Que a fojas 1241 obra la nota del 5 de noviembre de 2012, en la cual esta Oficina de Administración y Financiera solicita a la Comisión de Preadjudicaciones que, sin perjuicio de lo manifestado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, realice las consideraciones pertinentes respecto de las impugnaciones presentadas por las empresas Coplama S.A. y Agus Fumigaciones S.R.L.

Que ante tal requisitoria, la Comisión de Preadjudicaciones cursó una misiva a la empresa Servicios del Río de la Plata S.R.L. (fs. 1243), en la cual se le advirtió que el Certificado de Inscripción emitido por la Dirección de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Turismo de la Nación obrante a fojas 568, y la constancia de Reinscripción en trámite ante la Dirección General de Control del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que consta fojas 562, se encontraban emitidos a favor de la empresa Servicios Ambientales Río de la Plata. En virtud de ello, se requirió a la compañía oferente que presente dicha documentación, pero emitida a favor de su razón social en el plazo de tres (3) días hábiles.

Que conforme surge de fojas 1248/1252, la empresa Servicios del Río de la Plata S.R.L./ cumple con lo solicitado por el organismo precitado. Asimismo, a fojas 1253 obra la respuesta al correo electrónico enviado por el Jefe de Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones al Jefe de Departamento de Registro de Empresas de Desinfección de la Dirección General de Control de la Agencia de Protección Ambiental, donde se informa que “Servicios del Río de la Plata S.R.L. es la persona jurídica titular del registro de desinfección y Desinfectación Nº 359 cuyo CUIT es 30-70933065-5; Servicios Ambientales Río de la Plata es la denominación comercial o de fantasía con que la empresa en cuestión se presenta”.

Que en atención a los informes producidos previamente mencionados, la Comisión de Preadjudicaciones expresó mediante el Memorándum agregado a fojas 1254, que mantiene el criterio adoptado en el dictamen de preadjudicaciones de fojas 1185/1203.

Que esta Oficina de Administración y Financiera considera que las constancias a las que alude el citado Memorándum de fojas 1154 acreditan debidamente que el Certificado de Inscripción emitido por la Dirección de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Turismo de la Nación, y la constancia de Reinscripción en trámite ante la Dirección General de Control del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, pertenecen a la empresa Servicios del Río de la Plata S.R.L.

Que sin perjuicio de lo señalado en el párrafo precedente, esta Dependencia comparte el criterio expuesto por la Dirección General de Asuntos Jurídicos en el dictamen Nº 4832/2012 (fs. 1237/1239), en cuanto que corresponde desestimar las impugnaciones formuladas, en virtud a lo dispuesto en los artículos 106, 109 y 116 del anexo I de la Resolución CM Nº 810/2010, y 17 del Pliego de Condiciones Particulares.

Que mediante el Memorándum Nº 367 – DCC- 2012, agregado a fojas 1256/1258, se acredita la publicación del Dictamen de la Comisión Evaluadora de Ofertas en la Cartelera de la Dirección de Compras y Adquisiciones.

Que en este estado, cumplidos y verificados todos los pasos pertinentes propios del proceso de selección y oídos los dictámenes de la Comisión de Preadjudicaciones y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no se encuentra óbice para apartarse de lo allí sostenido.

Que corresponderá, en consecuencia, adjudicar la presente licitación por un total de pesos ciento setenta y ocho mil setecientos cuarenta ($ 178.740,00), conforme al siguiente detalle: 1. A la empresa Servicios del Río de la Plata S.R.L., los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8, conforme propuesta económica de fojas 525/527, por la suma total de pesos ciento cuarenta y cinco mil doscientos sesenta ($ 145.260,00), de acuerdo al cuadro comparativo de ofertas adjunto al Dictamen de preadjudicación. 2. A la empresa Agus Fumigaciones S.R.L. el renglón 6, conforme propuesta económica de fojas 653, por un total de pesos treinta y tres mil cuatrocientos ochenta ($ 33.480,00), de acuerdo al cuadro comparativo de ofertas adjunto al Dictamen de preadjudicación. Ello, por resultar en los casos especificados ofertas técnicamente admisibles además de convenientes, y ser las mejores ofertas económicas.

Por lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 (modificado por Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Desestímense las impugnaciones formuladas por las empresas Coplama S.A. y Agus Fumigaciones S.R.L. al Dictamen de preadjudicación, en virtud de los fundamentos vertidos en los considerandos de este acto.

 

Artículo 2º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública de etapa única Nº 21/2012 que tiene por objeto la contratación del servicio de control de plagas e higiene ambiental para los distintos edificios del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme las condiciones descriptas en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra la Resolución OAyF Nº 192/2012.

 

Artículo 3º: Adjudíquense a la empresa Servicios del Río de la Plata S.R.L., los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8, conforme propuesta económica de fojas 525/527, por la suma total de pesos ciento cuarenta y cinco mil doscientos sesenta ($ 145.260,00), según el Pliego de Condiciones Particulares de esta licitación.

 

Artículo 4º: Adjudíquese el renglón 6 a la empresa Agus Fumigaciones S.R.L. por un total de pesos treinta y tres mil cuatrocientos ochenta ($ 33.480,00), conforme propuesta económica de fojas 653, y según el Pliego de Condiciones Particulares de esta licitación.

 

Artículo 5º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Poder Judicial, así como también comunicar el presente a las adjudicatarias y a todas las oferentes de esta licitación.

 

Artículo 6º: Regístrese, publíquese como se ordena. Comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones. Cúmplase y oportunamente, archívese.

 

RES. OAyF Nº 280 /2012

 

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