Licitación Pública Nº 22/08 Exp. CAITIC Nº 41/08-1 - Res. CAFITIT Nº 65/08 y aclaratoria

Aprobar la Circular sin Consulta Nº 1, con consulta Nº 1 y aclaratoria s/Adquisición de Hardware.

Aprobar la Circular sin Consulta Nº 1, con consulta Nº 1 y aclaratoria s/Adquisición de Hardware.

Aprobar la Circular sin Consulta Nº 1, con consulta Nº 1 y aclaratoria s/Adquisición de Hardware.

Buenos Aires, 19 de agosto de 2008

RESOLUCIÓN CAFITIT N° 65 /2008

VISTO:

La Licitación Pública Nº 22/08 s/ adquisición de hardware, que tramita en el Expediente CAITIC Nº 41/08-1 ; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución de la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones (CAFITIT) Nº 50/2008, se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 22/2008 para la adquisición de hardware, con un presupuesto oficial de Pesos Un Millón Veintiséis Mil Doscientos ($ 1.026.200.-) IVA incluido.

Que a fs. 175 la Dirección de Informática y Tecnología, propone emitir una circular con consulta, para aclarar aspectos de las especificaciones técnicas del renglón 1, elaboradas en base a las consultas recibidas en la Contratación Directa Nº 6/2008, y por la obsolescencia de dispositivos (PCI-X). Asimismo, solicita subsanar un error detectado en el subrenglón 3.6.

Que a fs. 184 el Sr. Pablo A. Grande, invocando la representación de Soft Net SA, solicita diversas aclaraciones sobre los renglones 2, 3 y 4, que motivaron una nueva intervención del área técnica, la cual recomendó mediante Nota DIT 365/08 las aclaraciones y modificaciones solicitadas.

Que conforme surge la intervención de la Dirección de Informática y Tecnología, resulta conveniente aprobar las modificaciones propuestas en la circular sin consulta nº 1 y en la circular con consulta nro. 1, para las cuestiones planteadas por Pablo A. Grande – Soft Net SA.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31, sus modificatorias y la Resolución CM Nº 344/2005.

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANCIERA

DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Aprobar la Circular sin Consulta Nº 1, y la Circular con Consulta Nº 1 para la Licitación Pública Nº 22/08, que como Anexo I y II integran a la presente resolución.

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar los anuncios y notificaciones pertinentes.

Artículo 3°:Regístrese, anúnciese en la Cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la presentante, a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección de Compras y Contrataciones, a la Dirección de Informática y Tecnología, a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna, a los presentantes y Cámaras del sector, cúmplase y, oportunamente, archívese.

RESOLUCIÓN CAFITIT Nº 65 /2008

ANEXO I

CIRCULAR SIN CONSULTA Nº 1

LICITACION PUBLICA Nº 22/2008

Buenos Aires, 7 de agosto de 2008

SR. OFERENTE

Por la presente, la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la Licitación Pública Nº 22/2008 s/Adquisición de Hardware, se dirige a Ud. a los efectos de efectuar las siguientes aclaraciones.

Aclaración Nº 1: Por indicación de la Dirección de Informática y Tecnología se estableció que el Renglón 1 quedará redactado de la siguiente manera:

· Veinticinco (25) servidores, cada uno con las siguientes características:

Motherboard con soporte para procesadores AMD Opteron o Intel Xeon Quad Core.

Dos (2) microprocesadores Quad Core instalados, con frecuencia de reloj no menor a 2,83 GHz, con bus frontal operando al menos a 1333 MHz, con sus correspondientes coolers.

Arquitectura de 64 bits para acceso a memoria con bus PCI.

Al menos dos (2) slots tipo PCIe libres.

Controladora para discos SATA y SAS que permita conectar 8 discos como mínimo. La misma puede estar integrada a la motherboard (onboard) o instalada como placa adicional. Debe contar con las siguientes características:

Interfase PCIe

Memoria caché de 256 MB.

Soporte para RAID 10 configurable por hardware.

Capacidad Hot Plug.

Capacidad de efectuar rebuild online.

Controladora de video VGA integrado con 8 MB. de memoria o superior con puerto VGA.

Cuatro (4) puertos 10/100/1000 Mbps Fast Ethernet integrados, con leds. Los mismos deberán ofrecer redundancia de modo que ante la falla de uno de ellos queden disponibles los restantes. Se aceptarán soluciones en las que las placas de red estén integradas a la motherboard o a placas adicionales

Dos (2) bancos instalados de memoria de 4 GB DDR 2 667 MHz cada uno, dual ranked ECC o superior. Los servidores deben contar con la capacidad de ampliar la memoria hasta 48 GB como mínimo.

Gabinete de una (1) unidad como mínimo a cinco (5) unidades como máximo.

Rackeable de 19” con guías deslizantes.

Manijas exteriores.

Fuente redundantede potencia de 500 W o superior.

Botones de arranque y reset exteriores.

Dos (2) coolers (ventiladores) incorporados en chasis como mínimo.

Deben incluir todos los implementos necesarios para instalar 8 discos “hot swap” como mínimo.

Tres (3) discos rígidos SAS de 15000 RPM, 16 MB de cache buffer, 72 GB o superior de capacidad de almacenamiento; capacidad de recambio en caliente, con 1,4 millón de horas TPPF (Tiempo promedio para fallar o MTTF), instalados como mínimo.

Una (1) lectora de DVD interna 8x.

Los servidores deberán ser 100% compatibles con sistema operativo Solaris en su última versión disponible al momento de la apertura de la oferta.

Todas las funcionalidades del motherboard deberán ser 100% compatibles con GNU/Linux Debian en su última versión, al momento de la apertura de ofertas, con soporte nativo en el kernel Linux, sin necesidad de incorporar drivers del manufacturador.

Garantía mínima de treinta y seis (36) meses, a partir del Parte de Recepción Definitiva.

Servicio de mantenimiento post-venta, 7 x 24 con 4 horas de tiempo de respuesta, mientras dure la garantía de 36 meses del producto. Los equipos que presenten fallas deberán ser puestos operativos en no más de 24 horas de reportado el incidente al adjudicatario. A tales efectos, el oferente deberá detallar en su propuesta económica el procedimiento a realizar en caso de tener que reportar incidentes, tal como número telefónico de asistencia las 24 horas, personas de contacto, etc.

Aclaración Nº 2: No se aceptarán módulos de 2GB, 1 GB o menores en lugar de los módulos de memoria de 4 GB requeridos, ya que se verían restringidas las posibilidades de aumento de memoria al quedar más ranuras ocupadas.

Aclaración Nº 3: No se aceptarán equipos con procesadores de velocidad menor a 2,8 MHz.

Aclaración Nº 4: No se aceptarán equipos que no cuenten con discos rígidos SAS de 15000 RPM cómo mínimo.

Aclaración Nº 5: En el subrenglón 3.6, Punto 5 renglón a cotizar, del Pliego de Condiciones Particulares endonde dice “Se solicitan nueve (9) switches de acceso para proporcionar conectividad a los puestos de trabajo, cada uno de ellos deberá contar con veinticuatro (24) interfaces Fast Ethernet 10/100 Base-TX con PoE (802.3af ) y dos (2) interfaces Gigabit Ethernet 10/100/1000 Base-T

Debe decir “Se solicitan nueve (9) switches de acceso para proporcionar conectividad a los puestos de trabajo, cada uno de ellos deberá contar con veinticuatro (24) interfaces Fast Ethernet 10/100 Base-TX y dos (2) interfaces Gigabit Ethernet 10/100/1000 Base-T

 

Aclaración Nº 6: A requerimiento de la Dirección de Informática y Tecnología se recuerda a los Sres. Oferentes, que deberán presentar copia de la oferta técnica de modo de reducir el plazo de respuesta para poder trabajar al mismo tiempo sobre las propuestas junto a la Comisión de Preadjudicaciones.

Aclaración Nº 7: Ante las observaciones de la Dirección de Informática y Tecnología no se requierevisita obligatoria para poder cotizar en la licitación de referencia, tal como lo establece el Punto 9 del Pliego de Condiciones Particulares.

Sin otro particular, saludo atentamente.

ANEXO II

CIRCULAR CON CONSULTA Nº 1

LICITACION PUBLICA Nº 22/2008

Buenos Aires, 14 de agosto de 2008

SR. OFERENTE

Por la presente, la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la Licitación Pública Nº 22/2008 s/ Adquisición de Hardware, se dirige a Ud. a los efectos de efectuar las siguientes aclaraciones, en función de la consulta realizada por la firma Soft Net S.A. mediante Actuaciones Nº 18110/08 y 18185/08.

Consulta Nº 1:Respecto del Pto. 5 del PCP. Renglón 2, solicitan se aclare ¿cuál es la cantidad máxima de usuarios que pueden llegar a requerir acceso simultáneamente al Switch de consola remota con soporte IP?

Aclaración Nº 1: Se aceptarán equipos que permitan que 2 usuarios puedan acceder simultáneamente (uno local y otro remoto) al Switch de consola remota con soporte IP solicitado, cada uno de ellos a un puerto diferente.

Consulta Nº 2: Respecto del Pto. 5 del PCP. Renglón 2, solicitan se aclare ¿Qué cantidad y tipo de interfaces (USB o PS/2 o Sun) deben ser entregadas con el producto?.

Aclaración Nº 2: El switch debe contar con 16 puertos KVM y, por ser con soporte IP, con un puerto Ethernet 10/100/1000-T, y deberá ser provisto con 16 cables KVM para la conexión de los equipos a administrar a través de los 16 puertos solicitados.

Consulta Nº 3: Respecto del Pto. 5 del PCP. Renglón 3, solicitan se aclare si ¿La funcionalidad del gateway a la PSTN puede montarse sobre el mismo router del subrenglón 3.1?.

Aclaración Nº 3: Se podrá integrar la funcionalidad de router especificada en el Subrenglón 3.1 con la de Gateway especificada en el Subrenglón 3.3 . En caso de optar por esta alternativa, no será necesario proveer la interfase Fast Ethernet 10/100 solicitada para el Gateway especificado en el Subrenglón 3.3; ya que se utilizarán las interfaces que se solicitan en el Subrenglón 3.1 para el Router.

Consulta Nº 4: Respecto del Pto. 5 del PCP. Renglón 3.3 sistema de telefonía IP, solicitan aclaraciones referidas a la obra civil asociada

Aclaración Nº 4: Por error se incluyó la posibilidad de que fuera necesario la realización de obras civiles para la instalación del Sistema de Telefonía IP, por lo que se aclara que no se requerirá ninguna obra en tal sentido.

Consulta Nº 5: Respecto del Pto. 5 del PCP. Renglones, solicitan se aclare si ¿Las capacitaciones solicitadas en todos los renglones deben ser cursos oficiales del proveedor o alcanza con un “skill transfer” para la administración básica de cada tecnología (8 hs máximo)?.

Aclaración Nº 5: Será deseable que los cursos sean dictados por instructores certificados por la firma fabricante de los equipos y que el temario de los cursos a dictar se correspondan con las certificaciones oficiales.

Consulta Nº 6: Respecto del Pto. 5 del PCP. Renglón 4, solicitan se aclare ¿Es aceptable para el Consejo de la Magistratura un sistema online?

Aclaración Nº 6: En función de la experiencia positiva obtenida con las UPSs actualmente en uso en el ámbito del Poder Judicial, que pertenecen a la tecnología de “línea interactiva”, no se aceptaran equipos de tecnologías diferentes.

Consulta Nº 7 (Act. Nº 18185/08): Respecto del Pto. 5 del PCP. Renglón 3.1, solicitan aclaraciones sobre la performance del router modular.

Aclaración Nº 7: No se aceptarán módulos de 2GB, 1 GB o menores en lugar de los módulos de memoria de 4 GB requeridos, ya que se verían restringidas las posibilidades de aumento de memoria al quedar más ranuras ocupadas.

 

Sin otro particular, saludo atentamente.

Mauricio Devoto Eugenio Cozzi Horacio G. Corti

Buenos Aires, 20 de agosto de 2008

SR. OFERENTE

Por medio de la presente, tengo el agrado dirigirme a Usted en mi carácter de Secretario de la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, en el marco del Expediente CM Nº CAITyC Nº 041/08-1 s/ adquisición de hardware a fin de informar que habiéndose advertido un error material en la Circular con consulta Nº 1, se procede a realizar la siguiente aclaración:

-En la Aclaración Nº 7, en donde dice “No se aceptarán módulos de 2GB, 1 GB o menores en lugar de los módulos de memoria de 4 GB requeridos, ya que se verían restringidas las posibilidades de aumento de memoria al quedar más ranuras ocupadas” debe decir “Dado que los MBPS que trafica el equipo son función de la cantidad de paquetes por segundo (pps) y de las características de los paquetes, no es necesario que el Consejo especifique el valor requerido en KPPS. Será responsabilidad del oferente realizar los cálculos necesarios para seleccionar el equipo que cumpla con la especificación en Mbps solicitada.” Por otra parte, respecto de la Consulta 2.1 sobre la performance del Router Modular (Subrenglón 3.1.) se aclara lo siguiente: “La perfomance se solicita para una condición operativa de al menos forwarding de IP”

Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente.

Fabian H. Duran

Ir al contenido