UMA

Valor de la Unidad de Medida Arancelaria.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 5134, de Honorarios Profesionales de Abogados y Procuradores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y según la Resolución Presidencial Nº 1085/2023 se dispuso:

Fijar, a partir del 1° de Noviembre de 2023, el valor de la Unidad de Medida Arancelaria “UMA” (artículo 20, Ley N° 5134), en la suma de pesos treinta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con 66/100 ($39.454,66).

Fijar, a partir del 1° de Diciembre de 2023, el valor de la la Unidad de Medida Arancelaria “UMA” (artículo 20, Ley N° 5134), en la suma de pesos cuarenta y cuatro mil ciento ochenta y nueve con 23/100 ($44.189,66).

Fijar, a partir del 1° de Enero de 2024, el valor de la la Unidad de Medida Arancelaria “UMA” (artículo 20, Ley N° 5134), en la suma de pesos cuarenta y siete mil setecientos venticuatro con 37/100 ($47.724,37).