UMA

Valor de la Unidad de Medida Arancelaria.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 5134, de Honorarios Profesionales de Abogados y Procuradores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y según la Res. SAGyP N° 084/2026 se dispuso:

Fíjase a partir del 1° de enero de 2026, el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) en la suma de ciento treinta y ocho mil novecientos treinta y nueve ($138.939.-) pesos, al amparo del artículo 20 de la Ley N° 5.134 (texto consolidado según Ley N° 6.764) y la Resolución CM N° 189/2023.

Fíjase a partir del 1° de febrero de 2026, el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) en la suma de pesos ciento cuarenta y ocho mil doscientos sesenta y tres
($148.263.-) pesos, al amparo del artículo 20 de la Ley N° 5.134 (texto consolidado según Ley N° 6.764) y la Resolución CM N° 189/2023.