Expte OAyF Nº 23/09 Resol. OAyF Nº RE 006/09

Autoriza la Contratación para el servicio de mantenimiento y conservación de los ascensores del edificio sito en la calle Tacuarí 138 a la firma ADSUR-ASCENSORES DEL SUR S.A.

Autoriza la Contratación para el servicio de mantenimiento y conservación de los ascensores del edificio sito en la calle Tacuarí 138 a la firma ADSUR-ASCENSORES DEL SUR S.A.

Autoriza la Contratación para el servicio de mantenimiento y conservación de los ascensores del edificio sito en la calle Tacuarí 138 a la firma ADSUR-ASCENSORES DEL SUR S.A.

Buenos Aires, 13 de marzo de 2009

VISTO:

El Expte. Nº 023-09, caratulado: “O.A.yF. s/Prestación del Servicio de Mantenimiento de los Ascensores del Edificio de la calle Tacuarí 138”

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Res. Nº 463/2002 se aprobó lo actuado en el Expte. DCC Nº 126/2002, de trámite de la Lic. Privada Nº 11/02 de adquisición, instalación y mantenimiento de los ascensores del edificio de la calle Tacuarí 138, de la que resultó adjudicataria la firma “ADSUR S.A.”, oportunidad en la que se estipuló el servicio de mantenimiento y conservación de los ascensores por un plazo de treinta y seis meses, cuyo vencimiento operó el 28 de febrero último (conf. copias agregadas a fs. 1/2 de estas actuaciones).

Que por Res. O.A.yF. Nº 026/2009 de fecha 11 de febrero de 2009, agregada al Expte. DCC Nº 181/08-0 (agregada en copias a fs. 47/8) se resolvió: “Declarar fracasado el llamado a Licitación Pública Nº 47/2008 tendiente a la contratación del servicio de mantenimiento de ascensores”, entre otros, de ese edificio.

Que de acuerdo con lo informado por el señor Director General de Compras y Contrataciones, a fs. 9/10, dicha contrata no era susceptible de prórroga, además de consignar que consultada que fuera la firma que venía cumpliendo con la prestación del servicio, consintió la eventual continuidad del vínculo contractual, reclamó un reconocimiento de novecientos cincuenta pesos ($ 950.-) más el Impuesto al Valor Agregado, por mes.

Que en dicha ocasión se tuvo en consideración como valores de referencia el promedio de las ofertas presentadas en el marco de la licitación fallida por parte de las intervinientes, cuyo monto asciende a la suma de un mil trescientos cincuenta pesos ($ 1.350.-).

Que requerida que fue la opinión del señor Director de Asuntos Jurídicos, mediante dictamen cuya copia obra a fs. 14/5, con apoyo doctrinario y jurisprudencial, concluyó en la necesidad de contar con el servicio de mantenimiento de ascensores, proponiendo que se instase una nueva contratación habida cuenta el cariz de la prestación.

Que puesto a resolver la cuestión y de acuerdo con la opinión del señor Director de Compras y Contrataciones, de las ajustadas apreciaciones del señor Asesor Jurídico, habida cuenta la necesidad primaria de dar cobertura al servicio de mantenimiento de los ascensores de ese inmueble –en mérito al evidente riesgo que la situación presente encierra-, en cumplimiento de las obligaciones que a quien suscribe imponen las previsiones legales, se autorizará la contratación del servicio de mantenimiento de ascensores para tal edificio a la firma que venía prestándolo, hasta el pasado mes de febrero, en la medida de las pretensiones requeridas por aquélla y por un plazo de tres meses con opción a prórroga, mientras se completa la licitación dispuesta en tal virtud, que se encuentra en pleno trámite (confr. informe de fs. 50).

Por lo precedentemente expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) de la Ley 1988 y la Resolución CM Nº 473/2008.

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorizar la contratación para el servicio de mantenimiento y conservación de los ascensores del edificio sito en la calle Tacuarí 138 de esta Ciudad Autónoma a la firma “ADSUR- ASCENSORES DEL SUR S.A.” en la suma de pesos mil ciento cuarenta y nueve con 50/100 ($ 1.149,50) IVA incluído, mensuales por un plazo de tres meses, con opción a prórroga

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a notificar a la contratante.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones para su ejecución y, oportunamente, archívese.

 

Fdo.: Pablo Cruz Casas

Administrador General del

Poder Judicial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires

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