Contratación Directa Nº 33/2017- Resolución OAyF Nº 233/2017- Expediente CM Nº DGCC 121/17-0 "Contratación Mantenimiento de Soft

                                                                                  Buenos Aires,  11    de agosto de 2017

RES. OAYF Nº    233     /2017

 

VISTO:

El Expediente DGCC N° 121/17-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Contratación Mantenimiento de Software de Bestmart SPSS”; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Nota N° 277 la Dirección General de Informática y Tecnología requirió la actualización y el mantenimiento del software Bestmart SPSS destinada al correcto desarrollo de las tareas de la Oficina de Estadísticas (fs. 1/2).

Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó la constancia de inscripción en el BAC-Sistema de Compras Públicas de la firma Smart Business Solutions S.A.(fs. 6/7) y entendió viable el procedimiento de Contratación Directa por Adjudicación Simple con la aludida firma enmarcada en el inciso 5) del artículo 28° de la Ley 2095 y su modificatoria Ley 4764, reglamentado por la Resolución CM N° 1/2014 (fs. 8).

Que en tal sentido, la Dirección General de Compras y Contrataciones confeccionó una Invitación a Cotizar en la Contratación Directa N° 33/2017 tendiente a actualización y renovación del mantenimiento del software Bestmart SPSS durante un (1.-) año (fs. 9/11) y se la remitió conjuntamente con el Anexo III -Pliego de Bases y Condiciones Generales- de la Resolución CM Nº 01/2014 con la modificación introducida por Resolución Pres. N° 554/2014 (fs. 12/19) a la firma Smart Business Solutions S.A.

Que a fojas 20 se incorporó el Acta de Ofertas Recibidas labrada por la Dirección General de Compras y Contrataciones el 13 de julio de 2016. De allí surge que la firma Smart Business Solutions S.A. presentó una oferta en el marco de la Contratación Directa Nº 33/2017 -glosada a fojas 21/39- por un monto total de trescientos sesenta y un mil seiscientos ochenta y seis pesos ($361.686,00) IVA incluido.

Que a fojas 22 se adjuntó copia del Certificado Fiscal para Contratar expedido por la Administración Federal de Ingresos Públicos –AFIP-, a fojas 23 se acompañó la declaración jurada de exclusividad donde la firma manifiesta ser la única empresa que comercializa el producto requerido en el país, a fojas 26/27 obra la constancia de inscripción en el BAC-Sistema de Compras Públicas de la firma Smart Business Solutions S.A. –donde consta el estado “No Deudor” de sus apoderados y socios o miembros del directorio-, a fojas 36 luce la Declaración Jurada de Aptitud para Contratar, mientras que a fojas 37/38 se anejó la declaración jurada de domicilio dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que así las cosas, la Oficina de Estadísticas y la Dirección General de Informática y Tecnología, en sus calidades de áreas requirentes y técnicas competentes, otorgaron la conformidad de rigor a la oferta presentada en la contratación de marras  (fs. 44 y 46 respectivamente).

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, se incorporó la constancia de afectación presupuestaria confeccionada por la Dirección General de Programación y Administración Contable (v. Constancia N° 932/07 2017 de fs. 48/49).

Que requerida su opinión, tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 7820/2017. Allí, previa reseña de lo actuado y tras citar la normativa aplicable al caso (cfr. inciso 1 del artículo 28 de la Ley de Compras y Contrataciones) concluyó que “(…) no encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga con el trámite de las presentes actuaciones” (fs. 54/55).

Que en atención a lo relatado y puesto bajo análisis de esta Oficina de Administración y Financiera, corresponde destacar que tal como lo establece el inciso 5° del artículo 28 de la Ley de Compras y Contrataciones “la contratación es directa cuando se selecciona directamente al proveedor, debiendo encontrarse dicha medida debidamente fundada y ponderada por la autoridad competente que la invoca en el expediente por el que tramita, sólo en los siguientes casos: Cuando se trate de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por determinada persona o entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes”.

Que en el caso que nos ocupa, de acuerdo a lo actuado por la Dirección General de Compras y Contrataciones, en línea con lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en atención a lo establecido en el inciso 5° del artículo 28 de la Ley de Compras y Contrataciones y su reglamentación y con especial ahínco en la búsqueda de atender las necesidades de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no se encuentra óbice para aprobar la Contratación Directa N° 33/2017 tendiente a actualización y renovación del mantenimiento del software Bestmart SPSS durante un (1.-) año, y adjudicar el Renglón 1 de esa Contratación a la firma Smart Business Solutions S.A. por la suma total de trescientos sesenta y un mil seiscientos ochenta y seis pesos ($361.686,00) IVA incluido, conforme la oferta incorporada a fojas 21/39 y de acuerdo a la Invitación a Cotizar obrante a fojas 10/11.

Que en consecuencia, deberá instruirse a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas pertinentes para dar curso a la Contratación Directa N° 33/2017 que se adjudicará en el presente acto y a realizar las publicaciones y notificaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley N° 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá notificar lo que se resuelva en el presente acto a la firma que resulte adjudicataria.

Por lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias, y por la Resolución Presidencia N° 391/2013;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 33/2017 tendiente a actualización y renovación del mantenimiento del software Bestmart SPSS durante un (1.-) año, conforme las cláusulas que se detallan en la Invitación a Cotizar obrante a fojas 10/11. Ello, en función de lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.

 

Artículo 2º: Adjudíquese el renglón 1 de la Contratación Directa Nº 33/2017 a la firma Smart Business Solutions S.A. por la suma total de trescientos sesenta y un mil seiscientos ochenta y seis pesos ($361.686,00) IVA incluido, conforme la oferta incorporada a fojas 21/39 y de acuerdo a la Invitación a Cotizar obrante a fojas 10/11. Ello, en función de lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.

 

Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se instrumenten las medidas pertinentes para dar curso a la Contratación Directa N° 33/2017 que se adjudicó en el artículo 2º del presente acto y a realizar las publicaciones y notificaciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley N° 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá notificar lo resuelto en el presente acto a la firma adjudicataria.

 

Artículo 4º: Regístrese, publíquese, notifíquese como se ordena y comuníquese a la Secretaría de Coordinación de Políticas Judiciales y por su intermedio a la Oficina de Estadísticas, a la Dirección General de Programación y Administración Contable y a la Dirección General de Informática y Tecnología. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cúmplase y oportunamente, archívese.

 

 

RES. OAYF Nº   233       /2017

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