Contratación Menor Nº 11/2010- Expediente CM Nº OAyF 125/10-0- Resolución OAyF Nº 01/2011

Aprueba el procedimiento de selección llevado a cabo y adjudica la Contratación Menor Nº 11/2010, tendiente a la adquisición de dispensadores de agua potable.

Aprueba el procedimiento de selección llevado a cabo y adjudica la Contratación Menor Nº 11/2010, tendiente a la adquisición de dispensadores de agua potable.

Aprueba el procedimiento de selección llevado a cabo y adjudica la Contratación Menor Nº 11/2010, tendiente a la adquisición de dispensadores de agua potable.

Buenos Aires, 13 de enero de 2011.

Res. OAyF Nº 01 /2011

VISTO:

El Expte. OAyF Nº 125/10-0, caratulado: “OAyF s/adquisición de dispenser de agua para la sede de Avda. de Mayo 654 (DGIO)”, por el que tramita la Contratación menor Nº 11/2010; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Memo DGIO Nº 223/10 el señor Director General de la Dirección General de Infraestructura y Obras eleva a consideración de quien suscribe el requerimiento formulado por el Encargado de la Oficina de Obras, Arq. Eduardo AGUYARO, mediante el cual se solicita la provisión, instalación y mantenimiento de dispensadores de agua fría y caliente, para el edificio sito en la Avda. de Mayo 654 (confr. fs. 1/3).

Que en consecuencia, la señora Jefa de Departamento de Procedimiento de Contrataciones de la Dirección de Compras y Contrataciones, mediante providencia de fs. 8, determina, sobre la base de lo consignado, que el presupuesto de la presente contratación asciende a la suma de cincuenta y ocho mil cuatrocientos pesos ($ 58.400), confeccionándose modelo de pliego de bases y condiciones particulares, agregado junto con una copia del pliego de bases y condiciones generales, aprobado por la citada Res. CM Nº 810/2010, con más un listado de empresas a ser invitadas a cotizar (confr. fs. 9/26).

Que a fs. 27/8, glosa la pertinente asignación presupuestaria preventiva realizada por la Dirección de Programación y Administración Contable.

Que a fs. 29/30, mediante Nota Nº 1.615-DCC-10, la Dirección de Compras y Contrataciones eleva lo actuado a consideración de quien suscribe, remitiéndose el legajo a conocimiento de la entonces Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que mediante Dictamen Nº 3746/2010, el señor Jefe de Departamento, Dictámenes y Procedimientos Administrativos, previo análisis de las constancias colectadas en el legajo concluye que: “este Departamento nada tiene que objetar a la prosecución del trámite del presente expediente” (confr. fs. 34 y vta.).

Que por Res. OAyF Nº 268/2010 quien firma dispuso autorizar el llamado a Contratación Menor Nº 11/2010 tendiente a la adquisición de dispensadores de agua fría/caliente con purificador para agua de red, nuevos sin uso además de su instalación y mantenimiento para ser destinados a la Sede del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sita en Av. de Mayo 654, en la cantidad, características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Contratación Menor, con un presupuesto oficial de cincuenta y ocho mil cuatrocientos pesos ($58.400)IVA incluido (confr. copia de fs. 36/41).

Que a fs. 43/56 se encuentran agregadas los textos de las invitaciones cursadas por la Dirección de Compras y Contrataciones con las correspondientes constancias de recepción en las casillas de correo electrónico respectiva.

Que a fs. 58, glosa el acta de las ofertas recibidas, resultando la Nº 1 de la empresa “AQUALINE”, remitida vía tele-fax; en tanto que la Nº 2, corresponde la firma: “SERVIUR S.A.”.

Que a fs. 59, se encuentra agregado el texto remitido por la primera de las firmas consignadas; en tanto que a fs. 60/104, la ingresada mediante actuación externa Nº 00363/11, correspondiente a la restante.

Que a fs. 105/8, la Dirección de Compras y Contrataciones agrega las constancias registrales correspondientes a las oferentes; glosando a fs. 109 el cuadro comparativo de precios ordenado por el apartado “c)” de la reglamentación del art. 38 de la Ley 2.095, aprobado por Res. CM Nº 810/2010, elevado mediante Nota Nº 43-DCC-11 (confr. fs. 109/11).

Que de acuerdo a lo informado a fs. 113, los precios propuestos por la oferta Nº 1 incluyen la alícuota del Impuesto al Valor Agregado.

Que puesto a resolver la presente contratación menor, verificada que ha sido la legalidad del procedimiento y en la consideración de las ofertas presentadas se desprende que la más conveniente resulta ser la Nº 1, que totaliza por todos los renglones sujetos a este llamado la suma de veintiún mil novecientos pesos ($ 21.900), ostensiblemente por debajo del presupuesto oficial, lo cual “per se”, pone de relieve la conveniencia de la oferta.

Que se discrepa con la opinión plasmada en el cuadro comparativo de precios de fs. 109 mediante el cual el esmerado agente de la Dirección de Compras y Contrataciones que lo suscribe, destaca en la oferta Nº 1 una omisión que de manera alguna se contrapone con el sentido de las previsiones del pliego de condiciones particulares de ese llamado. Si es ostensible y de la mera observación de la propuesta se desprende que la empresa “AQUALINE” en la presentación de fs. 59 se omite consignar el monto total de la proposición económica formulada, de igual forma cabe concluir que el monto que se omite plasmar, se establece mediante una sencilla operación matemática.

Que en suma, se discrepa con la nota consignada al pie del cuadro de precios mentado, por cuanto no es parcial la propuesta tratada ya que se propone la provisión de veinte (20) dispensadores, tal la cantidad requerida en la convocatoria de trato, sin advertirse –como se dijo- mengua alguna en la presentación, que como se estableció resulta ser la más conveniente. Seguir un camino adverso –en el caso, a caballo de un rigorismo formal excesivo-, supondría un menoscabo a los principios rectores de la ley 2.095.

Que advirtiéndose que de acuerdo al anexo del cuadro comparativo de precios agregado a fs. 110, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones que requiera a la oferente la presentación de un declaración jurada de aptitud para contratar, con antelación a la expedición de la respectiva orden de compra.

Que la presente adjudicación deberá publicarse por un (1) díaen el Boletín Oficial, en la Cartelera de la sede del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet del Poder Judicial (www. jusbaires.gov.ar), conf. art. 110º de la Ley 2095 y su reglamentación, aprobada por Res. CM Nº 810/2010.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988 (modificada por Ley 3389).

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Menor Nº 11/2010tendiente a la adquisición de dispensadores de agua fría/caliente con purificador para agua de red, nuevos sin uso además de su instalación y mantenimiento para ser destinados a la Sede del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sita en la Av. de Mayo 654.

Artículo 2º: Adjudicar la Contratación Menor Nº 11/2010 a la firma “Aqualine S.A.” (Clave Única de Identificación Tributaria Nº 30-65856224-4) por la suma de veintiún mil novecientos pesos ($ 21.900.-) I.V.A incluido, conforme propuesta económica de fs. 59.

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a notificar a la adjudicataria lo resuelto por la presente, en especial requiriéndole la presentación de un declaración jurada de aptitud para contratar, con antelación a la expedición de la respectiva orden de compra.

Artículo 4º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad, los anuncios en la Cartelera del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A. y en la página de Internet del Poder Judicial, como así también, las notificaciones a las que se refiere el Artículo 3º.

Artículo 5º: Regístrese, publíquese y comuníquese como se ordena precedentemente. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones para su cumplimentación y oportunamente archívese.

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