Licitación Publica N° 10/2018 Resolución OAyF N° 208/2018 TEA A-01-00000652-8/2018-0 GEX 60/2018 s/ Adquisición de Lectores Bio

Buenos Aires,    2  de noviembre de 2018

 

Res. OAyF Nº 208/2018

 

VISTO:

El TEA A-01-00000652-8/2018-0 GEX 60/2018 caratulado “D.G.C.C. s/ Adquisición de Lectores Biométricos y Lectores de Códigos de Barra y QR”; y

 

CONSIDERANDO:

 

    Que por Resolución OAyF N° 199/2018 se autorizó el llamado a Licitación Pública N° 10/2018 de etapa única tendiente a la adquisición de ciento cincuenta (150.-) lectores biométricos y de tarjetas inteligentes y de cien (100.-) lectores de código de barra y QR, según las características especificadas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa Resolución, con un presupuesto oficial de sesenta y siete mil trescientos cincuenta dólares estadounidenses (US$67.350,00) IVA incluido. Asimismo, se estableció el 5 de noviembre de 2018 a las 16:00 horas, o el día hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado o se decretara asueto, como fecha límite para recibir consultas relacionadas con la presente contratación y el 13 de noviembre de 2018 a las 12:00 horas, o el día hábil siguiente a la misma hora si resultara feriado o se decretara asueto, como fecha límite para la presentación de ofertas y la apertura pública de ofertas (fs. 108/113).

 

Que luego, la Dirección General de Compras y Contrataciones dio cumplimiento a la publicación de esa convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 138), se remitieron invitaciones electrónicas a diferentes firmas del rubro (fs. 118/122 y fs. 128/132) y se realizaron las comunicaciones pertinentes a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 123 y fs. 133) y a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 124 y fs. 134).

 

Que a su vez,  la Dirección General de Compras y Contrataciones puso en conocimiento de la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna la tramitación de la Licitación en cuestión (fs. 125 y fs. 135), se realizó la publicación correspondiente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (fs. 126/127) y designó al responsable de asistir al miembro permanente en el acto de apertura de ofertas, a los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Evaluación de Ofertas y al Director de Informática y Tecnología como Responsable Técnico en el marco de la Licitación Pública Nº 10/2018 (fs. 136).

 

Que a fojas 139 la Dirección General de Informática y Tecnología –vía correo electrónico- solicitó se emita una Circular sin Consulta con el fin de aclarar que el Punto 13 (Plazo de Entrega) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nº 10/2018, debería quedar redactado de la siguiente manera: “El plazo máximo de entrega de los equipos adjudicados no será superior a quince (15) días corridos, contados a partir de la recepción de la orden de compra”.

 

Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones elaboró el proyecto de Circular sin Consulta Nº 1 e informó que  hasta el 30/10/2018 dos (2.-) empresas habían retirado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para participar en la presente Licitación (v. Nota N° 1173/18-SISTEA de fs. 140/141).

 

Que en este estado esta Oficina de Administración y Financiera dio intervención a la Secretaría Legal y Técnica para que por su intermedio la Dirección General de Asuntos Jurídicos emita el dictamen pertinente con la mayor celeridad posible (cfr. Memo N° 5243/18-SISTEA de fojas 143/144).

 

Que entonces, tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 8542/2018. Allí, luego realizar una reseña de lo actuado, citó la normativa vigente aplicable, indicó que “Con relación a la Circular Sin Consulta propiciada por la Dirección General de Informática y Tecnología, no se encuentra óbice legal para la continuidad del trámite, correspondiendo efectuarse las comunicaciones y publicaciones pertinentes” y luego concluyó que “(…) no existe obstáculo, desde el punto de vista jurídico, para la continuidad del trámite de las presentes actuaciones” (fs. 148/150).  

 

Que puesto bajo análisis de esta Oficina de Administración y Financiera, es menester resaltar que conforme lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Compras y Contrataciones y de su reglamentación aprobada por Resolución CM N° 1/2014 corresponde a esta dependencia suscribir los actos administrativos que aprueben circulares aclaratorias y modificatorias de contrataciones cuyo presupuesto oficial no supere las setecientas mil (700.000.-) unidades de compra. En consecuencia, de acuerdo a lo actuado en el Expediente de marras, a lo propiciado por la Dirección General de Compras y Contrataciones y la intervención de la Dirección General de Informática y Tecnología en su carácter de Responsable Técnico de la licitación de marras y a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, corresponderá aprobar la Circular Sin Consulta N° 1 de la Licitación Pública N° 10/2018 que obra como Anexo I de la presente resolución.

 

Que resulta importante destacar que, tal como indica el órgano de asesoramiento jurídico y permanente de este Consejo de la Magistratura corresponderá efectuar las comunicaciones y publicaciones pertinentes de la Circular Sin Consulta Nº 1, de acuerdo a la normativa vigente. En consecuencia, deberá instruirse a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que realice las publicaciones y notificaciones de este acto de conformidad con lo establecido en la Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y sus modificatorias;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Apruébese la Circular Sin Consulta N° 1 la Licitación Pública N° 10/2018, que como Anexos I se adjunta a la presente Resolución.

 

Artículo 2º: Instrúyase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para que realice las publicaciones y notificaciones de este acto de conformidad con lo establecido en la Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764, su reglamentación y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-.

 

Artículo 3º: Regístrese, publíquese como se ordena y comuníquese a la Dirección General de Informática y Tecnología  y a la Dirección General de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a sus efectos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Res. OAyF Nº  208/2018

 

 

ANEXO I – Res. OAyF N°  208 /2018

 

CIRCULAR SIN CONSULTA Nº 1

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 10/2018

 

Señor Oferente

 

            Por la presente, el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la Licitación Pública Nº 10/2018, referida a la adquisición de Lectores Biométricos y Lectores de Código de Barra y QR, que tramita por Expediente A-01-00000652-8/2018 GEX 60/2018, se dirige a Ud. a los efectos de informar la modificación del Punto 13 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

13. PLAZO DE ENTREGA

 

El plazo máximo de entrega de los equipos adjudicados no será superior a quince (15) días corridos, contados a partir de la recepción de la orden de compra.

 

 

 

 

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