Contratación Directa Nº 37/2012- Expediente CM Nº DCC 429/12-4- Resolución OAyF Nº 296/2012

 

Buenos Aires,  28  de diciembre de 2012

                                  

RES. OAyF Nº    296 /2012

 

VISTO:

            el expediente CM Nº DCC-429/12-4 caratulado “D.C.C. s/ Suscripción 2013 Boletín Oficial de la Nación”, accesorio al expediente CM Nº DCC-429/12-0 “DCC s/ Contratación de suscripciones 2013”; y

 

CONSIDERANDO:

            Que la Dirección de Compras y Contrataciones realiza un informe en el que detalla las suscripciones jurídicas que entiende debería contratar este Consejo de la Magistratura para el 2013 (fs. 1).

            Que tal como surge a fojas 4/14, el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia informa las suscripciones asignadas a las diversas áreas jurisdiccionales, con indicación de la sede de destino de cada una de ellas, así como el respectivo lugar de entrega.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones remite al Departamento de Mesa de Entradas los antecedentes para la suscripción al Boletín Oficial de la Nación durante el 2013 y solicita la formación de un expediente accesorio al Expediente CM Nº DCC-429/12-0 (fs. 28). En tal sentido, el precitado Departamento forma el expediente CM Nº DCC-429/12-4 caratulado “DCC s/ suscripción 2013 Boletín Oficial de la Nación”, accesorio al expediente Exp. CM Nº DCC-429/12-0 “DCC s/ Contratación de suscripciones 2013” (fs. 29).

Que, luego de realizar un análisis de los antecedentes de estas actuaciones, la Dirección de Compras y Contrataciones (fs. 31) pone de resalto que (…) se encuentran excluidos de las prescripciones de la Ley 2095 (Art. 4º inciso d) los contratos interadministrativos que se pueden celebrar entre el Gobierno de la Ciudad con organismos nacionales, provinciales y municipales, como así también con las sociedades en cuya administración o capital tenga participación mayoritaria cualquiera de los organismos arriba mencionados”. Asimismo señala que (…) la Dirección General de Asuntos Jurídicos en su dictamen Nº 3242/09 inserto a fojas 14 del Expte. CM Nº SCD 237/09 refiere que el presente contrato ‘se trata de un contrato interadministrativo excluido expresamente del procedimiento previsto en la Ley 2095 (…). En la misma línea, agrega que la Procuración del Tesoro de la Nación se ha pronunciado en ese mismo sentido. Finalmente, concluye que (…) entiende viable proceder a la contratación directa con la Dirección Nacional del Registro Oficial de la Secretaría Legal y Técnica, dependiente de la Presidencia de la Nación”.

Que mediante Nota 780-DCC-2012, el Departamento de Coordinación y Contrataciones solicita al Boletín Oficial de la Nación un presupuesto para el 2013 de veintiséis (26) suscripciones versión papel a la sección primera, una (1) suscripción versión papel a la sección segunda, una (1) suscripción versión papel a la sección tercera, una (1) suscripción online a la sección segunda y una (1) suscripción online a la sección tercera (fs. 32).

Que en respuesta a dicho requerimiento, el Boletín Oficial de la Nación remite -por correo electrónico- un presupuesto de acuerdo a lo solicitado, por un total de pesos dieciocho mil veinte ($ 18.020,00), el cual luce agregado a fojas 33/37.

Que a fin de dar cumplimiento a lo previsto por la Ley 70, se da intervención a la Dirección de Programación y Administración Contable para que registre en forma preventiva las partidas presupuestarias involucrando el presupuesto 2013 (fs. 38/39). En tal sentido, la referida Dirección señala que la afectación queda supeditada a la aprobación de la Ley de presupuesto para el ejercicio 2013.

Que, la Dirección de Compras y Contrataciones remite estos obrados a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, destacando nuevamente que “el presente contrato se trata de un contrato interadministrativo excluido expresamente de la Ley 2095” (fs. 40/41).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos toma la intervención que le compete mediante Dictamen Nº 4905/2012 (fs. 43/44). Luego de analizar los antecedentes de estos autos, destaca que “en la especie se trata de un contrato interadministrativo excluido expresamente del procedimiento previsto en la Ley 2095”. Seguidamente, cita doctrina y jurisprudencia en apoyo de su postura y señala que “a fs. 31, la Dirección de Compras y Contrataciones entiende viable proceder a la contratación directa con la Dirección Nacional del Registro Oficial de la Secretaría Legal y Técnica, dependiente de la Presidencia de la Nación”. Finalmente, concluye que “este departamento no encuentra obstáculo jurídico para encuadrar la presente contratación dentro del sistema mencionado en el párrafo anterior”.

Que en este punto y con respecto al encuadre de la presente contratación bajo la modalidad de Contratación Interadministrativa al amparo de lo dispuesto por el artículo 4º inciso d) de la Ley 2.095, resulta relevante transcribir la parte pertinente de dicho artículo, en tanto estipula que “quedan excluidos de las prescripciones de esta ley, los siguientes contratos…d) los contratos interadministrativos que se pueden celebrar entre el Gobierno de la Ciudad con organismos nacionales, provinciales y municipales, como así también con las sociedades en cuya administración o capital tenga participación mayoritaria cualquiera de los organismos arriba mencionados”.

Que así las cosas, visto lo expuesto por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y por la Dirección de Compras y Contrataciones, en el estado de los presentes actuados no resta más que autorizar el llamado a Contratación Directa Nº 37/2012 con el Boletín Oficial de la República Argentina para adquirir veintiséis (26) suscripciones versión papel a la sección primera, una (1) suscripción versión papel a la sección segunda, una (1) suscripción versión papel a la sección tercera, una (1) suscripción online a la sección segunda y una (1) suscripción online a la sección tercera publicación de la Dirección Nacional del Registro Oficial de la Secretaría Legal y Técnica dependiente de la Presidencia de la Nación con un presupuesto total de dieciocho mil veinte pesos ($18.020), conforme la propuesta económica de fojas 33/37.

Que finalmente corresponderá publicar la presente resolución por un (1) día en el Boletín Oficial, en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página web del Poder Judicial de la CABA (www.jusbaires.gov.ar).

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988 (modificado por la Ley 3389),

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorizar la Contratación Directa Nº 37/2012 con el Boletín Oficial de la República Argentina para adquirir veintiséis (26) suscripciones versión papel a la sección primera, una (1) suscripción versión papel a la sección segunda, una (1) suscripción versión papel a la sección tercera, una (1) suscripción online a la sección segunda y una (1) suscripción online a la sección tercera publicación de la Dirección Nacional del Registro Oficial de la Secretaría Legal y Técnica dependiente de la Presidencia de la Nación con un presupuesto total de dieciocho mil veinte pesos ($18.020), conforme la propuesta económica de fojas 33/37.

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar los anuncios en la cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también, las comunicaciones a la adjudicataria.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese como se ordena precedentemente, notifíquese al adjudicatario y comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones para su cumplimiento, y oportunamente archívese.

 

 

RES. OAyF Nº  296 /2012

 

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