RES. Nº 121/2007

Disponer feria judicial durante los días 28 al 30 de marzo de 2007, inclusive, para la Fiscalía de Primera Instancia Contravencional y de Faltas Nº 6, a cargo de los Dres. Mario Gustavo Galante y Aníbal Brunet, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que efectivamente se cumplan.

Disponer feria judicial durante los días 28 al 30 de marzo de 2007, inclusive, para la Fiscalía de Primera Instancia Contravencional y de Faltas Nº 6, a cargo de los Dres. Mario Gustavo Galante y Aníbal Brunet, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que efectivamente se cumplan.

Disponer feria judicial durante los días 28 al 30 de marzo de 2007, inclusive, para la Fiscalía de Primera Instancia Contravencional y de Faltas Nº 6, a cargo de los Dres. Mario Gustavo Galante y Aníbal Brunet, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que efectivamente se cumplan.

Buenos Aires, 20 de marzo de 2007

RES. N° 121 /2007

VISTO:

La Actuación CM Nº 2851/07; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Actuación CM Nº 2851/07, los Sres. cotitulares de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nº 6, Dres. Mario Gustavo Galante y Anibal Brunet, solicitan se declare feria judicial durante los días 28 y 30 de marzo de 2007, inclusive, debido a que se realizarán en la fiscalía a su digno cargo trabajos de albañilería y pintura que obstaculizan el normal desarrollo de la actividad judicial.

Que, dicha solicitud cuenta con la conformidad del Sr. Fiscal General Adjunto a cargo de la Fiscalía General, Dr. Rubén Antonio Pereyra.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la ley 31.

 

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1°.- Disponer feria judicial durante los días 28 al 30 de marzo de 2007, inclusive, para la Fiscalía de Primera Instancia Contravencional y de Faltas Nº 6, a cargo de los Dres. Mario Gustavo Galante y Aníbal Brunet, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que efectivamente se cumplan.

Art. 2º.- Regístrese, comuníquese siguiendo la vía jerárquica, notifíquese a la Fiscalía General, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, y, oportunamente, archívese.

RESOLUCIÓN N° 121 /2007

 

 

 

 

Juan Pablo Mas Velez Secretario

Carla Cavaliere Presidenta