RES. Nº 736/04

 

Rectificatoria Res. CM Nº 643/04 Esempi

 

Buenos Aires, 5 de octubre de 2004.

RES. Nº 736/2004

VISTO:

La Resolución CM N° 643/2004 que autoriza la suscripción del convenio de locación de servicios con la firma ESEMPI S.R.L., referente al mantenimiento informático y telefónico en las distintas dependencias del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de la Ciudad y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos (Dto. 1510/1997 ratificado por Res. L N° 41/98, B.O.C.B.A. Nº 454) establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que se encuentra en trámite el Expediente CM Nº DCC 078/04-0, Licitación Pública Nº 06/04, para la contratación del servicio de mantenimiento de hardware, equipamiento de instalaciones telefónicas, cableado estructural y electrónica de red.

Que a fojas 106 la firma ESEMPI S.R.L. prestó su conformidad a la suscripción del convenio proyectado.

Que a fojas 108 y 109/110 respectivamente obran agregados el Certificado Fiscal para Contratar emitido por la Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Certificado Fiscal para Contratar expedido por la Administración Federal de Ingresos Públicos, en tanto a fojas 111/112 obran agregados los certificados del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Que a fojas 113/115 se incluyó la constancia de registración Nº 2004-09000398 la que acredita que se cuenta con previsión presupuestaria suficiente.

Que en la cláusula segunda del modelo de convenio a celebrarse en donde dice: "a partir del 1 de julio del corriente año y hasta el momento en que comience a prestar servicios quien resulte adjudicatario de la licitación que actualmente se tramita" deberá decir "a partir del 1 de julio del corriente año, por un período de doce (12) meses o hasta el inicio de la prestación por parte del adjudicatario de la Licitación Pública Nº 06/04, lo que resulte primero".

Que en la cláusula tercera del modelo de convenio a celebrarse en donde dice:"El precio locativo de la contratación mencionada es de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS DIECIOCHO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 17.518,90) IVA incluido, mensuales por el mantenimiento efectuado en los distintos edificios ubicados en Av. de mayo 761, Combate de los Pozos 155 y Beruti 3345, Av. Leandro N. Alem 684, arias 4491 y Almafuerte 34" , deberá decir: ?el precio locativo de la contratación mencionada es de PESOS DIECISIETE MIL CUARENTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 17.049,90) IVA incluido, mensuales por el mantenimiento efectuado en los distintos edificios ubicados en Av. de Mayo 761, Combate de los Pozos 155, Beruti 3345, Av. Leandro N. Alem 684, Arias 4491 y Almafuerte 37/45".

Que corresponde, en consecuencia, proceder a su rectificación.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Ley N° 31, y su modificatoria,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Rectifícase el error material incurrido en la cláusula segunda del Anexo I de la Resolución CM Nº 643/04, el que queda redactado de la siguiente forma:

"CLAUSULA SEGUNDA: Habiendo vencido la prórroga referida precedentemente, y siendo el servicio prestado por el PRESTADOR de imprescindible necesidad para la continuidad de las tareas desarrolladas en las oficinas del Poder Judicial de la Ciudad, las partes acuerdan continuar con la prestación del servicio en idénticas condiciones a las pactadas en el acta de fecha 25 de noviembre de 2003, a partir del 1 de julio del corriente año, por un período de doce (12) meses o hasta el inicio de la prestación por parte del adjudicatario de la Licitación Pública Nº 06/04, lo que resulte primero".

 

Artículo 2º: Rectifícase el error material incurrido en la cláusula tercera del Anexo I de la Resolución CM Nº 643/04, el que queda redactado de la siguiente forma:

"CLAUSULA TERCERA: El precio locativo de la contratación mencionada es de PESOS DIECISIETE MIL CUARENTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 17.049,90) IVA incluido, mensuales por el mantenimiento efectuado en los distintos edificios ubicados en Av. de Mayo 761, Combate de los Pozos 155, Beruti 3345, Av. Leandro N. Alem 684, Arias 4491 y Almafuerte 37/45".

 

Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Consejo y en la página de Internet www.jusbaires.gov.ar , comuníquese a la firma ESEMPI S.R.L., a la Dirección de Compras y Contrataciones, a la Dirección de Programación y Administración Contable, al Departamento de Informática y Tecnología, cúmplase y, oportunamente, archívese.

     

RESOLUCIÓN N° 736/2004

   
     

Carla Cavaliere

María Magdalena Iráizoz

L. Carlos Rosenfeld

 

(en uso de licencia)

 
     
     

Carlos Francisco Balbín

Bettina Paula Castorino

Germán C. Garavano

(en uso de licencia)

 

(temporariamente ausente)

     
     

Juan Sebastián De Stefano

María Celia Marsili

Diego May Zubiría

     

 

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