ANEXO RES. Nº 961/2006

 

ANEXO RESOLUCION 961 /2006

 

ADENDA

Buenos Aires, a los días del mes de diciembre de 2006, se encuentran reunidos el Consejo de la Magistratura de la CABA representado por su presidente, Dra. Carla Cavaliere por una parte, en su carácter de “EL PROMOTOR”; y por la otra, La Sociedad Central de Arquitectos, representada por su presidente el Arquitecto Daniel Silberfaden en su carácter de “EL ORGANIZADOR”, y manifiestan que según entendimiento de las partes se avienen a reformular el Convenio para la realización del Concurso de Anteproyectos para la adecuación y ampliación del Ex Mercado Falcón, firmado en fecha. Por cuanto, se modifican las cláusulas:

PRIMERA: donde dice: “Concurso de Anteproyectos”, deberá decir “Concurso de Ideas”.

CUARTA: donde dice: “…se encuadraran los anteproyecto…”deberá decir “…se encuadraran los croquis preliminares…”

QUINTA: con respecto a los jurados, serán cuatro (4) miembros. Se excluye el jurado de FADEA y un jurado de “EL PROMOTOR”.

SEXTA: con respecto a los montos, deberá decir: “El monto del presente Convenio se fija en la suma de $55.000.- (pesos cincuenta y cinco mil) que han sido abonados en su totalidad.

1) Para premios $35.000.-

2) Para la Sociedad Central de Arquitectos por las tareas a su cargo $ 12.000.-

3) Para el Asesor que designe la Sociedad Central de Arquitectos, $5.000.-

4) Para el jurado elegido por los participantes $1.500.-

5) Para el jurado sorteado por la Sociedad central de Arquitectos $ 1.500.-

NOVENA: con respecto a los plazos, donde dice: a. Presentación por “EL ORGANIZADOR” de las bases completas, para su aprobación por parte de “EL PROMOTOR”, antes del 31 de marzo de 2006, deberá decir antes del 28 de febrero de 2007. Donde dice: d. Apertura del concurso, el día veinticuatro de abril de 2006 deberá decir veinticuatro de abril de 2007.

DECIMO SEGUNDA: con respecto a los premios, deberá decir: “EL ORGANIZADOR” se hará cargo del pago de los siguientes premios, de acuerdo al resultado del presente concurso, a saber:

Primer Premio: PESOS VEINTE MIL ($20.000.-)

Segundo Premio: PESOS DIEZ MIL ($10.000.-)

Tercer Premio: PESOS CINCO MIL ($5.000.-)

Dos Menciones Honoríficas.

DECIMOTERCERA: la cláusula decimotercera queda sin efecto, debiéndose leer en su lugar: “De acuerdo con lo estipulado en los art. 54 y 55 del Reglamento de Concursos de “EL ORGANIZADOR”, el trabajo clasificado en primer lugar por el jurado pasara a ser propiedad de “EL PROMOTOR”. La propiedad de los restantes trabajos quedara en poder de sus respectivos autores, razón por la cual no podrán ser utilizados en todo ni en parte, sin el expreso consentimiento de los mismos. Atento al carácter no vinculante del Convenio, “EL PROMOTOR” no asume compromiso ni obligación alguna de realizar las obras premiadas.

En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.--------